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Documento BOE-A-2023-21402

Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con LifeWatch Eric, para la ejecución del proyecto "Sostenibilidad para los Puntos Críticos del Mediterráneo en Andalucía Integrando el LifeWatch Eric", cofinanciado por fondos FEDER del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020, para actuaciones relacionadas con la e-infraestructura LifeWatch Eric en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 16 de octubre de 2023, páginas 138385 a 138388 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2023-21402

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la adenda el 3 de octubre de 2023, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 4 de octubre de 2023.–La Presidenta de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Eloísa del Pino Matute.

ANEXO
Adenda de modificación al «Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. y LifeWatch Eric, para la ejecución del proyecto «Sostenibilidad para los Puntos Críticos del Mediterráneo en Andalucía Integrando el LifeWatch Eric (SUMHAL)», cofinanciado por fondos FEDER del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020, para actuaciones relacionadas con la e-infraestructura LifeWatch Eric ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía», firmado el 19 de enero de 2022

En Madrid y Sevilla, a fecha de la última firma

INTERVIENEN

De una parte, doña Eloísa del Pino Matute, Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), en virtud de su nombramiento por Real Decreto 498/2022, de 21 de junio (BOE número 148, de 22 de junio de 2022), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 11.2, apartados e) e i) del Estatuto del CSIC, aprobado por el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre. Organismo con sede central en Madrid (CP 28006), domicilio institucional en calle de Serrano 117 y NIF Q-2818002-D.

Y de otra, don Christos Arvanitidis, Director Ejecutivo (CEO) de LifeWatch Eric, con NIE Y-7148***-*, nombrado en su cargo y atribuciones mediante el Acta de la Asamblea General de LifeWatch Eric celebrada el 15 de abril de 2019 y ratificada por escritura ante el notario de Madrid, Luis Garay Cuadros, el 8 de octubre de 201, con el número 3416 de su protocolo, en nombre y representación de LifeWatch Eric (Infraestructura Europea de e-Ciencia para la Biodiversidad y la Investigación de Ecosistemas), provista de CIF ESN9101001G, domiciliada en plaza de España, S/N, Sector II-III, Sevilla 41071, España.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad jurídica y competencia suficientes para formalizar la presente adenda y, en su virtud,

EXPONEN

1.  El 11 de septiembre de 2020, el Ministerio de Ciencia e Innovación (MCIN) comunicó a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC) la resolución de concesión de subvención para financiar el proyecto «Sostenibilidad para los puntos críticos del Mediterráneo en Andalucía integrando el LifeWatch Eric (SUMHAL)» en el marco de la línea de actuación del Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020, a través de fondos cofinanciados por FEDER. Dicha resolución exigía la formalización de dos convenios, dependientes el segundo del primero:

– Un primer convenio entre el CSIC y el MCIN, suscrito el 16 de diciembre de 2020, por el que se consideraba formalmente concedida la asignación de fondos FEDER al CSIC y se establecían las obligaciones principales del mismo como organismo beneficiario. De este modo, su cláusula primera señala que «El objeto del presente convenio es la selección del proyecto «Sostenibilidad para los puntos críticos del Mediterráneo en Andalucía integrando el LifeWatch Eric (SUMHAL)» para su cofinanciación por parte del FEDER correspondiente al Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020. Asimismo, mediante el presente convenio se establecen las obligaciones y derechos del organismo beneficiario de los fondos FEDER, el CSIC, aplicados para la ejecución del proyecto seleccionado».

– Un segundo convenio entre el CSIC y LifeWatch Eric, firmado el 19 de enero de 2022, para establecer la colaboración entre CSIC y LifeWatch y ejecutar el ya mencionado proyecto. Su objeto es, tal como se contempla en la cláusula primera del mismo: «el establecimiento de los términos y condiciones por los que se regirá la colaboración y coordinación entre las partes para el desarrollo de actividades vinculadas al proyecto «Sostenibilidad para los puntos críticos del Mediterráneo en Andalucía integrando el LifeWatch Eric (SUMHAL)», en cumplimiento del condicionante de la ayuda concedida por el Ministerio de Ciencia e Innovación de establecer un convenio entre el CSIC, como organismo beneficiario, y LifeWatch Eric como socio insustituible para la coordinación de la ejecución del 36 % del presupuesto del proyecto».

2.  El 27 de junio de 2023, el CSIC y el MCIN suscribieron una adenda de modificación y prórroga del convenio mencionado en el primer apartado del expositivo precedente, que incluye, entre otras, las siguientes modificaciones:

Por un lado, se modifica la cláusula cuarta, apartado cuarto del convenio que versa sobre la justificación de las actuaciones y gastos realizados en los siguientes términos:

«La justificación final de los gastos y pagos deberá realizarse hasta la fecha final establecida en la cláusula décima del Convenio, modificada según la cláusula sexta de la presente adenda relativa al plazo de ejecución del proyecto, para lo que el Ministerio de Ciencia e Innovación establecerá el periodo de justificación que finalizará en la misma fecha. En consecuencia, la fecha de justificación de los gastos y pagos realizados por los beneficiarios nunca podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2023 para que estos sean considerados subvencionables.»

