Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-24815

Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio interadministrativo entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Ayuntamiento de Bilbao y la Fundación Bancaria BBK, relativo al establecimiento de la sede del Secretariado de la Coalición Local 2030 en Bilbao.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 5 de diciembre de 2023, páginas 161663 a 161672 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2023-24815

TEXTO ORIGINAL

El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, el Secretario General de Transición Social y Agenda 2030, el Alcalde del Ayuntamiento de Bilbao y el Presidente de la Fundación Bancaria Bilbao Bizkaia Kutxa han suscrito un convenio relativo al establecimiento de la sede del Secretariado de la Coalición Local 2030 en Bilbao.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la presente resolución.

Madrid, 1 de diciembre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Convenio interadministrativo entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030; la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través de la Secretaria General de Transición Social y Agenda 2030, el Ayuntamiento de Bilbao, y la Fundación Bancaria BBK, relativo al establecimiento de la sede del Secretariado de la Coalición Local 2030 en Bilbao

7 de noviembre de 2023.

REUNIDOS

En representación de la Administración General del Estado,

Don José Manuel Albares Bueno, Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, nombrado por Real Decreto 525/2021, de 10 de julio (BOE de 12 de julio), en nombre y representación del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Doña Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada por Real Decreto 235/2021, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

En representación de la Administración del Gobierno Vasco, don Jonan Fernández Erdozia, Secretario General de Transición Social y Agenda 2030, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 22/2021 de 26 de enero, publicado el 29 de enero en el «Boletín Oficial del País Vasco», en virtud de las competencias atribuidas mediante el acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de octubre, que lo autoriza expresamente a formalizar el presente Convenio Administrativo de Colaboración.

En representación del Ayuntamiento de Bilbao, don Juan María Aburto Rike, Alcalde del Ayuntamiento de Bilbao en virtud de nombramiento y toma de posesión producida en fecha 17 de junio de 2023, quien como tal, ostenta la representación del Ayuntamiento en virtud de lo dispuesto en el artículo 124/4.ºA) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

En representación de la Fundación Bancaria BBK, el Presidente de la Fundación Bancaria Bilbao Bizkaia Kutxa, don Xabier Sagredo Ormaza, en virtud de nombramiento a su favor del Patronato de la Fundación Bancaria Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK) en su sesión de 11 de noviembre de 2019.

MANIFIESTAN

1. Que la Coalición Local 2030 es la iniciativa de las Naciones Unidas sobre la localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuyo Secretariado dirige y gestiona ONU Hábitat bajo la orientación estratégica del Comité Directivo de la Coalición Local2030. El objetivo de la Coalición Local2030 es integrar la localización de los ODS en la labor de las Naciones Unidas, a todos los niveles, y ofrecer una plataforma para conectar a todas las partes interesadas que participan en la promoción de la aplicación local de los ODS. La Coalición sirve de plataforma para el desarrollo de redes de gobiernos locales y regionales y sus asociaciones, gobiernos nacionales, empresas, organizaciones comunitarias y otros actores regionales y locales y el sistema de las Naciones Unidas, fomentando la colaboración, la innovación y ofreciendo una plataforma para intercambio de soluciones y la aplicación de estrategias para acelerar la consecución de los ODS de la Agenda 2030.

2. Que España está firmemente comprometida con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, habiendo definido estructuras de gobernanza institucional específicamente dedicadas a la coordinación multiactor y multinivel, así como marcos estratégicos de implementación, en todos los niveles de gobierno, de los 17 ODS, en coherencia con el mandato derivado de la Resolución A/RES/70/1 «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», adoptada el 25 de septiembre de 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

3. Que, en virtud del artículo 1 del Decreto 267/2022, de 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de conformidad con las directrices del Gobierno y en aplicación del principio de unidad de acción en el exterior, planificar, dirigir, ejecutar y evaluar la política exterior del Estado y la política de cooperación internacional para el desarrollo sostenible, con singular atención a las relacionadas con la Unión Europea y con Iberoamérica, y coordinar y supervisar todas las actuaciones que en dichos ámbitos realicen, en ejecución de sus respectivas competencias, los restantes departamentos y administraciones públicas.

4. Que, en virtud del art. 1.2 del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de impulso, seguimiento y cooperación para la implementación de la Agenda 2030 y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

5. Que en virtud del Decreto 39/2023, de 28 de marzo, que modifica el Decreto 5/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza (Presidencia del Gobierno Vasco), corresponde a la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030, bajo la dependencia directa y jerárquica del Lehendakari, entre otros, impulsar la colaboración interdepartamental, interinstitucional y social en los ámbitos de la Transición Social y de la Agenda 2030, dinamizando alianzas institucionales y con la sociedad civil en estas materias.

