Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-19910

Resolución de 14 de septiembre de 2023, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Palais des Beaux Arts (Bruselas), para la organización de la exposición Antoni Tàpies.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2023, páginas 129312 a 129344 (33 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-19910

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid) y Palais des Beaux Arts (Bruselas), han suscrito, con fecha 12 de septiembre de 2023, un Convenio para la organización de la exposición Antoni Tàpies, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de septiembre de 2023.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro.

ANEXO
Convenio entre Palais des Beaux-Arts (Bruselas) y Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid) para la organización de la exposición Antoni Tàpies

En Madrid, a 12 de septiembre de 2023.

POR Y ENTRE

Manuel Segade Lodeiro, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en lo sucesivo, MNCARS), con domicilio a estos efectos en calle Santa Isabel 52, 28012 Madrid, España, nombrado por Real Decreto 436/2023, de 6 de junio (BOE núm. 135, de 7 de junio), actuando de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del MNCARS, y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del MNCARS, y

Christophe Slagmuylder, en calidad de Consejero Delegado y Director Artístico de Bozar – Centre for Fine Arts (en lo sucesivo, CFA), con domicilio a estos efectos en Rue Ravenstein 23, 1000 Bruselas, con capacidad legal para celebrar el presente convenio,

En lo sucesivo denominadas conjuntamente las «Partes», quienes, reconociéndose mutua capacidad necesaria y suficiente para suscribir el presente Convenio,

MANIFIESTAN

Que tienen un interés mutuo compartido en apoyar la promoción pública del arte contemporáneo, dentro de sus respectivos marcos legales y estatutarios, y, en concreto, en organizar la retrospectiva itinerante de la obra del artista Antoni Tàpies (en adelante «la Exposición») objeto del presente Convenio, organizada por el MNCARS en colaboración con el CFA para su presentación en Bruselas. A tal efecto, las Partes acuerdan definir los términos y condiciones de su colaboración en las siguientes

CLÁUSULAS

1. Objeto del convenio.

a) El presente Convenio establece las condiciones de colaboración entre las Partes para la organización de una exposición dedicada al artista Antoni Tàpies (en lo sucesivo, la Exposición), organizada por el MNCARS en colaboración con el CFA.

b) El MNCARS será responsable de la preparación y el desarrollo inicial de la Exposición.

c) La Exposición tendrá lugar en las siguientes sedes:

– MNCARS, con domicilio en C/Santa Isabel 52, 28012 Madrid, España.

– CFA, con domicilio en Rue Ravenstein 23, 1000 Bruselas, Bélgica.

– Sedes de itinerancia adicionales. En el caso de que una galería o museo adicional posteriormente desee presentar la Exposición, total o parcialmente, dicha posibilidad se negociará por parte del MNCARS en un convenio independiente entre el MNCARS y la sede correspondiente.

d) El título provisional de la exposición es «Antoni Tàpies. La práctica del arte». Cualquier cambio en el título debe ser comunicado por adelantado y por acuerdo entre las Partes.

2. Definiciones (Comisario, exposición, gastos compartidos, gastos locales, obras del MNCARS, prestadores, correos, sedes).

Comisario: especialista en la materia que tiene a cargo la definición conceptual y de los principales temas a abordar en la exposición, proponiendo la selección de obras de arte.

Exposición: selección de obras de arte representativas de la trayectoria de un artista o del tema que trate la exposición que se presenta al público durante un periodo determinado.

Gastos compartidos de organización de la itinerancia: gastos derivados de la organización conjunta de la itinerancia que contrata directamente cada una de las Partes según los tramos acordados y se coordina su ejecución de manera conjunta entre las Partes (preparación de las obras, fabricación de embalajes y transporte de las obras).

Gastos locales: gastos derivados exclusivamente de la presentación de la exposición en cada sede y que gestiona independientemente y contrata directamente cada Parte y que no forman parte de los costes de la itinerancia (diseño del montaje de la exposición, seguro de obras, carga y descarga de la obras en cada sede, desembalaje y reembalaje de las obras en las salas de exposición, gastos de viajes de los correos requeridos por los prestadores, montaje y desmontaje de la exposición en cada sede, etc.)

Obras del MNCARS: obras de la colección del museo cedidas en préstamo temporal para su presentación en la sede de la otra Parte.

Prestadores: instituciones y coleccionistas privados que tienen en propiedad obras de arte que ceden en préstamo temporal para su inclusión en la exposición.

Correos: especialistas en la conservación de obras de arte que supervisan la manipulación de las obras de arte a requerimiento de los prestadores durante las tareas de desembalaje, montaje, reempaquetado y, en ocasiones, trasportes). Los correos verifican el estado de conservación de las obras y firman los Informes de estado de estas por parte de los prestadores.

Sedes: lugares físicos de las instituciones donde se presenta la exposición

3. Contactos en las sedes.

MNCARS:

– Director;

– Jefa de Exposiciones;

– Responsable de Gestión de Exposiciones;

– Coordinador de la Exposición.

CFA:

– Consejero Delegado y Director Artístico;

– Directora de Exposiciones;

– Comisión de Exposiciones;

– Coordinadora del Proyecto

4. Comisario de la exposición.

El comisario de la Exposición (en lo sucesivo, el «Comisario») es Manuel Borja-Villel. El Comisario ha seleccionado obras que se incluirán en la presentación de la Exposición en ambas sedes (en adelante, la Lista de Obras Principales), que se detallan en el Listado de Obras Compartidas adjunto a este Convenio como apéndice I.

5. Selección de las obras y gestión de préstamos:

a) El MNCARS proporcionará al CFA un Listado actualizado de Obras Compartidas que se incluirán en la Exposición en el CFA y en la Exposición en el MNCARS. La lista de las obras de arte que se mostrarán en ambos lugares, el CFA y el MNCARS, constituirá el apéndice I de este Convenio (Lista de Obras Principales).

b) Las Partes pagarán directamente a los Prestadores el 50 % de los siguientes servicios que puedan requerirse para exhibir las Obras. Estos servicios incluyen cualquier preparativo previo necesario para la exhibición de las Obras antes de su llegada al CFA:

– Tratamientos de conservación y restauración.

– Montaje, acristalamiento, enmarcado.

– Informes de estado en las instalaciones del Prestador.

– Cánones de préstamo de la(s) Obra(s) exigidos por los Prestadores.

