El organismo autónomo Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y el Tribunal Constitucional han suscrito, con fecha 13 de septiembre de 2023, un convenio para la edición de la obra titulada «Los efectos de la declaración de inconstitucionalidad».
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de septiembre de 2023.–La Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Yolanda Gómez Sánchez.
En Madrid, a la fecha de la firma.
REUNIDOS
De una parte, don Cándido Conde-Pumpido Tourón, Presidente del Tribunal Constitucional,
Y, de la otra, doña Yolanda Gómez Sánchez, Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales,
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación del Tribunal Constitucional, en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 10/2023, de 11 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 12 de enero), y en virtud de las facultades que tiene conferidas en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
La segunda, en representación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, organismo autónomo adscrito al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, en virtud de su nombramiento por Real Decreto 961/2018, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 21 de julio) y de las competencias que tiene conferidas en el artículo 5 del Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
EXPONEN
Que el Tribunal Constitucional (TC) dispone de los originales de las ponencias e intervenciones desarrolladas en las XXVIII Jornadas celebradas por la Asociación de Letrados del Tribunal Constitucional, y los cede como obra unitaria con carácter de exclusivo para todo el ámbito territorial nacional.
Que el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC) está interesado en publicar junto al TC dicha obra en la colección «Foros y Debates» del CEPC.
Que el artículo 323.5 de la LCSP permite que cuando un contrato resulte de interés para varias entidades o departamentos ministeriales y la tramitación del expediente deba efectuarse por un único órgano de contratación, las demás entidades o departamentos interesados podrán contribuir a su financiación, en los términos que se establezcan reglamentariamente y con respeto a la normativa presupuestaria, en la forma que se determine en convenios o protocolos de actuación.
Que las partes manifiestan recíprocamente que cumplen lo dispuesto en el artículo 6.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Por lo que ambas partes acuerdan formalizar el presente convenio y acuerdan las siguientes
CLAÚSULAS
El presente convenio tiene por objeto articular la contratación de la edición por el TC y el CEPC de la obra titulada «Los efectos de la declaración de inconstitucionalidad», en la colección «Foros y Debates» del CEPC, con las características técnicas que se detallan a continuación y manteniendo la uniformidad con la edición de las anteriores jornadas.
El presupuesto estimado de los costes de la edición de la obra asciende a un máximo de 4.500 euros (cuatro mil quinientos euros), IVA incluido. De esta cantidad, corresponde a la edición electrónica un máximo de 2.500 euros y a la impresión en papel un máximo de 2.000 euros.
Las características técnicas de la edición de la obra son:
Edición electrónica con descarga de pago más impresión bajo demanda; se encarga la impresión digital de 101 ejemplares.
a) Formato: Volumen en rústica 15 x 21,5 cm.
b) Papel blanco de 80 gramos con certificación CFC. Cubierta: Estucado mate 1 cara de 270 gramos.
c) Tirada: 101 ejemplares.
d) Páginas estimadas: 650 + cubierta con solapas.
e) Plastificado: Mate una cara en cubierta.
f) Encuadernación: fresado, pegado con cola pur, con retractilado individual.
En la portada de la obra y en sus portadillas interiores, se indicará que la misma ha sido editada por el Tribunal Constitucional y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
– Conforme al artículo 323.5 de la LCSP, el CEPC contratará con una empresa especializada la maquetación, correcciones y realización de un PDF interactivo de la obra.
– El CEPC y el TC abonarán al 50 % el coste de la edición electrónica directamente a la imprenta previa facturación y certificado de conformidad.
– Asimismo, el CEPC contratará la impresión de 101 ejemplares, 90 de los que serán entregados al TC, que abonará su coste directamente a la imprenta. Los 11 restantes serán entregados al CEPC y abonados por él.
– Corresponderá a cada una de las partes la tramitar los respectivos expedientes de gasto. El CEPC hará frente a estos gastos con cargo a la aplicación presupuestaria 25.101.462M.240.02 de su presupuesto de gastos para 2023. El TC hará frente a estos gastos con cargo a la aplicación presupuestaria 04.01.911P.240 de su presupuesto de gastos para 2023.
– El CEPC estará obligado a solicitar el Depósito Legal y el NIPO de la obra para incorporarla al fondo de sus publicaciones. La obra se anunciará en el catálogo del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales como coedición con el Tribunal Constitucional.
– La corrección ortotipográfica de cada una de las obras se efectuará por la persona o personas que designen las partes de común acuerdo.
1. Concluida la edición de la obra, y a través del CEPC, se destinarán los ejemplares que procedan para el ISBN y para los depósitos establecidos legalmente.
2. Corresponde a cada una de las partes el número indicado de los ejemplares impresos, una vez efectuadas las deducciones a que se refiere el punto anterior, que tendrán un carácter no venal.
3. Cada parte efectuará la distribución de las obras conforme a su práctica habitual.
4. El precio de venta al público de la descarga de la edición electrónica y de los ejemplares que se ofrezcan en impresión bajo demanda será el mismo para todos los ejemplares y será fijado de común acuerdo por las partes.
Este convenio producirá efectos desde su formalización y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiendo ser objeto de prórroga, en caso necesario, mediante acuerdo expreso entre las partes.
El presente convenio es de los comprendidos en el artículo 31.1.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Y en prueba de lo expuesto, y para que conste y surta los efectos oportunos, se firma por duplicado en el lugar y fecha al principio mencionados.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido Tourón.–La Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Yolanda Gómez Sánchez.
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