De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del Convenio entre la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) y SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, para el desarrollo de las actuaciones a desarrollar por ambas partes en la celebración de la SME Assembly.
Madrid, 7 de noviembre de 2023.–El Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Francisco Antonio Blanco Ángel.
En Madrid, 6 de noviembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, don Francisco Antonio Blanco Ángel, Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (en adelante MINCOTUR), en virtud del nombramiento efectuado mediante Real Decreto 1073/2022, de 27 de diciembre, BOE de 28 de diciembre, en el ejercicio de las competencias delegadas por la Ministra mediante Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, BOE de 11 de febrero.
Y, de otra parte, don Aitor Urzelai Inza, Director General de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, en su calidad de Director General y debidamente facultado en virtud de los Estatutos Sociales aprobados por Decreto 230/2018, de 13 de noviembre (BOPV n.º 229, de 28 de noviembre de 2018).
Ambas partes, en el ejercicio de las competencias que le están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente capacidad y obligándose en los términos de este documento,
EXPONEN
La Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (en adelante SGIPYME), dentro de Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, es el órgano directivo que tiene asignadas, entre otras, las siguientes funciones:
– Las funciones relativas a la cooperación y coordinación con las Comunidades Autónomas en materia de industria y las destinadas a favorecer e impulsar la actividad empresarial de la PYME.
– La propuesta y ejecución de actuaciones y programas dirigidos a mejorar la competitividad de la PYME, a facilitar su acceso a la financiación y a fomentar el espíritu emprendedor.
El Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) establece para la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SGIPYME, entre otras competencias:
a) La propuesta, ejecución, seguimiento y evaluación de la política industrial y de las políticas de apoyo y promoción de la actividad de la pequeña y mediana empresa encaminada a la mejora de su competitividad, así como las propuestas de incorporación de las iniciativas industriales y de pequeña y mediana empresa internacionales y de la Unión Europea al ámbito nacional.
b) La participación en las actividades derivadas de la pertenencia de España a organismos internacionales y en general de las relaciones bilaterales y multilaterales en política industrial y de la pequeña y mediana empresa, así como el impulso y desarrollo de las actividades necesarias para dar cumplimiento a los compromisos y programas europeos e internacionales de apoyo a la industria y a la pequeña y mediana empresa, especialmente los que derivan de la «Ley de la Pequeña Empresa» europea, del Consejo Europeo y de la OCDE, además de a representación de la Administración General del Estado en los Comités de la OCDE y de la Unión Europea en su ámbito de competencia.
El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medioambiente del Gobierno Vasco viene desarrollando una intensa estrategia de política industrial, de fomento de la competitividad empresarial e innovación social.
Que la Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (SPRI) es un ente público adscrito al Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medioambiente del Gobierno Vasco, que tiene por objeto, en general, dar apoyo e impulso al tejido empresarial vasco fomentando su competitividad y su posicionamiento en el mercado global.
En el marco de la estrategia europea para las pymes se define la SME Assembly como parte de la estructura de gobernanza del Small Business Act.
Esta asamblea, considerada como el evento más importante para las pequeñas y medianas empresas en Europa, es organizada anualmente por la Comisión Europea durante la Semana Europea de la Pyme (European SME Week) en el país que en ese momento ostenta la presidencia del Consejo.
La Asamblea tiene como objetivo estimular a las pymes europeas y dotarlas de las herramientas adecuadas para transición hacia una economía sostenible y digital. Para ello, se organizarán debates y entrevistas de alto nivel, mesas redondas de expertos, talleres interactivos, clases magistrales informativas y se generarán oportunidades para establecer contactos entre los distintos agentes del ecosistema de las pymes y el emprendimiento.
En 2023, la Semana Europea de la Pyme se celebrará del 13 al 17 de noviembre. En consecuencia, al coincidir en el tiempo con la presidencia española, la SME Assembly se celebrará en nuestro país.
En septiembre de 2022, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo solicitó a la Oficina para la Coordinación de la Presidencia Española de la Unión Europea (OCPUE) la validación para la organización de este evento. Esta reunión fue validada en enero de 2023 por la mencionada oficina.