Dichos costes se incluirán en el Presupuesto de Organización de la Itinerancia (apéndice II).

c) En el caso de que no se pueda mostrar una obra en el CFA, el Comisario propondrá obras alternativas adecuadas y el MNCARS informará al CFA a su debido tiempo de que se ha encontrado una obra sustitutiva. Si la obra solo se mostrara en el CFA, debe recibir la aprobación del propio CFA. En tal caso, el CFA tiene la responsabilidad exclusiva, incluidos todos los costes asociados al préstamo de la Obra correspondiente. La solicitud del préstamo de obra y las gestiones para su consecución será responsabilidad del MNCARS.

d) En el caso de que el CFA necesite cancelar obras de la Lista de Obras del apéndice I debido a restricciones presupuestarias, debe comunicarlo al MNCARS. Todos los costes relacionados con la Obra Principal retirada que se hayan contraído antes de esa fecha se incluirán en los gastos compartidos.

e) El MNCARS será responsable de la gestión de todos los préstamos incluidos en la Lista de Obras Principales (apéndice I) para la Exposición en ambas sedes. El MNCARS comunicará al CFA la información relevante y los términos solicitados por los Prestadores para sus préstamos de manera oportuna.

f) Las Partes se comprometen y aceptan cumplir todas las condiciones de préstamo indicadas por los Prestadores y establecidas en la oportuna correspondencia y los acuerdos de préstamo.

g) Las Partes aceptan no cobrar cánones de préstamo por el préstamo a la Exposición de Obras Principales procedentes de sus propias colecciones.

h) Solo después de una consulta exhaustiva con el MNCARS, el CFA podrá retirar cualquier Obra Principal del apéndice I que llegue a su sede y únicamente antes de su instalación. El CFA solicitará el permiso por escrito del prestador y proporcionará almacenamiento seguro en espacio climatizado, así como cobertura de seguro mediante garantía del Estado /seguro comercial. Todos los costes adicionales asociados a la solicitud de retirada de la Obra serán responsabilidad plena del CFA y no se incluirán en los gastos compartidos. En sujeción a los requisitos de los prestadores, cualquier Obra retirada permanecerá definida como Obra Principal para todos los demás fines.

i) Cualquier incorporación a la lista de obras enumeradas en apéndice I de este Convenio por cualquiera de las Partes será únicamente para la Exposición en la sede respectiva y dichos préstamos, tras la aprobación del Comisario, serán responsabilidad exclusiva de la Parte que proponga dicha incorporación, y la gestión del préstamo, así como los costes asociados correrán a cargo de dicha Parte.

j) La salida de las obras fuera del MNCARS requerirá la previa autorización de la Comisión Permanente del Real Patronato, conforme al artículo 7.2.d) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, así como la correspondiente Orden ministerial que autorice el préstamo, conforme al artículo 7.2.b) del citado Estatuto así como el artículo 8.1 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.

6. Embalaje, transporte y correos.

6.1 Embalaje:

– El CFA gestionará y abonará la producción y suministro de los embalajes de las Obras Principales con anterioridad a la inauguración de la Exposición en su sede. Dichos costes se incluirán en el Presupuesto de Organización de la Itinerancia (apéndice II).

– Todo el material de embalaje y empaquetado debe fabricarse de conformidad con los estándares de museo aptos para el transporte de ultramar y cumplir las condiciones requeridas.

– Las Partes conservarán en buen estado los embalajes y el material de empaquetado, los almacenarán en lugares donde las condiciones de humedad y temperatura sean equivalentes a las reinantes en las galerías de la Exposición, y preservarán cualesquiera materiales de empaquetado sueltos en el embalaje al que pertenezcan. Si debieran almacenarse embalajes vacíos en zonas carentes de control ambiental, habrán de devolverse a un lugar con condiciones de humedad y temperatura equivalentes a las de las galerías de la Exposición y dejarse abiertos para aclimatarse durante 24 horas antes de volver a proceder al empaquetado. La retirada de las tapas de las cajas debería acelerar este proceso.

– Cada Parte asumirá y será responsable de los costes asociados al desembalaje/reembalaje de obras y almacenaje de embalajes vacíos en su sede de exposición, dichos costes se considerarán gastos locales.

6.2 Transporte:

– El CFA gestionará y abonará el transporte de la Lista de Obras Principales desde los Prestadores a Bruselas y de Bruselas a Madrid a la clausura de la exposición en el CFA. Dichos costes se incluirán en el Presupuesto de Organización de la Itinerancia (apéndice II).

– A la clausura de la exposición en el MNCARS, este último organizará y pagará directamente el transporte de regreso de la Lista de Obras Principales desde Madrid a los Prestadores (o al próximo lugar en caso de una gira ampliada de la Exposición). Dichos costes se incluirán en el Presupuesto de Organización de la Itinerancia (apéndice II).

– Las Partes designarán mediante un proceso de licitación legal a empresas de transporte cualificadas que reúnan las garantías habituales requeridas para el transporte internacional de obras de arte y los requisitos del correspondiente de seguro mediante garantía del Estado o comercial.

– Cada Parte asumirá y será responsable de los costes asociados a la descarga/carga de las obras en su sede, dichos costes se considerarán gastos locales.

6.3 Correos:

– Cada Parte gestionará y pagará los gastos derivados de los viajes de los Correos requeridos por los Prestadores para la supervisión del desembalaje, la manipulación, instalación y desinstalación y el posterior reempaquetado de las Obras en su sede: desplazamiento, alojamiento y dietas y/o honorarios. Dichos costes se considerarán gastos locales.

– En caso de que los Prestadores soliciten un Correo en tránsito para supervisar todos los movimientos durante el transporte de las obras desde Bruselas a Madrid, el CFA organizará y pagará directamente este servicio y los costes se incluirán en el Presupuesto de Organización de la Itinerancia (apéndice II).

7. Montaje y desmontaje de la exposición.

Cada Parte contratará y pagará los gastos de montaje y desmontaje de la exposición en su sede, así como los correspondientes gastos asociados (construcción de muros y mobiliario, pintura muros, instalación y desinstalación de las Obras de arte, limpieza salas, ect.).

8. Cuidado de las obras y medidas de seguridad en los museos.

a) Cuando las Obras lleguen a ambas sedes, se les dará a las cajas 24 horas para aclimatarse a las condiciones de la galería antes de ser abiertas o según los requisitos del Prestador. La instalación de las Obras no tendrá lugar hasta que se haya completado toda operación de construcción de tabiques y pintura en las galerías y los espacios cercanos a las mismas. Las cajas vacías se mantendrán en un área de almacenamiento seca y libre de plagas durante la Exposición y hasta que se vuelvan a empaquetar las Obras.

b) Ambas Partes proporcionarán un equipo de manipuladores e instaladores de arte cualificados para instalar la Exposición en su sede. Todas las instrucciones de empaquetado, desempaquetado, manipulación e instalación suministradas por el Prestador y el Correo serán seguidas por las Partes y sus empleados, subcontratistas o agentes.

c) Al desempaquetar las Obras en Bruselas, un conservador cualificado designado por el CFA elaborará en inglés un informe maestro de estado para cada una de las Obras que se enviarán a MNCARS antes o en el momento del transporte de la Exposición. Las Partes anotarán cualquier variación en el estado de cada Obra en los informes de estado, firmando y fechando cada anotación. El Correo designado por los Prestadores para supervisar los procesos de desembalaje y reempaquetado también firmará dichos informes.

d) Ninguna Obra podrá ser retirada de su marco, y no se podrán realizar cambios en la forma en que las Obras deban ser instaladas sin previa autorización por escrito del Prestador. Una vez completada la instalación de la Exposición no se desempolvarán, limpiarán o manipularán de ninguna manera las Obras Principales a menos que lo solicite o lo apruebe de forma expresa el Prestador. Dichas tareas, si se solicitan, deben ser realizadas por personal cualificado. No se realizarán trabajos de conservación o restauración de ninguna pieza de la Exposición sin la autorización previa por escrito del Prestador, excepto en caso de emergencia, y solo para evitar daños posteriores. Debe inspeccionarse a diario la Exposición para detectar posibles cambios de estado de las Obras.

e) En el caso de que una Obra deba retirarse de la Exposición o resulte dañada, destruida, robada o parezca inestable o vulnerable, las Partes se lo notificarán al Prestador y a la compañía de seguros lo antes posible y harán un seguimiento mediante un informe escrito sobre la situación (incluidas las causas, imágenes de alta resolución, etc.). Las Partes acuerdan cumplir con cualquier instrucción recibida tras el suceso por parte de sus Prestadores con respecto a las Obras. A excepción de las intervenciones de emergencia para evitar daños posteriores, las Partes no realizarán ni permitirán la realización de ninguna reparación de las Obras sin la autorización previa por escrito del Prestador.

f) Las instalaciones de las Partes cumplirán los siguientes requisitos:

– Las Obras deben instalarse en una infraestructura a prueba de incendios o resistente al fuego y equipada con medidas de control de humedad y temperatura adecuadas, así como con sistemas de detección/prevención de incendios y de seguridad que operen las 24 horas al día y los 7 días de la semana.

