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Documento BOE-A-2023-22533

Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Asociación para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario, para la organización conjunta de las ediciones VI y VII del foro Datagri y la colaboración en materia de gobernanza y uso de datos agrarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 3 de noviembre de 2023, páginas 147389 a 147395 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-22533

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la asociación Datagri, para la organización conjunta de las ediciones VI y VII del foro Datagri y la colaboración en materia de gobernanza y uso de datos agrarios», que figura como anexo a la presente Resolución.

Debido a las especiales circunstancias que concurren transitoriamente en el seno de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, firma la propuesta la Subdirectora General de Innovación y Digitalización de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por delegación, en base a la Orden APA/872/2023, de 20 de julio, de avocación y delegación de las competencias en materia de desarrollo rural.

Madrid, 26 de octubre de 2023.–La Subdirectora General de Innovación y Digitalización de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, María Teresa Ambrós Mendioroz.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la asociación Datagri, para la organización conjunta de las ediciones VI y VII del foro Datagri y la colaboración en materia de gobernanza y uso de datos agrarios

Madrid, 25 de octubre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, de acuerdo con las facultades que le atribuye el capítulo II.Segundo.1 de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Y de otra, don Jose Luis Miguel de Diego, Presidente de la Asociación para el impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario, en virtud del acuerdo de la Junta Directiva del 28 de julio del 2021.

Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente convenio, a tal efecto

EXPONEN

Primero.

El MAPA es el Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria y de alimentación, según lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Asimismo, y de acuerdo con el artículo 5.1 letras h), i) y j) del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA), dependiente de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, las competencias para desarrollar las funciones del Departamento en materia de digitalización, en particular de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural y de sus planes de acción, así como el fomento de la implantación de nuevas tecnologías en el sector agroalimentario y en el emprendimiento rural y la coordinación con otros departamentos. Dichas competencias se ejercen por la Subdirección General de Innovación y Digitalización (SGID).

En el ejercicio de las citadas competencias, el MAPA adoptó la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, que fue informada por el Consejo de Ministros el 29 de marzo de 2019, con la que se persigue eliminar o reducir las barreras técnicas, legislativas, económicas y formativas existentes en el proceso de transformación digital.

La puesta en marcha de la Estrategia se articula a través de Planes de Acción que contemplan los tres objetivos de la misma y contienen, tanto el desarrollo concreto de las líneas estratégicas, como la adaptación temporal de las medidas presentadas en la Estrategia al marco presupuestario.

El vigente Plan de Acción 2021-2023, en el apartado de gobernanza y dinamización, entre otras actuaciones, incluye la colaboración del MAPA con el Foro para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario (Foro Datagri) para el desarrollo anual del evento de referencia sobre transformación digital en el sector.

Segundo.

La Asociación para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario (Asociación Datagri), es una asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Entre los fines que contempla están:

– Impulsar el desarrollo y adopción de la transformación digital en el sector agroalimentario trabajando con todos los actores y partes interesadas de la red agroalimentaria.

– Promover, desarrollar, coordinar, impulsar y ejecutar todo tipo de acciones, eventos, estudios y proyectos que tengan como objetivo, resultado o impacten en la adopción, impulso y desarrollo de la transformación digital en el sector agroalimentario.

– Promover iniciativas para formar a profesionales en transformación digital y agrotecnología del sector agroalimentario.

– Apoyar las políticas, esfuerzos e iniciativas de I+D+i enfocadas en la transformación digital del sector agroalimentario.

– Trabajar y colaborar con las Administraciones Públicas en la transformación digital, su implementación y resto de aspectos relacionados.

– Defender e impulsar un modelo de transformación digital inclusivo y democrático al servicio del modelo europeo de agricultura social, profesional e independiente.

– Asegurar la calidad y sostenibilidad social, económica y medioambiental de la producción alimentaria.

– Trabajar por una alimentación justa y saludable para toda la población.

– Impulsar el desarrollo e implantación de tecnologías digitales interoperables, esquemas de valor basados en el intercambio de datos y toma de decisiones basadas en datos con el fin de lograr una red agroalimentaria interconectada.

