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Documento BOE-A-2023-22538

Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Acondicionamiento del Aliviadero del Huesna, en Constantina y El Pedroso (Sevilla)".

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 3 de noviembre de 2023, páginas 147457 a 147467 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-22538

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 20 de enero de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de inicio del procedimiento de evaluación ambiental simplificada del proyecto «Acondicionamiento del aliviadero del Huesna, TT.MM. Constantina y el Pedroso (Sevilla)», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El proyecto se somete a evaluación ambiental simplificada por su potencial afección a un espacio de la Red Natura 2000. Las actuaciones del proyecto se solapan parcialmente con la ZEC Sierra Norte de Sevilla.

El objeto del proyecto es acondicionar el aliviadero de la presa de Huesna para garantizar su funcionalidad hidráulica y proteger al cauce de la erosión.

El promotor y el órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La presa de Huesna se encuentra sobre la rivera de Huesna, afluente del Guadalquivir. La cerrada de la presa se encuentra en el paraje de «Loma del Carbonero» dentro del Parque Natural de la Sierra Norte, entre los términos municipales de Constantina y El Pedroso y quince km aguas arriba del municipio de Villanueva del Río y Minas, provincia de Sevilla.

Se trata de una presa de escollera cuyos desagües de fondo vierten a un aliviadero que discurre adyacente al cauce por la margen derecha. Este aliviadero se construyó en una trinchera artificial, creada durante la construcción de la presa para la obtención de la escollera, que conectaba con el barranco del Carbonero. Tras los primeros vertidos se observó un alto riesgo de desestabilización de la ladera derecha del aliviadero en determinadas zonas, así como de la obstrucción de la salida de los desagües de fondo, que motivaron la ejecución de un primer proyecto de protección del aliviadero de la presa de Huesna, incluyendo la construcción de la obra de cabecera, cinco azudes de protección y disipación de energía de tipo escalonado, colocación de muros de gaviones en el pie de las laderas más inestables e instalación de traviesas de hormigón armado en el cauce.

A pesar de que dicho proyecto supuso una mejora, la situación no quedó completamente resuelta, por lo que se consideró necesario realizar un modelo físico reducido a escala 1:50 que reprodujese el funcionamiento del aliviadero. Los ensayos fueron realizados por el Centro de Estudios Hidrográficos del CEDEX, cuyos resultados se reflejan en el Estudio en modelo físico reducido del aliviadero de la presa de Huesna, de julio de 2009. El citado estudio propone la construcción de un canal en hormigón armado de funcionamiento hidráulico en régimen rápido en toda la longitud del barranco.

Con fecha 15 de febrero de 2023, se inician las consultas sobre el documento ambiental del proyecto a Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley de evaluación ambiental.

La tabla adjunta recoge los organismos y entidades consultados y si han remitido o no su informe:

Relación de consultados Respuestas recibidas
Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Junta de Andalucía. NO.
Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Junta de Andalucía. NO.
Dirección General de Espacios Naturales Protegidos Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Junta de Andalucía. SÍ.
D.G. de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica Consejería de Salud y Consumo. Junta de Andalucía. SÍ.
Secretaría General para la Cultura Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. Junta de Andalucía. NO.
Dirección General de Emergencias y Protección Civil Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. Junta de Andalucía. SÍ.
D.G. Planificación y Recursos Hídrico Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Andalucía. SÍ.
D.G. de Infraestructuras del Agua Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Andalucía. NO.
Confederación Hidrográfica Guadalquivir. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SÍ.
D.G. de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO.
Dirección General del Agua Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO.
Oficina Española del Cambio Climático Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. SÍ.
Delegación del gobierno en Andalucía. NO.
Ayuntamiento de Constantina. NO.
Ayuntamiento de el Pedroso. NO.
Diputación provincial de Sevilla. SÍ.
SEO/birdlife. NO.
WWF/Adena. NO.
Ecologistas en Acción. NO.
Sociedad Española para la Conservación y Estudio de los Mamíferos. NO.
Plataforma del Guadalquivir. Devuelta.