– Las Obras solo se desempaquetarán/reempaquetarán y almacenarán temporalmente en áreas climatizadas con una temperatura estable de 20 grados Celsius +/– 1° y niveles de humedad relativa en el rango de 45 % a 55 %.

– No se permitirá que ninguna obra entre en contacto directo o se coloque cerca de las rejillas de ventilación o calefacción. Las obras en papel (dibujos, collages, acuarelas, grabados y fotografías), materiales textiles y otros elementos sensibles a la luz no serán expuestos a luz solar, iluminación incandescente o halógena intensa o iluminación fluorescente (salvo que los apliques fluorescentes hayan sido equipados con filtros resistentes a las radiaciones ultravioletas). El nivel máximo de luz para las fotografías es de 100–120 lux. Las Partes cubrirán todas las fuentes de luz directa en las galerías donde se instale la Exposición, a menos que las Partes acuerden lo contrario por adelantado.

– Se proporcionará seguridad las 24 horas del día. Todos los trabajos en exhibición serán vigilados visualmente por guardias de seguridad ubicados estratégicamente, cuyas posiciones serán determinadas por el diseño de la Exposición. Cuando la Exposición esté cerrada, además de los sistemas electrónicos de seguridad y detección, las entradas a las galerías estarán bajo vigilancia en todo momento.

– El área donde se almacenen temporalmente las Obras, se desembalen/empaqueten, se preparen para la instalación o se depositen después del desmantelamiento debe estar bajo llave y dotada de seguridad en todo momento. Las galerías deben estar cerradas con llave y dotadas de seguridad durante las horas en que la exposición no está abierta al público; también deben estar bajo vigilancia electrónica constante o ser verificadas en rondas periódicas por el personal de seguridad de las Partes.

– No se podrán realizar obras de construcción de ningún tipo mientras se estén instalando y desmantelando las Obras, y solo los equipos involucrados en dichas operaciones tendrán acceso a las áreas de exposición.

– Los informes de estado de las Obras deben mantenerse actualizados en todo momento.

9. Seguro de las obras:

a) Cada Parte organizará y pagará una póliza de seguro «clavo a clavo» y por «todos los riesgos y daños» de las Obras desde el tramo de transporte correspondiente gestionado por cada Parte.

b) El CFA contratará y cubrirá el seguro desde el momento de la medición de las Obras para su embalaje y recogida, en tránsito a Bruselas, durante toda su estancia en el CFA y en tránsito a Madrid hasta después del informe de estado de las Obras en el MNCARS.

c) El MNCARS contratará y cubrirá el seguro de las Obras durante toda su estancia en el MNCARS y en tránsito a los Prestadores hasta su regreso al punto de recogida o hasta la siguiente sede de la itinerancia.

d) Los certificados de seguro serán enviados por el CFA a los Prestadores antes de la salida de las Obras y por el MNCARS a la clausura de la Exposición antes del informe de estado de reempaquetado de las Obras en Madrid.

10. Crédito de la exposición:

a) La siguiente línea de créditos (en adelante, los «Créditos Organizativos») debe aparecer en toda la publicidad y materiales impresos o digitales elaborados por el CFA en relación con la Exposición:

«Exposición organizada por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid) en colaboración con el Bozar-Centro de Bellas Artes, Bruselas.»

b) La línea de Créditos Organizativos debe ser visible en la pared a la entrada de la Exposición en el CFA con los títulos y logotipos de las Partes en el orden en que aparecen en la línea de créditos. La línea de créditos y los logotipos también se incluirán en todos los materiales impresos, electrónicos o digitales relacionadas con el evento, incluidos, entre otros, comunicados de prensa, invitaciones, anuncios, catálogos, etiquetas, guías de galerías, folletos, calendarios para miembros, señalización, sitio web, redes sociales y publicidad, materiales promocionales y educativos de acuerdo con el estilismo gráfico.

11. Presentación y actos de inauguración.

Las fechas inclusivas de apertura al público para la Exposición, tanto en el CFA como en el MNCARS, con apertura privada y conferencia en ambas sedes, serán acordadas por las Partes en el seno de la Comisión de Supervisión y Seguimiento prevista en la cláusula décima octava del presente Convenio.

Las fechas de apertura de la Exposición al público podrán modificarse en el seno de la Comisión de Seguimiento, siempre que la modificación no afecte al contenido mínimo y esencial del presente Convenio.

Cada Parte decidirá las fechas de sus eventos oficiales de inauguración, conferencias de prensa, preestrenos y apertura para los medios a celebrarse en su propia sede e informará en consecuencia a la otra Parte.

12. Fotografía, grabaciones, reproducciones y difusión:

a) El CFA acepta que cualquier material impreso o electrónico relativo a la Exposición, incluyendo folletos suplementarios, invitaciones, guías educativas, publicidad, página web, audioguías, así como materiales de prensa o promocionales, incluirán la Línea de Créditos Organizativos en su totalidad, y/o los logotipos de las Partes.

b) Además, el CFA se compromete a enviar dichos materiales al MNCARS para su revisión y aprobación antes de la impresión y publicación de los mismos. Para los fines exclusivos de este Convenio, el MNCARS otorgará al CFA el derecho de usar su logotipo.

c) Cada Parte obtendrá y pagará los derechos de reproducción de imágenes correspondientes para dar a conocer la Exposición en su sede en todos y cada uno de los materiales publicados en relación con la Exposición, incluido el sitio web y otros medios electrónicos, así como para fines educativos, de prensa, publicitarios, promocionales y similares relacionados con la Exposición.

13. Materiales y programas educativos:

a) Textos de sala. Todos los textos de sala serán redactados por el Comisario y se le proporcionarán al CFA por parte del MNCARS a fin de garantizar tiempo suficiente para el proceso de edición y traducción.

Cumpliendo con las reglas del CFA de poner a disposición del público textos de sala en francés, neerlandés e inglés, el CFA correrá con todos los costes de traducción de los textos de sala en francés o inglés y neerlandés.

b) Cada Parte organizará en su sede los programas y activades educativos que considere convenientes para la difusión de la Exposición a los diferentes públicos.

