El Interventor General de la Administración del Estado y la Rectora Magnífica de la Universidad CEU San Pablo han suscrito, con fecha 4 de diciembre de 2023, un Convenio entre la Universidad CEU San pablo y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido convenio. Como anejo a la presente resolución.
Madrid, 5 de diciembre de 2023.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.
En Madrid, a 4 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, don Pablo Arellano Pardo en su condición de Interventor General de la Administración del Estado, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 618/2018, de 22 de junio de 2018 (BOE n.º 152, de 23 de junio); que actúa, por delegación en virtud del apartado séptimo. 2.a)3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, doña Rosa Visiedo Claverol, Rectora Magnífica de la Universidad CEU San Pablo, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que tiene conferidas según su nombramiento en Junta del Patronato de Universidad San Pablo CEU celebrada el 13 de julio de 2019, actuando en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 37.1.c) del Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y funcionamiento de la Universidad San Pablo CEU Y de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,
EXPONEN
I. Con fecha 21 de diciembre de 2017 (BOE de 8 de enero de 2018) se suscribió el Convenio entre la Universidad CEU San Pablo y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.
II. La cláusula duodécima del citado convenio establece que el mismo tendrá un plazo de vigencia de cuatro años y que, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto anteriormente, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
Por su parte, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.
III. Con fecha 10 de diciembre de 2021 (fecha de inscripción en REOICO de 16 de diciembre del mismo año), y vigencia hasta el 8 de enero de 2026, se suscribió Adenda al Convenio entre la Universidad CEU San Pablo y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para la realización de prácticas académicas externas.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula octava del convenio.
La cláusula octava queda redactada del siguiente modo:
«La Universidad CEU San Pablo y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, se acuerda que la obligación de alta y cotización en la Seguridad Social corresponde a la Universidad CEU San Pablo y no a la IGAE.»
La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad CEU San Pablo y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Mantener el ámbito y alcance de la colaboración en los mismos términos y condiciones excepto lo dispuesto en la cláusula octava que se modifican mediante la presente adenda.
De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente adenda de modificación al convenio anteriormente indicado.–Por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), el Interventor General de la Administración del Estado [P. D. apartado séptimo.2.a)3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre], Pablo Arellano Pardo.–Por la Universitad CEU-San Pablo, Rosa Visiedo Claverol.
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