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Documento BOE-A-2023-2014

Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica la Adenda n.º 2 al Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de carreteras 2018-2027.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 24 de enero de 2023, páginas 10246 a 10256 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2023-2014

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrita, el 29 de diciembre de 2022, la «Adenda n.º 2 al Convenio formalizado el 22 de diciembre de 2018 entre el entonces Ministerio de Fomento y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de carreteras 2018-2027 y modificado por adenda de 18 de diciembre de 2019», y, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 29 de diciembre de 2022.–El Director General de Carreteras, Juan Pedro Fernández Palomino.

ANEXO
Adenda n.º 2 al Convenio formalizado el 22 de diciembre de 2018 entre el entonces Ministerio de Fomento y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de carreteras 2018-2027 y modificado por adenda de 18 de diciembre de 2019

29 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco Javier Flores García, Secretario General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en virtud del nombramiento efectuado mediante Real Decreto 32/2022, de 11 de enero, y en el ejercicio de las competencias delegadas en el apartado quinto.2 de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias (modificada por la Orden TMA 221/2022, de 21 de marzo).

Y de otra, don Sebastián Franquis Vera, Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, actuando en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud del Decreto 121/2019, de 17 de julio (BOEC n.º 137 de 18 de julio de 2019) y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias.

Ambas partes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen recíprocamente la capacidad legal para el otorgamiento de la presente adenda, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.

El 22 de diciembre de 2018 se firmó el Convenio entre el entonces Ministerio de Fomento y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de carreteras 2018-2027 (en adelante, Convenio 2018).

En el Convenio 2018 se establecía, en su cláusula tercera, la financiación a aportar por el hoy Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por un importe máximo de 1.200.000.000 de euros y la siguiente distribución de anualidades, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.38.453B.755 o equivalente que la sustituya:

Año Cap. VII
2018 60.000.000,00
2019 60.000.000,00
2020 90.000.000,00
2021 130.000.000,00
2022 170.000.000,00
2023 210.000.000,00
2024 230.000.000,00
2025 250.000.000,00
Total 1.200.000.000,00
Segundo.

Al no cumplirse los requisitos para realizar el libramiento de las anualidades previstas para los ejercicios 2018 y 2019, la Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control del Convenio 2018 (en adelante, Comisión Bilateral), en su reunión del 19 de septiembre de 2019, propuso que dichas anualidades fueran redistribuidas en las anualidades 2020, 2021 y 2022 y con fecha de 18 de diciembre de 2019, se suscribió una primera adenda al Convenio 2018 para establecer la siguiente nueva distribución de anualidades:

Año Cap. VII
2018 0,00
2019 0,00
2020 100.000.000,00
2021 200.000.000,00
2022 210.000.000,00
2023 210.000.000,00
2024 230.000.000,00
2025 250.000.000,00
Total 1.200.000.000,00
Tercero.

La anualidad de 2020 del Convenio 2018 no pudo ser certificada a la Comisión Bilateral y la anualidad de 2021 lo fue sólo por un importe de 142.472.107,73 euros, por lo que procede, de acuerdo con la cláusula cuarta.7 del Convenio 2018, redistribuir los remanentes en las anualidades 2024 y 2025.

Cuarto.

Por otra parte, la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda ha seguido ejecutando obras correspondientes al anterior convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Canarias en materia de carreteras, suscrito el día 31 de enero de 2006 (en adelante, Convenio 2006) y modificado mediante adendas celebradas los días 17 de noviembre de 2009 y 29 de diciembre de 2017, respectivamente.

La demora en la ejecución de las obras del Convenio 2006 deviene, en parte, de las incidencias con los compromisos de financiación asumidos por la Administración General del Estado con cargo al citado Convenio 2006 y en particular, los previstos en la adenda de 17 de noviembre de 2009.