14. Catálogo de la exposición:

a) El MNCARS publicará con motivo de la exposición en Madrid (febrero de 2024) un catálogo ilustrado de la exposición, con varios ensayos originales en versiones independientes en inglés y español.

b) Se incluirá lo siguiente en el colofón de las publicaciones:

– Bozar CFA 15 de septiembre de 2023 – 7 de enero de 2024 – Museo Reina Sofía 20 de febrero – 24 de junio de 2024.

c) En el caso de que Bozar desee producir su propia versión del Catálogo, éste deberá incluir la siguiente línea de crédito así como el logotipo del MNCARS y los datos de las sedes de la Exposición:

a) «Exposición organizada por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid) en colaboración con el Bozar CFA»

15. Patrocinio y captación de fondos:

a) Cada Parte será responsable de recaudar sus propios fondos y no tiene la obligación de compartir ninguna parte de dichos fondos con la otra Parte. Sin perjuicio de lo anterior, si alguna de las Partes obtiene patrocinio para cubrir gastos compartidos, la línea de créditos para dicho Patrocinio se incluirá después de la línea de Créditos Organizativos mediante consentimiento mutuo.

b) Si las Partes obtienen patrocinio independiente para los costes de planificación y producción o para sus propias presentaciones locales de la Exposición (en adelante, «Patrocinio Local»), dicho patrocinador siempre aparecerá en una línea separada debajo de las demás y en un tamaño de fuente no mayor que el utilizado para los Créditos Organizativos y de Patrocinio Conjunto. El CFA acuerda mantener al MNCARS razonablemente informado sobre sus actividades de captación de fondos con relación al Patrocinio Local.

16. Gestión de gastos.

16.1 Gastos compartidos: El importe estimado de los Gastos de Organización Compartidos asumido por las Partes se detalla en apéndice II (Presupuesto de Organización de la Itinerancia) que es parte integral de este Convenio. Los costes de los gastos se desglosan, distribuidos por año fiscal con su imputación específica en el presupuesto de las Partes. Dichos conceptos de gasto no incluirán IVA o impuestos locales de similar naturaleza. Los Gastos Compartidos incluyen los siguientes conceptos:

– Gastos de preparación de Obras para Exposición. (Ver Cláusula 5).

– Gastos de suministro y fabricación de embalajes de las obras (Ver Cláusula 6, apartados 6.1).

– Gastos de transporte de las obras (Ver Cláusula 6, apartado 6.2).

16.2 Gastos locales:

Cada Parte contratará, gestionará y abonará los costes locales directamente derivados de la celebración de la Exposición en su sede (estos costes que no constituyan parte de los gastos compartidos en virtud de la cláusula 5.2). Dichos costes incluyen, a título no limitativo:

– Gastos de viajes de los Correos requeridos por los Prestadores para la supervisión de los desembalajes y reembalajes de las obras en cada sede(Ver Cláusula 6, apartado 6.3);

– Empaquetado y reempaquetado; Carga y descarga de obras en su sede (Ver Cláusula 6, apartado 6.2);

– Montaje y desmontaje de la Exposición (Ver Cláusula 7);

– Almacenaje de embalajes vacíos durante la celebración de la exposición en cada sede (Ver Cláusula 8);

– Costes de comunicaciones, medios y publicidad, incluidos costes derivados de derechos de propiedad intelectual cuando corresponda (Ver Cláusula 12).

– Costes de seguro de obras (Ver Cláusula 9).

Los Gastos Locales asumidos por el MNCARS para la celebración de la exposición en su sede se detallan en el apéndice III (Gastos Locales del MNCARS), que forma parte integral de este Convenio. Los costes de los gastos se desglosan, distribuidos por año fiscal con su imputación específica en el presupuesto del MNCARS.

16.3 Todos los contratos firmados por MNCARS en la ejecución de este convenio cumplirán con la cumplirán con la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora de la actividad del MNCARS, y los términos y condiciones allí estipulados, y con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratación con el Sector Público (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de noviembre). El MNCARS declara que ninguna de las cláusulas de este Convenio puede ser impugnada o derogada por ningún requisito establecido en la legislación antes mencionada.

17. Liquidación de gastos compartidos.

No se derivan de este Convenio compromisos de aportaciones económicas entre las Partes, ya que los gastos compartidos detallados en apéndice II no implicarán una liquidación de compromisos financieros entre las Partes.

18. Comisión de supervisión y seguimiento:

a) Se constituirá una comisión mixta para supervisar y realizar el seguimiento del cumplimiento de este Convenio. Dicha comisión trabajará para garantizar el adecuado cumplimiento de los términos aquí establecidos y resolverá las dudas sobre su interpretación y ejecución que puedan surgir.

b) El Comité, de composición conjunta, se reunirá cuantas veces lo estime oportuno y estará integrada por un máximo de cuatro miembros.

c) En nombre del CFA: el Jefe del Departamento de Exposiciones y el Coordinador del Proyecto de la Exposición.

d) En nombre del MNCARS: el Jefe del Departamento de Exposiciones y el Coordinador de la Exposición.

e) El Comité se regirá en términos de funcionamiento y régimen jurídico, con respecto a lo no expresamente establecido en la presente cláusula, por lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

f) Las Partes podrán acordar, en el marco de la Comisión de Supervisión y Seguimiento, algunos aspectos relativos a la ejecución del contenido Convenio, como serían las fechas de apertura de la exposición y conferencias de prensa, o la modificación de tales fechas, no formando dichos acuerdos parte del Convenio ni estando incluidos en sus cláusulas. En este caso, no se requerirá una modificación del Convenio, sino el simple acuerdo entre las partes, siempre que ello no afecte al contenido mínimo y esencial del Convenio, que no puede ser modificado por la Comisión de Supervisión y Seguimiento.

19. Idiomas.

El presente Convenio ha sido redactado en español e inglés. En caso de producirse cualquier disputa relativa al significado exacto de los términos del presente Convenio, las Partes acuerdan que prevalecerá la versión redactada en español.

20. Modificaciones.

El Convenio constituye una declaración expresa de la intención de las Partes con respecto a su objeto. Cualquier modificación o enmienda del mismo deberá realizarse por escrito y firmarse por un representante autorizado de cada Parte y se tramitará de conformidad con el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

21. Duración.

Este Convenio será válido desde el momento de su firma por las Partes y se hará efectivo una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Organismos de Cooperación e Instrumentos aplicable al sector público del Estado, siendo posteriormente publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con arreglo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, relativa al Régimen Jurídico del Sector Público. Permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.

22. Extinción.

22.1 Este Convenio terminará con el cumplimiento total de todos los requisitos contenidos en este documento o a su finalización, confirmando esto último por escrito.

22.2 Las siguientes son causas de extinción de este Convenio:

a) Finalización del periodo de vigencia del convenio sin prórroga del mismo:

– El consenso unánime de todos los firmantes para extinguir el convenio.

– Incumplimiento de los deberes y obligaciones aceptados por cualquiera de las Partes del Convenio. En este caso, cualquiera de las Partes podrá enviar una notificación por escrito, a la dirección indicada en la primera página de este Convenio, a la Parte incumplidora, exigiendo el cumplimiento de sus deberes y obligaciones incumplidas dentro de un cierto período de tiempo. Dicha notificación se enviará a la persona responsable de realizar el seguimiento, supervisar y controlar el cumplimiento del Convenio y a todas las Partes. Si el incumplimiento no se subsana dentro de este plazo estipulado (que, salvo en casos de emergencia, no será inferior a 10 días), la Parte requirente notificará al resto la existencia de una causa de extinción, momento en el que se considerará extinguido el Convenio. La extinción del Convenio por esta causa podrá resultar en una indemnización por daños, teniendo en cuenta el importe de los costes asumidos por la parte perjudicada hasta el momento de la extinción.