A la vista del documento ambiental y las respuestas recibidas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

a) Características del proyecto:

Las obras consisten en el encauzamiento del barranco del Carbonero desde su confluencia con la trinchera de la presa hasta la confluencia con la Rivera del Huesna, unos 150 m aguas abajo del pie de presa. El trazado general en planta alterna tramos rectos y curvos y tiene una longitud total de 887,5 m. El encauzamiento finaliza en un cuenco dentado de resalto hidráulico. En el tramo inicial del encauzamiento se disponen tres tajamares que dan lugar a un reparto equitativo de caudales en los 4 vanos que limitan la sobre-elevación de la lámina de agua. Esta configuración propicia un cambio de régimen hidráulico, de lento en la trinchera a rápido en el resto del encauzamiento. A continuación, tiene lugar una sucesión de tres tramos rectilíneos, de 84,76 m, 204,65 m y 168,27 m de longitud respectivamente, intercalados con curvas de diferentes ángulos y trazados. Tras la curva final se proyecta un cuenco dentado en su parte intermedia, con 4 dientes dispuestos de manera centrada simétrica respecto del eje longitudinal. En el extremo de aguas abajo se contempla un azud dentado para control de niveles. El encauzamiento se construye en hormigón armado y en su mayor parte tiene un ancho entre 10 y 12 m y una altura entre 5 y 8 m. Además, a 350,85 m del inicio de la embocadura y en la curva se realiza un falso túnel con una altura de 6 m. Previamente a la ejecución del encauzamiento se debe realizar el sostenimiento de la margen derecha del barranco, la demolición de los 5 azudes de hormigón existentes, la retirada de traviesas de hormigón instaladas en el cauce y la excavación de la cimentación.

Accesos: Dentro de las actuaciones previstas se incluye la adecuación de los caminos existentes. Los caminos asfaltados se reasfaltarán, y en los caminos de tierra se prevé extender una capa de zahorra. Actualmente, el camino de acceso al canal de descarga cruza el aliviadero existente, quedando inutilizado por la obra. Por ello, el proyecto incluye su reposición por medio de un paso superior sobre el canal de descarga del aliviadero, variando mínimamente el trazado original. Por último, de ejecutará un vado provisional que cruce la ribera del Huesna para acceder al barranco por el propio cauce durante la ejecución de las obras.

Drenaje de las laderas: El canal de evacuación del aliviadero del Huesna se encuentra en una vaguada que recibe aguas tanto desde la margen izquierda como desde la margen derecha, siendo necesaria la instalación de los siguientes drenajes:

– En la margen derecha, se dispone una cuneta paralela para captar las escorrentías difusas. Debido a su complicada orografía es necesario 4 tramos independientes, que introducen sus aguas al canal directamente. Además, al inicio del canal existe una cuenca de mayor entidad para la cual se diseña una captación y una entrada directa al canal, sin pasar por la cuneta paralela.

– En la margen izquierda, se incorpora una cuneta paralela al camino de acceso al canal de descarga. Esta cuneta incorpora los caudales al canal mediante una bajante en el talud de excavación del canal entorno a la mitad del encauzamiento.

Instalaciones auxiliares: Para la ejecución de la obra se realizarán dos instalaciones auxiliares temporales, de 4.000 m2 y 2.000 m2 respectivamente, para acopio de materiales y maquinaria.

Movimiento de tierras: Se estima en unos 75.839,68 m3, de los cuales 14.643,46 m3 serán utilizados como relleno durante la ejecución de la obra. El material restante se destinará a vertederos autorizados.

b) Ubicación del proyecto:

La presa de Huesna se encuentra sobre la rivera de Huesna o Huéznar, afluente del Guadalquivir. La cerrada que ocupa se encuentra en el paraje de «Loma del Carbonero» dentro del Parque Natural de la Sierra Norte, entre los términos municipales de Constantina y El Pedroso y 15 km aguas arriba del municipio de Villanueva del Río y Minas, en la provincia de Sevilla. El barranco del Carbonero, donde se encuentra el aliviadero de la presa de Huesna se encuentra en el margen derecho del rio Rivera del Huesna, unos 150 m aguas abajo del pie de presa.

La masa de agua afectada por el proyecto es la rivera de Huesna aguas abajo de la presa de Huesna (ES050MSPF011100092), una masa de agua muy modificada que, según el Plan Hidrológico del Guadalquivir vigente, se encuentra en estado peor que bueno. Respecto a las masas de agua subterráneas, el proyecto se encuentra sobre la masa de Sierra Morena (ES050MSBT000054500), en buen estado. En el ámbito de las obras existen zonas de permeabilidad baja y alta, correspondiendo la zona de permeabilidad baja con la parte alta del Barranco.

