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Documento BOE-A-2023-23852

Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Ciudad de la Energía-Ciuden, F.S.P., para el desarrollo del nodo principal de la Red Centros de Innovación Territorial.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 2023, páginas 156105 a 156113 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-23852

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Fundación Ciudad de la Energía-Ciuden, F.S.P., han suscrito, con fecha 13 de noviembre de 2023, el convenio de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 15 de noviembre de 2023.–La Directora General de Políticas contra la Despoblación, Juana López Pagán.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Fundación Ciudad de la Energía-Ciuden, F.S.P., para el desarrollo del nodo principal de la Red Centros de Innovación Territorial Miteco-Ciuden (CIT-MITECO-CIUDEN)

En Madrid, a la fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

De una parte, doña Juana López Pagán, Directora General de Políticas contra la Despoblación, en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 21/2021, de 12 de enero, que actúa en nombre y representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por delegación de la Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez, en virtud de la disposición decimoctava de la Orden Ministerial TED/533/2021, de 20 de mayo de 2021.

De otra parte, doña Yasodhara López García, en su calidad de Directora General de la Fundación Ciudad de la Energía-Ciuden, F.S.P.,(en adelante, CIUDEN o la fundación) inscrita en el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal con el número 913, actuando en nombre y representación de la citada institución, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 20.2.a) de los Estatutos de la Fundación de la Ciudad de la Energía, F.S.P. y en virtud de las atribuciones que le confieren los poderes otorgados ante el Notario del Ilustre Colegio de Castilla y León, don Bernardo Martínez López, el día 18 de mayo de 2023, con el número 678 de su protocolo.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente convenio, y a tal efecto

EXPONEN

I. La brecha existente entre las áreas urbanas y los territorios con municipios rurales o de menor población se traduce en una diferencia de oportunidades en función del lugar de residencia. Los problemas de los territorios en riesgo de despoblación han ocupado la agenda política y mediática con mucha intensidad a partir de la segunda mitad de los años dos mil diez, concretándose a partir de 2020 en la puesta en marcha de una política pública desde una perspectiva de estado con una batería de iniciativas que conforman la política pública del Gobierno de España para hacer frente al reto demográfico.

La puesta en marcha de esta nueva política pública se plantea bajo dos premisas esenciales:

– La primera es repensar el modelo productivo y ordenar el territorio desde el punto de vista de la funcionalidad y la generación de oportunidades para conseguir una calidad de vida equiparable en todo el estado para toda la ciudadanía y reducir la vulnerabilidad territorial a la que se ha visto expuesta en los últimos años. Esta visión implica una actuación que ha de repensar la relación entre los entornos urbano y rural e incidir en ambos para lograr los objetivos. Además, revertir la inercia histórica de metropolización que está implícita en la despoblación del ámbito rural, implica la incorporación de fórmulas nuevas, innovadoras y transformadoras, que permitan «hacer las cosas de otra manera» haciendo emerger una nueva fórmula de relación con el territorio rural.

– La segunda premisa define el reto demográfico como un «reto democrático» cuyo abordaje debe llevarse a cabo desde una perspectiva integral y con una visión de estado que permita poner el foco en la cohesión territorial. La necesaria gobernanza multinivel en un estado compuesto implica que el despliegue de la política frente al reto demográfico debe llevarse a cabo a partir de una estrecha y afinada cooperación con las comunidades autónomas y entidades locales. A partir de estas premisas y tomando la innovación como vector de transformación en febrero de 2023 se firmó la «Declaración de Somiedo», donde se acordó entre diferentes actores públicos y privados presentes en el territorio, que «el concepto de Innovación Territorial surge como un nuevo paradigma con el que hacer progresar los territorios rurales y superar algunos de sus obstáculos estructurales, entre ellos y muy especialmente, el despoblamiento, el abandono del medio y las actividades conformadoras del paisaje, la falta de oportunidades, las dificultades para el acceso a determinados servicios y las carencias en cohesión social y territorial y, al mismo tiempo, contribuir a generar una actividad económica propia para los territorios rurales y un futuro para sus gentes».

