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Documento BOE-A-2023-2585

Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Acebo de 81,76 MW, y su infraestructura de evacuación, en Arenas de Iguña, Luena, Molledo, San Pedro del Romeral, Santiurde de Toranzo, Vega de Pas, Villacarriedo y Villafufre (Cantabria)".

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2023, páginas 13944 a 13961 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-2585

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 8 de abril de 2022 tuvo entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto «Parque eólico El Acebo, de 81,76 MW, y su infraestructura de evacuación», TTMM de Arenas de Iguña, Luena, Molledo, San Pedro del Romeral, Santiurde de Toranzo, Vega de Pas, Villacarriedo y Villafufre (Cantabria) promovido por Green Capital Power, SL, respecto de la que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ostenta la condición de órgano sustantivo.

1. Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor y se pronuncia sobre los impactos ambientales asociados al proyecto, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad frente a accidentes graves o catástrofes naturales, recogidos en el estudio de impacto ambiental. Se incluye, asimismo, en la evaluación, el proceso de participación pública y consultas. El proyecto objeto de evaluación comprende tanto el parque eólico como la infraestructura de evacuación formada por los siguientes elementos: subestación eléctrica elevadora «PE El Acebo 132/30 kV» (exclusiva), línea aérea de evacuación de 132 kV con dos tramos (uno exclusivo de este proyecto y otro compartido con el Parque Eólico Bustafrades), subestación colectora 220/132 kV denominada «SET Colectora Aguayo» compartida con otros parques eólicos y línea aérea de enlace a 220 kV desde la SET Colectora Aguayo a la SE Aguayo 220 de Red Eléctrica de España (REE).

Esta evaluación no comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, seguridad de instalaciones eléctricas, gestión del riesgo de inundación, seguridad industrial, urbanismo u ordenación del territorio, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y quedan fuera de la evaluación de impacto ambiental.

2. Descripción y localización del proyecto

Se trata de un parque eólico con una potencia total instalada de 81,76 MW compuesto por 16 aerogeneradores de 5,11 MW de potencia unitaria, ubicado en los términos municipales de Arenas de Iguña, Luena, Molledo, San Pedro del Romeral, Santiurde de Toranzo, Vega de Pas, Villacarriedo y Villafufre, en la provincia de Cantabria.

Cada aerogenerador está compuesto de un rotor tripala de 145 m de diámetro, con palas de fibra de vidrio reforzada con poliéster de 71 m de longitud y una altura de buje de 90 m. A su vez, los aerogeneradores disponen de su propio transformador que entrega la potencia generada a la red de interconexión interna del parque eólico de media tensión (30 kV).

La evacuación de la energía generada será realizada a través de una línea de media tensión soterrada de 12.705 m de longitud y 30 kV hasta la subestación «SET PE El Acebo 132/30 kV», con una superficie de ocupación de 3.850 m², situada entre la parcela 1 del polígono 19 del término municipal de Villacarriedo y la parcela 305 del polígono 8 del término municipal de Santiurde de Toranzo.

Desde la «SET PE El Acebo 132/30 kV» la energía será evacuada hasta la estructura de entronque «T.18» mediante una línea aérea de 132 kV con conductores dispuestos a tresbolillo, a través de 21 apoyos y una longitud de 6.636 m. A partir de dicho punto la línea eléctrica de evacuación será compartida con la de otro parque eólico en tramitación, denominado Bustafrades, de 49,5 MW, el cual está siendo objeto de evaluación de impacto ambiental por el Gobierno de Cantabria.

Desde la estructura de entronque, la línea aérea de alta tensión en 132 kV discurre a través de 57 apoyos y 13.760 m de longitud hasta el pórtico de la futura «SET Colectora Aguayo 132/220 kV», con una superficie de 8.456 m², situada en la parcela 1.477 del polígono 4 del término municipal de Molledo, la cual recibe la evacuación de otros parques eólicos proyectados en la zona.

Finalmente, la energía será conducida desde el pórtico de la «SET Colectora Aguayo 132/220 kV» por una línea de alta tensión aérea en 220 kV, de 14 apoyos y 3.247 m de longitud hasta el punto de conexión concedido en la «SET Aguayo», perteneciente a REE. En su recorrido, antes de llegar a la SET, la línea pasa por un centro de medida a 220 kV denominado «Nudo Aguayo», anexo a la «SET Aguayo 220 kV» de REE.

3. Tramitación del procedimiento

Con fecha de 4 de julio de 2019 la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica emitió el documento de alcance del estudio de impacto ambiental de los parques eólicos «Ribota de 51 MW y línea de evacuación» y «Acebo de 81,9 MW y su infraestructura de evacuación de energía eléctrica», en varios municipios de Cantabria, y trasladó al promotor las contestaciones a las consultas previas efectuadas a administraciones afectadas y personas interesadas durante esta fase.

Con fecha de 8 de abril de 2022, se recibió en esta Dirección General el expediente de evaluación de impacto, que incluye el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado del trámite de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas gestionado por el órgano sustantivo.

De acuerdo con la información del expediente, con fechas 11 y 18 de agosto de 2021, la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria consultó a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. El anexo I incluye un cuadro con las organizaciones consultadas y las contestaciones recibidas.

La información pública se anunció en el «Boletín Oficial del Estado» del 23 de agosto de 2021 y el «Boletín Oficial de Cantabria» el 24 de agosto de 2021.

Se han recibido un total de 39 contestaciones a las consultas efectuadas y 939 alegaciones de personas físicas y jurídicas que se han personado en el procedimiento como parte interesada.