La actuación se encuentra parcialmente incluida dentro de Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, coincidente con los espacios protegidos Natura 2000 ZEPA/ZEC Sierra Norte de Sevilla. Además, en el ámbito de estudio también existen, aunque sin verse afectadas, la Reserva de la Biosfera Dehesas de Sierra Morena y el Geoparque Sierra Norte de Sevilla. Tampoco se verán afectados los monumentos naturales declarados en el interior del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla.

Respecto a la vegetación, el entorno del proyecto presenta densas masas arboladas de encina y alcornoque con ocasionales quejigos, junto con madroñales, acebuchales, lentiscares, coscojares y jarales. El cauce del Rivera del Huesna se caracteriza por la presencia de bosques en galería con alisedas (Alnus glutinosa), olmedas (Ulmus minor), fresnedas (Fraxinus angustifolia), alamedas (Populus alba) y choperas (Populus nigra). Sin embargo, la zona del barranco de Carbonero donde se va a ejecutar el proyecto se encuentra actualmente muy antropizada, coexistiendo en la zona las obras de defensa del cauce ejecutadas anteriormente, con matorrales y algunos árboles.

Según la información disponible en la REDIAM (Red de Información Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio), dentro de la zona de actuación del proyecto no se encuentra ningún taxón de flora amenazada.

En relación con los Hábitats de Interés Comunitario (HIC), se indica la existencia en el ámbito del proyecto de 5330-1 «Matorrales arborescentes de Arbutus unedo y otras arbustedas lauroides (Ericion arboreae)», 5330-2 «Arbustedas termófilas mediterráneas (Asparago-Rhamnion)», 5330-7 «Coscojares mesomediterráneos de Quercus cocciferae(Rhamno-Quercion)», 6220*-5 «Vallicares vivaces de Agrostis castellana (Agrostietalia castellanae)», 6310 «Formaciones adehesadas perennifolias de Quercus spp.» Y 9340 «Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia». Según recoge la documentación aportada, a pesar de que según la cartografía consultada podrían verse afectados por las actuaciones los hábitats 6220-5* y 5330-2, en la visita al campo que se realizó durante la elaboración del documento ambiental se pudo observar que el hábitat 6220*-5 se encuentra degradado y no se localizaron sus especies características.

El documento ambiental refleja que, según el Inventario Español de Especies Terrestres del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la cuadricula UTM 10 × 10 km en la que se encuentra el aliviadero se señala presencia de ciervo (Cervus elaphus), jabalí (Sus scrofa), zorro (Vulpes vulpes), conejo (Oryctolagus cuniculus), ratón moruno (Mus spretus), sapo partero (Alytes cisternasii), rana común (Rana perezi), galápago leproso (Mauremys leprosa), eslizón ibérico (Chalcides bedriagai), trucha común (Salmo trutta) (introducida), calandino (Squalius alburnoides) y boga (Chondrostoma willkommii). Además, el Inventario de Especies Amenazadas de la Junta de Andalucía también recoge la presencia de águila imperial ibérica (Aquila adalberti), águila real (Aquila Chrysaetos), cigüeña negra (Ciconia nigra), águila perdicera (Hieraaetus fasciata) y buitre leonado (Gyps fulvus).

Respecto a los planes de recuperación, el área del proyecto se encuentra totalmente incluida dentro del Plan de Conservación del Águila Imperial (Aquila adalberti) y del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas, concretamente dentro del área de recuperación del buitre negro (Aegypius monachus). También se encuentra parcialmente incluida en el Plan de recuperación del Lince Ibérico (Lynx pardinus) y en la IBA núm. 236 Sierra Morena de Sevilla de SEO/Birdlife.

Las actuaciones se localizan sobre el monte de utilidad pública Corona Rustica Embalse de Huesna. No se prevén afecciones ni al patrimonio arqueológico ni paleontológico, ni al dominio público pecuario, tal como indica el documento ambiental.

c) Características del potencial impacto:

El documento ambiental incluye un análisis de los impactos potenciales del proyecto sobre el medio ambiente, y propone medidas preventivas y correctoras para minimizarlos. A continuación, se analiza la información del documento ambiental y las consideraciones realizadas por los consultados.

