De conformidad con lo establecido en el artículo 77 y en la Disposición transitoria décima primera de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en el artículo 99 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, modificados por el Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre de 2021, y en el I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de la UNED.
Este Rectorado, previa autorización mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2022 de la Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2022 aprobada mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2022 (BOE de 25 de julio de 2022), ha resuelto convocar concurso para la provisión de las plazas que se relacionan en el anexo I, conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UNED de 4 de julio de 2023.
Bases
1. Régimen de los contratos
Conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en el del I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de la UNED, los contratos serán de carácter fijo e indefinido y con dedicación a tiempo completo.
2. Requisitos generales de los candidatos
2.1 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.2 No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.
2.3 No padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que resulte incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.4 Los contratos no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad.
3. Requisitos específicos de las plazas convocadas
3.1 Estar en posesión del título académico de Doctor.
3.2 Haber recibido la evaluación positiva por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación para ser contratado como Profesor Permanente Laboral en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con la Disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la acreditación vigente de Profesor Contratado Doctor será válida para la figura de Profesor Permanente Laboral.
Los requisitos enumerados en la presente Base y en la Base 2 deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Solicitudes
4.1 Los concursantes presentarán las solicitudes a través de la Sede Electrónica de la UNED (https://sede.uned.es/). En dicha Sede se encontrará disponible el formulario de solicitud denominado «Concurso público a plazas de profesorado laboral» dentro del apartado de Procedimientos específicos para el PDI. Para su presentación se deberá utilizar certificado digital.
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.
Los concursantes deberán remitir una solicitud diferente para cada una de las plazas a las que concurran, de entre las que figuran en el anexo I. Si en la misma solicitud se incluyeran varias plazas sólo se tendrá en cuenta la que figure en primer lugar, siempre que quede claramente identificada, quedando anuladas las restantes.
4.2 Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud su currículum vitae, que podrá presentarse según el modelo de currículum del anexo IV. Además, deberán adjuntar la evaluación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a que se refiere el punto 3.2.
5. Admisión de aspirantes
5.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el Rectorado dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador (www.uned.es/profesorado).
5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. La subsanación se realizará mediante el mismo procedimiento establecido para la presentación de instancias (Sede Electrónica de la UNED https://sede.uned.es) aportando la documentación requerida. De no producirse la subsanación en este plazo se tendrá al interesado por desistido de su solicitud. Finalizado dicho plazo, el Rector dictará una resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. Comisiones de Valoración
6.1 Las Comisiones de Valoración del concurso objeto de la presente Convocatoria estará integrada por los miembros que figuran en el anexo II de estas Bases, regulándose por lo establecido en el capítulo segundo del titulo V del I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de la UNED.
6.2 Los criterios generales aplicables para la baremación de los méritos alegados por los concursantes son los que figuran en el anexo III. La Comisión de Valoración, a continuación del acto de constitución, procederá a establecer y hacer públicos, en la página web de la respectiva Facultad o Escuela con plazas en la convocatoria, los criterios específicos aplicables a cada una de las plazas objeto de la convocatoria, como desarrollo de los criterios generales del citado anexo III.
6.3 Los miembros de las Comisiones deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Rector Magfco. de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el mencionado artículo.
6.4 En ningún caso se podrá proponer para la formalización del contrato a un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aspirantes aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
7. Plazo de resolución de los concursos
Los concursos habrán de resolverse en el plazo máximo de tres meses desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
A los únicos efectos del cómputo del citado plazo se considera inhábil el mes de agosto.
8. Listas de aprobados
La comisión, concluido el proceso de selección, entregará toda la documentación en el Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador, y ordenará la publicación, en la página web de la respectiva Facultad o Escuela correspondiente, en el plazo máximo de siete días hábiles, del acta que recoja lo actuado, en la que figurará el candidato propuesto así como la relación, por orden de puntuación, de los candidatos que hayan superado la puntuación mínima establecida en el anexo III, si los hubiere, elevando dicha acta al Sr. Rector Magfco. de la UNED para la formalización del contrato, de acuerdo con la normativa vigente.
Esta relación se publicará en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador (www.uned.es/profesorado).
9. Presentación de documentación y contratación
9.1 El candidato propuesto presentará la documentación pertinente, a requerimiento del Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador, en el plazo de diez días hábiles. En caso de no hacerlo, o que de la documentación aportada se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser formalizado el contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación, considerándose propuesto el candidato que ocupe el siguiente lugar en el orden de prelación que, en su caso, hubiera establecido la Comisión. De no haber sido establecido dicho orden de prelación, la plaza quedará desierta.
9.2 En el momento de la formalización del contrato, el trabajador dará cumplimiento, en su caso, a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en el Real Decreto 898/1985 de 30 de abril, sobre régimen de profesorado universitario, en materia de incompatibilidades.
10. Normas finales
10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en el presente concurso, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte la Comisión en el uso de sus potestades, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes.