En el análisis formal del expediente se constató la falta de informes preceptivos de varios organismos, por lo que con fecha de 4 de mayo de 2022 se remitió al órgano sustantivo un requerimiento de subsanación del expediente, solicitando los informes de la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático y de la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Cantabria.

Con fecha de 22 de julio de 2022 y 1 de agosto de 2022 se recibieron contestaciones de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio y la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria, respectivamente, quedando de esta forma completo el expediente de evaluación de impacto ambiental.

Los principales contenidos ambientales de las alegaciones y contestaciones a consultas recibidas presentadas por las administraciones públicas afectadas y personas interesadas se han tomado en consideración para el análisis técnico del expediente.

4. Análisis técnico del expediente

4.1 Análisis de alternativas.

Se plantean las siguientes alternativas:

– Alternativa 1 (AEROG-1): Cuenta con 16 aerogeneradores de 5,11 MW de potencia unitaria, para alcanzar una potencia total de 81,76 MW.

– Alternativa 2 (AEROG-2): Cuenta con un total de 39 aerogeneradores de 2,1 MW de potencia unitaria, para alcanzar un total de 81,9 MW.

El promotor elige la alternativa 1 (AEROG-1) por requerir menores ocupaciones de terreno, ya sea en plataformas o en caminos de acceso.

Para la subestación eléctrica «SET PE El Acebo», el promotor plantea:

– Alternativa 1 (SUBEST-1): próxima al centro del parque, con una superficie de 3.850 m². El trazado de zanjas eléctricas sigue los márgenes de los viales, con una longitud total de 12.705 m.

– Alternativa 2 (SUBEST-2): fuera de la poligonal del parque al sur de la posición AC16, con una superficie de 2.675 m². El trazado de zanjas sigue los márgenes de los viales, con una longitud total de 17.068 m.

– Alternativa 3 (SUBEST-3): fuera de la poligonal del parque entre las posiciones AC04 y AC05, con una superficie de 4.000 m². El trazado de zanjas sigue los márgenes de los viales, con una longitud total de 13.165 m.

El promotor no aprecia diferencias relevantes en los impactos ambientales de las alternativas, seleccionado la 1 por motivos técnicos y económicos.

Para la infraestructura de evacuación, se han considerado tres alternativas. Todas ellas presentan un punto común intermedio, la subestación colectora de Aguayo, para conectar otros parques proyectados con el punto de conexión final, correspondiente con la subestación eléctrica de Aguayo de REE.

– Alternativa 1: línea aérea de 23.151,7 m, y origen en la subestación SUBEST-2.

– Alternativa 2: línea aérea de 23.373,8 m, y en la subestación SUBEST-2.

– Alternativa 3: línea aérea de 23.621,2 m, y origen en la subestación SUBEST-1.

El promotor no aprecia en el análisis diferencias sustanciales entre los impactos ambientales generados por estas alternativas, por lo que, habiendo seleccionado la alternativa 1 de la subestación, selecciona finalmente la alternativa 3 para la línea de evacuación.

La alternativa global seleccionada y objeto de esta evaluación se corresponde con la configuración de proyecto AEROG-1 + SUBEST-1 + Alternativa 3 (LAAT).

El promotor no ha contemplado entre las alternativas de la línea de evacuación el posible soterramiento íntegro o parcial de la infraestructura, opción que debiera haber sido valorada en el análisis. La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Gobierno de Cantabria señala que el estudio de alternativas realizado por el promotor para la infraestructura de evacuación no se ha realizado de manera adecuada, dado que el trazado de las tres opciones es muy similar en casi la totalidad de su recorrido, sin que se hayan incluido alternativas de componente subterránea, total o parcial, y sin estimar los efectos adversos o beneficios ambientales de esta opción.

Por su parte, la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria también considera incompleto el estudio de alternativas tanto tecnológicas como de los accesos, e indica que las alternativas de línea de evacuación son muy similares, derivadas de los condicionantes de las conexiones a la red de transporte y posicionamiento de la SET Aguayo.

Del mismo modo, un total de 25 entidades de la Administración local y asociaciones consideran las alternativas propuestas como insuficientes y planteadas incumpliendo los requisitos establecidos en el Documento de Alcance para el estudio.

4.2 Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista de la información del anteproyecto, del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas y alegaciones recibidas y de las consideraciones del promotor, se resumen a continuación los impactos significativos del proyecto y su tratamiento.

El estudio contempla los impactos asociados a las fases de construcción, explotación y desmantelamiento.

4.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad, consumo de recursos y residuos.

Durante la fase de construcción, se producirá la pérdida de suelo como consecuencia de la preparación del terreno y movimientos de tierra para la apertura de nuevos accesos, plataformas de montaje, zonas auxiliares, zanjas de cableado eléctrico, subestación, etc., habiéndose estimado una superficie de afección de unas 47,7 ha, lo que puede favorecer el inicio de procesos erosivos en las zonas afectadas. También se podrán producir compactaciones del suelo y alteración de sus perfiles debido a cimentaciones, instalación de zonas auxiliares y acopio de materiales, entre otras acciones del proyecto.