La Enterprise Europe Network (EEN) es la mayor red mundial de apoyo a pymes con proyección internacional promovida por la Comisión Europea. La EEN asesora y ofrece oportunidades de negocio a las pequeñas y medianas empresas de la Unión Europea en los procesos de transferencia tecnológica y en los programas europeos de financiación de la I+D+i. La red conecta a las pymes con mercados globales para que no dependan exclusivamente de su ámbito local y tengan nuevas oportunidades, y ayuda a adaptarse a las transformaciones sobre digitalización y sostenibilidad, ganando capacidad de respuesta ante situaciones de crisis. Forman parte de ella, fundamentalmente, cámaras de comercio e industria, organizaciones regionales de desarrollo, universidades e institutos de investigación y agencias de innovación.
SPRI lidera el consorcio vasco que forma parte de la Enterprise Europe Network (EEN). Este consorcio está formado, además de por SPRI, por Innobasque, Beaz, Basque Trade & Investment y las Cámaras de Comercio de Bilbao, Gipuzkoa y Álava.
En 2023 la EEN tiene previsto celebrar su Conferencia Anual en Bilbao, del 15 al 17 de noviembre, durante la Semana Europea de la Pyme.
La Comisión Europea expresó la conveniencia de hacer coincidir en un mismo lugar la celebración de la SME Assembly y de la Conferencia Anual de la EEN, con el fin de promover sinergias entre ambos eventos y obtener una mayor repercusión de todos los eventos organizados en el marco de la Semana Europea de la Pyme.
Dado que la Conferencia Anual de la EEN se celebrará en la ciudad de Bilbao, el Secretario General de la DGIPYME, en fecha 28 de septiembre de 2022, solicitó al responsable del Consorcio Vasco de la EEN, lo siguiente:
«Desde la Secretaría General de Industria y de la PYME, como representantes de España en la Red Europea de Pymes (SME Envoys Network), le traslado nuestro acuerdo, en coordinación con DG Grow, de celebrar la Asamblea Europea de la PYME en Bilbao en el mes de noviembre de 2023, a los efectos de poder avanzar en las gestiones relativas al espacio.»
Aunque no forme parte del objeto de este convenio, se hace constar que la Comisión Europea, como responsable de la organización de la SME Assembly gestionará y se hará cargo de los costes relacionados con el traslado y alojamiento de los delegados, las instalaciones técnicas necesarias para la celebración del evento, el servicio de interpretación y el servicio de catering en el centro de conferencias en el que se celebrará el evento.
Por lo expuesto, coincidentes los fines de ambas partes y en el marco de sus competencias, consideran de interés establecer una colaboración entre la SGIPYME y SPRI, para el desarrollo de las actuaciones necesarias para llevar a buen fin la SME Assembly del 13 al 15 de noviembre de 2023 en la ciudad de Bilbao.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
1. Objeto del convenio
Constituye el objeto del presente Convenio establecer los términos de colaboración entre SGIPYME y SPRI para el desarrollo de acciones dirigidas a la celebración de la SME Assembly en la ciudad de Bilbao.
2. Actuaciones de las partes
Las partes acuerdan la colaboración en los siguientes ámbitos:
– Coordinación con la Comisión Europea, y las empresas contratadas por ésta, para la organización de la SME Assembly y todos los actos asociados a este evento.
– Logística del evento.
Las actuaciones respectivas de las partes se concretan en:
– Proponer materias en emprendimiento y pyme para ser debatidas durante el evento, lo que permitirá dar a conocer las políticas sobre emprendimiento y pyme en España al resto de Estados Miembros representados.
– Proponer delegados a nivel nacional y regional para asistir y participar en el evento, lo que permitirá que tanto los delegados del ámbito público como privado conozcan las políticas que se están desarrollando a nivel europeo y en los diferentes Estados Miembros y establezcan contactos a nivel internacional.
– Coordinar la reunión de los SME Envoys que tendrá lugar dentro de la SME Assembly.
– Coordinación de los premios EEPA, cuya gala se celebrará dentro del programa de la SME Assembly.
– Seleccionar las sedes donde se desarrollarán los principales actos del evento de acuerdo a las especificaciones dadas por la Comisión.
– Preseleccionar unos candidatos para la presentación de los actos que se celebrarán los días del evento que se coordinará con la Comisión posteriormente.
– Coordinación con la Comisión de las reservas de alojamiento de delegados.
– Gestionar y proponer a la Comisión un diseño de trofeo para los Premios Europeos a la Promoción Empresarial (cuyas siglas en inglés son EEPA) de acuerdo a unas bases previamente establecidas y que sea representativo del diseño creativo y la artesanía española.