10.2 Para las plazas convocadas el lugar de trabajo es Madrid.
10.3 Todas las referencias contenidas en esta convocatoria en género masculino se entenderán realizadas al género femenino.
10.4 Contra la propuesta de adjudicación de la Comisión de Valoración de los concursos de profesorado contratado, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Rector Magfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador (www.uned.es/profesorado).
10.5 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.
Madrid, 1 de septiembre de 2023.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.
N.º plaza |
Categoría | Denominación | Área de conocimiento | Departamento |
---|---|---|---|---|
299.01 |
Profesor Permanente Laboral. |
«Geometrías Lineales» y «Geometría Diferencial» (Grado en Matemáticas), con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: Operadores naturales en geometría de Poisson y simpléctica, algebroides de Lie y generalizaciones, y aplicaciones. |
Geometría y Topología. | Matemáticas Fundamentales. |
N.º plaza | Categoría | Denominación | Área de conocimiento | Departamento |
---|---|---|---|---|
299.02 |
Profesor Permanente Laboral. |
«Historia de la Filosofía Moderna I» (Grado en Filosofía), con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: Lecturas contemporáneas de Kant. |
Filosofía. | Filosofía. |
Plaza 299.01. Profesor Permanente Laboral. Geometría y Topología
Comisión titular:
Presidente: Don Antonio Félix Costa González, Catedrático de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Geometría y Topología.
Vocales: Doña Anna María Arnal Pons, Profesora Titular de Universidad. Universidad Jaume I. Área de Conocimiento: Matemática Aplicada.
Don Alberto Borobia Vizmanos, Profesor Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Geometría y Topología.
Don José Carlos Sierra García, Profesor Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Geometría y Topología.
Secretaria: Doña Ana María Porto Ferreira Da Silva, Profesora Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Geometría y Topología.
Miembros suplentes:
Don Emilio Bujalance García, Catedrático de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Geometría y Topología.
Doña Beatriz Estrada López, Profesora Titular de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Geometría y Topología.
Facultad de Filosofía
Plaza 299.02. Profesor Permanente Laboral. Filosofía
Comisión titular:
Presidenta: Doña Cristina Rodríguez Marciel, Profesora Contratada Doctora. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Filosofía.
Vocales: Doña María Carmen López Sáenz, Catedrática de Universidad. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Filosofía.
Don Alejandro Escudero Pérez, Profesor Contratado Doctor. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Filosofía.
Don Kilian Lavernia Biescas, Profesor Contratado Doctor. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Filosofía.
Secretario: Don Iker Martínez Fernández, Profesor Contratado Doctor. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Filosofía.
Miembros suplentes:
Don José Giovanni Higuera Rubio, Profesor Permanente Laboral. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Filosofía.
Doña Sonia Ester Rodríguez García, Profesora Contratada Doctora. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Área de Conocimiento: Filosofía.
La puntuación se otorgará de conformidad con los siguientes criterios:
Formación. |
Hasta 1 punto 1. Por calificaciones del expediente académico y adecuación de los estudios de licenciatura o grado: hasta 0,1 puntos. 2. Por adecuación de los estudios de doctorado: hasta 0,5 puntos. 3. Por adecuación de la formación de postgrado: hasta 0,4 puntos. |
Docencia. |
Hasta 3 puntos 1. Por docencia universitaria con la metodología a distancia: hasta 1,5 puntos. 2. Otra docencia universitaria en titulaciones oficiales: hasta 0,8 puntos 3. Por otra docencia universitaria y becas oficiales pre y postdoctorales con actividad docente: hasta 0,3 puntos. 4. Otras actividades docentes: hasta 0,4 puntos. |
Investigación. |
Hasta 4 puntos 1. Libros y artículos con factor de impacto o indicador cualitativo similar: hasta 2 puntos. 2. Otros artículos y publicaciones con indicios de calidad: hasta 1 punto. 3. Proyectos y contratos de investigación: hasta 0,5 puntos. 4. Estancias en centros externos: hasta 0,5 puntos. |
Otros méritos*. |
Hasta 2 puntos. |
* En los casos en que se deba considerar alguna actividad relevante cuya valoración no esté prevista en otros apartados, deberá ser evaluada en «Otros Méritos». El mérito de estar habilitado o acreditado en los Cuerpos Docentes Universitarios en el área de conocimiento de la plaza, deberá ser valorado obligatoriamente, incluyéndose dicha evaluación en el apartado de «Otros méritos», con una valoración del 30% de la puntuación asignada al total del apartado. |
Criterio general: Los méritos deberán ser siempre valorados en relación con el área de conocimiento a la que se adscribe la plaza objeto del concurso, así como con el perfil de la plaza, en su caso. Además, en consonancia con el artículo 168 de los Estatutos de la UNED (RD 1239/2011, de 8 de septiembre), «se valorará preferentemente la preparación y experiencia en las técnicas y medios propios de la enseñanza a distancia».
Puntuación mínima para la adjudicación de la plaza: Únicamente podrán ser propuestos los candidatos que obtengan una valoración mínima del 50% de la puntuación total.
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