Los caminos interiores y de acceso, las zanjas, las zonas de la explanada para la ejecución de plataformas de apoyo de grúa, acopio de palas, componentes, contenedores y plumas, así como zonas adicionales (SET, torre meteorológica y zonas de acopio) en su conjunto requieren realizar 373.151,45 m³ de desmonte y 273.814,81 m³ de terraplén, con 173.255,42 m³ de excedentes. Las afecciones más significativas sobre la geomorfología vendrán ocasionadas por la nivelación, apertura de zanjas, cimentaciones y ampliación de viales de accesos. En este sentido, los viales y accesos se realizarán en general a través de pistas existentes, indicando el promotor que el acondicionamiento de los viales se ajustará a las trazas y anchuras preexistentes, sin superar la anchura máxima estrictamente necesaria establecida en 4 metros con el fin de evitar afecciones a terrenos adyacentes, y una pendiente siempre inferior al 20 %. Sin embargo, como se confirma en el anexo de planos en planta y perfiles longitudinales del anteproyecto del parque eólico, la orografía y condiciones de humedad del terreno requerirán un conjunto de obras de drenaje, desmontes (algunos de 6 m) y terraplenes (de más de 12 m) que pueden generar afecciones significativas sobre la geomorfología, suelos y vegetación natural.

La Dirección General Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria destaca en su informe que el tramo de la línea de evacuación comprendido entre los apoyos T11 y T13 se asienta sobre materiales formados por areniscas y calizas, con alta permeabilidad y condiciones constructivas muy desfavorables, pudiendo peligrar la estabilidad de las infraestructuras ante derrumbes y colapsos del terreno, además de producir impactos sobre las cuevas, surgencias y sumideros que conforman el «Sistema kárstico Ocejo», así como la «Cueva del Churrón» (a 165,09 m al sur del apoyo T12 y a 386,42 m al norte del apoyo T13) y la «Cueva de los Murciélagos del Mazo o del Rellano» (a 884.71 m al oeste del apoyo T12).

Se ha deducido del análisis técnico la ausencia de datos sobre acciones del proyecto en fase de construcción del tendido eléctrico de evacuación que permitan cuantificar el impacto derivado de los movimientos de tierras para cimentaciones de apoyos, campas de trabajo y apertura de accesos, aspecto también advertido en varios informes y alegaciones recibidos durante el trámite de participación pública.

4.2.2 Agua.

El proyecto se ubica en la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico. La Confederación Hidrográfica del Cantábrico señala que los cauces afectados son el río Pisueña (masa de agua Pisueña I), el río Pas (masas de agua Pas II y Pas III), el río de Luena o de la Magdalena (masa de agua de la Magdalena), el río Besaya (masa de agua Besaya I) y el Embalse de Alsa (masa de agua Embalse de Alsa/Torina).

Las masas Río Besaya I, Pisueña I, Pas III y Embalse de Alsa/Torina están consideradas zonas de captación de agua para abastecimiento incluidas en el Registro de Zonas Protegidas recogidas en el apéndice 7.1 de la Normativa del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental (PHCO). Igualmente, tanto el río Pas II como el Pas III están contemplados en la citada normativa como Zona de Protección de Hábitat o Especies recogido en el apéndice 7.9; y el río Besaya I está contemplado como Tramo de Interés Natural recogido en el apéndice 7.13 del PHCO.

Del mismo modo, en el ámbito de actuación existe una zona incluida en la categoría de «Aguas minerales y termales», correspondiente con la zona minerotermal «Balneario de Alceda».

La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria indica que el proyecto se asienta sobre la masa subterránea para abastecimiento «Puerto del Escudo», incluida en el registro de Zonas Protegidas del Plan Hidrológico de Cuenca, que abastece de agua a una población de 99.339 personas. A su vez, el tramo del río Pas, que discurre paralelo al cordal sobre el que se asentará la instalación eólica, está incluido en el registro de Zonas Protegidas como «Masa superficial para abastecimiento Río Pas III», cuyo caudal abastece de agua a 91.930 personas.

Igualmente, esta Dirección General indica que parte de las infraestructuras del parque eólico se implantan sobre materiales con predominio de areniscas y calizas arenosas, que presentan permeabilidad alta/muy alta, por lo que se podrían generar impactos en los procesos hidrogeológicos y en la red de aguas subterráneas, dado que se trata de una zona en la que se desarrollan cuevas, sumideros y surgencias, sin que estos impactos hayan sido analizados en el estudio de impacto para proponer medidas preventivas y correctoras.

4.2.3 Flora y vegetación.

La zona de estudio está compuesta fundamentalmente por vegetación arbustiva de brezales, tojales y piornales, entremezclada con helechales, praderas y pastizales, pinar de repoblación, robledales y hayedos.

Los impactos sobre la vegetación natural son producidos fundamentalmente en fase de construcción, en las acciones de preparación del terreno y movimientos de tierras: cortas y desbroces de vegetación en la zona de ocupación del proyecto, tanto de carácter temporal como permanente: viales de acceso, tanto los de nueva apertura como los caminos a acondicionar, plataformas de montaje, zonas de instalaciones auxiliares, subestación eléctrica de transformación y calle de seguridad del tendido eléctrico de evacuación.

El estudio identifica la flora catalogada o de especial interés, así como los Hábitats de Interés Comunitario en el ámbito de la poligonal del parque eólico y a cada lado de la infraestructura de evacuación. En el mismo, se señala la existencia del helecho de cristal, Vandenboschia speciosa (Willd.) Kunkel, especie catalogada «vulnerable» y presente dentro de la cuadrícula en la cual se encuentra la poligonal del proyecto de parque eólico «El Acebo», de acuerdo con el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria (Decreto 120/2008, BOC 26 de diciembre de 2008, y en adelante CREAC). No se han realizado por el promotor estudios concretos que confirmen la presencia o ausencia de estas poblaciones en un ámbito cercano de cualquiera de los elementos del proyecto, de manera que no pueden descartarse posibles efectos directos e indirectos sobre las posibles poblaciones con el propósito de establecer alternativas y medidas preventivas o correctoras.