Contaminación atmosférica y cambio climático: Durante la fase de construcción se producirán emisiones de gases de combustión debidos al uso de la maquinaria y vehículos de transporte y emisiones de polvo durante las actuaciones de despeje, desbroce y movimiento de tierras. Para minimizar estos impactos el promotor propone medidas correctoras como la realización de riegos periódicos sobre zonas de trabajo o realizar el transporte de los materiales en camiones cubiertos con lonas o mallas. Durante la fase de explotación no se producirán impactos sobre la calidad del aire más allá de las emisiones asociadas a la circulación de los vehículos que se utilicen durante el mantenimiento de las instalaciones.

La Oficina Española de Cambio Climático informa que el documento ambiental no profundiza lo suficiente en la consideración de las emisiones de gases de efecto invernadero que previsiblemente puedan emitirse.

La Oficina del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla informa que se limitará la velocidad de los vehículos que circulen cercanos a la rivera de Huesna, con objeto de evitar dispersar material particulado; pudiéndose realizar riegos periódicos sobre los caminos con el fin de asentar dicho material.

Ruido y vibraciones: Durante fase de obras, las afecciones serán las debidas, principalmente, a la utilización de maquinaria pesada y al incremento del tráfico rodado de camiones, además de por algunas otras actividades de obra especialmente ruidosas, como los movimientos de tierra y las demoliciones. Las obras se encuentran alejadas de cualquier núcleo urbano, por lo que el ruido puede afectar fundamentalmente a la fauna del entorno. Estos impactos concluirán totalmente al finalizar la fase de obras, sin que sea esperable ningún impacto negativo en este ámbito durante la fase de explotación.

Residuos: Respecto a los residuos, el documento ambiental indica que, priorizará la prevención en su generación y la segregación de cada uno de los tipos de residuos generados. Todos los residuos serán entregados a gestores autorizados, priorizando aquellos cuya gestión posterior sea la valorización de los residuos sobre la eliminación. Asimismo, indica que el proyecto constructivo incluye un Plan de Gestión de Residuos.

Suelo: Durante la fase de construcción, los principales impactos se producirán por los movimientos de tierras, el tránsito de maquinaria y la ocupación derivada de los accesos y de las instalaciones de obra. La creación de accesos y la construcción del encauzamiento del barranco de Carbonero para adecuación del aliviadero suponen la desaparición permanente de suelo en las zonas afectadas directamente, produciéndose un efecto negativo sobre la geomorfología. Sin embargo, se debe tener en cuenta que el objeto final del proyecto es evitar la pérdida de suelo por la erosión ocasionada por las aguas de escorrentía que pudiesen provenir del aliviadero de la presa en época de lluvias intensas. Las superficies de instalaciones auxiliares serán restauradas una vez acabada la obra.

Hidrología: El documento ambiental afirma que el impacto más importante se produce por la construcción del propio aliviadero, así como sus accesos e instalaciones auxiliares, al ocupar la superficie de escorrentía superficial. Este impacto se mantiene durante toda la vida útil de la instalación, si bien se ve reducido una vez concluidas las obras al restituir aquellas superficies ocupadas con instalaciones temporales. Para minimizar los efectos producidos por la modificación de la escorrentía superficial, el proyecto incluye la instalación de drenajes en las laderas del barranco que recojan la escorrentía y la conduzcan al interior del canal. Además, la construcción del vado temporal en el río Rivera del Huesna durante la fase de obras provocará una alteración temporal y puntual sobre el cauce que no tendrá un efecto apreciable sobre su dinámica.

Las actuaciones de la obra conllevan riesgo de vertidos accidentales sobre las aguas superficiales o subterráneas que ocasionarían un deterioro en la calidad. El promotor plantea medidas para reducir la probabilidad de que se produzca un vertido accidental. El promotor considera que, la fase de obras, debido a todos los controles de residuos planteados, no existe riesgo de contaminación aguas subterráneas por infiltración.

La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir informa que el objetivo del aliviadero es precisamente garantizar la capacidad hidráulica funcional del aliviadero, protegiendo al cauce del poder erosivo del agua. El impacto que pueda generar la realización del proyecto se considera compatible, siempre y cuando sean de aplicación todas las medidas preventivas establecidas en el documento ambiental, así como el Plan de Vigilancia Ambiental propuesto.

Vegetación, fauna y Red Natura 2000: por ser los posibles efectos del proyecto sobre la Red Natura 2000 el motivo por el que ha sido objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada y por la íntima conexión existente entre los impactos sobre todos estos factores, se analizan todos ellos conjuntamente y se exponen de forma conjunta en este Informe de Impacto Ambiental.