6. No existiendo en la regulación aplicable una asignación directa de competencias en materia de Agenda 20230 y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, es la Ley 7/1985 reguladora de las bases del régimen local, en su artículo 127.1.n), la que da cobertura a las competencias municipales en esta materia.

7. Que el artículo 7 de los Estatutos Sociales de la Fundación Bancaria BBK señala que, para el desarrollo de sus fines, BBK seguirá un Modelo de Competitividad Sostenible. Un modelo de gestión basado en valores, ética y humanismo que incorpora los criterios ambientales, sociales y de gobernanza en todas sus políticas corporativas y en los procesos de toma de decisiones para contribuir a mejorar el estado de bienestar. En particular, BBK hace suyos y se compromete a trabajar por los Objetivos de Desarrollo Sostenible, aprobados por las Naciones Unidas. Coherente con lo anterior, BBK fomentará el desarrollo de estos principios en todas las organizaciones con las que interactúe.

8. Que España, a través de su Representación Permanente ante Naciones Unidas remitió al Comité Director de la Coalición Local2030, el 13 de julio de 2022, una propuesta formal para el establecimiento del Secretariado de la Coalición Local2030 en la ciudad de Bilbao, en el que se recogía un compromiso político y presupuestario global, por importe de veintidós millones de euros, a distribuir en tres ejercicios presupuestarios, destinados, por un lado, a sufragar el funcionamiento de la sede del Secretariado de la Coalición Local2030 y, por otro, al lanzamiento, puesta en marcha y financiación de la «ventana» de localización del Fondo Conjunto ODS de las Naciones Unidas, en base a su Estrategia 2022-2025.

9. Que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y ONU Hábitat suscribieron Memorando de Entendimiento, el 31 de octubre de 2022, en la ciudad de Bilbao, para el establecimiento del Secretariado de la Coalición Local 2030 en Bilbao (España), conforme a los requisitos del Reino de España y al resto de cuestiones jurídicas, económicas y administrativas necesarias para el establecimiento de oficinas de Naciones Unidas fuera de su sede.

10. Que el Reino de España, en representación del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y ONU Hábitat han firmado el 6 de julio de 2023 un Acuerdo Internacional Administrativo (AIA) para el establecimiento de la sede del Secretariado de la Coalición 2030, así como la determinación de las actividades y personal necesarios para el desarrollo de las mismas, bajo el marco del «Acuerdo entre el Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos para su establecimiento en España» del día 30 de noviembre de 2011, que recoge su condición jurídica y privilegios e inmunidades que deben regir su funcionamiento, y que fue precedido por el Acuerdo de Cooperación entre el Reino de España y el Programa de la Organización de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos, hecho en Río de Janeiro el 23 de marzo de 2010.

11. Que el Reino de España, de acuerdo con los acuerdos alcanzados en las negociaciones entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el Ayuntamiento de Bilbao y la Fundación BBK, recogidos en la propuesta de la candidatura de Bilbao como sede del Secretariado de la Coalición Local 2030, se comprometieron y se comprometen a colaborar en la cesión de espacio y en la financiación de las actividades y personal del Secretariado de la Coalición Local2030, en los términos acordados con ONU Hábitat como responsable y gestor de dicha Coalición. Estas contribuciones en especie y financieras al Secretariado están previstas en un instrumento jurídico previo, concretamente en el Acuerdo Internacional Administrativo de 6 de julio de 2023 firmado entre el Ministerio de Asuntos Exteriores Unión Europea y Cooperación y ONU Hábitat. Por otro lado, la financiación de la «ventana» de localización del Fondo conjunto ODS de las Naciones Unidas se articula en el Acuerdo Internacional Administrativo (AIA) entre el Gobierno de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples del 16 de abril de 2018, y sus sucesivas adendas.

12. Que, a los efectos de establecer los términos de esta colaboración entre las distintas Administraciones públicas para el proyecto del Secretariado de la Coalición Local2030, acuerdan suscribir el siguiente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio desarrolla los compromisos adquiridos por todas las partes (el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el Ayuntamiento de Bilbao y la Fundación Bancaria BBK) recogidos en la propuesta de la candidatura de Bilbao para acoger la sede del Secretariado de la Coalición Local2030 y que se estructuran de la siguiente manera.

– Por un lado, las contribuciones económicas y en especie de las partes actuantes para la financiación del Secretariado de la Coalición Local2030 durante el trienio 2023-25 en la ciudad de Bilbao en el desarrollo de los compromisos adquiridos por el Reino de España en el citado Acuerdo Internacional Administrativo (AIA) entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos relativo a las disposiciones administrativas, financieras y programáticas del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao de fecha 6 de julio de 2023.

– Por otro, los compromisos de contribuciones para la «ventana» de localización del Fondo conjunto ODS de las Naciones Unidas, en base al citado Acuerdo Internacional Administrativo (AIA) entre el Gobierno de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples de 16 de abril de 2018, y sus sucesivas adendas.

Segunda. Compromisos para la financiación del Secretariado de la Coalición Local2030. Obligaciones de las partes.

a) Sede física del Secretariado de la Coalición Local2030

La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través de la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030 (Lehendakaritza), pone a disposición del Secretariado de la Coalición Local2030, a través de ONU Hábitat, los espacios dentro del edificio del Archivo Histórico de Euskadi, sito en la ciudad de Bilbao, que se describen en el epígrafe b) 2 de esta cláusula, sin cargo alguno ni para la Coalición ni para ONU Hábitat, con objeto de ubicar la sede del Secretariado de la Coalición Local2030.

b) Contribuciones presupuestarias.

Las obligaciones y responsabilidades de las partes en este ámbito son:

1. El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, se obliga a:

– Realizar una aportación económica a ONU Hábitat para el desarrollo del proyecto del Secretariado de la Coalición Local2030 y el mantenimiento del mismo por importe de nueve millones de euros (9.000.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 12.03.143A.492 (contribuciones voluntarias) para el periodo 2023, 2024 y 2025.

2. El Gobierno Vasco se obliga a:

– Ceder el uso y disfrute del espacio del Archivo Histórico de Euskadi en Bilbao al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España, para su posterior cesión a ONU Hábitat, conforme a lo estipulado en la Cláusula III del Acuerdo Internacional Administrativo (AIA) entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos relativo a las disposiciones administrativas, financieras y programáticas del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao de fecha 6 de julio de 2023 para la ubicación de la sede del Secretariado de la Coalición Local2030.

● Ubicación: Archivo Histórico de Euskadi en Bilbao (la calle María Díaz de Haro, 3).

● Superficie total: Ofrece un espacio de 400 m2 para albergar la sede del Secretariado de Coalición Local2030.

● Estructura: Ocuparían la 6.ª planta completa con un espacio de unos 400 m2 con despachos y espacios diáfanos dotados de mobiliario, así como una terraza propia, siendo su disponibilidad inmediata al no requerir de ninguna obra adicional. Además, el Secretariado podrá hacer uso de la sala de reuniones compartida, la sala de conferencias y el espacio de cocina/comedor del lugar y los equipos a disposición en estos espacios.

● El derecho a la ocupación y el uso de los locales asignados corresponden exclusivamente al Secretariado de la Coalición Local2030, a través de ONU Hábitat, con la única finalidad de sede de dicho Secretariado y mientras continúe sus actividades en España.

● Ceder el uso de forma temporal de los diversos bienes necesarios para la instalación del Secretariado en el edificio del Archivo Histórico, así como asegurar la cobertura de los costes de mantenimiento y conservación de los locales y de los costes derivados del uso de las instalaciones comunes del Edificio del Archivo Histórico por parte del Secretariado. La presente cesión finalizará en 2025 y tendrá la consideración de aportación en especie por valor de un millón de euros (1.000.000 €) en total por el periodo de tres años anteriormente mencionado.

– Realizar una aportación económica al Estado Español mediante ingreso en el Tesoro público para el desarrollo del proyecto del Secretariado de la Coalición Local2030 por importe de tres millones quinientos mil euros (3.500.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 1.11220.45100/000666 (Coalición Local 2030 NNUU) para el periodo 2023, 2024 y 2025, de forma proporcional.

3. El Ayuntamiento de Bilbao se obliga a:

– Realizar una aportación económica al Estado Español mediante ingreso en el Tesoro público para el desarrollo del proyecto del Secretariado de la Coalición Local2030 por importe de setecientos cincuenta mil euros (750.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 1100-91210-22608 (proyecto gasto 2023/00421 Oficina ODS de la ONU) para el periodo 2023, 2024 y 2025, de forma proporcional.

4. La Fundación Bancaria BBK se obliga a:

– Realizar una aportación económica al Estado Español mediante ingreso en el Tesoro público para el desarrollo del proyecto del Secretariado de la Coalición Local2030 por importe de setecientos cincuenta mil euros (750.000 €) con cargo sus Presupuestos anuales previstos para el periodo 2023, 2024 y 2025, de forma proporcional.

c) Realización de las aportaciones de las partes

Las aportaciones económicas que realizan las partes mencionadas en los anteriores apartados para el funcionamiento del Secretariado de la Coalición Local2030 se realizarán durante el periodo comprendido entre la firma del presente convenio hasta el 31 de diciembre de 2025.

d) Destino y régimen de las aportaciones

Las aportaciones de las partes están destinadas a financiar el funcionamiento del Secretariado de la Coalición Local2030 y el fomento de sus actividades, y serán trasferidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a ONU-Hábitat, conforme a lo previsto en la Cláusula III del Acuerdo Administrativo entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos relativo a las disposiciones administrativas, financieras y programáticas del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao.

Los pagos se realizarán antes del 31 de diciembre del año correspondiente, conforme a la disponibilidad presupuestaria anual y según la normativa vigente de prelación de la ordenación de pagos de las obligaciones económicas.

Las aportaciones de las partes quedan sometidas a las condiciones que establecen los Acuerdos y demás instrumentos legales para el establecimiento, funcionamiento y ubicación de la sede del Secretariado de la Coalición Local2030 en Bilbao.

Tercera. Compromisos para las aportaciones a la «ventana» de localización del Fondo conjunto ODS de las Naciones Unidas. Obligaciones de las partes.

a) Contribuciones presupuestarias.

1. El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, se obliga a:

– Realizar una aportación económica a la «ventana» del Fondo conjunto ODS de las Naciones Unidas para la financiación de proyectos e iniciativas vinculadas a la promoción de la localización de los ODS por importe de cuatro millones de euros (4.000.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 12.03.143A.492 (contribuciones voluntarias) durante el periodo 2023 y 2024 según acuerdo de la propuesta de Bilbao, condicionado a la aprobación de las adendas correspondientes al Acuerdo Internacional Administrativo entre el Gobierno de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples de 16 de abril de 2018 que articula las contribuciones al Fondo conjunto ODS.

2. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, se obliga:

– Realizar una aportación económica a la «ventana» del Fondo conjunto ODS de las Naciones Unidas para la financiación de proyectos e iniciativas vinculadas a la promoción de la localización de los ODS por importe de cuatro millones de euros (4.000.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 29.07.921Y.492 (contribuciones voluntarias durante el periodo 2023 y 2024 según acuerdo de la propuesta de Bilbao, condicionado a la aprobación de las adendas correspondientes al Acuerdo Internacional Administrativo entre el Gobierno de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples de 16 de abril de 2018 que articula las contribuciones al Fondo conjunto ODS.

b) Realización de las aportaciones de las partes

Las aportaciones económicas que realizan las partes mencionadas en el anterior apartado se irán materializando desde el 13 de julio de 2022 (fecha de presentación candidatura) hasta el 31 de diciembre de 2024(1). Destino y régimen de las aportaciones

(1) Una contribución de cuatro millones (4.000.000 €) fue realizada a la «ventana» de Localización del Fondo Conjunto ODS en 2022 a través del instrumento Addendum No.3 to the Standard Administrative Arrangement between the Government of the Kingdom of Spain and the United Nations Development Programme Multi Partners Trust Fund Office (Adenda número 3 al mencionado AIA entre el Gobierno de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples firmado de 16 de abril de 2018).

Las aportaciones de las partes están destinadas a financiar la «ventana» de localización del Fondo conjunto ODS de las Naciones Unidas.

Los pagos se realizarán antes del 31 de diciembre del año correspondiente, conforme a la disponibilidad presupuestaria anual y según la normativa vigente de prelación de la ordenación de pagos de las obligaciones económicas.

Cuarta. Régimen de las aportaciones.

Las contribuciones que se han detallado relativas al Secretariado de la Coalición Local 2030 derivan del mencionado Acuerdo Internacional Administrativo de 6 de julio de 2023. Por otra parte, los derivados de la participación de España en el Fondo conjunto ODS de las Naciones Unidas se derivan del mencionado Acuerdo Internacional Administrativo entre el Gobierno de España y la Oficina de los Fondos Fiduciarios de Asociados Múltiples de 16 de abril de 2018, y sus sucesivas adendas.

Quinta. Participación en el seguimiento y la gestión.

Con arreglo a lo dispuesto en el art. 49. f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se constituirá una Comisión de Seguimiento Interadministrativa para hacer balance del cumplimiento de los acuerdos en base a la propuesta de la candidatura presentada para la Secretaría de la Coalición Local2030 en la ciudad de Bilbao.

Formarán parte de la misma:

Por parte del Ministerio Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación:

– Un representante de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.

Por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030:

– Un representante de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, con rango al menos de Subdirector/a General.

Por parte del Gobierno Vasco:

– Un representante de la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030.

– Un representante de la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior.

Por parte del Ayuntamiento de Bilbao:

– Un representante desinado por el Alcalde, con rango al menos de Directora General.

Por parte de la Fundación Bancaria BBK:

– El Director General de la Fundación Bancaria BBK o persona en la que este delegue su representación, con rango de Director/a.

Las funciones de la Comisión de seguimiento serán las siguientes:

a) Instrumentalizar las relaciones de colaboración entre las partes.

b) Analizar las cuestiones de interés común para el adecuado cumplimiento del compromiso asumido en este convenio respecto a la propuesta global de la candidatura.

c) Proponer las medidas de resolución de controversias que puedan surgir entre las partes.

d) Realizar las tareas de seguimiento y de evaluación de las actuaciones en el marco general del convenio.

La Comisión de seguimiento se reunirá, como mínimo, una vez al año. Se levantará acta de cada una de las reuniones. Será presidida por la persona que ostente la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional o en quien ella delegue, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Sexta. Eficacia y vigencia del Convenio.

Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), al que se refiere la disposición adicional séptima, y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.

El Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma y será eficaz desde su inscripción en el citado REOICO.

Sin perjuicio de lo anterior, las partes, en cualquier momento antes de la finalización de la vigencia del convenio, podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales, mediante la tramitación de la correspondiente adenda, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Además, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado»

Asimismo, las partes podrán acordar sucesivos convenios que determinen o desarrollen nuevas obligaciones para los ejercicios siguientes».

Séptima. Comunicación e imagen.

Cualquier comunicación pública de las actividades objeto del presente Convenio deberá hacer constar la participación de todos los firmantes.

Octava. Modificaciones del convenio.

En aplicación del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la modificación del contenido del presente Convenio requerirá, a falta de regulación expresa que así lo determinen las partes, el acuerdo unánime de los firmantes, en cualquier momento previo a que finalice el plazo de vigencia del Convenio, debiendo seguirse los mismos trámites que para su suscripción.

Novena. Causas de extinción y resolución.

En virtud del artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo entre los firmantes por escrito, en el cual se indicará la fecha de efectos de su terminación.

c) El traslado de la sede del Secretariado de la Coalición Local2030 fuera del término municipal de Bilbao con la condición de que las disposiciones relevantes en relación con la terminación ordenada de las operaciones de dicho Secretariado en España permanecerán aplicables el tiempo que sea necesario.

d) La imposibilidad material de poder continuar con el objeto del Convenio por razones de fuerza mayor.

e) El incumplimiento grave y reiterado de los compromisos de alguna de las partes firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla, en un determinado plazo, con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

f) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

g) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

La terminación del presente Convenio no afectará al compromiso de financiación determinado en este Convenio ni a la realización de cualquier actividad o programa en curso que haya sido acordado antes de la fecha de terminación del Convenio con el Secretariado de la Coalición Local2030.

Décima. Protección de datos.

Las partes se comprometen a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos. El régimen de protección será el previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD), y también lo será el previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en lo que no se oponga a las normas antes citadas.

Undécima. Transparencia.

Una vez firmado el presente convenio será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial del País Vasco» y en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

El Convenio suscrito será puesto a disposición de la ciudadanía en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y demás normativa de desarrollo de la misma.

Duodécima. Naturaleza jurídica.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se otorga al amparo de lo dispuesto en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimotercera. Resolución de conflictos y Jurisdicción competente.

De acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este Convenio puedan suscitarse, se resolverán de forma amistosa en la Comisión de Seguimiento y aplicando los principios contenidos en dicha ley.

En su caso, la Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes firmantes en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de este, de acuerdo con las previsiones del artículo 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada una de las partes firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente Convenio.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.–La Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga.–El Secretario General de Transición Social y Agenda 2030, Juan Antonio Fernández Erdozia.–El Alcalde del Ayuntamiento de Bilbao, Juan María Aburto Rike.–El Presidente de la Fundación Bancaria Bilbao Bizkaia Kutxa, Xabier Sagredo Ormaza.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid