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Documento BOE-A-2023-20228

Resolución 420/38384/2023, de 20 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Junta de Andalucía y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 28 de septiembre de 2023, páginas 130980 a 130984 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2023-20228

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 14 de septiembre de 2023, la adenda de modificación del Convenio entre la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 20 de septiembre de 2023.–El Secretario General Técnico, Emilio Fernández-Piñeyro Hernández.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados

REUNIDOS

De una parte, don José Carlos Gómez Villamandos, en calidad de Consejero de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, con sede en calle Johannes Kepler, número 1, 41092 Sevilla, en uso de las facultades propias de su cargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en relación con el Decreto del Presidente 11/2022, de 25 de julio, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, relativo a su nombramiento.

De otra parte, don Julio Ayuso Miguel, Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (en adelante, INTA), con domicilio en carretera de Ajalvir, km 4,5, 28850 Torrejón de Ardoz, Madrid, designado para dicho cargo por Real Decreto 362/2022, de 10 de mayo (BOE número 112, de 11 de mayo de 2022), actuando en nombre y representación del citado Instituto, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA), Organismo Público de Investigación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es un Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de Estado de Defensa, de los previstos en el artículo 84.1.a). 1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, especializado en la investigación y desarrollo tecnológico, de carácter dual, en los ámbitos aeroespacial, hidrodinámica y de las tecnologías de la defensa y seguridad, que tiene las funciones señaladas en el artículo 7.2 de su Estatuto, aprobado mediante el Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.

Segundo.

Que a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, de acuerdo con lo previsto en artículo 1.1.c) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula su estructura orgánica, le corresponden las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía relativas al apoyo a la innovación tecnológica.

Tercero.

Que el 2 de junio de 2022 se firmó el Convenio entre la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades (actual Consejería de Universidad, Investigación e Innovación) y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados (CEUS).

Cuarto.

Que la cláusula tercera del citado convenio regula las aportaciones y compromisos de las partes para la ejecución y financiación del mismo.

Quinto.

Que en la cláusula tercera del citado convenio, en lo relativo a las obras de construcción del centro CEUS, se establece que el INTA se compromete a financiar las obras de construcción del centro, excepto las obras de soterramiento de la línea de alta tensión a 220 kV, denominada «Rocío-Torrearenillas», que serán financiadas por la Administración de la Junta de Andalucía.

Sexto.

Que en la cláusula tercera del citado convenio se establece que el INTA acordará con la Administración de la Junta de Andalucía, previamente o tras un mes desde el acto de recepción y aceptación del promotor de la obra de construcción del centro, los instrumentos jurídicos que se determinen y que fijen la forma de gestión, financiación, funcionamiento y explotación del mismo, que consistirá, en cualquier caso, en la participación de ambas partes en los órganos de gobierno, con la composición mínima que se establece en la cláusula segunda y en la toma de decisiones sobre los proyectos y actividades que se vayan a desarrollar en el centro. Los compromisos que ambas partes recogerán en estos instrumentos jurídicos sobre el funcionamiento y explotación del centro CEUS, deberán al menos especificar la normativa para el gobierno del centro y su financiación, el funcionamiento operativo de los órganos de gobierno del centro, así como los procedimientos para la determinación de los proyectos científico-técnicos a desarrollarse en el mismo.

Séptimo.

Que Red Eléctrica de España, SA (Red Eléctrica), es propietaria de la mencionada línea aérea de alta tensión a 220 kV, simple circuito, denominada «Rocío-Torrearenillas».

Octavo.

Que Red Eléctrica, según los artículos 34.2 y 36 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (LSE), tiene atribuidas las funciones de transportista único del sistema eléctrico español en régimen de exclusividad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la LSE y en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de energía eléctrica (Real Decreto 1955/2000), la variación de la ubicación o trazado de una instalación de transporte como consecuencia de proyectos o planes de la Administración comportará el pago del coste de dicha variación y los perjuicios ocasionados por parte de la Administración competente sobre dicho proyecto o plan. De acuerdo con lo establecido en la LSE, las autorizaciones administrativas para la ejecución de las instalaciones y sus modificaciones habilitan únicamente a su titular, que es Red Eléctrica, para variar el trazado de las líneas de alta tensión que transcurren parcialmente por CEUS y a ejecutarlo con medios propios o, en su caso, contratando a terceros.

Noveno.

Que, de acuerdo con la cláusula sexta del citado convenio, este podrá ser modificado de mutuo acuerdo, si lo consideran necesario las partes.

Décimo.

Que en sesión de la Comisión de Seguimiento del convenio, celebrada el 27 de octubre de 2022, tal como refleja el punto 2.B) del acta de dicha Comisión, se adoptó el acuerdo entre las partes de proponer la modificación del convenio para poder actualizar el coste definitivo del soterramiento, como consecuencia de los estudios técnicos de viabilidad que ha realizado Red Eléctrica, para adaptar las circunstancias técnicas y costes del proyecto realizado en 2014 y recogido en el expediente interno de Red Eléctrica, número B1IL13009, a la situación actual.

Undécimo.

Que el pasado 11 de abril de 2023, Red Eléctrica, propietaria de la línea y en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas como transportista único del sistema eléctrico español en régimen de exclusividad, remitió a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación un oficio con el presupuesto actualizado para la ejecución del proyecto de obra para el soterramiento entre los apoyos 29 y 34, de la línea aérea doble circuito 220 kV «Rocío-Torrearenillas», motivado por el proyecto CEUS, en Mazagón (Huelva), que asciende a un importe total de cuatro millones cuatrocientos cincuenta y un mil novecientos noventa y nueve euros con cincuenta y un céntimos (4.451.999,51 euros), más el IVA correspondiente.

Duodécimo.

Que el pasado 22 de mayo de 2023, en atención a los compromisos adquiridos en la cláusula tercera del convenio relativa a las aportaciones y compromisos de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha publicado la resolución del encargo a la empresa de Transformación Agraria SA, S.M.E., M.P (TRAGSA), para la ejecución de las obras de canalización subterránea del soterramiento de la línea de alta tensión a 220 kV, denominada «Rocío-Torrearenillas», dentro de la parcela del centro CEUS, por un importe de trescientos cuarenta y un mil ochocientos sesenta y nueve euros y setenta y un céntimos (341.869,71 euros), que se financiará con cargo a los fondos propios de la Consejería de Universidad, Innovación e Investigación.

Decimotercero.

Que la modificación propuesta en esta adenda sí afectaría a las anualidades previstas para las aportaciones de la Consejería de Universidad, Innovación e Investigación, que tendrían los siguientes importes:

2023 2024 Total
3.117.909,80 euros. 2.657.073,84 euros. 5.774.983,64 euros.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda de modificación.

La presente adenda tiene por objeto modificar el convenio suscrito el 2 de junio de 2022 entre la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados, para actualizar la aportación económica de la Administración de la Junta de Andalucía al coste del proyecto de soterramiento de la de la línea de alta tensión a 220 kV, denominada «Rocío-Torrearenillas», presentado el 11 de abril de 2023 por Red Eléctrica, propietaria de la línea y transportista único del sistema eléctrico español en régimen de exclusividad.

Las referencias en el convenio firmado el 2 de junio de 2022 a la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades (CTEICU) de la Administración de la Junta de Andalucía, se entenderán realizadas a la actual Consejería de Universidad, Investigación e Innovación (CUII).

Segunda. Modificación del convenio entre la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados.

Las obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía contenidas en la cláusula tercera del convenio entre la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados quedan redactadas del siguiente modo:

«La Administración de la Junta de Andalucía se obliga a:

a) Iniciar e impulsar cualquier trámite administrativo necesario para el soterramiento de la línea de Alta Tensión, denominada Rocio-Torrearenillas, que cruza la zona de afección del centro.

b) Impulsar y proponer la cesión de los terrenos donde se encuentra ubicado el Centro de Experimentación de El Arenosillo mediante una mutación demanial externa gratuita, según artículo 57 bis de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por todo el tiempo que se destinen a actividades científico-tecnológicas en el ámbito aeroespacial.

c) Financiar las actuaciones necesarias para el soterramiento de la línea de alta tensión, denominada «Rocio-Torrearenillas», que cruza la zona de afección del centro, y que se debe realizar para que el centro pueda ser operativo, mediante un presupuesto de cinco millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos ochenta y tres euros y sesenta y cuatro céntimos (5.774.983,64 euros), IVA incluido, con cargo a los fondos propios de la Consejería Universidad, Investigación e Innovación.

d) Hacer constar expresamente la colaboración del INTA en todas las actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas en este convenio.

e) Acordar con el INTA, previamente o tras un mes desde el acto de recepción y aceptación del promotor de la obra de construcción del centro, los instrumentos jurídicos que se determinen y que fijen la forma de gestión, financiación, funcionamiento y explotación del mismo, que consistirán, en cualquier caso, en la participación de ambas partes en los órganos de gobierno del centro, con la composición mínima que se establece en la cláusula segunda y en la toma de decisiones sobre los proyectos y actividades que se vayan a desarrollar en el centro. Los compromisos que ambas partes recogerán en estos instrumentos jurídicos sobre el funcionamiento y explotación del centro CEUS, deberán al menos especificar: La normativa para el gobierno del centro y su financiación, el funcionamiento operativo de los órganos de gobierno del Centro, así como los procedimientos para la determinación de los proyectos científico-técnicos a desarrollarse en el mismo.

f) Los instrumentos jurídicos que determinen la forma de gestión, financiación, funcionamiento y explotación del centro CEUS no podrán contemplar unos gastos corrientes para la Administración de la Junta de Andalucía superiores a los 100.000 euros anuales.»

Tercera. Entrada en vigor y vigencia.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Su plazo de vigencia, desde que devenga eficaz, será hasta el 3 de junio de 2026.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda de modificación en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en Madrid, a 14 de septiembre de 2023.–Por el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», el Director General, Julio Ayuso Miguel.–Por la Junta de Andalucía, el Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, José Carlos Gómez Villamandos.

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