En relación con la potencial afección sobre especies de flora catalogadas como amenazadas, se han recibido informes en el trámite de consultas que advierten de la presencia de otras especies catalogadas o protegidas como Hugueninia tanacetifolia (Vulnerable), Orchis provincialis (incluida en el Listado Español de Especies en Régimen de Protección Especial, LESPRE), Narcissus triandrus (LESPRE y anexo II de la Directiva Hábitat). Siendo estas especies típicas de biotopos similares a los afectados por las obras de instalación del parque eólico y elementos restantes, no se puede descartar la existencia de acciones que impliquen su eliminación directa o alteración de su hábitat.

En relación con el impacto sobre Hábitats de Interés Comunitario (en adelante HIC), el promotor ha cuantificado la afección sobre los siguientes tipos de hábitats:

Cód. UE HIC

Área de afección

(ha)

4030 Brezales secos europeos. 34,30
4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga. 0,07
5110 Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervirens en pendientes rocosas (Berberidion p.p.). 2,88
6210 Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia) (*parajes con importantes orquídeas). 0,07
6230* Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de Europa continental) (*). 14,47
9120 Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion). 1,15

Existen otros tipos de HIC que no figuran en el estudio, aunque sí se reflejan en informes recibidos (SEO BirdLife, Ayuntamiento de Villafufre):

Cod UE HIC
4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix (*).
6510 Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis).
9230 Robledales galaico-portugeses con Quercus robur y Quercus pyrenaica.
92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba.

El estudio señala que el trazado de la línea de evacuación afecta de forma directa o indirecta a 3 teselas del HIC 6230* Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies sobre sustratos silíceos de zonas de montaña (prioritario), en una longitud de 4.685,4 m. Considerando una anchura de afección de 15 m a cada lado del eje del tendido eléctrico, el promotor deduce un área de ocupación de este hábitat prioritario de 14,47 ha.

También se han detectado afecciones por destrucción directa del HIC 9120 Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion), correspondiente a bosquetes al borde del hayedo de Aloños y afectados por la plataforma de montaje y acceso del aerogenerador AC-06. Varias alegaciones e informes también indican la potencial afección sobre fragmentos de regeneración de este HIC en las inmediaciones del hayedo del Rasillo, enclave muy próximo y potencialmente afectado por el camino de acceso al parque eólico desde la localidad del Rasillo.

La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria destaca que la prospección de campo no se ha realizado en la época vegetativa más adecuada para identificación de especies y comunidades vegetales protegidas, tal y como quedaba establecido en el Documento de Alcance. Del mismo modo, el estudio no arroja información que permita deducir el estado de conservación y vulnerabilidad o grado de amenaza de los hábitats en el territorio asociado al proyecto. Además, advierte que el cruce de la línea eléctrica con el espacio protegido ZEC «Río Pas» afectará a los tipos de HIC 9160 Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del Carpinion betuli y 91E0 Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (prioritario); el cruce con la ZEC «Sierra del Escudo», en el paraje denominado «El Juncal», afectará a los HIC 4030 Brezales secos europeos y 6230 Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas de montaña (prioritario).

La citada Dirección General informa además de la afección directa al «Monte Canales», coincidente con el Monte de Utilidad Pública «Los Llanos», entre los apoyos T62 y T74 de la línea de evacuación, y en todo el trazado desde la «SET Colectora Aguayo» hasta la «SET Aguayo», en una longitud aproximada de 6,3 km, estando tanto la futura «SET Colectora Aguayo» como la existente «SET Aguayo» dentro del mismo. Esta formación destaca por ser una de las masas forestales más sobresalientes del centro-sur de Cantabria.

Por todo lo anterior, no pueden descartarse impactos adversos significativos sobre Hábitats de Interés Comunitario y especies protegidas de flora derivados de los desbroces, movimientos de tierras y apertura de viales, plataformas de montaje de aerogeneradores y calles del tendido eléctrico.

4.2.4 Fauna.

El estudio de fauna presentado por el promotor se basa en los resultados extraídos del inventario de fauna procedente del Banco de Datos de la Naturaleza para las cuadrículas UTM 10x10 30TVN28 y 30TV38 correspondientes al parque eólico, y las cuadrículas 30TVN17 y 30TVN27 para la línea de evacuación. De esta revisión bibliográfica, destaca la presencia de determinadas especies, entre las cuales se cita al oso pardo (Ursus arctos), «En peligro de extinción» según el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), el murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), «Vulnerable» en el CEEA y en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria (CREAC), el aguilucho pálido (Circus cyaneus), «Vulnerable» en el CREAC, y el alimoche común (Neophron percnopterus), «Vulnerable» en el CEEA y CREAC.

Paralelamente, el promotor incluye un estudio específico de avifauna y quirópteros, con datos de agosto de 2019 hasta julio de 2020 para avifauna, especificando un total de 244 horas y 45 minutos de esfuerzo de muestreo en campo. De los resultados del estudio se extrae que fueron recogidos datos de observaciones para 16 especies de aves, en su mayoría rapaces, sin que se hayan registrado contactos con aves acuáticas migratorias que hagan suponer la existencia de vías de paso siguiendo el curso del río Pas. Se ha detectado en este estudio que su autor ha empleado una numeración para los aerogeneradores diferente a la establecida en el anteproyecto y en el estudio de impacto ambiental, lo que ha dificultado la relación de impactos con los aerogeneradores causantes. A este respecto se indicará en el análisis de este factor la numeración correspondiente al estudio de impacto y anteproyecto.

La especie con mayor frecuencia de avistamiento es el buitre leonado (Gyps fulvus), con un 83,32% de frecuencia relativa. Del resto de especies destaca la presencia de milano real (Milvus milvus), «En Peligro de Extinción» en el CEEA y CREAC; y águila real (Aquila chrysaetos), «Vulnerable» en el CREAC; así como el aguilucho pálido y el alimoche, los cuales sí se citan en las cuadrículas de fauna afectadas.