– Una decisión judicial que declare el Convenio nulo y sin efecto.

– Fuerza mayor, tal como se define en la Cláusula 14.

– Cualquier otro motivo distinto a los anteriores y contemplado en la legislación española aplicable.

22.3 Ninguna de las partes será considerada responsable del incumplimiento de las obligaciones contempladas en el Convenio si dicho incumplimiento se debe a causas de fuerza mayor, siempre que las circunstancias no puedan atribuirse a la voluntad, negligencia o ausencia de medidas razonables de precaución de la parte afectada. Si la Exposición se cancela o cierra de forma anticipada debido a causas de fuerza mayor, todas las Partes deben llegar a un acuerdo con respecto al pago de los costes de la Exposición incurridos hasta la fecha de su cancelación o cierre anticipado.

22.4 Circunstancias imprevistas:

a) Las Partes extinguirán el Convenio a causa de circunstancias imprevistas ajenas a la organización y a la voluntad de las Partes que imposibiliten el cumplimiento de las obligaciones y deberes aquí establecidos y que puedan conllevar, entre otras consecuencias, la cancelación o cierre anticipado de la Exposición.

b) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la resolución del Convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el fin de establecer las obligaciones y deberes de cada Parte. En tal caso, las Partes deben llegar a un acuerdo para sufragar los costes compartidos y liquidar todas las obligaciones con respecto al transporte, seguro, conservación y almacenamiento de las Obras.

c) Si la liquidación revela que la suma de los gastos incurridos por una Parte es inferior a los fondos que recibió de la otra para cubrir dichos gastos, la primera devolverá el excedente correspondiente a la segunda Parte en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha en que se apruebe la liquidación.

d) Si los fondos excedentes no hubieran sido reembolsados al término de dicho plazo de un mes, la primera Parte pagará también a la segunda, en el plazo de un mes a partir de dicha fecha, los intereses de demora aplicables a dicho reembolso, los cuales serán determinados por la normativa general sobre gasto público y la actividad económicofinanciera del sector público.

e) Si la liquidación revela que la suma de los costos incurridos por una Parte es mayor que los fondos que recibió de la otra, la diferencia correspondiente debe pagarse a la Parte en cuestión en un plazo de un mes a partir de la fecha en que se apruebe la liquidación, con el límite del importe máximo que cada Parte haya acordado pagar conforme a los términos de este Convenio. Las Partes firmantes del Convenio no tendrán derecho, en ningún caso, a exigir a la otra Parte el pago de cantidades superiores al máximo mencionado.

f) Sin perjuicio de lo anterior, si surge una causa de extinción cuando las actividades aún estén en curso, las Partes podrán, a propuesta del comité creado para realizar el seguimiento, supervisar y controlar el cumplimiento del Convenio, acordar continuar y concluir cualquiera de las actividades en curso que consideren apropiadas, estableciendo un plazo no renovable para su finalización, después del cual dichas actividades deben finalizar y ser liquidadas de la manera descrita anteriormente.

23. Notificaciones.

Cualquier notificación será hecha a:

– Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en lo sucesivo, MNCARS), con domicilio a estos efectos en calle Santa Isabel 52, 28012 Madrid, España.

– Consejero Delegado y Director Artístico de Bozar – Centre for Fine Arts (en lo sucesivo, CFA), con domicilio a estos efectos en Rue Ravenstein 23, 1000 Bruselas.

24. Confidencialidad.

24.1 Toda información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia de la negociación, formalización y ejecución del presente Convenio deberá considerarse información confidencial, amparada por el secreto profesional.

24.2 En virtud de lo anterior, las partes asumen la obligación de no revelar ni permitir a nadie revelar la información confidencial, así como restringir el acceso a aquellas personas cuya intervención sea necesaria para el desarrollo del Convenio y que deban tener acceso a la misma en relación con los fines antes mencionados.

24.3 Los deberes de confidencialidad que las partes asumen en virtud del presente Convenio estarán en vigor no solo durante el plazo de vigencia del convenio sino también una vez finalizada esta.

25. Ausencia de sociedad o empresa conjunta:

a) Nada de los contenidos expresados en este Convenio se interpretará como constitutivo de una sociedad, empresa conjunta o cualquier otra asociación entre las Partes, que aceptan solo las obligaciones establecidas aquí por escrito, a las que se limitan sus respectivas responsabilidades.

b) Los acuerdos, contratos o pactos que cualquiera de las Partes celebre con cualquier tercero durante la vigencia de este Convenio y que no se estipulen expresamente en este documento serán completamente independientes de la otra Parte y de este convenio.

c) Las Partes no tienen responsabilidad solidaria ni mancomunada; cada Parte es individual y exclusivamente responsable de sus acciones u omisiones derivadas del presente convenio.

26. Naturaleza y régimen jurídico aplicable:

a) El presente Convenio es un acuerdo de naturaleza administrativa que se rige exclusivamente por el derecho español. Se regirá e interpretará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público.

b) Cualquier disputa que pueda surgir con respecto a la interpretación, modificación, cumplimiento, extinción o efectos de este Convenio será resuelta por las Partes mediante los mecanismos de supervisión y control del Comité de Supervisión y Seguimiento, agotando todas las vías posibles para llegar a una solución amistosa fuera de los tribunales. Cualquier litigio o controversia que no se pueda resolver por parte del Comité de Supervisión y Seguimiento se someterá a la autoridad de los tribunales españoles de recursos administrativos.

c) En testimonio de lo cual, las Partes firman el presente convenio en el lugar y la fecha que figuran en su encabezado.

Por Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Segade Lodeiro, Director.–Por Palais des Beaux-Arts, Christophe Slagmuylder, Consejero Delegado y Director Artístico.

El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado el 28 de julio de 2023 y autorizado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública el 24 de agosto de 2023.

– Apéndice I: Listado de Obras de la Exposición.

– Apéndice II: Presupuesto de Organización de la Itinerancia.

– Apéndice III: Gastos Locales del MNCARS.

APÉNDICE I
Listado de obras

N.º: 0006.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat.

(Autorretrato / Self-Portrait).

1945.

Tinta sobre papel.

43 × 31 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0009.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat.

(Autorretrato / Self-Portrait).

1943.

Lápiz sobre papel 41,5 × 32 cm.

Colección particular.

N.º: 0011.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat.

(Autorretrato / Self-Portrait).

1945.

Lápiz sobre papel 41,5 × 32 cm.

Colección particular.

N.º: 0014.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat a la ploma.

(Autorretrato a la pluma / Pen Self-Portrait).

1945.

Tinta china sobre papel 44 × 32 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0016.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat.

(Autorretrato / Self-Portrait).

1945.

Lápiz sobre papel 49 × 34 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0078.

Tàpies, Antoni.

Pintura-relleu.

(Pintura-relieve / Painting-Relief).

1945.

Óleo y blanco de España sobre tela.

46 × 38 cm (con marco: 60,1 x 52,3 x 4,2 cm).