Al respecto, el Tribunal Supremo, en las sentencias de fechas 22 de diciembre de 2017, 19 de febrero de 2018, 15 de marzo de 2018 y 26 de junio de 2018, declaró la obligación de la Administración General del Estado de transferir a la Comunidad Autónoma de Canarias las cantidades comprometidas en el citado convenio para las anualidades 2012, 2013, 2014 y sucesivas.

Durante el periodo comprendido entre 2012 a 2017 las cantidades consignadas en los Presupuestos Generales del Estado y, por tanto, los libramientos efectuados al Gobierno de Canarias fueron inferiores a los comprometidos en virtud de la citada adenda. Concretamente, los compromisos asumidos durante el periodo 2012-2017 ascienden a 1.308.000.000,00 euros y los libramientos efectuados se limitan a 443.300.000,00 euros, originándose un déficit de financiación de 864.700.000 euros. De esta última cuantía, 419.521.369,60 euros, se corresponde con la deuda por actuaciones que han sido ejecutadas y certificadas ante la Comisión Bilateral Mixta de Seguimiento para la programación, seguimiento y control del Convenio 2006 (en adelante, Comisión Mixta Convenio 2006) con anterioridad a 31 de diciembre de 2018 y no abonadas y el resto, 445.178.630,40 euros, con actuaciones no ejecutadas por la Comunidad Autónoma hasta 2017.

La citada cuantía de 419.521.369,60 euros junto con los intereses de demora correspondientes, no fue abonada por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma en los años 2018, 2019 y 2020, con lo que la disposición adicional centésima quincuagésima tercera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, estableció un marco para la ejecución de las indicadas Sentencias del Tribunal Supremo mediante abonos de la Administración General del Estado al Gobierno de Canarias, con carácter de a cuenta, a efectos de los acuerdos que puedan alcanzarse entre ambas Administraciones para articular dicha ejecución, en cuanto a las actuaciones que han sido ejecutadas y certificadas ante la Comisión Mixta Convenio 2006. En aplicación de esta disposición, el pasado año 2021 fue abonado al Gobierno de Canarias un importe, a cuenta, de 100 millones de euros, estando presupuestado en el corriente 2022 otro importe de 200 millones de euros para la misma finalidad, si bien se encuentra pendiente a la fecha de esta adenda la suscripción de los acuerdos previstos en dicha disposición.

Considerando los 445.178.630,40 euros correspondientes a actuaciones no ejecutadas por la Comunidad Autónoma con anterioridad a 31 de diciembre de 2017 y que, además, en 2018, ejecutó 37.713.886,05 euros, que fueron abonados en 2020, resta por abonar 407.464.744,35 euros correspondiente a actuaciones no ejecutadas al cierre de 2018, por lo que ambas Administraciones han acordado incorporar a esta adenda lo pendiente de ejecutar a 31 de diciembre de 2022. A tal fin, se incorporan dos anualidades económicas al Convenio 2018 en los años 2026 y 2027, que saldan el déficit de financiación de dicho Convenio de 2006.

Concretamente, para determinar la financiación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, hay que agregar a los citados 407.464.744,35 euros a los 1.200.000.000 euros del Convenio 2018, ascendiendo la suma de ambos importes a 1.607.464.744,35 euros. De esta última cuantía procede descontar, del Convenio 2006, el importe ejecutado correspondiente al período comprendido entre el 16 de diciembre de 2018 y el 31 de diciembre de 2022 que se estima en un total de 134.475.989,07 euros, que, previa certificación por el Órgano responsable de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, e informado por la Comisión Bilateral del Convenio 2006, se procederá de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 156 de la Ley General Presupuestaria. Con lo expuesto, la financiación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el marco de este Convenio 2018 asciende a un importe máximo de 1.472.988.755,28 euros.