El promotor apunta como especies más sensibles al parque eólico el buitre leonado, milano real, alimoche y busardo ratonero, considerando que la segunda y tercera merecen mayor atención por la vulnerabilidad de sus poblaciones, aunque afirma que todas nidifican en la comarca. Destaca igualmente la nidificación documentada de 1-2 parejas de aguilucho pálido, con nidos muy próximos a los aerogeneradores AC-06 (170 m), AC-05 (600 m) y AC-04 (800), no habiendo localizado el estudio de campo ningún territorio actual de cría en la zona, lo que el promotor asocia a los últimos incendios forestales acaecidos. El promotor concluye que la especie con mayor riesgo de colisión es el buitre leonado, y cita otras especies con riesgo moderado de impacto por pérdida o alteración de sus hábitats, como el azor y el picamaderos negro (Dryocopus martius). Se detecta en el análisis que también sobre la especie pico mediano (Dendrocopos medius) existen impactos moderados, al igual que en las dos anteriores, de molestias en fase de construcción ocasionadas por la proximidad de la zona de obras a masas forestales susceptibles de albergar zonas de nidificación y cría y causar un posible abandono temporal de territorios de reproducción y pérdida de puestas o pollos.

En cuanto a los quirópteros, el estudio recoge los resultados de los muestreos efectuados entre septiembre de 2019 y noviembre de 2019, con un total de 5 estaciones automáticas de muestreo (628,05 horas de prospección) y un transecto, cuyos resultados no se tuvieron en cuenta para medir la intensidad de uso por ser poco informativos a este respecto. Igualmente, se realizó la prospección de 3 cuevas, 2 de ellas en enero de 2020 y la restante en julio de 2020. Destaca la presencia de varias especies de quirópteros incluidas en los catálogos nacional y/o autonómico en la categoría de «Vulnerable» y de interés comunitario, siendo el murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), varias especies del género Myotis, murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) y murciélago de bosque (Barbastella barbastellus) las especies más destacadas. La abundancia de contactos registrados de estas especies se vincula en el estudio de fauna a la proximidad de refugios (cuevas y masas forestales arboladas) y concentración en zonas de alimentación, ligadas a la actividad ganadera extensiva (abundancia de insectos). La presencia de estas especies, su vulnerabilidad frente a los aerogeneradores y su grado actual de amenaza, implican que no pueda descartarse un impacto significativo sobre el estado actual de conservación de sus poblaciones, aun teniendo en cuenta las medidas de prevención adoptadas.

El promotor asevera que los quirópteros hacen generalmente un uso discreto en la zona de implantación del parque, con intensidades de uso moderadas que obedecen principalmente a vuelos de desplazamiento y aprovechamientos puntuales de recursos tróficos como la formación de enjambres de insectos en verano o consumo de coleópteros ligados al ganado, así como un uso de territorios de caza de los bordes y pasillos forestales. Sin embargo, no se aprecia coherencia entre esta conclusión y los datos que se desprenden del estudio de quirópteros, según los cuales se detecta un impacto severo sobre quirópteros por mortalidad (colisión, barotrauma) en fase de funcionamiento con los aerogeneradores más próximos a zonas forestales arboladas, específicamente en los aerogeneradores AC-02, AC-03, AC-04, AC-05 y AC-06, calificándose como moderado en el resto.

La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria especifica que el estudio de aves y quirópteros se basa en el trabajo de campo desarrollado únicamente en el entorno de los aerogeneradores y no para el conjunto de los elementos e infraestructuras que integran el parque eólico. Adicionalmente, en el caso de las aves, han quedado períodos no prospectados en meses clave, citando como ejemplo al milano real por su presencia fundamentalmente invernante en Cantabria. Del mismo modo, destaca que no se han utilizado radares móviles y cámaras de espectro visible o infrarrojos en el área de implantación, en periodo nocturno y diurno, tal y como prescribía el Documento de Alcance.

Por otra parte, para el caso de los quirópteros, el estudio realizado no se basa en un esfuerzo de muestreo suficiente, dado que se limita a los meses de septiembre a noviembre, no habiéndose recabado datos en el periodo de intensa actividad que se extiende entre mayo y agosto. Tampoco se ha aplicado la metodología establecida en el Documento de Alcance.

En línea con lo informado por la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria, se aprecia que el área de influencia del prolongado tendido eléctrico de evacuación carece de muestreos de campo que permitan conocer la abundancia, distribución, áreas sensibles, trayectorias de vuelo y comportamientos de la avifauna en su ámbito, aspecto imprescindible y determinante de cara a poder valorar objetivamente la mortalidad y la fragmentación del hábitat de las aves que causaría esta infraestructura. Según información aportada por la citada Dirección General, el ámbito del tendido eléctrico es coincidente con áreas de distribución de alimoche, águila calzada, halcón abejero, halcón peregrino, águila culebrera y aguilucho pálido. El grado de protección de estas especies y sus datos de distribución en la zona no permiten descartar la existencia de impactos adversos significativos sobre avifauna derivados de la instalación de la línea aérea proyectada. Así mismo, de la elevada frecuencia de observaciones de buitre leonado en el ámbito de estudio en torno a los aerogeneradores se deduce que la concentración de esta especie en esta zona es significativa, probablemente debido al frecuente abandono de reses muertas en los numerosos aprovechamientos ganaderos extensivos y la proximidad de colonias de nidificación, a menos de 10 km. También ha resultado elevada por el mismo motivo la frecuencia de observaciones de alimoche y milano real, lo que también hace prever impactos significativos sobre estas dos especies.