Para que la innovación territorial despliegue toda su potencialidad es necesario que la comunidad local tome la iniciativa, lidere y protagonice los procesos de cambio, a través de una visión que convierten en misión. Los Centros de Innovación Territorial son facilitadores o inductores de este proceso de cambio que se sustenta en dos ideas fundamentales: en primer lugar que no hay territorios sin futuro, sino territorios sin proyecto; en segundo lugar, que en muchos casos el propio territorio es en sí mismo el proyecto. Por eso es tan importante que cada territorio rural, en la escala adecuada, sea capaz de formular su propio proyecto y estrategia de futuro, desde los ámbitos de las entidades locales menores a los ámbitos locales supramunicipales o comarcales.

Así, los centros de Innovación territorial son una herramienta que pretende incardinarse en el territorio, nutriéndose de las iniciativas y de los proyectos que están gestándose en el medio rural, movilizando los recursos endógenos, potenciando el talento propio y captando el externo. Dichos centros deberán funcionar en red, de manea que sea posible intercambiar la información para que la innovación fluya por los distintos nodos de esa red como un proceso de aprendizaje colectivo y compartido.

Dicha red deberá contar con un nodo principal que coordine, impulse y permita un funcionamiento inteligente del que se pretende sea un ecosistema de innovación.

II. La política pública de lucha contra la despoblación y reto demográfico es parte de la política de cohesión socio-territorial del Gobierno de España que hoy pone su acento en la vertebración del territorio y con ello la generación de sinergias positivas entre los ámbitos rurales, intermedios y urbanos.

El artículo 14.1 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, atribuye al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la elaboración y el desarrollo de la política del Gobierno frente al reto demográfico y el despoblamiento territorial.

El artículo 10.1.h) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del ministerio, atribuye a la Secretaría General para el Reto Demográfico el fomento, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales, de la inversión, las oportunidades de empleo, diversificación y desarrollo económico, con el objetivo de fortalecer el tejido socioeconómico en las zonas afectadas por la despoblación.

Entre otras iniciativas ya puestas en marcha, a los fines de este convenio destaca el I Plan de medidas del Gobierno ante el Reto Demográfico, aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para el Reto Demográfico el 16 de marzo de 2021. El Plan, en línea con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, señala que corresponde a los diferentes niveles de gobierno propiciar la reactivación y transformación económica de las zonas demográficamente desfavorecidas mediante la adopción de políticas específicas y, en especial, a través del acompañamiento de las iniciativas emprendedoras e innovadoras existentes o que puedan surgir. Unas veces mediante políticas de estímulo, otras veces con medidas de apoyo directo, otras favoreciendo la actividad de los agentes económicos o creando las condiciones objetivas que favorezcan el desarrollo de nuevas actividades que revitalicen la dinámica económica de los territorios más desfavorecidos. En su Eje 3 –Desarrollo e innovación en el territorio– incluye la medida consistente en desarrollar una red de centros de innovación territorial, que trabajen interconectados y faciliten el desarrollo de iniciativas de emprendimiento y el diseño y ejecución de proyectos.

III. CIUDEN, Ciudad de la Energía, es una Fundación del sector público estatal, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través del Organismo Autónomo Instituto para la Transición Justa, inscrita en el Registro de Fundaciones, y dirigida de acuerdo con sus Estatutos, a la promoción e impulso del desarrollo de investigaciones energéticas, a la promoción e impulso del desarrollo empresarial, al desarrollo medioambiental, y a la gestión de los proyectos de I+D+i que coadyuven a ello. Asimismo, entre sus actividades se encuentra el desarrollo económico y social de la zona, participando en actividades en el área de la industria, los servicios y el sector agropecuario, impulsando proyectos que favorezcan la introducción de nuevas tecnologías y la innovación que favorezcan la viabilidad de las empresas. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía.

IV. El artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las Administraciones Públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho privado, que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

V. En el marco de sus respectivas competencias, y teniendo en cuenta el alto grado de convergencia existente entre las líneas de trabajo expuestas, las partes han decidido impulsar un proyecto nodal orientado al despliegue de la Red de Centros de Innovación Territorial (RED-CIT), para que trabajen interconectados y faciliten el desarrollo de iniciativas y el diseño y ejecución de proyectos conjuntos de emprendimiento en los pequeños municipios, las áreas rurales y las zonas en declive demográfico.

VI. El Nodo Principal de la Red de Centros de Innovación Territorial objeto del presente convenio, servirá de este modo para aportar el conocimiento y la experiencia que contribuyan a perfilar el modelo de implantación de este tipo de iniciativas, identificando estrategias replicables en otros territorios, siempre adaptadas a sus peculiaridades, así como impulsar, dinamizar y coordinar las actuaciones de la red de CITs en todo el territorio. El objetivo es generar conocimiento e inteligencia para la transformación territorial.

VII. En consecuencia, las partes acuerdan otorgar el presente convenio, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este convenio es la creación de un marco de cooperación entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y CIUDEN, con el fin de impulsar y desarrollar el Nodo Principal de la Red de Centros de Innovación Territorial en adelante «CIT MITECO-CIUDEN», como centro de gestión e impulso de la Red de Centros de Innovación Territorial (RED-CIT) impulsada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en todo el territorio.

El CIT MITECO-CIUDEN servirá, así como instrumento de concertación territorial de las distintas estrategias y actuaciones impulsadas por los centros que integran la Red-CIT, y que tienen como objetivo el desarrollo de soluciones sistémicas de innovación transformativa en zonas con especiales dificultades demográficas. Su función será servir de nodo coordinador de los distintos centros, que posibilite el despliegue y la extensión de la red de centros de innovación territorial, que trabajen interconectados y faciliten el desarrollo de iniciativas conjuntas y el diseño y ejecución de proyectos comunes de emprendimiento en los pequeños municipios, en las zonas rurales y las zonas en declive demográfico, y que fomenten un entorno organizado y colaborativo desde el que actuar con perspectiva innovadora para generar nuevas oportunidades en el territorio rural a través de un proceso de actuación inteligente y transformador.

Así, el presente convenio determina las condiciones para la colaboración entre las partes otorgantes para la ejecución de las actuaciones conducentes a la puesta en marcha del «CIT MITECO-CIUDEN».

Segunda. Actividades a desarrollar.

Mediante el presente convenio, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), a través de la Secretaría General para el Reto Demográfico (SGRD), y CIUDEN, acuerdan colaborar para desarrollar de forma conjunta las siguientes actividades, en el ámbito del Nodo Principal de la Red de Centros de Innovación Territorial MITECO-CIUDEN, cuya titularidad y gestión corresponde a CIUDEN, bajo el enfoque e impulso de la Secretaría General para el Reto Demográfico.

Las partes convienen que todos los resultados del proyecto les pertenecen, con carácter pleno y exclusivo, pudiendo hacer uso de los mismos en el ámbito de sus respectivas competencias.

Como nodo principal de la Red de Centros de Innovación territorial (RED-CIT), el CIT MITECO-CIUDEN desarrollará las siguientes actividades:

a) Gestión e Impulso de la Red de Centros de Innovación territorial en todo el territorio.

b) Concertación de los planes de actuación de los CIT que integran la Red, favoreciendo la búsqueda de sinergias y la realización de actuaciones conjuntas.

c) Fomento del intercambio de buenas prácticas y experiencias exitosas en la red.

d) Impulso de soluciones sistémicas conjuntas de innovación transformativa en zonas en situación de vulnerabilidad territorial y puesta en valor de los resultados alcanzados.

e) Promover la creación de un entorno digital conjunto que articule la RED-CIT y facilite el despliegue de actuaciones comunes, así como la cooperación en red de los distintos Centros de Innovación Territorial, mediante la creación de espacios colaborativos.

f) Desarrollar o aportar contenidos digitales de apoyo a la RED-CIT, así como investigar, poner a prueba, monitorear y evaluar procesos de cambio.

g) Diseñar estrategias y metodologías en red capaces de hacer pedagogía para el cambio cultural.

h) Apuntalar y acompañar procesos de cambio favoreciendo su despegue, maduración, difusión y replicabilidad en la RED-CIT.

i) Construir alianzas y nutrirse de iniciativas de innovación social.

Tercera. Obligaciones de las partes.

Con carácter específico se asumen por cada una de las partes, de acuerdo con el contenido y alcance que se establecen en el clausulado de este convenio, las siguientes obligaciones:

1. Por el MITECO:

a) Impulso, seguimiento y evaluación de las actuaciones realizadas por el CIT MITECO-CIUDEN, y su coherencia con el resto de estrategias territoriales adoptadas por la Secretaría General para el Reto Demográfico.

b) Proporcionar un perfil de coordinación radicado en Ponferrada con el objetivo de impulsar la puesta en marcha del CIT MITECO-CIUDEN tanto en la fase de consultoría previa como en la fase operativa del mismo.

c) Facilitar la coordinación entre CIT MITECO-CIUDEN y la Red de Centros de Innovación Territorial, materializada en los diferentes convenios suscritos por la Secretaría General para el Reto Demográfico y aquellos que se suscriban durante el plazo de vigencia del presente convenio, en los que el ministerio dispone de la cotitularidad de las acciones y los resultados:

I. Convenio con la Diputación Provincial de Teruel, para la implantación de Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.

II. Convenio con la Diputación Provincial de Soria, para la implantación de Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.

III. Convenio con la Diputación Provincial de Cuenca, para la implantación de Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.

IV. Convenio con la Diputación Provincial de León, para el desarrollo del Centro de Innovación Territorial de la provincia de León sostenible.

V. Convenio con las Diputaciones Provinciales de Huesca y Lleida y el Conselh Generau d’Aran, para el desarrollo del Proyecto de Innovación Territorial de las comarcas de Huesca y Lleida y el desarrollo de Células de Innovación Rural.

VI. Convenio con la Diputación Provincial de Cáceres, para el desarrollo del Centro de Innovación Territorial en Cáceres.

VII. Convenio con la Diputación Provincial de Jaén, para el desarrollo del Centro de Innovación Territorial en Jaén.

VIII. Convenio con la Diputación Provincial de Badajoz, para el desarrollo del Centro de Innovación Territorial de Badajoz.

d) Coordinar el apoyo del resto de Departamentos ministeriales y órganos dependientes de la Administración del Estado al Proyecto de Innovación Territorial.

e) Difusión y puesta en valor de los resultados obtenidos y los objetivos alcanzados por parte de la RED-CIT y del CIT MITECO-CIUDEN.

1 bis. Las diputaciones provinciales, respecto de los Centros de Innovación Territorial en los que participen en virtud del correspondiente convenio con MITECO, podrán adherirse al presente convenio (anexo I), asumiendo el mismo contenido obligacional que corresponde a MITECO en la cláusula tercera apartado uno, salvo la letra b).

En estos casos, el CIT MITECO-CIUDEN extenderá sus funciones previstas en la cláusula segunda a los Centros de Innovación Territorial correspondientes.

2. Por CIUDEN:

a) Poner a disposición del CIT MITECO-CIUDEN los espacios adecuados para su funcionamiento, así como el apoyo técnico.

b) Aportar el personal necesario, ya sea propio o se trate de profesionales contratados expresamente para el funcionamiento del CIT MITECO CIUDEN.

c) Contribuir con la organización, los medios técnicos y las infraestructuras de que disponga y que sean necesarias.

d) Coordinar y favorecer, en colaboración con la Secretaría General para el Reto Demográfico, el desarrollo de la Red de Centros de Innovación territorial (RED-CIT)

e) Promover dinámicas de participación de los agentes económicos y sociales.

Cuarta. Financiación.

El coste total de las actuaciones dirigidas al desarrollo del Centro de Innovación Territorial MITECO-CIUDEN en el marco del presente convenio asciende a un máximo de 660.000 euros.

Para el cumplimiento de los objetivos y el desarrollo de las actuaciones previstas en este convenio, la Fundación CIUDEN contribuirá con la cantidad de 660.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23.112.456N.442 para todo el periodo de vigencia, de acuerdo con lo dispuesto en el cuadro de anualidades que figura en la presente cláusula:

Anualidad

Aportación CIUDEN

Euros

2023 60.000
2024 200.000
2025 200.000
2026 200.000
Quinta. Ejecución.

Las actuaciones que lo requieran serán objeto de tramitación, fiscalización, aprobación, y ejecución por el órgano responsable de la administración competente en cada caso, en el marco de lo establecido en el ordenamiento jurídico.

El CIT MITECO-CIUDEN elaborará anualmente una memoria de actuaciones, que será remitida tanto a CIUDEN como a la Secretaría General para el Reto Demográfico, a través de la Comisión de Seguimiento, antes del 15 de noviembre de cada año.

Sexta. Publicidad y difusión.

Todos los documentos y materiales de trabajo, la señalización, las formas de comunicación o los medios de difusión, tanto físicos como electrónicos, del CIT MITECO-CIUDEN, o de sus actividades y proyectos deberán incluir:

a) La denominación «Nodo Principal de la Red de Centros de Innovación Territorial MITECO-CIUDEN», o de manera abreviada CIT-MITECO CIUDEN.

b) El logotipo de la Red de Centros de Innovación Territorial-RED-CIT.

c) Los logotipos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y de CIUDEN.

