La Orden ETD/1132/2023, de 17 de octubre, ha dispuesto la emisión, mediante el procedimiento de sindicación, del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones del Estado a quince años indexadas a la inflación europea, denominadas en euros, y ha fijado sus características esenciales, estableciendo que la fecha de emisión, el tipo de interés nominal anual y el precio de suscripción de los valores serían determinados por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, previa consulta con las entidades integrantes del sindicato adjudicatario de la emisión.
Una vez finalizado el periodo de suscripción para este primer tramo y fijadas las características esenciales de la emisión, es necesario proceder a la preceptiva publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dichas características y del resultado de la emisión.
En consecuencia, conforme se prevé en la citada Orden ETD/1132/2023, de 17 de octubre, dispongo que:
1. La emisión del primer tramo de Obligaciones del Estado a quince años indexadas a la inflación europea denominadas en euros, dispuesta por la ETD/1132/2023, de 17 de octubre, tendrá las características establecidas en dicha Orden y las que se determinan a continuación:
a) Fecha de emisión: 24 de octubre de 2023.
b) Coeficiente de Indexación aplicable a la fecha de emisión: 1,03819.
c) Cupón real anual: 2,05 por 100.
d) Importe del cupón corrido: 1,842192 por 100 del nominal.
e) Importe del cupón corrido actualizado: 1,912545 por 100 del nominal.
f) Nominal adjudicado: 3.000 millones de euros.
g) Precio de suscripción ex-cupón y ex-inflación: 99.564 por 100 del nominal.
h) Precio de suscripción ex-cupón: 103,3663492 por 100 del nominal.
i) Rendimiento real interno equivalente: 2,082 por 100.
2. El precio a pagar por los valores que se ponen en oferta es del 105,2788942 por 100 del nominal, como resultado de incrementar el precio de suscripción ex-cupón en el importe del cupón corrido actualizado.
3. De acuerdo con lo previsto en el apartado 3.e) de la ETD/1132/2023, de 17 de octubre, el primer cupón de esta emisión será por su importe completo, a pagar el 30 de noviembre de 2023.
4. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, a fin de llevar a cabo la emisión, el titular de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional podrá formalizar con la entidad o entidades seleccionadas o adjudicatarias los convenios y contratos pertinentes, en los que se podrán acordar comisiones de administración, suscripción y colocación. En este sentido, las comisiones acordadas de administración, suscripción y colocación serán del 0,225 por 100 del importe nominal adjudicado.
5. Antes de las quince horas del día 23 de octubre de 2023, el sindicato adjudicatario de la emisión comunicará a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y al Banco de España la distribución por entidades del nominal suscrito, a efectos del correspondiente ingreso en la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España y del registro de las anotaciones de la Deuda que se emita en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal.
Madrid, 18 de octubre de 2023.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre), el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P.S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Director General del Tesoro y Política Financiera, Álvaro López Barceló.
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