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Documento BOE-A-2023-22588

Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de drogodependencias y con cargo al fondo de bienes decomisados.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 2023, páginas 147778 a 147781 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2023-22588

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 26 de octubre de 2023, Convenio para el año 2023 entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de drogodependencias y con cargo al fondo de bienes decomisados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 27 de octubre de 2023.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón Fernández.

ANEXO
Convenio para el año 2023 entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de drogodependencias y con cargo al fondo de bienes decomisados

REUNIDOS

De una parte, don Juan Ramón Villalbí Hereter, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 1002/2020, de 10 de noviembre (BOE número 297, de 11 de noviembre), en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado decimonoveno, punto 3, de la Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias.

De otra parte, doña Catalina Montserrat García Carrasco, Consejera de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, en virtud de lo establecido en el Decreto del Presidente 11/2022, de 25 de julio, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 25, de 26 de julio de 2022) relativo a su nombramiento, y en función del cargo que ostenta y de las facultades que le otorgan los artículos 9, y 26, apartados 1) y 2) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

EXPONEN

I. Que en la actualidad la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones están adscritas al Ministerio de Sanidad, según lo dispuesto en el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero.

II. Que en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 9, párrafos ñ) y o) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, corresponde a la Consejería de Salud y Consumo, a través de su Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, el desarrollo, coordinación y evaluación de las políticas activas en materia de prevención, asistencia, tratamiento y reinserción de las personas con adicciones, y en particular, las autorizaciones administrativas, acreditaciones y conciertos de los centros de atención a las referidas personas, así como el desarrollo y ejecución del Plan de adicciones.

III. Que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en reunión celebrada el 25 de mayo de 2023, con base en las atribuciones conferidas en el artículo 6 de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, acordó asignar a la Comunidad Autónoma de Andalucía la cantidad de 1.496.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes decomisados.

En virtud de ello,

ACUERDAN

Primero. Objeto.

Las Comunidades Autónomas son destinatarias de los recursos del Fondo de bienes decomisados, para el desarrollo y ejecución de los planes y programas de drogas. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas asume la financiación de los referidos programas y la Comunidad Autónoma de Andalucía asume el compromiso material de su ejecución, siendo éste el objeto del presente convenio.

Segundo. Obligaciones de las partes.

Que la actuación de la Consejería de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el año 2023 se concretará en el desarrollo de los siguientes programas a implementar por dicha Comunidad Autónoma en el marco y de conformidad con los objetivos establecidos por la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024 (aprobada en Consejo de Ministros con fecha 9 de febrero de 2018) y a nivel autonómico, en el III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones 2016-2021, prorrogado este último por un periodo de seis años, con las metas previstas en el Plan de Acción sobre Adicciones 2021-2024:

– Mantenimiento de centros de encuentro y acogida para consumidores activos en riesgo de exclusión en clave de género: 549.000,00 euros.

– Servicio de atención jurídica integral a personas en tratamiento de adicciones: 94.500,00 euros.

– Reducción de Riesgos y Monitorización de Drogas IX: 54.500,00 euros.

– Programa de prevención comunitaria «Ciudades ante las Adicciones»: 798.000,00 euros.

Que el Ministerio de Sanidad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 1.496.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora de este Fondo. El abono de esta cantidad se realizará a partir de que el convenio surta efectos, es decir, desde la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Que, durante el primer trimestre del próximo ejercicio, y, en relación con los fondos procedentes del Fondo de bienes decomisados, la Consejería de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía remitirá a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Tercero. Vigencia y efectos.

La vigencia del presente convenio se establece desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado» con una duración hasta el 31 de diciembre de 2023, surtiendo los efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

No obstante, los programas citados en el Acuerdo segundo se desarrollarán por la Consejería de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el ejercicio 2023.

Cuarto. Extinción del convenio.

El presente convenio se extinguirá por cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución de las previstas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto. Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento de lo previsto en el presente convenio se constituye una Comisión de Seguimiento integrada por dos miembros designados por cada una de las partes firmantes, que será presidida por un representante de una de las partes, actuando el otro representante como secretario, y que tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

– Realizar el seguimiento y la evaluación de las actividades realizadas al amparo del presente convenio, así como los acuerdos de desarrollo necesarios para ello.

– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento respecto del convenio.

La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento dentro del marco dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio a los efectos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexto. Resolución de controversias.

Ambas partes se comprometen a solventar las controversias que pudieran suscitarse en la interpretación o ejecución del presente convenio a través de la Comisión de Seguimiento. En su defecto, las mismas serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Séptimo. Incumplimiento de obligaciones y compromisos.

Tal y como establece el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes tendrá como consecuencia la extinción del convenio.

Octavo. Modificación del convenio.

El presente convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre que la modificación no suponga una alteración de las obligaciones económicas recogidas en el convenio.

Ésta se hará durante la vigencia del convenio, y mediante la correspondiente Adenda de modificación.

Noveno. Régimen jurídico.

El contenido del presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en formato electrónico por ambas partes. La Consejera de Salud y Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Catalina Montserrat García Carrasco.–El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, P.D. Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre, Juan Ramón Villalbí Hereter.

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