– Gestionar y proponer a la Comisión alguna actividad que permita a los delegados conocer la industria y el ecosistema innovador del País Vasco, además de la ciudad de Bilbao y alguna de sus tradiciones.
– Gestionar y proponer a la Comisión alguna actuación musical o espectáculo que amenice la recepción de delegados y la ceremonia de entrega de los Premios a la Promoción Europea de Promoción Empresarial (en adelante EEPA).
– Coordinación con la Comisión de la transición de la clausura de la SME Assembly y la inauguración de la Conferencia Anual de la European Enterprise Network (EEN) dentro de la sede que acogerá ambos eventos de la European SME Week.
Por parte de la SGIPYME:
– Preparación, junto con la CE, de las temáticas y participantes de los debates, entrevistas, mesas redondas, etc. que se desarrollarán durante la Asamblea.
– Elaboración de la lista de delegados nacionales que asistirán al evento.
– Ejercer la representación de la Presidencia Española de la Unión Europea en la reunión de los SME Envoys que tendrá lugar dentro de la SME Assembly.
– Colaborar en la localización y contratación, de acuerdo con las especificaciones de la Comisión Europea, del espacio en el que se mantendrán las reuniones de la SME Assembly.
– Coordinación de los European Enterprise Promotion Awards, cuya gala se celebrará dentro del programa de la SME Assembly.
– Valoración de las candidaturas a los European Enterprise Promotion Awards.
– Preselección de diseños para los premios.
– Preseleccionar unos candidatos para la presentación de los actos que se celebrarán los días del evento que se coordinará con la Comisión posteriormente.»
Por parte de SPRI:
– Elaboración de la lista de delegados regionales que asistirán al evento.
– Localización y contratación de las sedes donde se realizarán los actos oficiales de la SME Assembly, de acuerdo con las especificaciones de la Comisión Europea.
– Coordinación con la Comisión de las reservas de alojamiento de los delegados.
– Planificación y contratación de visitas para delegados del evento para la promoción de la actividad económica y cultural de la zona.
– Planificación y contratación de actuaciones y entretenimientos que amenicen la cena de recepción de los delegados, la ceremonia de entrega de los premios EEPA y la cena de gala posterior.
– Gestión de la movilidad urbana de los delegados asistentes.
– Coordinación con la Comisión Europea de la transición de la clausura de la SME Assembly y la inauguración de la Conferencia Anual de la European Enterprise Network (EEN) dentro de la sede que acogerá ambos eventos de la European SME Week.
– Propuesta de candidatos para la presentación de los actos que se celebrarán los días del evento que seleccionará la Comisión posteriormente.
Las funciones se describen en detalle en el Programa de Trabajo que se incorpora en el anexo del presente convenio.
3. Financiación y otras aportaciones
La financiación de las actuaciones objeto del presente Convenio será conjunta por la SGIPYME y SPRI.
La aportación de la SGIPYME corresponde al catering para el cóctel de recepción de los delegados en el Museo Guggenheim, que se valora en 21.681,82 euros más el 10% de IVA, lo que supone 23.850 euros, y al alquiler del Bilbao Exhibition Centre (BEC) para la celebración del evento, que se valora en 49.376,67 euros más el 21% de IVA, lo que supone 59.745,77 euros, con lo que asciende a un total de 83.595,77 euros, IVA incluido.
Asimismo, la SGIPYME realizará otras aportaciones que no supondrán un desembolso, como es el caso de las horas de dedicación de su personal, valoradas en 3.000 euros.
La aportación de SPRI corresponderá al alquiler del Museo Guggenheim para la recepción de los delegados de la SME Assembly, que se valora en 18.549,3 euros, la contratación de visitas o excursiones lúdicas, que se valora en 2.274,8 euros, la contratación de actuaciones de entretenimiento, tanto para la recepción en el Guggenheim como en la ceremonia de entrega de los premios EEPA, que se valora en 13.310 euros, la contratación de tarjetas de transporte para la movilidad interurbana de los delegados asistentes, que se valora en 3.000 euros. Al importe anterior, habría que añadir la dedicación de un gestor de proyectos, parte de su plantilla, valorada en 13.122 euros.
La financiación aportada por la SGIPYME tiene la consideración de fondos propios de la partida 20.08.433M.278 de los Presupuestos Generales del Estado.
La financiación aportada por SPRI ascenderá a 37.134,1 euros, IVA incluido, excluyendo la dedicación de su personal.
4. Pago
Todos los pagos a proveedores los realizará SPRI.
