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Documento BOE-A-2023-19745

Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para la custodia y gestión del depósito estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y catástrofes, el depósito estatal de antivirales, el depósito contra la viruela, el depósito de antitoxinas y medicamentos de urgencia, y la fabricación de medicamentos para situaciones especiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 20 de septiembre de 2023, páginas 127621 a 127622 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-19745

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria de Defensa y la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios han suscrito una adenda de prórroga al Convenio para la custodia y gestión del depósito estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y catástrofes, el depósito estatal de antivirales, el depósito contra la viruela, el depósito de antitoxinas y medicamentos de urgencia, y la fabricación de medicamentos para situaciones especiales, firmado el 30 de julio de 2019.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 14 de septiembre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de prórroga al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para la custodia y gestión del depósito estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y catástrofes, el depósito estatal de antivirales, el depósito contra la viruela, el depósito de antitoxinas y medicamentos de urgencia, y la fabricación de medicamentos para situaciones especiales.

20 de julio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, nombrada por Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, de conformidad con el apartado tercero de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, doña María Jesús Lamas Díaz, Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por nombramiento del Consejo Rector de la misma de fecha 19 de julio de 2018 (BOE de 21 de julio de 2018), y en virtud del artículo 14.2 f) del Estatuto de la Agencia estatal «Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios» aprobado por Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, en representación de esta Agencia Estatal, con domicilio social en Calle Campezo n.º 1 –28022 Madrid–, y CIF: Q 2827023 I.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 30 de julio de 2019, se firmó el convenio entre el Ministerio de Defensa y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para la custodia y gestión del depósito estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y catástrofes, el depósito estatal de antivirales, el depósito contra la viruela el depósito de antitoxinas y medicamentos de urgencia, y la fabricación de medicamentos para situaciones especiales.

Segundo.

Que en la cláusula undécima de dicho convenio, se establece el periodo de vigencia del mismo por cuatro años, prorrogable por un periodo de hasta cuatro años adicionales cuando así lo acuerden sus partes unánimemente.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para la custodia y gestión del depósito estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y catástrofes, el depósito estatal de antivirales, el depósito contra la viruela, el depósito de antitoxinas y medicamentos de urgencia, y la fabricación de medicamentos para situaciones especiales.

El Ministerio de Defensa y la Agencia Española de medicamentos y productos sanitarios, acuerdan prorrogar por un período de un año, la vigencia del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Agencia Española de medicamentos y productos sanitarios, para la custodia y gestión del depósito estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y catástrofes, el depósito estatal de antivirales, el depósito contra la viruela, el depósito de antitoxinas y medicamentos de urgencia, y la fabricación de medicamentos para situaciones especiales.

Segunda. Eficacia de la adenda.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicada.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.–La Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, María Jesús Lamas Díaz.

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