Tercero.

El MAPA es un firme impulsor de la transición digital del sector y ha liderado la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, con la que se persigue eliminar o reducir las barreras técnicas, legislativas, económicas y formativas existentes en el proceso de transformación digital, pretende contribuir al liderazgo de un sector agroalimentario sostenible económica, social y medioambientalmente, así como al poblamiento activo del medio rural, para configurar un medio rural más atractivo, vivo, dinámico y diversificado, generador de riqueza y empleo de calidad, con especial atención a jóvenes y mujeres.

Para asegurar una ejecución adecuada de esta Estrategia se han establecido mecanismos de colaboración y cooperación entre los agentes involucrados, que permitan consolidar una estructura eficaz de coordinación entre los distintos actores. En el ámbito de la gobernanza, se han establecido mecanismos que propicien la participación abierta de agentes interesados en la evolución de la Estrategia y garanticen la transparencia de su ejecución, de forma que sea una Estrategia dinámica y viva, que pueda reflejar los cambios pertinentes en función de las necesidades futuras. La citada estrategia se implementa mediante Planes de Acción, actualmente está en marcha el II Plan de Acción 2021-2023.

En este contexto, se incluye en el marco de la gobernanza, una actuación que recoge la colaboración del MAPA en las sucesivas ediciones del Foro Datagri, evento de referencia del sur de Europa para el impulso de la transformación digital en el sector agroalimentario.

Adicionalmente, el II Plan de Acción incluye como actuaciones de continuidad, la divulgación e impulso en la adopción del Código de Conducta para el Intercambio de Datos Agrarios que pretende optimizar los beneficios en el intercambio de datos con arreglo a normas justas y transparentes, avanzado en materia de privacidad, protección de datos, propiedad intelectual, relaciones de confianza/poder, almacenamiento, conservación, manejabilidad o seguridad.

Cuarto.

La Asociación Datagri es la máxima responsable de la organización del Foro Datagri, evento líder para la reunión de agentes interesados en la transformación digital. El MAPA viene colaborando de manera continuada en la organización de todas las ediciones anteriores (Córdoba, Zaragoza, Madrid, Lleida y Almería) del Foro Datagri, cuya primera edición se celebró en 2018 y se ha repetido sin interrupción de forma anual, incluso durante la pandemia, con la celebración de una edición virtual. Por un lado, el MAPA colabora mediante financiación económica, así como con la participación de expertos en las ponencias y mesas de debates tanto en la parte institucional con presencia en la inauguración de altos cargos, como con representantes técnicos que participan en las acciones congresuales y en las jornadas de campo del segundo día.

Este foro se ha consolidado como el escaparate de los casos de éxito más relevantes a nivel mundial y de aquellas tendencias que están llamadas a sentar las bases de un modelo productivo más sostenible.

Quinto.

La sexta edición del Foro Datagri se celebrará los días 15 y 16 de noviembre de 2023, en Logroño (La Rioja), ya que es todo un referente internacional y una región vitivinícola de primer orden, tanto en producción como en comercialización. Durante esos dos días, se analizará el estado de la transformación digital en el sector agroalimentario, con especial énfasis en la vitivinicultura 4.0.

Se prevé reunir en Logroño a más de 1.500 profesionales del mundo de la agrotecnología, así como del foodtech, el primer día en Riojaforum de Logroño y el segundo en una jornada de campo en las fincas experimentales del Gobierno de La Rioja (Valdegón y La Grajera), en las que se podrán ver demostraciones de aplicaciones tecnológicas en diferentes cultivos.

La celebración de la séptima edición del Foro Datagri, cuyas fechas están aún por determinar, se ubicará en las instalaciones del Digital Innovation Hub (DIH) del MAPA en San Fernando de Henares.

Sexto.

Adicionalmente a estos dos eventos (2023 y 2024), la Asociación Datagri abordará la realización de un estudio de impacto en el sector agroalimentario y sectores conexos, de las iniciativas regulatorias europeas en relación con la gobernanza y uso de datos y sus derivadas en el Código de conducta de la UE sobre el intercambio de datos agrarios, siendo de aplicación a partir de septiembre de 2023 el Reglamento (UE) 2022/868 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2022 relativo a la gobernanza europea de datos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724. Asimismo está en elaboración una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización (Ley de datos).