Colección MACBA. Depósito de la Generalitat de Cataluña. Colección Nacional de Arte. Antigua Colección Salvador Riera.

N.º: 0100.

Tàpies, Antoni.

Personatge.

(Personaje / Personage).

1946.

Técnica mixta sobre tela 62 × 51 cm.

Colección particular.

N.º: 0101.

Tàpies, Antoni.

Zoom.

1946.

Óleo y blanco de España sobre tela 65 × 54 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0127.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat.

(Autorretrato / Self-Portrait).

1947.

Tinta china sobre papel 45,8 × 33,8 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0150.

Tàpies, Antoni.

Composició.

(Composición / Composition).

1947.

Óleo rascado sobre tela.

38 × 46,3 cm (con marco: 51,2 x 59,7 x 5 cm).

Colección MACBA. Depósito de la Generalitat de Cataluña. Colección Nacional de Arte.

Antigua Colección Salvador Riera.

N.º: 0153.

Tàpies, Antoni.

Figura sobre fusta cremada.

(Figura sobre madera quemada / Figure on Burnt Wood).

1947.

Técnica mixta sobre tabla 76,5 × 64,5 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0180.

Tàpies, Antoni.

Tríptic.

(Tríptico / Triptych).

1948.

Óleo sobre tela.

3 partes, ala izquierda: 97 × 65 cm, centro: 97 × 130 cm, ala derecha: 97 × 65 cm Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0253.

Tàpies, Antoni.

Past.

(Pasto / Nourishment).

1950.

Acuarela sobre papel 45 × 65 cm.

Colección particular.

N.º: 0269.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat.

(Autorretrato / Self-Portrait).

1950.

Aerógrafo y pluma sobre papel.

49 × 37 cm.

Colección particular.

N.º: 0284.

Tàpies, Antoni.

La barberia dels maleïts i dels elegits(La barbería de los malditos y los elegidos / The Barbershop of the Damned and the Chosen).

1950.

Óleo sobre tela 97 × 130 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 0292.

Tàpies, Antoni.

El lector final. La carta.

(The Last Reader. The Letter).

1950.

Óleo sobre tela.

73 × 92 cm.

Colección particular.

N.º: 0293.

Tàpies, Antoni.

Autoretrat.

(Autorretrato / Self-Portrait).

1950.

Óleo sobre tela.

75 × 66 cm (con marco: 110 x 100 x 5 cm).

Museo Regional de Arte Moderno (MURAM), Cartagena (Murcia).

N.º: 0377.

Tàpies, Antoni.

Homenatge a Federico García Lorca.

(Homenaje a Federico García Lorca / Homage to Federico García Lorca).

1951.

Óleo sobre tela.

81 × 100 cm (con marco: 83 x 102 x 6 cm).

Colección particular.

N.º: 0391.

Tàpies, Antoni.

Coral de la pau.

(Coral de la paz / Chorale of Peace).

1951.

Óleo sobre lienzo 174 x 200 cm Colección particular.

N.º: 0508.

Tàpies, Antoni.

Pintura (Painting).

1955.

Técnica mixta sobre tela.

96 x 145 cm.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Madrid.

N.º: 0595.

Tàpies, Antoni.

Gran oval.

(Gran óvalo / Large Oval).

1955.

Técnica mixta sobre lienzo 194,5 × 170 cm.

Museo de Bellas Artes de Bilbao.

N.º: 0619.

Tàpies, Antoni.

Oval negre. N. XV.

(Óvalo negro. N.º XV / Black Oval. No. XV).

1957.

Técnica mixta sobre tela.

88,8 × 116 cm (con marco: 90,4 x 117,2 x 3 cm).

Collection Les Abattoirs, Musée – Frac Occitaine Toulouse.

N.º: 0662.

Tàpies, Antoni.

Gran pintura amb línies de punts.

(Gran pintura con líneas de puntos / Large Painting with Dotted Lines).

1958.

Técnica mixta sobre tela.

195 × 260 cm.

Colección particular.

N.º: 0670.

Tàpies, Antoni.

Gran pintura (Large Painting).

1958.

Oil with marble dust and sand on canvas.

200,7 x 262,9 cm.

Solomon R. Guggenheim Museum, Nueva York.

N.º: 0690.

Tàpies, Antoni.

Marró amb ditades laterals N.º LXIII.

(Marrón con huellas de dedos laterales N.º LXIII / Brown with Lateral Fingerprints No. LXIII).

1958.

Técnicas mixta sobre lienzo.

195 × 150 cm.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Madrid.

N.º: 0691.

Tàpies, Antoni.

Gris amb cinc perforacions (Gris con cinco perforaciones).

1958.

Técnica mixta sobre lienzo y madera.

200 × 175cm.

IVAM Institut Valencià d’Art Modern, Generalitat Valenciana.

N.º: 0786.

Tàpies, Antoni.

Medieval.

1959.

Técnica mixta sobre tela.

196 × 171 cm.

Museum Boijmans van Beuningen, Rotterdam.

N.º: 0848.

Tàpies, Antoni.

Llit marró.

(Cama marrón / Brown Bed).

1960.

Técnica mixta sobre tela montada sobre tabla.

195 × 130 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 1017.

Tápies, Antoni.

Tinta sobre paper assecant.

(Tinta sobre papel secante / Ink on Blotting Paper).

1961.

Tinta sobre papel secante.

34 x 50 cm.

Colección particular.

N.º: 1060.

Tápies, Antoni.

Tres cartons.

(Tres cartones / Three Cardboards).

1962.

Pintura acrílica sobre cartón encolado.

108 × 226.

Colección particular.

N.º: 1156.

Tàpies, Antoni.

Morat amb angles negres.

(Morado con ángulos negros / Purple with Black Angles).

1963.

Pintura y tinta sobre papel.

65 × 52,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1159.

Tàpies, Antoni.

Imatges sobre paper assecant.

(Imágenes sobre papel secante / Images on Blotting Paper).

1963.

Tinta y lápiz sobre papel secante.

39,5 × 63,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1259.

Tàpies, Antoni.

Paper d’embalar.

(Papel de embalar / Wrapping Paper).

1964.

Pintura y lápiz sobre papel.

91 × 58 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 1347.

Tàpies, Antoni.

Pintura-collage rosada (Pink Painting-Collage).

1964.

Pigmentos y polvo de mármol sobre arpillera adherida a lienzo.

116 × 90 cm (con marco).

Colección Fundación Juan March, Museu Fundación Juan March, Palma.

N.º: 1360.

Tàpies, Antoni.

Matèria en forma de peu.

(Materia en forma de pie / Matter in the Form of a Foot).

1965.

Técnica mixta sobre tela montada sobre madera 130 × 162 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 1363.

Tàpies, Antoni.

Petjades sobre fons blanc.

(Pisadas sobre fondo blanco / Footprints against a White Background).

1965.

Técnica mixta sobre tela.

162 × 130 cm (con marco 164 x 133 x 5 cm).

KOLUMBA, Cologne.

N.º: 1480.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. I.

(Serie Teresa. N.º I / Teresa Series. No. I).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1481.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. II.

(Serie Teresa. N.º II / Teresa Series. No. II).

1966.

Tinta china y frottage sobre papel de estraza.

27 × 21,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1482.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. III.