La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria informa del alto riesgo de afección a las especies detectado en algunos aerogeneradores, concretamente los aerogeneradores AC-02, AC-03, AC-04, AC-05 y AC-06, afectando a especies amenazadas catalogadas, destacando buitre leonado, alimoche y milano real. Adicionalmente, esta Dirección General destaca la presencia de 15 especies o grupos de especies de quirópteros, todas ellas consideradas de interés comunitario por la Directiva 92/43/CE e incluidas en el Listado Español de Especies en Régimen de Protección Especial, estando algunas también catalogadas como amenazadas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria, siendo los impactos más elevados los de los aerogeneradores próximos a masas forestales.

Los impactos significativos sobre la fauna se han puesto también de manifiesto en numerosas alegaciones recibidas de personas interesadas, así como en los informes de contestación de las diferentes asociaciones con intereses en conservación del medio ambiente consultadas, SEO BirdLife, Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria, Fundación Naturaleza y Hombre, Fundación Oso Pardo, Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos, Fundación Global Nature, Fundación para la Conservación de la Biodiversidad y su Hábitat (CBD-Hábitat), Fundación Aquila y Mancomunidad de los Valles Pasiegos, entre otras, así como en informes presentados por Ayuntamientos afectados. En estos informes se advierte del impacto directo sobre zonas de nidificación de aves rapaces amenazadas, como aguilucho pálido (nidificación a menos de 200 m, según datos documentados de 2017), aguilucho cenizo (nidificación a menos de 500 m), halcón peregrino y sobre dormideros de milano real (en las proximidades de la localidad de Tezanillos a unos 1.300 m del parque eólico). Estos informes detectan también impactos significativos sobre parejas reproductoras de culebrera europea, halcón peregrino, águila real y alimoche común, al tiempo que manifiestan que las poblaciones de águila real, milano real y halcón peregrino presentan en Cantabria un estado de conservación desfavorable. Con respecto a otros grupos de aves afectadas por las obras de construcción del proyecto y muy vulnerables a la degradación de sus hábitats forestales, estos informes destacan la existencia de núcleos de nidificación de picamaderos negro, con afecciones indirectas también sobre pico mediano y chotacabras europeo.

En la revisión del programa de medidas preventivas y correctoras no se contemplan medidas suficientemente efectivas para evitar los potenciales impactos sobre la fauna amenazada que se han detectado en la evaluación, como medidas de reducción del riesgo de colisión de aves con los aerogeneradores a partir de sistemas automáticos de detección de ejemplares próximos y parada automática. Tampoco se ha contemplado en el Programa de Vigilancia Ambiental un seguimiento adaptativo que defina y presupueste las medidas complementarias a adoptar en casos de detección de episodios de mortalidad por colisión con aerogeneradores o con el tendido eléctrico. Este tipo de medidas se requirieron en el Documento de Alcance emitido para la elaboración del estudio, sin que hayan sido adecuadamente consideradas por el promotor.

En consecuencia, se deduce que se pueden producir impactos significativos sobre varias especies de fauna amenazadas por la construcción y funcionamiento del parque eólico y su infraestructura eléctrica de evacuación.

4.2.5 Espacios Red Natura 2000 y otras zonas protegidas.

Según se indica en el expediente, existe afección directa a espacios de la Red Natura 2000, entre los que se citan los siguientes:

– Zona Especial de Conservación (ZEC) ES1300010 «Río Pas» en dos tramos, correspondiente a la intersección de la línea de evacuación con el río Pas (apoyos T.12 a T.13) y con el río Luena o de la Magdalena (apoyos T.24 a T.25).

– Zona de especial conservación (ZEC) ES1300016 «Sierra del Escudo», en un tramo de 488,09 m entre los apoyos T43 a T46 de la línea de evacuación.

El estudio incluye en su anexo 2 un estudio específico de afección a Red Natura 2000. El promotor afirma que las posibles afecciones a las zonas de influencia de los espacios Red Natura 2000 serán mínimas, estableciendo para ello medidas preventivas y correctoras. Sin embargo, esta conclusión se basa en considerar exclusivamente los efectos derivados de la ocupación directa de los apoyos del tendido eléctrico, y contradice las conclusiones de la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria.

Dicha dirección general indica que la alternativa de evacuación seleccionada se considera inasumible en determinados tramos por las afecciones críticas que produce, habiendo sido inadecuadamente valorada en el estudio, sin que se hayan estudiado en detalle los impactos previsibles sobre los objetivos de conservación de los espacios Red Natura 2000 atravesados, obviando además para cada una de las alternativas planteadas y elemento causante del potencial impacto, la identificación del hábitat o especie afectados, las fuentes utilizadas para evaluar dicho impacto, así como el necesario contraste mediante trabajos y prospecciones de campo, y sin que quepa la adopción de medidas mitigadoras del impacto hasta un grado compatible con la necesaria conservación de los valores ambientales de la zona.

Se deduce también en la evaluación practicada la existencia de impactos indirectos sobre la conectividad ecológica entre espacios de la Red Natura 2000 que se ubican próximos al parque eólico: ZEC de la Montaña Oriental, ZEPA Embalse del Ebro y ZEPA de Sierras del Cordel y Cabeceras del Saja y Nansa.

Varias entidades locales, así como la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria informan que el desarrollo del proyecto afectaría negativamente a los trámites para declarar Reserva de la Biosfera o Patrimonio de la Humanidad a la Montaña Pasiega, considerando incompatible el desarrollo del parque eólico con los objetivos de este futuro espacio.

