Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación For Them Foundation.
Antecedentes de hecho
La Fundación citada fue constituida por doña Rebeca Recatero Rude según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Barcelona doña Blanca Pardo García, el 10 de febrero de 2022, con el número 258 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el notario de Barcelona don Enrique Viola Tarragona, el 5 de septiembre de 2022, protocolo 2227.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Junta del Comerç, 25, principal 1.ª A, 08001 de Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
Medioambientales: Protección de los derechos de todos los animales, así como de sus medios y hábitat naturales. Culturales: Promover manifestaciones artísticas sostenibles enlazando dichas expresiones con la protección del medioambiente. Educativos y sanitarios: Promover hábitos de vida saludables, relacionando igualmente estos hábitos saludables con la protección de los animales.
Doña Rebeca Recatero Rude, doña Patricia Vidal Rodríguez, doña Carolina Carrasco Baca y doña Elia-Claris Carrasco Sohn.
Cargos:
Presidenta: Doña Rebeca Recatero Rude.
Vicepresidenta: Doña Patricia Vidal Rodríguez.
Secretaria: Doña Carolina Carrasco Baca.
Vocal: Doña Elia-Claris Carrasco Sohn.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 17 de junio de 2022.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación For Them Foundation patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 23 de noviembre de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.
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