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Documento BOE-A-2023-23622

Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Industria del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se autoriza, para su uso e instalación a la red, un modelo de transformador monofásico de tensión, en media tensión, marca RS Isolsec, modelo E/U..G., a favor de RS Isolsec, SLU.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 21 de noviembre de 2023, páginas 155049 a 155050 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2023-23622

TEXTO ORIGINAL

Relación de hechos

En fecha 21 de septiembre de 2023, la entidad RS ISOLSEC, SLU (NIF B63655351), domiciliada en la avenida del Riu Mogent, n.º 5, 08170 Montornès del Vallès (Barcelona), presentó una solicitud de autorización, para su uso e instalación en la red eléctrica, de un modelo de transformador monofásico de medida de tensión, en media tensión, marca RS ISOLSEC, modelo E/U..G.

Fundamentos jurídicos

1. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (BOE 224, de 18 de septiembre de 2007).

2. El Decreto 21/2021, de 25 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC 8418, de 26 de mayo de 2021) y el Decreto 199/1991, de 30 de julio, que determina los órganos competentes en materia de control metrológico (DOGC 1505, de 14 de octubre de 1991).

Sobre la base de lo expuesto, resuelvo:

Primero.

Autorizar para su uso e instalación en la red, un transformador de medida monofásico de tensión, en media tensión, marca RS ISOLSEC, modelo E/U..G., fabricado por la entidad RS ISOLSEC, SLU (NIF B63655351), con las características siguientes:

Tensión máxima de servicio: 36 kV (instalación interior)
Nivel de aislamiento nominal: 7 kV / 20 kV / 60 kV; 12/ 28/ 75 kV; 17,5 kV / 38 kV / 95 kV; 24 kV / 50 kV / 125 kV; 36 kV / 70 kV / 170 kV
Frecuencia nominal: 50 Hz
Tensión primaria nominal Un (V): 5000, 6300, 10000, 13200, 16500, 20000, 25000, 27500, 33000, 5000/√3, 6300/√3, 10000/√3, 13200/√3, 16500/√3, 20000/√3, 25000/√3, 27500/√3, 33000/√3 V
Tensión secundaria nominal (V): 100, 110, 100/3, 110/3, 100/√3, 110/√3, 220 V
Clase de precisión: 0,2; 0,5; 1; 3; 3P; 6P
Número máximo de secundarios: 1, 2 ó 3
Factor de tensión: 1,2 Un en permanencia, ó 1,9 Un durante 30 s, ó 1,9 Un durante 8 horas
Segundo.

El contenido y alcance de la presente autorización está sujeta a las condiciones siguientes:

1. La presente autorización tiene un plazo máximo de validez de cinco años, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. Esta autorización podrá ser prorrogada por períodos sucesivos previa petición presentada por el solicitante de la misma en esta Dirección General de Industria.

2. Previamente a su instalación, los aparatos a que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.

3. Los instrumentos a los que se refieren la presente resolución deberán cumplir todas las condiciones contenidas en el anexo que acompaña la documentación presentada para su autorización.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 3 de noviembre de 2023.–El Director General de Industria, P. D. (Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Florenci Hernández Cardona.

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