Visto el texto del Acta de 23 de octubre de 2023 en la que se acuerda modificar el artículo 3.2 del VI Convenio colectivo de la empresa Telefónica Servicios Audiovisuales, SA que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de enero de 2018 (Código de convenio n.º 90013192012001), acuerdo que posibilita la denuncia del Convenio por cualquiera de las partes con fecha límite de 31 de diciembre de 2023, y que ha sido suscrito por la Comisión negociadora de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma y por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de noviembre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón Prieto.
En Madrid a las 16:00 horas del día 23 de octubre de 2023, se reúnen en el centro de la Empresa sito en Ronda de la Comunicación S/N (Madrid),
Representación de la Empresa:
María Soto Gómez.
Beatriz de San José Torija.
Representación de las personas trabajadoras: El Comité Intercentros.
Presidente: Javier Harguindey Cid CGT.
Secretario: Luis Martínez Díaz CCOO.
Enrique Sacristán Alcubierre CGT.
Guillermo Rodríguez Enríquez CGT.
Miguel Ángel García Almendro CCOO.
Los Asistente conforman la Comisión Negociadora del VI Convenio Colectivo de la empresa, y en su virtud
ACUERDAN
Que las partes coinciden en la voluntad de facilitar la negociación de una posible prórroga del actual convenio de la empresa, sin por otro lado perjudicar los intereses de las partes en orden a poder proceder a la denuncia del mismo.
Por ello se acuerda modificar, exclusivamente para el presente año, el plazo de denuncia de 2 meses fijado en el artículo 3.2 del texto del VI Convenio de la Empresa, posibilitando la denuncia por cualquiera de las partes con fecha límite de 31 de diciembre de 2023.
Se acuerda facultar expresamente al Asesor de la Empresa, don Santiago Carrero Bosch, para para que proceda a realizar los trámites necesarios para la presentación y registro ante la Autoridad Laboral, y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente acuerdo.
Y en prueba de conformidad se firma el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.
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