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Documento BOE-A-2023-21134

Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Alcudia Solar, de 58,05 MW de potencia instalada, su infraestructura de evacuación en 30 kV, y la ampliación de subestación transformadora ST Doña María 132/30 kV" en Montoro (Córdoba).

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 12 de octubre de 2023, páginas 136374 a 136379 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-21134

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 22 de junio de 2023, tiene entrada solicitud de inicio de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Alcudia Solar de 58,05 MW de potencia instalada, su infraestructura de evacuación en 30 kV, y la ampliación de subestación transformadora ST Doña María 132/30 kV» en el término municipal de Montoro (Córdoba), promovido por Alcudia Solar, SLU, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Realizado el análisis de la documentación, se constata que reúne condiciones de calidad suficientes para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

El proyecto consiste en la construcción de una Planta Fotovoltaica (PSFV) con producción de 67,39 MWp de potencia pico (58,05 MWinst, 50 MWn), denominada «Alcudia Solar», ubicada al sur del término municipal de Montoro. La evacuación de la energía generada en la PSFV Alcudia Solar se efectúa mediante las líneas soterradas de 30kV, a la ST Doña María 132/30 kV, desde donde se transporta en alta tensión a través de la LAAT 132 kV Doña María-Promotores Guadame hasta la SET Promotores Guadame, y desde ésta, evacúa mediante infraestructuras comunes que no forman parte de este expediente, hasta la SET Guadame 400 kV, propiedad de REE, en la que la PSFV tiene concedidos los permisos de acceso y conexión. Tanto la ST Doña María 132/30 kV, como la LAAT 132 kV Doña María-Promotores Guadame hasta la SET Promotores Guadame tienen otorgada DIA favorable (Expediente Pfot 310-AC).

El estudio de impacto ambiental recoge el equipamiento de la posición de 30 kV en la SET Doña María, que permitirá evacuar la energía generada en Alcudia Solar. Se indica que esta incorporación no conllevará ninguna obra civil dado que están incluidas en otro proyecto autorizado. Las subestaciones y líneas de alta tensión no forman parte del presente proyecto, el cual, únicamente, engloba a la planta Alcudia Solar, sus líneas soterradas de 30 kV y el equipamiento de la posición en 30 kV en la SET Doña María.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario.

El proyecto no coincide territorialmente con ninguna figura de protección de la Red Natura 2000 ni otros Espacios Naturales Protegidos de la RENPA. Las figuras de protección de la Red Natura 2000 más cercanas son las siguientes: ZEC Río Guadalquivir-Tramo Medio (ES6130015), en el entorno de la planta por el oeste, norte y este de su implantación, siendo la distancia más cercana a este espacio de 1,9 km, al oeste; ZEC Guadalmellato (ES6130006), al oeste de la PSFV, a unos 8,1 km, ZEC Suroeste de la Sierra de Cardeña y Montoro (ES6130005), situada al norte de la PSFV, a unos 5,6 km; ZEC Sierra de Cardeña y Montoro (ES630001), localizada al noreste de la PSFV a unos 16,5 km.

Los Espacios Naturales Protegidos más cercanos son: Monumento Natural Meandro de Montoro, localizado a 2,8 km al norte de la planta fotovoltaica, siendo parte de la propia ZEC Río Guadalquivir-Tramo Medio (ES6130015).

En la zona de implantación del proyecto no existe ningún Hábitat de Interés Comunitario (HIC).

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas.

En relación a la zonificación preliminar de especies amenazadas de flora y fauna incluidas en alguna categoría de protección, según el Listado Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LAESPE), atendiendo a la malla de cuadrículas 5 × 5 km de la Red de Información Ambiental de Andalucía (REDIAM) el proyecto se ve afectado por las teselas 370042050 y 375042100 apareciendo listadas en las mismas: Aguilucho cenizo (Circus pygargus), vulnerable; Malva sherardiana (Malvella sherardiana), no catalogada; y Sisón común (Tetrax tetrax), en peligro de extinción, en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

En cuanto a la flora, el resumen ejecutivo señala que no existen taxones de interés en el ámbito de estudio, ni se enmarca en el ámbito de ninguno de los planes de conservación de flora de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Cabe destacar la presencia en la zona de Malvella sherardiana, especie incluida en el Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular Amenazada de España, catalogada como vulnerable.

Las especies más relevantes de aves encontradas en la zona son: milano real (Milvus milvus) catalogada como «En Peligro de Extinción» a escala nacional y regional e incluida en la Directiva Aves dentro de su anexo I (con carácter invernante en el ámbito de estudio); alzacola rojizo (Cercotrichas galactotes), catalogado como «Vulnerable» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas y en el Listado y Catálogo de flora y fauna silvestre amenazada de Andalucía, estando incluida a su vez en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) y en el anexo I de la Directiva Aves; aguilucho cenizo (Circus pygargus); y observaciones puntuales de Águila Imperial Ibérica (Aquila adalberti), catalogada como «En Peligro de Extinción» a escala nacional y regional e incluida en la Directiva Aves dentro de su anexo I de aves que precisan medidas de protección especiales, así como en el Plan de Recuperación del águila imperial ibérica en Andalucía; águila perdicera (Aquila fasciata), águila pescadora (Pandion haliaetus) y buitre negro (Aegypius monachus) catalogadas como «Vulnerables» a escala nacional y regional e incluida en la Directiva Aves dentro de su anexo I de aves que precisan medidas de protección especiales.

