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Documento BOE-A-2023-21830

Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales impuestas a Africana de Construcciones y Contratas, SL, Prevención Ecos, SL, y Capote y Alba Ceuta, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 24 de octubre de 2023, páginas 140378 a 140379 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-21830

TEXTO ORIGINAL

El artículo 40.2 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, establece que «las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente».

En desarrollo de dicho precepto se dictó el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, que tiene por objeto principal determinar la forma en que deben hacerse públicas dichas sanciones.

Existiendo actualmente tres sanciones firmes impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales que han de ser objeto de publicación con arreglo a la normativa vigente, procede realizar dicha publicación en la forma y términos establecidos en el citado Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.l) del Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo ha resuelto:

1. Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las sanciones firmes impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales a que se hace referencia en el anexo que se adjunta.

2. Incorporar los datos del citado anexo al correspondiente registro de consulta pública de la Sede Electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, cuya cancelación se producirá a los cinco años a contar desde el día siguiente al de la publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 597/2007.

Madrid, 5 de octubre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón Prieto.

ANEXO

Nombre o razón social de la empresa: Africana de Construcciones y Contratas, SL.

– Sector de actividad: Otras actividades de limpieza.

– NIF: B5*****68

– Infracción cometida: la falta de presencia de los recursos preventivos cuando ello sea preceptivo o el incumplimiento de las obligaciones derivadas de su presencia, cuando se trate de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o con riesgos especiales.

Infracción muy grave tipificada en el artículo 13.8.b) del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 8 de agosto de 2000).

– Sanción impuesta: 44.142,00 euros.

– Fecha de extensión del acta de infracción: 28 de octubre de 2022.

– Fecha de adquisición de firmeza de la sanción: 20 de enero de 2023.

Nombre o razón social de la empresa: Prevención Ecos, SL.

– Sector de actividad: Actividades de medicina especializada.

– Infractor: B5*****60

– Infracción cometida: incumplir el deber de confidencialidad en el uso de los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores, en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Infracción muy grave tipificada en el artículo 13.5 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 8 de agosto de 2000).

– Sanción impuesta: muy grave, grado mínimo 29.508,60 euros.

– Fecha de extensión del acta de infracción: 2 de mayo de 2023.

– Fecha de adquisición de firmeza de la sanción: 5 de junio de 2023.

Nombre o razón social de la empresa: Capote y Alba Ceuta, SL.

– Sector de actividad: Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado.

– Infractor: B1*****71

– Infracción cometida: no adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores.

Infracción muy grave tipificada en el artículo 13.10 del del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 8 de agosto de 2000).

– Sanción impuesta: 29.508,60 euros.

– Fecha de extensión del acta de infracción: 23 de junio de 2023.

– Fecha de adquisición de firmeza de la sanción: 16 de agosto de 2023.

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