4.2.6 Bienes materiales, bienes de dominio público y elementos del patrimonio cultural.

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica del Gobierno de Cantabria constata la existencia de varios yacimientos incluidos en el Inventario Arqueológico Regional (INVAC), los cuales, en virtud de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (LPCC) cuentan con un régimen de protección idéntico a los Bines declarados de Interés Cultural. Estos yacimientos son los denominados «Churrón», «Los Campios» y «Molledo». Adicionalmente, la zona tiene gran interés y potencial desde el punto de vista arqueológico y patrimonial, atestiguándose la presencia de castros cántabros, campamentos de época romana y el posible trazado de una vía secundaria de época romana. El yacimiento de «Los Campios» se localiza a apenas 18,32 m al sur del apoyo T70, por lo que existen posibles impactos adversos sobre este elemento, derivados de los movimientos de tierras necesarios para la instalación del apoyo.

Tras analizar el contenido del Informe de Impacto Arqueológico presentado por el promotor, se han identificado una serie de elementos de interés patrimonial durante las labores de prospección que la citada Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica considera que deben ser protegidos mediante la aplicación de medidas de protección, entre los que se citan el «Puente viejo a Picón», el «Molino del Puente de Picón» y la vía romana.

4.2.7 Paisaje.

El parque eólico «El Acebo» afectará indirectamente a paisajes del Catálogo de Paisajes Relevantes de Cantabria (Disposición Adicional Primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, del Paisaje), que se encuentran dentro de la zona de influencia de 25 km establecida en el Documento de Alcance, destacando: «060 Paisaje del Embalse de Alsa», «061 Paisaje del Monte Canales», «064 Paisaje del Monte Castillo y Puente Viesgo», «068 Paisaje de montaña de las turberas del Cueto la Espina», «070 Paisaje pasiego de San Pedro del Romeral», «074 Paisaje pasiego de Vega de Pas», «077 Paisaje pasiego de Viaña, Yera y Pandillo», 079 Paisaje de montaña de las Enguinzas y Pozos de Noja», «080 Paisaje de montaña de Castro Valnera y Los Picones», «082 Paisaje de montaña del Puerto de Lunada», «083 Paisaje pasiego del Alto Miera», «085 Paisaje de montaña del Puerto de Alisas», «086 Paisaje de montaña de Brenavinto y Bustalveinte» y «093 Paisaje de montaña de la Peña la Peña Rocías y Sierra del Hornijo». El parque eólico se sitúa en uno de los territorios más singulares y característicos de Cantabria: los Valles Pasiegos, que configura un espacio interior de montaña con una estructura de asentamientos con carácter disperso asociado al tipo de orientación productiva agroganadera. Y uno de los componentes inherentes al mismo son las cabañas y los cabañales (cabaña y finca cercada). De acuerdo con el «Catálogo de Cabañales, Cabañas y Elementos Singulares del Patrimonio Pasiego», dentro de la banda de estudio establecida en el estudio para los aerogeneradores (entorno de 500 m) se verán afectados directamente 6 cabañales (La Cotera, Selviejo, La Cezura, El Campizo, La Idina y La Barrancosa) y 19 cabañas, algunos de cuyos elementos se verán afectados paisajísticamente por la instalación del parque eólico. De todos los cabañales afectados, los que están ubicados a escasos metros del lugar en el cual se instalarán los aerogeneradores son el de «La Cezura» y «La Cotera», que se encuentran a 142,70 m y 165,77 m del aerogenerador AC-16.

El tramo de la línea aérea de alta tensión que discurre entre el Entronque de la SET «Bustafrades» y la SET Colectora «Aguayo», afectará directamente al paisaje relevante «061 Paisaje del Monte Canales». En las inmediaciones de dicha infraestructura se localizan otros paisajes relevantes con alta probabilidad de verse afectados indirectamente: «057 Paisaje rural del Valle de Iguña», «058 Paisaje rural de Bostronizo», «060 Paisaje del embalse de Alsa», «068 Paisaje de montaña de las turberas del Cueto la Espina», «070 Paisaje pasiego de San Pedro del Romeral», «074 Paisaje pasiego de Vega de Pas» y «Paisaje pasiego de Viaña, Yera y Pandillo». En la zona de influencia de 125 m establecida en el estudio para la línea eléctrica de evacuación que discurre entre la SET «El Acebo» y el Entronque de la SET «Bustafrades», se verán afectados directamente 5 cabañales (La Empresa, El Cerrado, Vegaescobosa, Cuito y Busnuevo), 3 cabañas y 1 elemento singular. De igual forma en el caso del tramo que discurre, entre dicho Entronque y la SET Colectora «Aguayo», se verán afectados directamente 2 cabañales (Sel del Haya y La Garma), 7 cabañas y 1 elemento singular. Los cabañales citados están formados por 61 cabañas y 8 elementos singulares, los cuales se verán afectados paisajísticamente por la instalación de esta infraestructura.

La ubicación del proyecto en una elevación a unos 800 m de altitud y las dimensiones de los aerogeneradores e infraestructura de evacuación en aéreo, suponen un impacto visual muy significativo e imposible de evitar o mitigar, que conllevará una pérdida notable de la calidad paisajística actual, de elevado valor por la presencia de los elementos catalogados descritos anteriormente.

