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Documento BOE-A-2023-2452

Resolución de 20 de enero de 2023, del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la investigación y colaboraciones científicas en el ámbito de la radiación sincrotrón.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2023, páginas 13344 a 13346 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2023-2452

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 19 de enero de 2023, el Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del laboratorio de Luz Sincrotrón y la Universidad Autónoma de Madrid han suscrito una adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) y el Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón (CELLS) para la investigación y colaboraciones científicas en el ámbito de la radiación sincrotrón.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a la presente resolución.

Cerdanyola del Vallès, 20 de enero de 2023.–La Directora del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, Caterina Biscari.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al convenio de I+D entre la Universidad Autónoma de Madrid y el Consorcio para la Construcción, equipamiento y explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón para la investigación y colaboraciones científicas en el ámbito de la radiación sincrotrón

En Madrid y Barcelona, a 19 de enero de 2023.

REUNIDOS

De una parte don Miguel Manso Silván, en su calidad de Vicerrector de Campus e Infraestructuras de la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante «UAM»), con CIF Q2818013A y domicilio social en la Ciudad Universitaria de Cantoblanco, c/ Einstein 3, C.P. E28049, Madrid, actuando en nombre y representación de ésta, según nombramiento por Resolución Rectoral de 1 de julio de 2021, y con competencias delegadas por la Rectora según resolución de 2 de julio de 2021 (BOCM de 8 de julio de 2021).

Y de otra parte, la Dra. Caterina Biscari, en representación del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón (en adelante CELLS), con NIF núm. Q-0801209-H y domicilio en Cerdanyola del Vallès, Carrer de la Llum 2-26, 08290, en calidad de Directora, nombrada por el Consejo Rector en su sesión número 22, celebrada el 15 de junio de 2012 y, en virtud de la facultad recogida en el artículo 15.1 j) de sus Estatutos, publicados en el BOE número 66, del 16 de marzo de 2018.

Los intervinientes se reconocen capacidad legal para formalizar el presente convenio para la investigación, y a tal efecto

EXPONEN

1. Que, con fecha 18 de febrero de 2022, las Partes firmaron un convenio para regular la colaboración entre la UAM y CELLS para el desarrollo conjunto del proyecto: «Investigación y colaboraciones científicas en el ámbito de la radiación sincrotrón», (en adelante, «el Convenio»).

2. Que, en el Convenio las Partes contemplaron, en su cláusula duodécima, la posibilidad de prorrogar su duración por un periodo de un año.

3. Que, debido a la necesidad de consolidar las actuaciones de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes proceder a la prórroga del Convenio por el plazo de un año desde la finalización del periodo inicialmente acordado. En consecuencia, la prórroga se iniciará el 3 de marzo de 2023 y finalizará el 3 de marzo de 2024.

4. Que, en atención a lo anterior, y de acuerdo a lo previsto en la cláusula decimoquinta del Convenio, se hace necesario modificarlo para ajustar la cláusula relativa a los costes económicos.

5. Que, los motivos del ajuste de los costes económicos traen causa de la disminución de la carga de trabajo que suponen las actuaciones descritas en la cláusula Primera del Convenio y que, aunque resultan plenamente vigentes, el hecho de que CELLS no ostente ya la presidencia del LEAPS (The League of European Accelerator-based Photon Sources), comportan una dedicación menor.

En consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente Adenda de prórroga y modificación del Convenio (en adelante, la Adenda) con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

A través de la presente Adenda se procede, por un lado, a prorrogar el Convenio por un periodo de un año desde su plazo de finalización inicialmente acordado. Así, la prórroga se iniciará el día 3 de marzo de 2023 y se extenderá hasta el 3 de marzo de 2024; por otro lado, se procede a modificar la cláusula del Convenio relativa a los costes económicos.

Segunda. Eficiencia de la adenda.

La presente Adenda se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Tercera. Modificación del convenio.

Las partes acuerdan modificar la cláusula Tercera del Convenio, relativa a los costes económicos, el calendario de aportaciones y remisión de informes y a las actuaciones a desarrollar, de acuerdo con el siguiente redactado:

«Tercera. Costes económicos, calendario de aportaciones y remisión de informes.

1) Como contribución a la realización de las actividades objeto del presente Convenio y descritas en la cláusula primera, el CELLS se compromete a realizar una aportación de seis mil euros (6.000 €) a la UAM durante la vigencia de la prórroga. Esta cantidad será dedicada a contribuir a los costes de contratación de personal investigador en la UAM.

El abono de la cantidad indicada se hará efectivo en un pago único posterior a la entrada en vigor de la prórroga en los términos previstos en la cláusula Segunda, una vez la UAM emita un requerimiento de pago. Una vez efectuado el ingreso, la UAM emitirá el documento justificativo correspondiente del ingreso (carta de pago).

A estos efectos, CELLS hará efectivo en la C/C que a tal efecto se indique, previo requerimiento de pago por parte de la UAM.

Además de la cuantía anterior, el CELLS se compromete a sufragar todos los gastos de desplazamiento del INVESTIGADOR RESPONSABLE relacionados con las tareas descritas en la cláusula primera, siempre y cuando sea requerido por CELLS y hubiera el acuerdo previo del INVESTIGADOR RESPONSABLE, así como a facilitar al INVESTIGADOR RESPONSABLE los medios adecuados para asistir a las correspondientes teleconferencias y cubrir los costes derivados de su uso.

2) Como contribución a la realización de las tareas objeto del presente Convenio y descritas en la cláusula primera, la UAM, a través del INVESTIGADOR RESPONSABLE, se compromete a aportar los recursos humanos equivalentes a 6.000,00 euros para la realización de los informes o documentos que sean necesarios llevar a cabo.»

Cuarta. Subsistencia del convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Adenda se estará a lo establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, y para la debida constancia de todo lo convenido, las Partes firman la presente Adenda en Cerdanyola del Vallès, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Vicerrector de Campus e Infraestructuras de la Universidad Autónoma de Madrid, Miguel Manso Silván.–La Directora del Consorcio Laboratorio de Luz Sincrotrón, Caterina Biscari.

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