El cuenco amortiguador, unos metros del canal de descarga y el vado provisional sobre el cauce del Huesna se sitúan sobre los espacios ZEC Sierra Norte de Sevilla (ES0000053) y ZEPA Sierra Norte de Sevilla, cuya superficie coincide con el Parque Natural de la Sierra Norte de Sevilla. Además, estas figuras de protección también coinciden parcialmente con la Reserva de la Biosfera Dehesas de Sierra Morena, situándose sobre la misma una pequeña parte del cuenco amortiguador y el vado provisional para cruce del río. Una superficie aproximada de 0,8 ha de las actuaciones se encuentran incluidas en la ZEC-ZEPA.

Respecto al efecto del proyecto sobre la vegetación, las actuaciones que tienen un mayor impacto son los movimientos de tierra y la ocupación permanente del fondo del barranco por el encauzamiento. Durante la fase de obras se eliminará la cubierta vegetal existente en el ámbito de actuación, tanto por ocupación temporal como permanente. El documento ambiental destaca que la zona se encuentra muy antropizada por las obras de defensa de cauces llevadas a cabo, y que la vegetación presente posee un reducido valor ecológico en comparación con la vegetación de su entorno próximo. En este aspecto, el documento ambiental refleja que a pesar de que según la cartografía oficial en la zona de actuación existen los hábitats de interés comunitario (HICs) 6220*-5 y 5330-2, en visita de campo se apreció que el hábitat 6220*-5 se encuentra degradado y no se pudo constatar la presencia de sus especies características. Respecto al HIC 5330-2, se afecta a una superficie de 0,16 ha, de un total de 4.888 ha de HIC 5330 incluidas en la ZEC, lo que supone un porcentaje ínfimo de la superficie total. Por ello, esta afección no va a suponer una disminución apreciable de la superficie que este hábitat presenta dentro del espacio protegido. Lo mismo ocurre en el Parque Natural Sierra Norte de Sevilla y en la Reserva de la Biosfera, ya que la superficie de ocupación es mínima.

Por otra parte, los impactos más relevantes para la fauna durante la fase de obras son la destrucción a escala local del hábitat, las molestias por la presencia de maquinaria trabajando, la voladura controlada de los azudes existentes y el riesgo de atropello. Estos impactos pueden tener consecuencias de mayor gravedad si tienen lugar en la época más sensible de reproducción. Especial importancia tienen las posibles afecciones que podrían producirse sobre especies protegidas como águila imperial (Aquila adalberti), buitre negro (Aegipyus Monachus) y águila real (Aquila Chrysaetos). Como medida para reducir las afecciones sobre la fauna, el promotor prevé realizar una prospección por técnico especializado previamente al inicio de las obras con el fin de determinar la eventual existencia de ejemplares, madrigueras o nidos. Por otra parte, el ruido y vibraciones de la obra en la zona más próxima al río Huesna podría afectar a la ictiofauna provocando su desplazamiento. Sin embargo, se trataría de una afección temporal que revertiría una vez finalizadas las obras. Durante la fase de explotación, el impacto más relevante es el efecto barrero para la fauna terrestre, por lo que el proyecto incluye dos pasos de fauna para reducir este impacto. Los pasos de fauna diseñados se ubican entre los p. k. 350,85 y p. k. 366,10, y entre los p. k. 753,93 y p. k. 792,49. Tras el análisis técnico este órgano ambiental considera que, para evitar una afección sobre la fauna terrestre, en particular sobre la de menor tamaño y movilidad, es necesaria la instalación de dos pasos de fauna más, el primero próximo al p. k. 180 y el segundo próximo al p. k. 560. Además, se deberá instalar un vallado no permeable en la totalidad del encauzamiento con objeto de evitar la caída accidental de vertebrados terrestres de cualquier tamaño. Tanto los pasos de fauna como el vallado deberán seguir las recomendaciones del documento elaborado por el MITECO: Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales.

Por último, el apéndice 2 de repercusiones sobre Red Natura 2000 concluye que no existirán afecciones directas significativas sobre hábitats o taxones de interés comunitario, y por lo tanto no existirá perjuicio a la coherencia de la Red Natura 2000 ni a la integridad de la ZEC y ZEPA Sierra Norte de Sevilla.