(Serie Teresa. N.º III / Teresa Series. No. III).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

33,5 × 26 cm.

Colección particular.

N.º: 1483.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. IV.

(Serie Teresa. N.º IV / Teresa Series. No. IV).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

32,5 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1484.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. V.

(Serie Teresa. N.º V / Teresa Series. No. V).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

35 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1485.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. VI.

(Serie Teresa. N.º VI / Teresa Series. No. VI).

1966.

Tinta y collage sobre papel de estraza 35 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1486.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. VII.

(Serie Teresa. N.º VII / Teresa Series. No. VII).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1487.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. VIII.

(Serie Teresa. N.º VIII / Teresa Series. No. VIII).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1488.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. IX.

(Serie Teresa. N.º IX / Teresa Series. No. IX).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1489.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. X.

(Serie Teresa. N.º × / Teresa Series. No. X).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

36,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1490.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XI.

(Serie Teresa. N.º XI / Teresa Series. No. XI).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1491.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XII.

(Serie Teresa. N.º XII / Teresa Series. No. XII).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 24,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1492.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XIII.

(Serie Teresa. N.º XIII / Teresa Series. No. XIII).

1966.

Lápiz y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1493.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XIV.

(Serie Teresa. N.º XIV / Teresa Series. No. XIV).

1966.

Tinta, lápiz y frottage sobre papel de estraza.

35 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1494.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XV.

(Serie Teresa. N.º XV / Teresa Series. No. XV).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1495.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XVI.

(Serie Teresa. N.º XVI / Teresa Series. No. XVI).

1966.

Lápiz y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1496.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XVII.

(Serie Teresa. N.º XVII / Teresa Series. No. XVII).

1966.

Tinta y frottage sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1497.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XVIII.

(Serie Teresa. N.º XVIII / Teresa Series. No. XVIII).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1498.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XIX.

(Serie Teresa. N.º XIX / Teresa Series. No. XIX).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 24,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1499.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XX.

(Serie Teresa. N.º XX / Teresa Series. No. XX).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1500.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXI.

(Serie Teresa. N.º XXI / Teresa Series. No. XXI).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1501.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXII.

(Serie Teresa. N.º XXII / Teresa Series. No. XXII).

1966.

Lápiz litográfico y collage sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1502.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXIII.

(Serie Teresa. N.º XXIII / Teresa Series. No. XXIII).

1966.

Lápiz litográfico y collage sobre papel de estraza.

35 × 24,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1503.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXIV.

(Serie Teresa. N.º XXIV / Teresa Series. No. XXIV).

1966.

Pintura y lápiz sobre papel.

35,5 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1504.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXV.

(Serie Teresa. N.º XXV / Teresa Series. No. XXV).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1505.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXVI.

(Serie Teresa. N.º XXVI / Teresa Series. No. XXVI).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1506.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXVII.

(Serie Teresa. N.º XXVII / Teresa Series. No. XXVII).

1966.

Tinta y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1507.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXVIII.

(Serie Teresa. N.º XXVIII / Teresa Series. No. XXVIII).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

36 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1508.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXIX.

(Serie Teresa. N.º XXIX / Teresa Series. No. XXIX).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel de estraza.

35 × 24,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1509.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXX.

(Serie Teresa. N.º XXX / Teresa Series. No. XXX).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1510.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXI.

(Serie Teresa. N.º XXXI / Teresa Series. No. XXXI).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1511.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXII.

(Serie Teresa. N.º XXXII / Teresa Series. No. XXXII).

1966.

Tinta y pastel sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1512.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXIII.

(Serie Teresa. N.º XXXIII / Teresa Series. No. XXXIII).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

32 × 16,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1513.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXIV.

(Serie Teresa. N.º XXXIV / Teresa Series. No. XXXIV).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1514.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXV.

(Serie Teresa. N.º XXXV / Teresa Series. No. XXXV).

1966.

Lápiz, tinta y frottage sobre papel de estraza.

32,5 × 26,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1515.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXVI.

(Serie Teresa. N.º XXXVI / Teresa Series. No. XXXVI).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1516.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXVII.

(Serie Teresa. N.º XXXVII / Teresa Series. No. XXXVII).

1966.

Lápiz y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1517.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXVIII.

(Serie Teresa. N.º XXXVIII / Teresa Series. No. XXXVIII).

1966.

Tinta, lápiz litográfico y pastel sobre papel de estraza.

35 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1518.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XXXIX.

(Serie Teresa. N.º XXXIX / Teresa Series. No. XXXIX).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel de estraza.

35 × 23,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1519.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XL.

(Serie Teresa. N.º XL / Teresa Series. No. XL).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1520.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLI.

(Serie Teresa. N.º XLI / Teresa Series. No. XLI).

1966.

Tinta y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

35 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1521.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLII.

(Serie Teresa. N.º XLII / Teresa Series. No. XLII).

1966.

Collage sobre papel de estraza.

35 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1522.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLIII.

(Serie Teresa. N.º XLIII / Teresa Series. No. XLIII).

1966.

Tinta y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

36 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1523.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLIV.

(Serie Teresa. N.º XLIV / Teresa Series. No. XLIV).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1524.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLV.

(Serie Teresa. N.º XLV / Teresa Series. No. XLV).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel de estraza.

36,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1525.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLVI.

(Serie Teresa. N.º XLVI / Teresa Series. No. XLVI).

1966.

Pintura acrílica y frottage sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1526.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLVII.

(Serie Teresa. N.º XLVII / Teresa Series. No. XLVII).

1966.

Lápiz y tinta sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1527.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLVIII.

(Serie Teresa. N.º XLVIII / Teresa Series. No. XLVIII).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1528.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. XLIX.

(Serie Teresa. N.º XLIX / Teresa Series. No. XLIX).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1529.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. L.

(Serie Teresa. N.º L / Teresa Series. No. L).

1966.

Pintura, tinta china y lápiz sobre papel de estraza.

35,5 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1530.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. LI.

(Serie Teresa. N.º LI / Teresa Series. No. LI).

1966.

Lápiz sobre papel de estraza.

35 × 25,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1531.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. LII.

(Serie Teresa. N.º LII / Teresa Series. No. LII).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1532.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. LIII.

(Serie Teresa. N.º LIII / Teresa Series. No. LIII).

1966.

Tinta y lápiz graso sobre papel de estraza.

27 × 20,5 cm.

Colección particular.

N.º: 1533.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. LIV.

(Serie Teresa. N.º LIV / Teresa Series. No. LIV).

1966.

Tinta, lápiz y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

35 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1534.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. LV.

(Serie Teresa. N.º LV / Teresa Series. No. LV).

1966.

Lápiz y lápiz litográfico sobre papel de estraza.

35,5 × 25 cm.

Colección particular.

N.º: 1535.

Tàpies, Antoni.

Sèrie Teresa. N. LVI.

(Serie Teresa. N.º LVI / Teresa Series. No. LVI).

1966.

Tinta sobre papel de estraza.

35,5 × 24 cm.

Colección particular.

N.º: 1576.

Tàpies, Antoni.

En forma de cadira.

(En forma de silla / In the Form of a Chair).

1966.

Técnica mixta sobre tela.

130 × 97 cm.

Colección particular.

N.º: 1596.

Tàpies, Antoni.

Barret rosa.

(Sombrero rosa / Pink Hat).

