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Documento BOE-A-2023-20776

Resolución de 29 de septiembre de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Real Academia Española, para promover la difusión del conocimiento de la correcta norma lingüística y brindar la mas amplia información sobre la lengua española.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 7 de octubre de 2023, páginas 134156 a 134157 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2023-20776

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga del convenio suscrito el 2 de marzo de 2000 entre la Real Academia Española y el Instituto Cervantes, que ha sido suscrita el 28 de septiembre de 2023.

Madrid, 29 de septiembre de 2023.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea.

ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO SUSCRITO EL 2 DE MARZO DE 2000 ENTRE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA Y EL INSTITUTO CERVANTES

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio de 2018 (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Alcalá, 49, 28014, Madrid, con NIF Q-2812007 I; en adelante, también el IC.

Y, de otra parte, don Santiago Muñoz Machado, Director de la Real Academia Española, cargo para el que fue reelegido el 1 de diciembre de 2022, actúa en nombre y en representación de la Real Academia Española, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.2 del Reglamento de la citada institución, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Felipe IV, 4, 2800, Madrid, con NIF Q-2868010 F; en adelante, la RAE.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que el IC y la RAE suscribieron, el 2 de marzo de 2000, un convenio con el fin de promover la difusión del conocimiento de la correcta norma lingüística, permanentemente actualizada, y brindar la más amplia información sobre la Lengua Española, que las partes actualizaron mediante un acuerdo suscrito el 20 de mayo de 2014 y que fue adaptado a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público a través de la adenda suscrita el 1 de octubre de 2019.

II. Que, de conformidad con su cláusula novena, en su redacción dada por la referida adenda de 1 de octubre de 2019, el convenio, que está vigente hasta el 4 de octubre de 2023, podrá ser prorrogado, previo acuerdo expreso de las partes, por un periodo de 4 años más.

III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y desean renovar el citado convenio.

IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.

V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 20 de septiembre de 2023.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga.

Las partes prorrogan el convenio suscrito el 2 de marzo de 2000, cuya vigencia se extiende hasta el 4 de octubre de 2023, por un período de 4 años más.

Segunda. Vigencia de compromisos.

Se mantienen vigentes el resto de los compromisos y obligaciones asumidos en virtud del convenio suscrito el 2 de marzo de 2000, en su redacción dada por el acuerdo de 20 de mayo de 2014 y la adenda de 1 de octubre de 2019, referidos en el exponendo primero anterior.

Tercera. Validez y eficacia de la Adenda.

La presente adenda queda perfeccionada desde la fecha de la firma del último de los signatarios y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

El Instituto Cervantes realizará la preceptiva comunicación de la firma de la presente adenda al correspondiente Registro y la tramitación de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente documento en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero, 27 de septiembre de 2023.–Por la Real Academia Española, el Director, Santiago Muñoz Machado, 28 de septiembre de 2023.

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