A pesar de existir hábitat estepario en el ámbito estudiado y, en concreto, en parte del ámbito de implantación de las plantas, no se han detectado especies de interés, como la avutarda común (Otis tarda) o el sisón común durante las visitas, posiblemente, por el estado de conservación del hábitat desfavorable.

El estudio anual de avifauna identifica una serie de Zonas Relevantes para la Avifauna (ZRA), por su importancia para determinadas especies de aves: ZRA-01 «Zona cerealista próxima a Pedro Abad» y ZRA-02 «Zona cerealista junto a la A-309». El estudio señala que, teniendo en consideración la ubicación concreta del proyecto fotovoltaico, existiría una afección a áreas de campeo y alimentación de especies esteparias de interés, como el aguilucho cenizo, cernícalo primilla y alzacola rojizo, entre otras.

En relación a los mamíferos, se han detectado cuatro especies de quirópteros en el ámbito de estudio. Todas las especies de murciélagos están incluidas en el LESRPE, como Pipistrellus pipistrellus, Pipistrellus kuhlii y Tadarida teniotis y se trata, por tanto, de especies protegidas, y el murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), que además está catalogada como Vulnerable en el CEEA (Catálogo Español de Especies Amenazadas) y el CAEA (Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas). Se ha detectado un refugio de una especie catalogada a 126 m del límite de la poligonal del proyecto.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

No se prevé el uso de sustancias peligrosas más allá de las utilizadas en cualquier obra (aceites, carburantes, lubricantes, pintura, etc.) cuyo vertido o deposición en el terreno o cuerpos de agua estarán prohibidos. El resumen ejecutivo indica que las cantidades de aguas residuales, residuos, combustibles, etc. generadas que podrían llegar de forma accidental al agua son poco significativas.

El ámbito de actuación pertenece a la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir, gestionada por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. La documentación identifica tres arroyos que discurren por los perímetros de las poligonales que conforman la PSFV Alcudia Solar, observándose, además, la presencia de varios arroyos innominados. Algunos de los elementos que conforman las instalaciones, específicamente los módulos fotovoltaicos, el vallado y las líneas de media tensión ocuparán la zona de policía de los cauces.

El estudio hidrológico e hidráulico de cauces en las inmediaciones de la futura instalación fotovoltaica Alcudia Solar concluye que la PSFV quedará fuera de la franja de Dominio Público Hidráulico, zona de servidumbre y zona de flujo preferente de los cauces analizados. Respecto a la zona de policía o a las zonas inundables, se indica que la propiedad procederá a la solicitud de los permisos necesarios, cuando su ocupación se contemple en el proyecto.

En el marco del proyecto de la instalación fotovoltaica «Alcudia Solar», se identifican siete cruces de la línea de media tensión (LSMT) con cauces públicos.

4. Afección por generación de residuos.

En la fase de obras, la generación de residuos se estima en unas 652 t. La generación de residuos durante la fase de funcionamiento no superará las 10 t anuales, y en la fase de desmantelamiento se alcanzan las 401.249 t entre las siguientes fuentes de residuos: estructuras metálicas fijadas mediante hincado para la colocación de los paneles, módulos fotovoltaicos, instalación eléctrica subterránea en canalización mediante tubos, equipos electrónicos para la conversión de corriente continua a alterna, equipos eléctricos de medida y protección, casetas prefabricadas para albergar los equipos de conversión y transformación, vallado perimetral y el sistema de seguridad.

La gestión de los residuos por la empresa comprende todos los procesos desde la generación de residuos hasta la entrega de estos a los gestores de los mismos. Todos aquellos residuos que no sean peligrosos deberán entregarse al gestor correspondiente siguiendo las indicaciones del mismo, procurando la separación de dichos residuos cuando sea posible. En el caso de los residuos peligrosos, deberán entregarse siempre a un gestor autorizado.

5. Afección por utilización de recursos naturales.

El principal recurso natural afectado es la ocupación del suelo. La superficie total de la poligonal del vallado de la planta es de 190,68 hectáreas, distribuidas en 4 envolventes, aunque el campo solar ocupará 3 de ellas.

Otro de los recursos naturales consumidos en fase de obra será el recurso hídrico, destinado, principalmente, al riego periódico de los caminos y terrenos afectados por movimientos de tierra, así como el agua de consumo sanitario necesaria. Durante la fase de funcionamiento de la planta, el agua será destinada al lavado de los paneles solares, así como el agua de consumo sanitario necesaria. En fase de desmantelamiento, la utilización de recursos naturales será similar a la producida en la fase de construcción, siendo dedicada al riego de superficies.

Respecto a los volúmenes de movimiento de tierras, las cantidades son 54.359,45 m3 de terraplén y 68.527,54 m3 de desmonte.

