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El 27 de octubre de 2023, el Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia remitió a la Inspección Fiscal escrito en el que propone la designación del Fiscal don Pablo Alfonso Lanzarote Martínez, como Fiscal Decano de la Sección Penal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Hechos
Con motivo de la jubilación del anterior Fiscal Decano de la Sección Penal, quedó vacante el cargo. Para cubrirlo, la Fiscal Superior comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Los solicitantes fueron el Fiscal propuesto y don Jaime Sánchez Nogueroles. La propuesta ha sido elevada, con fecha 27 de octubre de 2023, por el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a la Fiscalía General del Estado, destacando el interés y disposición del candidato para asumir esta responsabilidad, así como los méritos que lo hacen idóneo para desempeñar el cargo, habiéndose dado traslado al resto de los peticionarios de la propuesta.
El Consejo Fiscal no ha manifestado objeción alguna a la propuesta (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).
El artículo 61 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, establece:
Los Fiscales decanos a los que se refiere el artículo 36.4 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, serán nombrados y, en su caso, cesados por la persona titular de la Fiscalía General del Estado con arreglo al siguiente procedimiento:
1.º Cuando deba nombrarse un Fiscal decano en una fiscalía, el Fiscal Jefe procederá a realizar la correspondiente convocatoria entre los fiscales de la plantilla de la fiscalía de que se trate. En dicha convocatoria se concretará, motivadamente, el contenido funcional de la plaza que, en el caso de Fiscales decanos de secciones no territoriales, podrá ser de carácter organizativo o sobre materia especializada. Asimismo, se señalará el plazo para la presentación de las solicitudes, que no podrá ser inferior a quince días hábiles. Las solicitudes podrán ir acompañadas de la relación de méritos alegados y de su documentación acreditativa.
2.º Una vez transcurrido el plazo señalado, el Fiscal Jefe formulará una propuesta motivada de nombramiento de Fiscal decano, dirigida a la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a través de la Inspección Fiscal. Dicha propuesta de nombramiento habrá de tener en cuenta los méritos e idoneidad del candidato para el contenido funcional concreto asignado a esa plaza, y deberá venir acompañada de todas las solicitudes y la documentación aportada por quienes fueran peticionarios.
3.º La Inspección Fiscal, previa subsanación en su caso de los defectos que pudiera observar, elevará a la persona titular de la Fiscalía General del Estado informe relativo a la propuesta formulada, así como la totalidad de las solicitudes presentadas y la documentación que las acompañe.
4.º La persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal, resolverá mediante Decreto el nombramiento de Fiscal decano de que se trate, de conformidad con la propuesta formulada o apartándose motivadamente de ella y designando a otro de los peticionarios. Podrá, asimismo, desestimar la propuesta y acordar que se proceda a una nueva convocatoria.
Se han cumplido todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:
Nombrar a don Pablo Alfonso Lanzarote Martínez Fiscal Decano de la Sección Penal en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Notifíquese el presente Decreto al Ministerio de Justicia (Dirección General para el Servicio Público de Justicia) y al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que lo trasladará al Fiscal interesado.
Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Recursos. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 30 de octubre de 2023.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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