Esta nueva redacción permite justificar los gastos y pagos hasta el 31 de diciembre de 2023 en lugar de hasta el 30 de septiembre de 2023 («tres meses siguientes a la finalización del periodo de ejecución») que contemplaba la redacción original.

Por otro lado, se modifica la cláusula décima del convenio que contempla el plazo de ejecución del proyecto en los siguientes términos:

«El plazo de ejecución de las actuaciones identificadas en el Anexo Técnico y de la elegibilidad de los gastos abarcará desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2023.»

Esta nueva redacción permite ejecutar el proyecto hasta el 31 de diciembre de 2023 en lugar de hasta el 30 de junio de 2023.

3.  El convenio entre el CSIC y LifeWatch depende del convenio entre el CSIC y el MCIN de manera que, según la cláusula undécima de aquél, su duración está condicionada a la del proyecto que se contempla en el primero de los convenios, con un plazo máximo previsto de seis años, entrando en vigor el día siguiente al de su inscripción en REOICO.

Este proyecto finalizaba el 31 de junio de 2023, pero, por medio de la adenda mencionada en el expositivo segundo se ha modificado la fecha de fin del proyecto, extendiéndose hasta el 31 de diciembre de 2023. En consecuencia, la vigencia del convenio entre el CSIC y LifeWatch finalizaría en dicha fecha.

4.  Por lo anteriormente explicado, las partes, CSIC y LifeWatch, entienden necesario proceder a modificar el convenio de referencia con el fin de adaptarlo a las modificaciones realizadas a través de adenda al convenio entre CSIC y MICIN. Concretamente, a través de la presente adenda se van a modificar la cláusula cuarta («Presupuesto del proyecto y ejecución») con el fin de ampliar la fecha de justificación de las actuaciones del proyecto, incluir la responsabilidad del incumplimiento del plazo de justificación e indicar expresamente que LifeWatch custodiará la documentación justificativa pertinente, y la cláusula sexta («Comité de coordinación»), para sustituir uno de los miembros de LifeWatch que forma parte del Comité. Por ello, con el fin de poder continuar con la normal ejecución del objeto del convenio hasta la nueva fecha de fin de su vigencia, es voluntad de las partes suscribir la presente adenda con sujeción a los términos que establecen las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de esta adenda es modificar el convenio suscrito con fecha 19 de enero de 2022 entre el CSIC y LifeWatch Eric (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 27, de 1 de febrero de 2022) en sus cláusulas cuarta y sexta.

Segunda. Modificaciones del convenio.

En primer lugar, las partes acuerdan modificar el apartado segundo de la cláusula cuarta del convenio origen relativo a la justificación del proyecto en los siguientes términos:

Primero, se sustituye el primer párrafo por el siguiente:

«Con objeto de poder efectuar la correspondiente justificación del proyecto, LifeWatch Eric deberá acreditar al CSIC el cumplimiento de la finalidad, de la realización de la actividad financiada y de la utilización de los fondos percibidos con anterioridad al 30 de noviembre de 2023. Para ello, LifeWatch Eric deberá haber recibido la totalidad de los fondos derivados del Convenio y aprobados por el Comité de Coordinación previsto en la cláusula sexta, a fecha 15 de noviembre de 2023; en caso contrario, dispondrá de quince días, desde la fecha de ingreso del ultimo abono de las cantidades comprometidas en el Convenio y aprobadas por el Comité de Coordinación, para efectuar la justificación comprometida.»

Segundo, el párrafo octavo se modifica por el siguiente:

«LifeWatch Eric deberá reintegrar al CSIC el importe recibido en caso de incumplimiento del fin establecido en el presente Convenio y de los requisitos para su elegibilidad. También reintegrará al CSIC en caso de que no presente la documentación justificativa antes de la fecha indicada en el primer párrafo del apartado segundo de la presente cláusula. El procedimiento para acordar la procedencia del reintegro y, en su caso, el interés de demora, se tramitará de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones y demás normativa aplicable.»

Tercero, se incorpora un último párrafo en los siguientes términos:

«LifeWatch Eric deberá custodiar la documentación justificativa original durante el periodo legal correspondiente para afrontar posibles fiscalizaciones.»

En segundo lugar, las partes acuerdan modificar la participación de LifeWatch Eric en el Comité de Coordinación previsto en el segundo guion del segundo párrafo de la cláusula sexta que queda redactado como sigue:

«Por parte de LifeWatch Eric: el Director Ejecutivo (CEO), o la persona en quien delegue; y un asesor técnico de la Oficina de Gestión de Proyectos establecida por el ERIC para tal fin.»

Tercera. Invariabilidad del resto del clausulado.

Para todo lo no previsto en la presente adenda serán de aplicación las cláusulas establecidas en el convenio de referencia. En consecuencia, esta adenda se integra en el mismo como parte integrante e inseparable.

Cuarta. Régimen jurídico y vigencia.

La presente adenda tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta a lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, con las especialidades previstas en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, queda sujeta a lo dispuesto en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley y, en virtud de ello, surtirá efectos con su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO), debiendo publicarse a continuación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente adenda, el 3 de octubre de 2023.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), Eloísa del Pino Matute.–El Director Ejecutivo (CEO) de LifeWatch Eric, Christos Arvanitidis.

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