6. Afección al patrimonio cultural.

Consta la tramitación de una actividad arqueológica preventiva, consistente en una prospección superficial de la zona de implantación, en la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en Córdoba. Los resultados de esta prospección arrojaron la identificación de tres áreas de dispersión de material, donde se ha localizado cerámica, elaborada a mano y torno y con indicios de erosión, al igual que material lítico y constructivo. El informe de la prospección señala que el material se encuentra fragmentado, rodado y disperso, no evidenciándose acumulaciones significativas, lo que podría indicar que el material proviene de cotas superiores.

Como medida genérica sobre todo el ámbito de la actuación, se propone la realización de un control arqueológico de movimientos de tierra en todo el proceso de obra, que deberá dar comienzo con los primeros trabajos de desbroce de las parcelas. En cuanto a la zona cercana a Cerro Nebrilla (Sector Norte), la zona cercana a la Torre de Telégrafo (Sector Sur) y la zona del «Este» (Sector Sur), establecidas para la dispersión del material arqueológico, se propone que este control arqueológico de movimientos de tierras se realice de forma más intensiva, en aras a confirmar que el material cerámico se encuentra en posición secundaria y que proviene por desplazamientos superficiales de cotas más altas.

Los recintos de la PSFV quedan siempre fuera de los límites del dominio público pecuario de las vías pecuarias existentes en el ámbito del proyecto, Colada de Nebrilla (14043019), Colada de Montoro a Cañete (14043017) y Cordel del Camino de Córdoba (14043002). Únicamente, se prevén cruzamientos de la línea soterrada de evacuación. El EsIA menciona que se solicitará autorización a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de Córdoba, por la ocupación temporal de las vías pecuarias que pudieran verse afectadas por las instalaciones proyectadas.

El ámbito de la PSFV no interfiere con montes catalogados como públicos o de utilidad pública, según los datos incluidos en la REDIAM. El Monte más cercano se sitúa a unos 2 kilómetros al oeste de la PSFV, siendo en este caso el Monte Público «Riberas del Guadalquivir I» (CO-10024-JA).

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Los efectos de la implantación del proyecto fotovoltaico sobre el medio socioeconómico, según cita el promotor, son la creación de puestos de trabajo, una menor dependencia energética, el desarrollo económico de la comarca y el desarrollo sostenible a partir de fuentes de energía renovables.

Por el contrario, los efectos negativos se deben a que hay actividades que por su naturaleza presentan ciertas incompatibilidades: afección a las infraestructuras existentes que darán acceso a la planta fotovoltaica, para las que se prevé un cierto deterioro en la ejecución de las obras, molestias a la población por el incremento del tránsito de vehículos y maquinaria. Por último, se produce un cambio de uso a otro sector productivo, de agrícola a industrial.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.

El análisis de efectos sinérgicos incluye las instalaciones termosolares y eólicas localizadas en un radio de 10 km. Se encuentran 16 instalaciones, en concreto, 4 plantas termosolares en funcionamiento y 12 plantas solares fotovoltaicas autorizadas. Las plantas termosolares son Veguilla (2,59 MW), La Poza Este 1 (18,5 MW), Solacor 1 (50 MW) y Solacor 2 (50 MW). Las plantas solares fotovoltaicas, dos de las cuales lindan con Alcudia, una seguida de la otra en dirección oeste, son Alisio Solar (100,00 MWp), Albormez Solar (100,00 MWp), Guadame Solar 1 (35,48 MWp), Guadame Solar 3 (35,48 MWp), Guadame Solar 4 (35,48 MWp) y Guadame Solar 5 (138,43 MW) y, más alejadas, Guadalquivir 1 (50,26 MWp), Guadalquivir 2 (53,97 MWdc), Guadalquivir 4 (46,05 MWp), Guadalquivir 5 y el Caballo 1 (38 MW), el Caballo 2 (38 MW) y el Caballo 3 (38 MW). La potencia total alcanza los 830,222 MW. Además, se encuentran en la zona 12 líneas eléctricas: 7 en funcionamiento, 4 autorizadas y 1 en tramitación.

El análisis concluye que se producen impactos sinérgicos negativos, relacionados con la alteración y compactación del suelo, la pérdida de productividad agrícola, la afección a flora de cierto interés botánico, la fragmentación y/o pérdida de hábitat para la fauna, así como molestias a la población.

Se podría superar la capacidad de acogida del territorio en una zona con presencia de especies amenazadas. Las especies detectadas de mayor interés por su estado de amenaza o escasez han sido las siguientes: águila imperial ibérica, milano real, buitre negro, águila perdicera, águila pescadora, alzacola rojizo y aguilucho cenizo.

Respecto a los usos del suelo, la actividad productiva agrícola actual desaparecerá. Los proyectos producirán una ocupación del territorio para uso industrial, lo que supone un impacto acumulativo y sinérgico en una superficie considerable.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba, el 4 de septiembre de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por parte del órgano autonómico.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Alcudia Solar de 58,05 MW de potencia instalada, su infraestructura de evacuación en 30 kV, y la ampliación de subestación transformadora ST Doña María 132/30 kV» en el término municipal de Montoro (Córdoba), se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 4 de octubre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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