1966.

Tinta y lápiz sobre papel.

67,5 × 140 cm.

Colección particular.

N.º: 1608.

Tàpies, Antoni.

Blau amb quatre barres roges.

(Azul con cuatro barras rojas / Blue with Four Red Stripes).

1966.

Óleo y arena sobre lienzo.

169,9 x 195,3 cm.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Madrid.

N.º: 1840.

Tàpies, Antoni.

Cos de matèria i taques taronges.

(Cuerpo de materia y manchas naranjas / Body of Matter and Orange Marks).

1968.

Técnica mixta sobre tela.

162 × 130 cm.

Colección particular.

N.º: 1847.

Tàpies.

Matèria en forma d’aixella.

(Materia en forma de axila / Matter in the Form of an Armpit).

1968.

Técnica mixta sobre tela.

65,5 x 100,5 cm (con marco: 88 x 123 x 8 cm).

Es Baluard Museu d'Art Contemporani de Palma, depósito Família Miró.

N.º: 1903.

Tàpies, Antoni.

Gran llençol.

(Gran sábana / Large Sheet).

1968.

Pintura y collage sobre tela.

260 × 195 cm.

Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Madrid.

N.º: 1904.

Tàpies, Antoni.

Empremta (Huella / Imprint).

1968.

Pintura y lápiz sobre papel.

38 × 40 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 2122.

Tàpies, Antoni.

Cadira i roba.

(Silla y ropa / Chair and Clothes).

1970.

Objeto-assemblage.

94 × 76 × 63 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 2165.

Tàpies, Antoni.

Cartó amb matèria i paper.

(Cartón con materia y papel / Cardboard with Matter and Paper).

1970.

Técnica mixta sobre cartón.

105 × 75,5 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 2179.

Tàpies, Antoni.

Pila de plats.

(Pila de platos / Pile of Plates).

1970.

Objecte-assemblatge.

40 x 23 x 23 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 2285.

Tàpies, Antoni.

Gran cadena blanca (Large White Chain).

1969-1970.

Pintura sobre papel encolado sobre tela.

140 × 345 cm.

Colección particular.

N.º: 2290.

Tàpies, Antoni.

Ouera i diari.

(Huevera y periódico / Egg-Basket and Newspaper).

1970.

Objecte-assemblatge.

31 x 23 cm.

Colección particular.

N.º: 2453.

Tàpies, Antoni.

Fusta amb samarreta.

(Madera con camiseta / Wood with Vest).

1971.

Lápiz y collage sobre assemblage de maderas.

232 × 276 cm.

Colección particular.

N.º: 2457.

Tàpies, Antoni.

Caixa de la camisa roja.

(Caja de la camisa roja / Box with Red Shirt).

1972.

Assemblage sobre madera.

182 × 240 × 26,5 cm.

Colección particular.

N.º: 2589.

Tàpies, Antoni.

Gran relleu negre.

(Gran relieve negro / Large Black Relief).

1973.

Técnica mixta sobre madera (Mixed media and canvas on plywood panel).

250,5 × 275,3 (con marco: 258,1 x 283,8 x 7,6 cm).

Meadows Museum, SMU, Dallas. Museum purchase Acquisition Fund, MM.88.01.

N.º: 2760.

Tàpies, Antoni.

A la memòria de Salvador Puig Antich.

(A la memoria de Salvador Puig Antich / In Memory of Salvador Puig Antich).

1974.

Técnica mixta sobre tela.

200 × 300 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 3015.

Tàpies, Antoni.

Creu i R.

(Cruz y R / Cross and R).

1975.

Técnica mixta sobre madera.

162 × 162,5 cm [Con marco: 164 x 164 x 5 cm].

Cortesía de Colección Telefónica.

N.º: 3106.

Tàpies, Antoni.

El record del gos.

(El recuerdo del perro / The Memory of the Dog).

1976.

Pintura y collage sobre papel.

112 × 104 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 3826.

Tàpies, Antoni.

Amor, a mort.

(Amor, a muerte / Love, to Death).

1980.

Pintura acrílica sobre ropa montada sobre tela.

200,5 × 376 cm.

IVAM Institut Valencià d’Art Modern, Generalitat Valenciana.

N.º: 4341.

Tàpies, Antoni.

Garfi.

(Garfio / Hook).

1982.

Pintura, barniz y collage sobre tela.

195 × 170 cm (con marco 204 x 179 x 8,5 cm).

Colección particular.

N.º: 4377.

Tàpies, Antoni.

Vernís i negre.

(Barniz y negro / Varnish and Black).

1982.

Pintura y barniz sobre tela.

220 × 270 cm (con marco: 226 x 276 cm).

Colección particular.

N.º: 4814.

Tàpies, Antoni.

Ulleres.

(Gafas / Eyeglasses).

1984.

Pintura y barniz sobre tela 162,5 × 260 cm.

Colección particular.

N.º: 4907.

Tàpies, Antoni.

Jeroglífics.

(Jeroglíficos / Hieroglyphics).

1985.

Pintura, barniz y collage sobre tela.

130 × 194 cm (con marco: 136 x 198,5 x 5,5 cm).

Sammlung Barbara Lambrecht-Schadeberg, Museum für Gegenwartskunst Siegen.

N.º: 5375.

Tàpies, Antoni.

Cos.

(Cuerpo / Body).

1986.

Técnica mixta sobre tela.

195 × 300 cm.

Colección particular.

N.º: 5722.

Tàpies, Antoni.

Gran tors.

(Gran torso / Large Torso).

1988.

Pintura y barniz sobre madera.

195 × 170 cm.

Colección particular.

N.º: 5867.

Tàpies, Antoni.

Figura amb parpella.

(Figura con párpado / Figure with Eyelid).

1989.

Pintura, barniz y lápiz sobre papel.

158 × 107 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 5909.

Tàpies, Antoni.

Celebració de la mel.

(Celebración de la miel / Celebration of Honey).

1989.

Barniz y lápiz sobre papel encolado sobre tela.

197 × 315 cm.

Colección particular.

N.º: 6137.

Tàpies, Antoni.

Cap i vernís.

(Cabeza y barniz / Head and Varnish).

1990.

Pintura, barniz y lápiz sobre tela.

150 x 150 cm (con marco: 155 x 155 x 5cm).

Sammlung Barbara Lambrecht-Schadeberg, Museum für Gegenwartskunst Siegen.

N.º: 6430.

Tàpies, Antoni.

Parla, parla.

(Habla, habla / Speak, Speak).

1992.

Técnica mixta sobre madera.

200 × 300 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

N.º: 6463.

Tàpies, Antoni.

Llengua.

(Lengua / Tongue).

1992.

Técnica mixta sobre madera.

175 x 200 cm.

Colección particular.

N.º: 6853.

Tàpies, Antoni.

Dukkha.

1995.

Técnica mixta y assemblage sobre madera.

195,5 × 296 cm.

Colección particular.

N.º: 7182.

Tàpies, Antoni.

Terra d'ombra I.

(Tierra de sombra I / Land of Shadow I).

1998.

Pintura y collage sobre tela.

220 × 270 cm.

Fundació Antoni Tàpies, Barcelona.

APÉNDICE II

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/228/19910_13612658_1.png

APÉNDICE III

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/228/19910_13612658_2.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid