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Documento BOE-A-2023-21454

Resolución de 9 de octubre de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Asociación Down Vigo: Asociación para el Síndrome de Down.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 2023, páginas 138654 a 138655 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2023-21454

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Consorcio de la Zona Franca de Vigo y la Asociación Down Vigo: Asociación para el Síndrome de Down, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Vigo, 9 de octubre de 2023.–La Vocal Representante del Estado sustituta del Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, Ana María Mejías Sacaluga.

ANEXO
Adenda de prórroga al convenio suscrito por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo y la Asociación Down Vigo: Asociación para el Síndrome de Down

Vigo, 5 de octubre de 2023.

De una parte, doña Ana María Mejías Sacaluga, Vocal representante del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, con NIF V-36.611.580 y domicilio a estos efectos en calle Areal, 46, de Vigo, actuando en nombre y representación del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, en su calidad de sustituta del Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo (en adelante, CZFV).

De otra parte, don José Manuel García Orois, Presidente de la Asociación Down Vigo: Asociación para el Síndrome de Down, con NIF G-36.697.324 y domicilio, a estos efectos en Rúa Portela, n.º 48, bajo, cargo para el cual fue elegido el 3 de mayo de 2019, en nombre y representación de la Asociación Down Vigo: Asociación para el Síndrome de Down (en adelante, la Asociación).

MANIFIESTAN

Primero.

Que las partes formalizaron un convenio, el día 30 de septiembre de 2019, cuyo objeto es crear un marco en el que personas con Síndrome de Down y discapacidad funcional reciban un período de prácticas, que venga así a coadyuvar a su integración en el mundo laboral y social.

Segundo.

Que la cláusula decimocuarta del convenio señalado establece cuatro años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia de este como máximo por otros cuatro años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia. Se establece una aportación, por parte del CZFV, que se establece en 4.800 euros anuales más los costes de la Seguridad Social y que las partes desean aumentar a 4.944 euros anuales más los indicados costes.

Es por ello que las partes

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio entre el CZFV y la Asociación, formalizado el día 30 de septiembre de 2019, por cuatro años, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimocuarta de aquel, inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO) y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) el día 14 de octubre de 2019.

Segundo.

Modificar la redacción de la cláusula quinta, que pasará a ser la siguiente:

«Quinta. Compromisos económicos.

El importe máximo anual que el CZFV podrá llegar a destinar para compensar a los beneficiarios será de 4.944 euros/año más los costes de Seguridad Social. En este sentido, el CZFV compensará a cada uno de los beneficiarios con un importe bruto al mes de 412 euros más los costes de Seguridad Social que resulten en cada año mientras dure la vigencia de esta prórroga. La Asociación abonará el coste que suponga un seguro de accidentes y de responsabilidad civil para cada uno de los alumnos beneficiarios incluyéndose, no solamente, los daños que puedan sufrir estos, incluso en sus desplazamientos a o desde las instalaciones del CZFV, así como también los posibles daños a terceros que puedan ocasionar en el desarrollo de las prácticas.»

Tercero.

En todo lo demás, el convenio suscrito entre el CZFV y la Asociación, el día 30 de septiembre de 2019, mantendrá su vigencia.

Cuarto.

Esta adenda resultará eficaz una vez se haya inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y se haya publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Por consiguiente, la prórroga se iniciará una vez se alcance el día 14 de octubre de 2023 y tendrá una vigencia de cuatro años.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman el presente documento, en Vigo.–Por CZFV, Ana María Mejías Sacaluga.–Por Down Vigo, José Manuel García Orois.

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