Séptima. Seguimiento.

Para la aplicación del presente convenio se constituirá una comisión de seguimiento, responsable de velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes firmantes. Estará integrada por dos representantes designados por cada una de las partes.

La presidencia será ejercida alternativamente cada año por el representante de mayor rango de los designados por cada parte. La secretaría de la Comisión de Seguimiento la ejercerá un representante de la SGRD. La comisión se reunirá dos veces al año, de forma presencial o por videoconferencia. Se levantará acta de sus reuniones, que será rubricada por todos sus miembros.

Corresponden a la comisión las siguientes funciones:

a) Realizar el seguimiento y la evaluación de los resultados de las actividades desarrolladas.

b) Resolver las discrepancias que puedan surgir en la aplicación del convenio.

c) Por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente Convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni del plazo del mismo.

Para el desarrollo de sus funciones, los miembros de la comisión podrán acordar la participación de representantes de otras Administraciones Públicas, así como de agentes económicos y sociales interesados y cuya incorporación se considere adecuada para el desarrollo del proyecto, que participarán con voz, pero sin voto. Igualmente, podrá incorporarse el personal técnico que se considere oportuno para asesorar a la comisión.

Esta comisión se constituirá en el plazo máximo de un mes a contar desde que el presente convenio surta efectos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La Comisión de Seguimiento ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en el presente convenio y, en todo caso, a lo dispuesto supletoriamente en la sección 3.ª, capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Vigencia.

El presente convenio tiene una vigencia de cuatro años, contados a partir de la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se podrá acordar su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, en los términos establecidos por el artículo 49.h). 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena. Modificación y resolución.

Este convenio podrá ser modificado por acuerdo de las partes, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación inicial.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 51 y 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En especial, serán causas de resolución de este convenio las siguientes:

a) La imposibilidad sobrevenida, legal o material, de dar cumplimiento a sus cláusulas por cualquiera de las partes.

b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados. De acuerdo a lo establecido en el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para la posible indemnización por incumplimiento se tendrán en cuenta los siguientes criterios: gravedad del perjuicio causado a la otra parte, relación causal directa entre el incumplimiento y la producción de los daños, posibilidad de reparación y circunstancias concurrentes.

Décima. Régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas sobre la interpretación, cumplimiento y efectos del presente convenio, que no sean resueltas por mutuo acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula séptima, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Undécima. Protección de datos de carácter personal y confidencialidad.

En el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio, las partes adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Asimismo, las partes firmantes garantizarán, en su caso, la confidencialidad de la información empleada en el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio.

Y en prueba de su conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente convenio en la fecha y lugar señalados en su encabezamiento.–Por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, P.D. (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre delegación de competencias), la Directora General de Políticas contra la Despoblación, Juana López Pagán.–Por la Fundación CIUDEN, la Directora General, Yasodhara López García.

ANEXO I
Modelo de acto de adhesión

Acto de adhesión de ......................................................................................................

Don/Doña ..............................................................................................................., en representación de ..............................................................................................................., nombrado por ............................................................................................................... y en ejercicio de sus competencias recogidas en .......................................................

MANIFIESTA

Que con fecha ........................................ de ........................... de 2023, la Directora General de Políticas contra la Despoblación y la Directora General de la Fundación CIUDEN suscribieron el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Fundación Ciudad de la Energía para el desarrollo del nodo principal de la Red Centros de Innovación Territorial MITECO-CIUDEN (CIT-MITECO-CIUDEN).

Que, mediante la suscripción del presente acto de adhesión, la Diputación Provincial de ....................................................., a quien corresponde, según la cláusula segunda del convenio ........................................................., la titularidad y coordinación del Centro de Innovación Territorial de ................................ expresa su voluntad de adherirse a dicho Convenio, y acepta de forma incondicionada la totalidad de sus cláusulas en cuanto le sea de aplicación y, en particular, los términos de la cláusulas tercera 1 bis y segunda. Asimismo, ........................................ delegará en MITECO su representación en la comisión de seguimiento.

La adhesión se perfeccionará por su firma, será eficaz desde la fecha de inscripción de la presente acta en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El acto de adhesión mantendrá su vigencia mientras subsista el Convenio suscrito entre MITECO y ....................................................... y, en ningún caso se extenderá más allá de la vigencia del convenio suscrito entre MITECO y CIUDEN.

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