Séptimo.

Por todo ello, dada la finalidad y contenidos de las actividades propuestas, el MAPA tiene gran interés en colaborar con la Asociación Datagri en el desarrollo del «VI Foro Datagri» que tendrá lugar los días 15 y 16 de noviembre de 2023 en Logroño (La Rioja), así como el «VII Foro Datagri» a celebrar en fechas similares en 2024, así como en la realización del estudio anteriormente mencionado. Esta colaboración se plasma en el presente acuerdo que tiene carácter administrativo y se ajusta a lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En virtud de lo expuesto, las partes deciden suscribir el presente convenio, que se regirá de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración para la organización conjunta del «VI Foro Datagri» que tendrá lugar los días 15 y 16 de noviembre de 2023 en Logroño (La Rioja), así como el «VII Foro Datagri» a celebrar en fechas similares en 2024 en el Digital Innovation Hub (DIH) del MAPA ubicado en San Fernando de Henares (Madrid). Asimismo, se abordará la realización de un estudio de impacto del marco regulatorio europeo relativo a la gobernanza y uso de datos agrarios.

Segunda. Obligaciones del MAPA.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el Ministerio se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

1. Colaborar en el diseño del programa de los Foros y en la difusión de ambos eventos.

2. Pertenecer al Comité Organizador de los Foros.

3. Participar en el desarrollo de los Foros, mediante la intervención, como conferenciantes, de expertos del Departamento en innovación y digitalización.

4. Aportar la cantidad máxima de ciento treinta mil euros (130.000 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio. El desglose por ejercicios será el siguiente:

– Cincuenta mil euros (50.000,00 €) para el ejercicio económico 2023.

– Ochenta mil euros (80.000,00 €) para el ejercicio económico 2024.

5. Fomentar espacios de debate y reflexión en la que se involucren a los actores más destacados en la compartición de datos del sector agroalimentario, mediante la celebración de encuentros y grupos focales.

6. Realizar al menos una jornada de difusión en las instalaciones del DIH, sobre las conclusiones más destacadas de los impactos del marco regulatorio europeo en el ecosistema de datos agrarios.

Tercera. Obligaciones de la asociación Datagri.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, la Asociación Datagri se compromete a:

1. Organizar ambos Foros, aportando los medios materiales y personales necesarios para la gestión económica y administrativa que de ello se derive. En concreto, facilitará los siguientes servicios:

– Infraestructura en general y medios técnicos necesarios para la organización y realización de los Foros.

– Publicidad de la celebración de los Foros.

– Diseño, impresión y distribución de los programas y del resto del material divulgativo y promocional.

– En relación con los conferenciantes y los participantes en las mesas redondas: el pago de los honorarios, viaje, alojamiento, en su caso y manutención.

– Información, selección e inscripción de congresistas, control de asistencia y expedición de diplomas y certificaciones.

– Recopilación de los contenidos que se generen en ambos Foros, así como la elaboración de los resultados y conclusiones delos mismos para su difusión en los formatos y medios más convenientes.

– Cuantas otras actividades o servicios sean necesarios y convenientes para el buen desarrollo de ambos Foros.

2. Informar al MAPA del desarrollo de las actuaciones realizadas las cuales deberán ajustarse al presupuesto establecido para este convenio.

3. Cofinanciar, mediante cuotas de la Asociación o patrocinios, los costes estimados del desarrollo de las dos ediciones de Foro Datagri, con 60.000 euros en cada edición.

4. Destinar íntegramente la cantidad aportada por el Ministerio a la financiación de los gastos acordados mediante este convenio para los citados Foros, así como la realización del estudio.

5. Conceder al Ministerio un máximo de 20 plazas exentas del pago de asistencia, sin derecho a alojamiento o manutención, para asistir a los Foros objeto de este convenio. Estas plazas podrán ser ocupadas por las personas que el Ministerio designe y comunique formalmente a la Asociación Datagri con la suficiente antelación y en todo caso, un día antes del inicio de los mismos. El resto de las plazas serán cubiertas por los procedimientos habituales establecidos en los Foros Datagri.