Con esta adenda, con el acuerdo a suscribir en aplicación de lo establecido en la disposición adicional centésima quincuagésima tercera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, con el abono en 2022 y/o el próximo 2023 del importe ejecutado correspondiente al período comprendido entre el 16 de diciembre de 2018 y el 31 de diciembre de 2022, previo informe de la Comisión Bilateral del Convenio 2006 (y previa subsanación de la omisión de función interventora de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 156 de la Ley General Presupuestaria) quedará saldado el déficit de financiación derivado de las citadas sentencias.

Quinto.

La cláusula novena del Convenio 2018 prevé que, en cualquier momento durante su vigencia, las partes, a propuesta de Comisión Bilateral, por unanimidad y de forma expresa podrán modificar este convenio, mediante la suscripción de la correspondiente adenda, previo cumplimiento de todos los trámites y requisitos que resulten preceptivos.

En este sentido, ambas partes, en el seno de la Comisión Bilateral, y a los efectos previstos en el apartado 4.b) de la cláusula sexta del Convenio 2018, en su reunión de 16 de diciembre de 2022, ha propuesto su modificación, mediante la tramitación de una nueva adenda, con el siguiente objeto:

– Redistribuir los remanentes derivados de la inversión no ejecutada de las anualidades 2020, 2021 y 2022, en las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027.

– Incrementar la financiación a aportar por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana durante la vigencia de este Convenio 2018, para asumir el déficit de financiación derivado del Convenio 2006 por la parte que se encuentra pendiente de ejecutar a 31 de diciembre de 2022, que supone un importe adicional de 272.988.755,28 euros.

– Modificar el anexo I de las actuaciones objeto de financiación a través de este convenio, incluyendo una modificación técnica del anexo adecuando la denominación de las obras a la denominación correcta según la normativa autonómica en materia de carreteras que resulta de aplicación y actuaciones a realizar.

– Incorporar un nuevo anexo II, que contemple las actuaciones incluidas en el anterior Convenio 2006 cuya inversión se ejecute a partir del 1 de enero de 2023, en términos de obligaciones reconocidas.

De conformidad con lo expuesto, las partes intervinientes suscriben esta segunda adenda al convenio suscrito el 22 de diciembre de 2018 y modificado por adenda suscrita el 18 de diciembre de 2019 de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

Esta segunda adenda tiene por objeto modificar el «Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de carreteras 2018-2027», suscrito el 22 de diciembre de 2018 y modificado mediante adenda suscrita el 18 de diciembre de 2019, en adelante denominado «Convenio 2018», con la siguiente finalidad:

a) Redistribuir los remanentes derivados de la inversión no ejecutada de las anualidades 2020, 2021 y 2022, en las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027.

b) Incrementar la financiación a aportar por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana durante la vigencia de este Convenio 2018, para asumir el déficit de financiación derivado del Convenio 2006 por la parte que se encuentra pendiente de ejecutar a 31 de diciembre de 2022, que supone un importe adicional de 272.988.755,28 euros.

c) Modificar el anexo I de las actuaciones objeto de financiación a través de este convenio, incluyendo una modificación técnica del anexo I adecuando la denominación de las obras a la denominación correcta según la normativa autonómica en materia de carreteras que resulta de aplicación y actuaciones a realizar.

d) Incorporar un nuevo anexo II, que contemple las actuaciones incluidas en el anterior Convenio 2006 cuya inversión se ejecute a partir del 1 de enero de 2023, en términos de obligaciones reconocidas de la Comunidad Autónoma de Canarias, a partir del 1 de enero de 2023, así como el importe satisfecho a partir de esa fecha en concepto de expropiaciones, que podrá ser justificado en el ámbito del presente convenio conforme al procedimiento establecido en su cláusula cuarta del Convenio 2018, siempre que la adenda se haya inscrito con carácter previo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Segunda. Modificación de la cláusula tercera del convenio.

Se modifica el apartado 2 de la cláusula tercera del convenio, quedando redactado de la siguiente forma:

«Tercera. Financiación.

2. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana aportará durante la vigencia de este convenio un importe máximo de 1.472.988.755,28 euros para financiar las obras y la expropiación de terrenos necesaria para su ejecución, recogidas en los anexos I y II, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.38.453B.755 o equivalente que la sustituya, con la siguiente distribución de anualidades:

Año Importes vigentes [Adenda 18 de diciembre de 2019] Variación Nuevos importes
Comprometido Importe ejecutado
2020 100.000.000 0,00 -100.000.000,00 0
2021 200.000.000 142.472.107,73 -57.527.892,27 142.472.107,73
2022 210.000.000 84.531.291,53  -125.468.708,47 84.531.291,53
2023 210.000.000   0 210.000.000,00
2024 230.000.000   125.018.595,00 355.018.595,00
2025 250.000.000   32.509.298,00 282.509.298,00
2026 0   199.228.731,88 199.228.731,88
2027 0   199.228.731,14 199.228.731,14
Total 1.200.000.000 227.003.399,26 272.988.755,28 1.472.988.755,28»
Tercera. Modificación de la cláusula primera.

Se modifica el segundo párrafo de la cláusula primera del convenio, que queda redactado de la siguiente forma:

«Primera. Objeto del convenio.

En el anexo I se relacionan las obras que son susceptibles de ser financiadas por el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana, siempre y cuando su ejecución y liquidación se lleve a cabo en un periodo de diez años desde la entrada en vigor de este convenio.

En el anexo II se relacionan las obras procedentes del anterior convenio de 31 de enero de 2006 que son susceptibles de ser financiadas por el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana en el marco de este convenio, siempre y cuando su ejecución se realice a partir del 1 de enero de 2023 y se liquiden dentro de la vigencia del presente convenio.»

Cuarta. Modificación del anexo I del convenio.

Se modifica la relación de obras a financiar con cargo al Convenio 2018 que figuran en el anexo I, que queda establecido en los siguientes términos:

«ANEXO I
Obras
Orden anexo 1 inicial Orden anexo 1 actual Isla Denominación Situación
49 1 El Hierro. HI-5 Fase 1: Mejoras de seguridad Túnel de Los Roquillos. Proyecto adjudicado y obra de emergencia en ejecución.
13 2 El Hierro. HI-5 Fase 2.ª Frontera-Sabinosa.  
5 3 El Hierro. Hi-5 Fase 3: Falso Túnel HI-5 Pie Mirador de Bascos. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
50 4 El Hierro. HI-1 Valverde-San Andrés - Frontera ( Cumbre).  
51 5 El Hierro. Hi-2 Valverde - Puerto de la Estaca - El Pinar/La Restinga. Proyecto adjudicado.
2 6 Fuerteventura. Aeropuerto-Caldereta. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
8 7 Fuerteventura. Aeropuerto-Pozo Negro. Proyecto en licitación.
64 8 Fuerteventura. Pozo Negro/Cuchillete (Gran Tarajal).  
16 9 Fuerteventura. Cuchillete (Gran Tarajal)-Costa Calma.  
65 10 Fuerteventura. Aldiana/Puerto Morro Jable.  
66 11 Fuerteventura. Geafond/Puerto de Corralejo.  
67 12 Fuerteventura. Acceso al Puerto de Gran Tarajal desde Cuchillete.  
29 13 Gran Canaria. GC-1 Variante de la Pueblo de Mogán. Proyecto adjudicado.
60 14 Gran Canaria. Circunvalación Carrizal-Ingenio-Agüimes. Fase 2. Proyecto adjudicado.
62 15 Gran Canaria. Remodelación Enlace GC-1 Ingenio (Las Puntilla-Burrero). Proyecto en licitación.
61 16 Gran Canaria. GC-1 Variante aeroportuaria.  
23 17 Gran Canaria. GC-1 Mejoras de Accesos, enlaces y BUS VAO GC-1 Las Palmas GC-aeropuerto. Proyecto adjudicado.
57 18 Gran Canaria. Reordenación de Av. Marítima-Acceso centro S. Cristóbal-Vegueta-Muelle Las Palmas.  
28 19 Gran Canaria. Soterramiento Avenida Marítima y mejoras enlaces Belén María- Torre Las Palmas – Plaza América. Fase 1. Enlace Belén María. Proyecto adjudicado.
28 19 Gran Canaria. Soterramiento Avenida Marítima y mejoras enlaces Belén María- Torre Las Palmas – Plaza América. Fase 2. Torre Las Palmas – Plaza América.  
17 20 Gran Canaria. GC-5 Nuevo Acceso a Telde desde GC-3 y su prolongación hacia el sur (FASE 1). Proyecto adjudicado.
31 21 Gran Canaria. GC-3 Mejoras accesos y aumento de capacidad - Acceso a Teror,  
32 22 Gran canaria. GC-3 Circunvalación Arucas. Acondicionamiento Tramo de la GC-20. Fase 1. Proyecto elaborado y obra en licitación.
9 23 Gran Canaria. GC-2 Bañaderos El Pagador (Arucas-Moya).  
58 24 Gran Canaria. GC-2 Desdoblamiento de Gáldar-Agaete.  
63 25 Gran Canaria. GC-2 Circunvalación Agaete y Acceso al Puerto.  
4 26 Gran Canaria. GC-2 Agaete-San Nicolás de Tolentino. Tramo: El Risco-Agaete. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
59 27 Gran Canaria. La Aldea de San Nicolás - Mogán.  
3 28 La Gomera. GM-1 Variante de Vallehermoso. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
27 29 La Gomera. GM-3 Iluminación túnel Playa Santiago. Proyecto elaborado y obra acabada.
26 30 La Gomera. GM-1 Iluminación de túneles de Arure Yorima. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
22 31 La Gomera. GM-2 Tramo Degollada de Peraza conexión con Circunvalación San Sebastián. Proyecto adjudicado.
10 32 La Gomera. GM-3 Tramo Paredes-Alajeró -Aeropuerto. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
56 33 La Gomera. GM-1 Falso túnel Valle Gran Rey.  
54 34 La Gomera. GM-1 Falso túnel PK 22+900 Agulo.  
53 35 La Gomera. GM-3 Arure. Variante de Arure-Cruce de Paredes.  