La Oficina del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla informa que dentro del espacio natural protegido únicamente se verá afectado el HIC 5330 Arbustedas termófilas mediterráneas (Asparago-Rhamnion) y que no es previsible que las obras previstas puedan causar perjuicios a la integridad del espacio Red Natura 2000 por afección al hábitat 5330; que se deberá restaurar el entorno que pudiese verse afectado negativamente dentro del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla por el transcurso de la obra tomando como referencia los HIC del área de actuación o cercanos; y que no se podrá proceder al apeo de ningún árbol sin autorización de la Delegación Territorial, ni a la eliminación de ejemplares de flora catalogada, que deberá ser correctamente jalonada o, en su caso, trasplantada a zona colindante.

Respecto al efecto del proyecto sobre la fauna, la citada Oficina del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla informa que la actuación no parece que pueda afectar a zonas de reproducción y cría de aves del anexo I de la Directiva 2009/147/CE en el Parque Natural. No obstante, con el fin de evitar cualquier efecto negativo a las especies descritas como prioridad de conservación de este espacio ZEC y ZEPA Sierra Norte de Sevilla, la Oficina del Parque Natural informa que el promotor deberá realizar un estudio específico sobre la posible presencia de fauna en la zona, basándose en datos en campo y realizados por especialistas, y remitirlo a la citada Oficina de este Parque Natural. También informa que los trabajos previstos se deberán realizar preferentemente en el período comprendido entre el 15 de octubre y el 30 de abril con objeto de que éstos sean compatibles con las épocas de reproducción de la fauna silvestre y con las épocas de peligro de incendios forestales. Estas medidas han sido recogidas como prescripciones adicionales en el apartado d) de la presente resolución. Esta Oficina también informa que toda obra auxiliar no contemplada en la documentación aportada que se precise hacer y pueda suponer algún efecto sobre este espacio natural protegido, necesita autorización o informe favorable del Parque Natural.

Siempre y cuando se cumplan los términos expresados anteriormente, la Oficina del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla concluye que no es previsible que las obras previstas puedan causar perjuicios a la integridad del espacio Red Natura 2000 por afección al hábitat indicado

Paisaje: Durante la fase de construcción, los impactos más sobresalientes vendrán generados por los movimientos de tierra y la presencia de las instalaciones de obra y de la propia estructura. Estas actuaciones generan un impacto negativo sobre la percepción del paisaje por los posibles observadores, si bien se reducirá una vez concluidas las obras. Durante la fase de explotación, la estructura generará un impacto visual, pero teniendo en cuenta que el barranco está considerablemente encajonado, el impacto visual se puede reducir a la superficie del propio barranco. Otro factor amortiguador es la distancia a la que se sitúa el proyecto de los núcleos de población.

Patrimonio y bienes materiales: El promotor no prevé afecciones sobre elementos del patrimonio cultural identificados. Sin embargo, se tendrá en cuenta su ubicación a la hora de circular por la zona.

Las actuaciones proyectadas se localizan en el monte catalogado Corona Rústica Embalse de Huesna, que tiene una superficie de 352 ha. La superficie de monte afectada por la actuación será aproximadamente de 3,15 ha lo que supone una ocupación muy pequeña del mismo. Su ocupación requiere previa autorización por parte de la administración forestal.

Población, salud humana: El documento ambiental afirma que la demanda de materiales y el incremento de la mano de obra generarán efecto socioeconómico positivo los municipios cercanos.

La Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía informa que no se esperan impactos significativos negativos en la salud, habiéndose mitigado los existentes. Como consecuencia, otorga su conformidad a la autorización solicitada, siempre y cuando no exista oposición al proyecto u objeciones por parte de la ciudadanía que no hayan sido valoradas.

Impactos derivados de la vulnerabilidad del proyecto frente al riesgo de accidentes graves y catástrofes: El documento ambiental identifica un bajo riesgo de catástrofe o accidente grave por causas meteorológicas, sísmicas o por inundación. Respecto a los riesgos geológicos el documento ambiental identifica tres tipos: deslizamientos en suelos, desprendimientos rocosos y deslizamientos por descalce. Las medidas de contención-estabilización realizadas en anteriores proyectos, aunque han minimizado el riesgo, no han supuesto la eliminación del problema. Debido a ello, en la redacción del proyecto se ha realizado un estudio geotécnico exhaustivo con el fin de adoptar soluciones adecuadas a las características de los subsuelos de soporte de las infraestructuras. Respecto al riesgo de incendios, el término municipal de El Pedroso se encuentra incluido en las zonas de peligro de incendio afectado por el riesgo de incendios forestales según el Plan de Emergencias de incendios forestales de Andalucía, por lo que tiene la obligación de elaborar, actualizar y revisar su correspondiente Plan Local de Emergencia por Incendios Forestales.