El pago de la aportación correspondiente al Ministerio se realizará en dos tramos, un 10% del total por adelantado tras la firma del Convenio, por importe de 8.359 euros y el resto, el 90% restante por importe de 75.236,77 euros una vez efectuada la justificación de los pagos efectuados por SPRI relacionados con los conceptos financiados por la SGIPYME, conforme a lo establecido en la cláusula 5 de este Convenio y una vez se emita el certificado de conformidad por parte de la Subdirección General de Apoyo a la Pyme.
5. Justificación
SPRI justificará los gastos incurridos en la ejecución de las actuaciones, con el fin de que la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa compruebe la realización de la actividad. Para ello SPRI aportará las facturas que permitan comprobar el importe exacto de los gastos en que se haya incurrido hasta ese momento para verificar que se ha justificado adecuadamente.
La justificación se presentará en la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y se incluirá una relación clasificada de los gastos realizados, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
Las justificaciones deberán presentarse en el plazo de 1 mes desde la finalización del evento (15 de noviembre de 2023).
6. Comisión de seguimiento
Para el seguimiento de lo previsto en el presente convenio se constituye una Comisión de seguimiento integrada por dos miembros designados por cada una de las partes, que será presidida por uno de los representantes de la SGIPYME, y que tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
– Realizar el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución de las actividades realizadas al amparo del presente convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes
– Resolver las dudas y controversias que pudieran originarse en la interpretación, ejecución o aplicación del convenio.
– La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento y se reunirá cuantas veces se estime necesario a convocatoria de cualquiera de las partes. La Comisión de Seguimiento levantará acta de sus reuniones.
– La primera reunión de la Comisión de Seguimiento se celebrará, previa su constitución, en el plazo de un mes desde que el convenio comience a producir efectos.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7. Vigencia
El presente Convenio se perfecciona con la firma de las Partes, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización; asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia que corresponda a la otra administración firmante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 48.8 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
El presente convenio se circunscribe exclusivamente a la realización de las actividades que se especifican en el mismo y tendrá una vigencia hasta el 31 de marzo del 2024. De este modo, el convenio extiende su vigencia desde que resulte eficaz hasta la total conclusión de las actuaciones previstas, que estarán terminadas, a más tardar, el 31 de marzo de 2024.
8. Extinción
El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna causa de resolución prevista en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en tres meses con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
En cualquier supuesto de resolución anticipada, las partes se comprometen a continuar, en un plazo máximo improrrogable de 60 días, hasta su finalización las actividades en curso. La extinción anticipada no generará derechos indemnizatorios entre las partes, salvo si alguna de las partes, en su caso, hubiera actuado de mala fe. En este caso los perjuicios causados pueden conllevar indemnización de acuerdo con los criterios que se determinen por la Comisión de Seguimiento.
9. Régimen jurídico
El convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo previsto en el capítulo VI, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y cumple con los requisitos de la misma.
Cualquier conflicto que pudiera suscitarse sobre la interpretación o ejecución del presente convenio se resolverá por mutuo acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento y, en su defecto, serán aplicables las disposiciones de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
10. Modificación del convenio
La modificación del contenido del convenio requerirá el acuerdo unánime de los firmantes según el artículo 49 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
11. Confidencialidad
Ambas partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, cualquier información referente a aspectos científicos, técnicos, económicos o de organización interna perteneciente a la otra parte, a la que haya podido tener acceso en la ejecución de este convenio, salvo que esas informaciones sean de dominio público.
Las disposiciones de esta cláusula continuarán vigentes durante un período de cinco años a partir de la fecha de firma de este documento, salvo consentimiento expreso de la parte propietaria de dicha información.
12. Difusión de las acciones
En todas las acciones de desarrollo del presente convenio se hará mención expresa de la colaboración de las partes, figurando de forma destacada el nombre y logo de todas las instituciones, de acuerdo con las disposiciones sobre imagen institucional que les resulten de aplicación en todos los elementos de promoción y difusión (inserciones en prensa, folletos, comunicaciones, etc.) y en cuanta documentación se genere.
En prueba de conformidad firman las partes el presente documento, en el lugar y fecha señalados al principio del convenio.–Por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, P.D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, «Boletín Oficial del Estado» de 11 de febrero de 2021), el Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Francisco Antonio Blanco Ángel.–Por parte de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, el Director General, Aitor Urzelai Inza.
A continuación, se detalla el programa de trabajo dividido según las siguientes actuaciones:
1. Gestión de contenidos del evento:
– Preparación de temáticas y paneles de discusión junto con la CE.
– Elaboración de lista de delegados nacionales que asistirán al evento.
– Ejercer la representación de la Presidencia Española de la Unión Europea en la reunión de los SME Envoys que tendrá lugar dentro de la SME Assembly.
– Coordinación de los premios EEPA cuya gala se celebrará dentro del programa de la SME Assembly.
– Valoración de las candidaturas a los European Enterprise Promotion Awards.
El coste máximo de esta actuación será de 6.280,5 euros, aportados de la siguiente manera:
– SGIPYME dedicará un Jefe de Área a tiempo parcial (sesenta horas estimadas), cuyas dedicaciones se valoran en 3.000 euros.
– SPRI dedicará un gestor de proyecto a tiempo parcial (cincuenta horas estimadas), cuya dedicación se valora en 3.364,6 euros.
2. Gestión de coordinación logística del evento:
– Localización y contratación de los centros donde se celebrarán los actos del evento, así como la coordinación logística para el montaje de los equipos audiovisuales y técnicos necesarios en los mencionados centros de acuerdo a las especificaciones de la Comisión Europea.
– Museo Guggenheim Bilbao: lugar de la recepción de los delegados.
– Bilbao Exhibition Centre: lugar que acogerá las sesiones plenarias, paneles y reuniones programadas, la ceremonia de entrega de premios EEPA y la inauguración y clausura de la SME Assembly.
– Gestión de las reservas de alojamiento de los delegados.
– Planificación de excursiones y/o visitas para delegados del evento para la promoción de la ciudad de Bilbao.
– Planificación de actuaciones y entretenimientos que acompañen la recepción de los delegados al evento, la ceremonia de entrega de los premios EEPA y la cena de gala posterior.
– Gestión de la movilidad de los delegados dentro de la ciudad de Bilbao. Se estudiará la posibilidad de suministrar un bono transporte a los delegados durante los días que dure el evento.
– Propuesta de candidatos para la presentación de los actos que se celebrarán los días del evento que seleccionará la Comisión posteriormente.
– Coordinación con la Comisión de la transición de la clausura de la SME Assembly y la inauguración de la Conferencia Anual de la European Enterprise Network (EEN) dentro de la sede (BEC) que acogerá ambos eventos de la European SME Week.
El coste de esta actuación será de 130.487,27 euros, IVA incluido, aportados de la siguiente manera:
– 13.310 euros, IVA incluido, para la contratación de actuaciones y entretenimientos que serán aportados por SPRI.
– 59.745,77 euros, IVA incluido, aportados por la SGIPYME que se dedicarán alquiler del BEC el tiempo necesario para la celebración de la SME Assembly.
– 18.549,3 euros, IVA incluido, aportados por SPRI que se dedicarán al alquiler del Museo Guggenheim para la recepción de los delegados que asistan a la SME Assembly.
– 23.850 euros, 10% de IVA incluido, aportados por la SGIPYME que se dedicarán al catering que se ofrecerá a los delegados durante la recepción. La contratación de este catering se realizará al único suministrador permitido por el Museo Guggenheim.
– SPRI dedicará un gestor de proyectos a tiempo parcial (145 horas estimadas), para la coordinación de las actuaciones citadas, cuya valoración es de 9.757,4 euros.
– 2.274,8 euros, IVA incluido, aportados por SPRI para contratar las excursiones o visitas lúdicas para los delegados en la ciudad de Bilbao.
– 3.000 euros, 10% de IVA incluido, aportados por SPRI para proporcionar a los delegados tarjetas de transporte interurbano para su movilidad los días del evento.
El coste total de las actividades y su distribución, así como las aportaciones en horas/hombre de cada parte se resume en el siguiente cuadro:
Actuaciones | SGIPYME | SPRI | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
Coste |
Recursos humanos – Euros |
Coste |
Recursos humanos – Euros |
|||
Sin IVA – Euros |
Con IVA – Euros |
Sin IVA – Euros |
Con IVA – Euros |
|||
1. Logística. | 71.058,49 | 83.595,77 | 30.937,27 | 37.134,1 | 9.757,4 | |
2. Contenidos. | 3.000 | 3.364,6 | ||||
Totales. | 71.058,49 | 83.595,77 | 3.000 | 30.937,27 | 37.134,1 | 13.122 |
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