19 36 La Gomera. Circunvalación Puerto de San Sebastián, Hospital,(Fase 1). Proyecto adjudicado.
55 37 La Gomera. Circunvalación San Sebastián, Hospital,/ Ábalos (Fase 2). Proyecto adjudicado.
52 38 La Gomera. GM-1 Vallehermoso-Arure. Tramo Epina Piedra Hincada.  
44 39 La Palma. LP-1 Los Llanos-Tijarafe Fase 1: La Punta - Tijarafe. Proyecto elaborado y obra ene ejecución.
48 40 La Palma. LP-1 Los Llanos-Tijarafe Fase 2: Puente de las Angustias (Argual/ La punta).  
6 41 La Palma. LP-1 Tijarafe / Puntagorda ( Tricias). Proyecto adjudicado.
11 42 La Palma. LP-1 -Puntagorda (Tricias)- Garafia (Llano Negro). Proyecto adjudicado.
45 43 La Palma. LP-2 Variante. El Remo-La Zamora (Fuencaliente). Proyecto en licitación.
24 44 La Palma. LP-3 S/C de La Palma-La Cumbre. Enlace el Molino.  
47 45 La Palma. LP-3 S/C de La Palma-La Cumbre.  
46 46 La Palma. LP-3 La Cumbre-Los Llanos (Tajuya).  
30 47 La Palma. Lp-5: Fase 2 La Grama -Aeropuerto - San Simón.  
21 48 La Palma. LP-5: Fase1. La Caldereta - La Grama -.  
25 49 Lanzarote. LZ-4 Fase 1: Duplicación de Vías Aeropuerto /Puerto del Carmen. Proyecto adjudicado.
68 50 Lanzarote. LZ-4 Fase 2: Puerto del Carmen / Instituto de Yaiza.  
33 51 Lanzarote. LZ-2 Tramo: Aeropuerto Hospital, Enlace de Argana.  
69 52 Lanzarote. LZ-3 Mejora conexión con Hospital de Lanzarote desde Circunvalación Arrecife.  
14 53 Lanzarote. Enlace de la carretera LZ-2 con LZ-3. Proyecto adjudicado.
15 54 Lanzarote. Acondicionamiento LZ-1 Guatiza-Orzola. Proyecto adjudicado.
40 55 Tenerife. TF-1 Güimar - San Isidro. Proyecto adjudicado.
1 56 Tenerife. TF-1 San Isidro- Las Américas. Fase 1: Enlace Chafiras / Enlace Oroteanda. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
18 57 Tenerife. TF-1 San Isidro- Las Américas. Fase 2: Tercer Carril San Isidro- Enlace Oroteanda. Proyecto adjudicado.
18 56 Tenerife. TF-1 San Isidro- Las Américas. Fase 3: Tercer Carril Enlace Oroteanda- Las Américas. Proyecto adjudicado.
35 58 Tenerife. TF-1 Conexión con Puerto de los Cristianos.  
43 59 Tenerife. TF-1 Tramo: Las Américas-Fañabe.Aumento capacidad Vías Colectoras sobre falso Túnel. Adjudicado proyecto y obra de forma conjunta.
36 60 Tenerife. TF-1:Tramo Erques-Santiago del Teide:Aumento plataforma 2.º Carril. Proyecto adjudicado.
34 61 Tenerife. TF-1 PIPRA Santiago del Teide Adeje. Obra en ejecución.
7 62 Tenerife. TF-5 Cierre del Anillo Insular Tramo: El Tanque-Santiago del Teide TF1. Proyecto elaborado y obra en ejecución.
20 63 Tenerife. TF-5 Cierre del Anillo Insular Tramo: San Juan de la Rambla-Icod. Proyecto adjudicado.
38 64 Tenerife. TF-5 Cierre del Anillo Insular Tramo: Los Realejos -San Juan de la Rambla.  
41 65 Tenerife. Vía Litoral S/C de Tenerife Fase 1b, Fase 2 y Fase 3.  
12 66 Tenerife. TF-5:Tercer Carril TF-5 aeropuerto-La Orotava. Proyecto adjudicado.
37 67 Tenerife. Área Metropolitana de Tenerife: Variante de TF-5:Padre Anchieta-Guajara. Proyecto adjudicado.
39 68 Tenerife. TF-5 Red Viaria La Laguna: Túnel de la Golgolana. Proyecto adjudicado.
42 69 Tenerife. Remodelación Conexión Tf2-Tf-1 Enlace de santa Maria del Mar y Tramo A de Ofra/chorrillo. Proyecto adjudicado.»
Quinta. Anexo II obras procedentes del anterior convenio de 31 de enero de 2006 pendientes de ejecución.