6. Destacar la colaboración del Ministerio en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de los Foros (programa, carteles, publicidad en medios, notas de prensa, etc.), incorporando, de modo visible, el logotipo oficial del Ministerio y respetando en todo caso, las directrices de imagen externa que le sean facilitadas a estos efectos.

7. Realización, en colaboración con el MAPA, de un estudio relativo al marco regulatorio europeo relativo a la gobernanza y uso de datos. Para ello se realizarán, conjuntamente con el MAPA, encuentros y grupos focales de reflexión y debate en los que se analizará tanto el estatus quo como los potenciales impactos derivados de las propuestas legislativas europeas enfocadas a la compartición y uso de datos agrarios. Dicho estudio contendrá como mínimo los siguientes apartados:

– Situación de partida.

– Debilidades del sector en relación con la nueva normativa.

– Oportunidades del sector en relación con la nueva normativa.

– Recomendaciones para la adaptación a la nueva normativa.

Dentro de cada uno de los apartados del estudio, se recogerá información diferenciada para las siguientes categorías: empresas tecnológicas, empresas de tratamiento de datos y asesores, explotaciones agrarias, explotaciones ganaderas e industria alimentaria.

Cuarta. Financiación y forma de pago.

1. El presupuesto total que conlleva la realización de las actuaciones objeto del convenio, asciende a doscientos cincuenta mil euros (250.000.00 €) de acuerdo con el siguiente presupuesto:

 

MAPA

Euros

Asociación Datagri

Euros

Total

Euros

Año 2023 50.000 60.000 110.000
Año 2024 80.000 60.000 140.000

2. El MAPA aportará la cantidad máxima de ciento treinta mil euros (130.000 €).

– Cincuenta mil euros (50.000 €) para el ejercicio económico 2023, con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06.

– Ochenta mil euros (80.000 €) para el ejercicio económico 2024, con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06, o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico correspondiente.

3. La Asociación Datagri cofinanciará con ciento veinte mil euros (120.000 €) los costes del desarrollo de ambos Foros, 2023 y 2024, destinando 60.000 euros en cada edición. En el caso de que los costes por foro superen los 110.000 euros previstos, la Asociación Datagri asumirá la diferencia hasta su coste total.

4. Con el fin de que se pueda llevar a cabo el pago, el tesorero de la Asociación Datagri emitirá una certificación del gasto realizado por año.

5. El MAPA abonará los importes anuales en dos pagos, en la cuenta a nombre de la Asociación Datagri, en la cuenta específica: ES98 3058 0962 1227 2003 098

Quinta. Eficacia y duración.

El convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

La duración del presente convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024.

Sexta. Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

1. Con el fin de conseguir la máxima operatividad en la aplicación del presente convenio y velar por el adecuado cumplimiento de sus objetivos, se establece una Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio, integrada por parte del MAPA por un representante de la SGID y por un representante de la Asociación Datagri.

2. Las funciones de la Comisión serán:

a) Interpretar el contenido del convenio y adoptar las decisiones de carácter operativo necesarias para su correcta aplicación.

b) Efectuar el seguimiento y evaluación del convenio.

3. La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se reunirá siempre que se considere oportuno, al objeto de examinar los resultados de las actividades realizadas en el marco de este convenio.

Séptima. Modificación.

El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes, mediante la correspondiente Adenda, de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Incumplimiento de las obligaciones y compromisos de las partes.

En el caso de que se produjera el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente convenio, cualquiera de las partes podrá requerir a la incumplidora para que cumpla en el plazo máximo de un mes. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

Novena. Extinción del convenio.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en cualquiera de las causas de resolución previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Décima. Resolución de conflictos.

Dada la naturaleza jurídico administrativa de este convenio, para las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo, que no hayan sido resueltas por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, según lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto y estipulado en este documento, y para que así conste, las partes firman el presente convenio de forma electrónica.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de la Asociación para el Impulso de la Transformación Digital en el Sector Agroalimentario, José Luis Miguel de Diego.

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