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Documento BOE-A-2023-23518

Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la quinta Adenda de modificación y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de A Pastoriza, para la financiación, ejecución y entrega de la obra "Centro de Interpretación del Alto Miño en Fonmiñá (A Pastoriza-Lugo)".

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 20 de noviembre de 2023, páginas 154523 a 154525 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-23518

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la quinta adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de A Pastoriza para la financiación, ejecución y entrega de la obra «Centro de Interpretación del Alto Miño en Fonmiñá (A Pastoriza-Lugo)», otorgada el 8 de noviembre de 2023, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 10 de noviembre de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Quinta Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de A Pastoriza para la financiación, ejecución y entrega de la obra «Centro de Interpretación del Alto Miño en Fonmiñá (A Pastoriza-Lugo)»

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaría para la Transición Ecológica, de fecha 31 de julio de 2018, por delegación del Secretario de Estado de Medio Ambiente (Orden APM/484/2018 de 8 de mayo, BOE de 11 de mayo de 2018), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, Darío Cabaneiro Santomé, Alcalde del Ayuntamiento de A Pastoriza, nombrado en Pleno Extraordinario de 17 de junio de 2023, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por las leyes 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Intervienen en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las facultades que, en nombre de las entidades que representan, tienen conferidas.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 25 de septiembre de 2020 (BOE número 273, de 15 de octubre de 2020), se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de A Pastoriza para la financiación, ejecución y entrega de la obra «Centro de interpretación del Alto Miño en Fonmiñá (A Pastoriza-Lugo)», con una duración hasta el 31 de diciembre de 2023 y un importe de 250.000 euros a ejecutar durante las anualidades 2020 y 2021.

II. Que en fecha 20 de abril de 2021 (BOE número 105, de 3 de mayo de 2021) se otorgó una adenda por la que se modificaba el importe, que ascendía a 340.000 euros distribuidos entre las anualidades 2020, 2021 y 2022.

III. Que en fechas 21 de diciembre de 2021 (BOE número 3, de 4 de enero de 2022) y 2 de mayo de 2022 (BOE número 115, de 14 de mayo de 2022) se otorgaron la segunda y tercera adenda del convenio en las que se reajustaban las anualidades inicialmente establecidas.

IV. Que en fecha 7 de diciembre de 2022 (BOE número 304, de 20 de diciembre de 2022) se otorgó la cuarta adenda por la que se incrementaba el importe a 370.000 euros y se modificaban las anualidades.

V. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años y, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

VI. Que en la cláusula segunda del convenio se establece que su vigencia concluirá el 31 de diciembre de 2023, salvo que en esa fecha no hayan finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se haya procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula sexta en cuyo caso los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.

VII. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del referenciado convenio, las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

VIII. Que en aplicación de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del convenio, es necesario realizar una última modificación del importe del convenio para hacer frente al pago de la certificación final, así como prorrogar su duración para cumplir con lo establecido en la cláusula segunda.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es prorrogar la duración del convenio, incrementar el importe y modificar la anualidad de 2023 del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de A Pastoriza para la financiación, ejecución y entrega de la obra «Centro de interpretación del Alto Miño en Fonmiñá (A Pastoriza-Lugo)».

Segunda. Prórroga del convenio.

Se acuerda la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2026, previa inscripción en REOICO de esta prórroga antes de la fecha de extinción del convenio. No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga dentro de los límites temporales establecidos en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Modificación de la cláusula tercera relativa al coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

Se modifica el apartado primero de la cláusula tercera que queda redactado del siguiente modo:

«1. La inversión total necesaria para las actuaciones se estima en 370.994,31 euros, Impuesto del Valor Añadido incluido, a ejecutar en las anualidades 2020, 2021, 2022 y 2023. Este importe será asumido íntegramente por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. con cargo a la aplicación presupuestaria 452A60, código de proyecto 2009 23 231 0101 de su presupuesto de gastos. Esta será la cuantía máxima que aporte la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., con la siguiente distribución de anualidades:

2020 13.000,00 euros
2021 2.522,03 euros
2022 32.186,06 euros
2023 323.286,22 euros
Total 370.994,31 euros»
Cuarta. Eficacia de la adenda.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Además, habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de A Pastoriza, Darío Cabaneiro Santomé.

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