1. Se incorpora un anexo II de actuaciones incluidas en el Convenio 2006, cuya inversión se ejecute, en términos de obligaciones reconocidas de la Comunidad Autónoma de Canarias, a partir del 1 de enero de 2023, así como el importe satisfecho a partir de esa fecha en concepto de expropiaciones, que podrá ser justificado en el ámbito del presente convenio conforme al procedimiento establecido en su cláusula cuarta, siempre que la adenda se haya inscrito con carácter previo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Las actuaciones y cuestiones incidentales que se financiarán por parte de la Administración General del Estado conforme a esta segunda adenda serán aquellas ejecutadas y resueltas desde el 1 de enero de 2023.

2. A tal fin, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias se compromete a aportar a la Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control del Convenio 2018, en el plazo de un mes desde que la presente adenda adquiera eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, una relación pormenorizada de las obras que se incluyen en el anexo II donde por cada una de las mismas conste, al menos los datos siguientes:

a) su coste total según la adjudicación de la obra o, en su defecto, del proyecto, los modificados en caso de existir;

b) los pagos realizados por cualquier concepto hasta 31 de diciembre de 2022.

Cuando sea necesario para la exacta cuantificación de su coste total, de su grado de ejecución y de la parte de dicho coste que se haya financiado en ejecución del Convenio 2006, las obras del anexo II se desglosarán en tramos, aportando la información indicada por cada uno de los mismos.

Dicha información deberá ser certificada por órgano responsable de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Aportada la información citada en el apartado anterior, el desglose de las obras en tramos y la información sobre cada una de las actuaciones deberá ser acordada en el seno de la Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control del Convenio 2018 en su ejecución.

ANEXO II
Obras procedentes del anterior Convenio de 31 de enero de 2006 y sus adendas, pendientes de ejecutar a 31 de diciembre de 2022
Actuación Importe total pendiente ejecutar a 31 de diciembre de 2022 (*) Importe financiado por el Ministerio pendiente de ejecutar a 31 de diciembre de 2022 (*)
TF-1 Santiago del Teide-Adeje.    
GC-2 Pagador-Guía.    
TF-5 Icod-Santiago del Teide. Tramo: Icod-El Tanque.    
GM-1 Vallehermoso-Arure (1.ª fase) TRAMO Epina Arure.    
Eje insular Fuerteventura. Tramo: La Caldereta-Corralejo.    
LP-1, Norte. San Andrés y Sauces-Barlovento-Cruz del Castillo.    
GC-2 Agaete-La Aldea- Tramo: La Aldea-El Risco.    
TF-5. Avda. Tres de Mayo-Guajara 2.ª fase (Ofra-El Chorrillo).    
GM-1 Travesía de Hermigua.    
LZ- Arrecife-Tahiche.    
GC-3 Circunv. Las Palmas Fase IV. Tamaraceite-Tenoya-Arucas Costa.    
TF- Vía Litoral de S/C de Tenerife Tramo I Fase A.    
FV-2 Costa Calma-Pecenescal.    
LZ- Yaiza-Arrecife 1.ª fase. Glorieta Mácher-Glorieta Playa Quemada.    
LZ-3 Circunvalación de Arrecife.    
TF-1 Mejora recuperación ambiental y paisajística de la TF-1. Fase A.    
LP-2. Bajamar-Tajuya. Tramo San Simón-Tajuya.    
LP-2. Los Llanos-Tazacorte. Tramo acceso al Puerto de Tazacorte.    
Adeje-Santiago del Teide. 2.º tubo del túnel del Bicho.    
Mejora Recuperación Ambiental y Paisajística del TF1. Fase B (Tenerife).    
Vía Litoral S/C de Tenerife. Vía Portuaria.    

(*) A cumplimentar una vez llevado a cabo el procedimiento previsto en esta cláusula.

Sexta. Eficacia de la adenda.

Esta adenda adquirirá eficacia a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se procederá a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Prórroga de la vigencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ambas partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio por un año, por lo que el plazo del mismo pasa a ser de diez años.

Octava. Referencias y anexos.

1. Las referencias que se contienen en el clausulado del Convenio 2018 al anexo I deben entenderse realizadas a los anexos I y II.

Las referencias que se realizan en el Convenio 2018 al Ministerio de Fomento deben entenderse realizadas al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

2. La introducción de las cifras correspondientes en el anexo II, una vez llevado a cabo el procedimiento establecido en la cláusula quinta anterior, no requerirá la tramitación de una adenda al convenio.

Y en prueba de conformidad, firman este documento en la fecha de la firma electrónica, tomándose como fecha de formalización la fecha del último firmante.–Por la Administración General del Estado, el Secretario General de Infraestructuras, P.D. (Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/221/2022), Francisco Javier Flores García.–Por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, Sebastián Franquis Vera.

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