En conclusión, documento ambiental establece que se han identificado riesgos de accidente grave o catástrofe por factores naturales como son el riesgo geológico y riesgo de incendio, pero no cabe esperar efectos adversos sobre los diversos factores ambientales a consecuencia de la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves o catástrofes, debido a que el aliviadero se diseña con soluciones adecuadas a las características del subsuelo, para que se comporte de manera óptima.

La Dirección General de Emergencias de la Junta de Andalucía informa que, una vez analizados los posibles riesgos de accidentes o catástrofes naturales que puedan afectar al medio ambiente y como consecuencia al proyecto, se ha comprobado que en el apartado 9 del Documento Ambiental Anejo núm. 6: «Efectos esperados sobre los factores del medio derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes» se han tenido en cuenta dichos riesgos, no formulando objeciones al proyecto.

La Oficina del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla informa que en el supuesto que fuera necesario realizar actuaciones durante la época de peligro alto y medio de incendios (de mayo a octubre), deberán cumplirse una serie de prescripciones, que se han reflejado en el apartado de prescripciones adicionales de esta resolución.

d) Prescripciones adicionales.

El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras que se contemplan en el documento ambiental, en lo que no resulten contrarias a la presente resolución, y además habrá de cumplir las prescripciones adicionales especificadas en este apartado, que se derivan del análisis técnico realizado y de los informes recibidos de los organismos consultados:

1. Si fuera necesario realizar actuaciones durante la época de peligro de incendios alto o medio (de mayo a octubre), se deberán adoptar las siguientes medidas:

1.1 Colocar un accesorio matachispas en el tubo de escape de la maquinaria, que deberá estar dotada de extintor en su interior.

1.2 No podrán ubicarse depósitos de combustible en la zona de trabajo.

1.3 Los emplazamientos de aparatos de soldadura, grupos electrógenos, motores o equipos fijos de explosión o eléctricos, transformadores eléctricos, así como cualquier otra instalación de similares características, deberán rodearse de un cortafuegos perimetral de una anchura mínima de cinco metros.

1.4 Se dispondrá de extintores y reservas de agua en cantidad no inferior a cincuenta litros por persona. Cuando existan motores de explosión o eléctricos, será preceptivo disponer además de extintores de espuma o gas carbónico. Además, será preciso disponer de una cuba o depósito de agua en la zona de actuación con el fin de poder abordar un eventual conato de incendio.

1.5 En caso de incendio, el responsable de la actuación deberá contactar de inmediato con el Centro Operativo Provincia o con el Centro de Defensa Forestal de El Pedroso.

2. Se debe ajustar el cronograma de la obra para concentrar los trabajos ruidosos en el período comprendido entre el 15 de octubre y el 30 de abril. Las operaciones que vayan a realizarse fuera de este periodo deben contar con conformidad expresa del Parque Natural.

3. Además de los dos pasos de fauna originalmente contemplados entre los p. k. 350,85 y 366,10 y entre los p. k. 753,93 y 792,49, se deberán instalar otros dos pasos de fauna más, el primero en torno al p. k. 190 y el segundo en torno al p. k. 560.

4. Se deberá instalar en la totalidad del encauzamiento un vallado perimetral impermeable al paso de vertebrados terrestres de todos los tamaños presentes en la zona, con objeto de evitar caídas accidentales y de guiarlos hacia los pasos de fauna.

5. Los pasos de fauna y el vallado perimetral deberán diseñarse siguiendo las recomendaciones del documento elaborado por el Departamento para infraestructuras de transporte: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente 2015. Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales.

Fundamentos de Derecho

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece en el apartado segundo del artículo 7 los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2.ª del capítulo II del título II de la Ley.

Este procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo III de la citada norma.

El proyecto «Acondicionamiento del aliviadero del Huesna, TT.MM Constantina y el Pedroso (Sevilla)» se encuentra encuadrado en el artículo 7.2, apartado b) «Los proyectos no incluidos ni en el anexo I ni el anexo II que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a Espacios Protegidos Red Natura 2000» de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, esta Dirección General resuelve:

De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Acondicionamiento del aliviadero del Huesna, TT.MM Constantina y el Pedroso (Sevilla)», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.

Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 26 de octubre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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