La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Gobierno de Cantabria considera incorrectos los estudios y análisis llevados a cabo en el estudio en relación con el impacto visual y paisajístico. En su informe, indica que debe tenerse en cuenta un radio de 15 km de las instalaciones, analizando los efectos sobre esta variable, además de en las localidades realizadas (Selaya, Villacarriedo, Corvera de Toranzo, Villafufre y Santiurde de Toranzo) en las de Renedo de Piélagos, Vargas, Sarón, Puente Viesgo, Santa María de Cayón y Los Corrales de Buelna, así como en aquellas con un mayor número potencial de posibles observadores e igualmente, desde el Parque de la Naturaleza de Cabárceno como espacio de concentración de un gran número de visitantes. Del mismo modo, se indican varias vías de comunicación debido al potencial número de observadores, así como diferentes Bienes de Interés Cultural ubicados en el entorno.

Por otra parte, esta Dirección General considera oportuno realizar un análisis de los efectos paisajísticos de la línea de evacuación sobre el Paisaje Relevante 061 Monte Canales, así como diferentes espacios de ocio y recreo en la zona, tales como el parque de Alceda o el de San Martín de Toranzo; e infraestructuras ciclables y caminos senderistas (Carril bici de San Vicente de Toranzo, ruta del Valle de Yera y Vega de Pas, ruta Sierra de Lomo, GR-74, Camberón de Arroya, Camino a San Pedro del Romeral, Senda de Sel de la Carrera y Vía Romana del Escudo).

Varias entidades locales, así como otras asociaciones informan sobre afección e impacto paisajístico severo, con incumplimiento del Plan Especial de Ordenación y Conservación del Territorio Pasiego, con afección a paisajes relevantes tales como Paisaje rural del Valle de Iguña y Paisaje del Monte Canales, ya mencionados. Igualmente, señalan un incumplimiento del Plan Especial Pasiego, al ubicarse las instalaciones sobre Zona de protección paisajística, de alta fragilidad y de muy alta calidad. El promotor indica que se han tomado medidas encaminadas a la atenuación del impacto paisajístico en las diferentes fases del proyecto, entre las que destaca el diseño de un Plan de recuperación y restauración ambiental, a la vez que indica que la valoración del paisaje es un concepto subjetivo y defiende que la presencia de los aerogeneradores es la imagen de la transición energética y la lucha contra el cambio climático. Sin embargo, se recuerda que en virtud de los criterios establecidos en la Declaración Ambiental Estratégica del PNIEC, los proyectos de energías renovables que se desplieguen en el territorio para dicho fin deberán desarrollarse sin menoscabar los valores paisajísticos, especialmente en el ámbito rural, atendiendo a su vulnerabilidad actual frente al despoblamiento.

La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria considera severos los impactos de aerogeneradores y tendido eléctrico de evacuación sobre el paisaje, siendo además difícilmente evitables o mitigables mediante medidas de integración paisajística, dadas las dimensiones y posición orográfica de sus aerogeneradores y apoyos eléctricos.

4.2.8 Salud y población.

Con base en el informe de la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria, la línea de evacuación discurre próxima a los núcleos rurales de Ocejo (69,31 m) y La Garma (95,77 m), ambos ubicados en el término municipal de Luena. Asimismo, esta Dirección General informa que la banda de estudio de los aerogeneradores (buffer de 500 m) afecta directamente a 6 cabañales y 19 cabañas, afectando principalmente a todos los aerogeneradores desde el AC-07 al AC-16, Del mismo modo, la banda de estudio de la línea de evacuación afecta a 5 cabañales y 3 cabañas en un tramo; y 7 cabañales en otro, afectando principalmente a los apoyos T4 a T8 y T15 a T24.

Por otra parte, la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Gobierno de Cantabria señala que, según la información proporcionada por el Servicio de Cartografía de su Dirección General, la población afectada en el ámbito de 5 km en torno al proyecto sería de unas 6.722 habitantes y 506 plazas de alojamientos turísticos.

Varias administraciones locales, así como diferentes asociaciones han manifestado la existencia de zonas calificadas de uso residencial próximas a los elementos del proyecto, y afectadas por niveles de ruido que no han sido identificadas en el estudio acústico anexado al estudio. La Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA) señala fundamentalmente impactos sobre la población local debidos al ruido generado por los aerogeneradores. El promotor defiende que los niveles de ruido consecuencia del parque eólico se sitúan por debajo de los límites fijados en la normativa vigente para periodo nocturno y uso de tipo residencial (<45 dB), si bien no se han considerado en esta afirmación los impactos acústicos generados por otros elementos del proyecto (subestación eléctrica, viales de acceso) ni se han considerado determinados asentamientos con uso residencial (cabañas) muy próximos a los aerogeneradores, por considerar que no se encuentran habitados permanentemente.

Por otra parte, el entorno del proyecto se ubica sobre territorios incluidos en la Estrategia de Desarrollo Sostenible y Participativo del Grupo de Acción Local de los Valles Pasiegos. Varias entidades locales y asociaciones interesadas consideran que el proyecto produciría afección sobre enclaves de uso residencial correspondientes a cabañas pasiegas, identificándose tanto los ya mencionados impactos por contaminación acústica e impacto paisajístico y los efectos adversos sobre los usos tradicionales y el turismo rural que sirven de motor en la actividad económica actual.

5. Valoración del órgano ambiental

El proyecto tiene como objetivo la generación de energía mediante la instalación de un parque eólico en la comunidad de Cantabria, que en su versión final consta de 16 aerogeneradores de 5,11 MW de potencia unitaria y una potencia total instalada de 81,76 MW. La infraestructura de evacuación se compone de una línea aérea de alta tensión en 132 kV y 23,6 km, con origen en la «SET PE El Acebo» y destino en la «SET Aguayo», incluyendo a lo largo de su trazado una estructura de entronque y un centro de medida denominado «SET Colectora Aguayo».

Uno de los factores ambientales que puede resultar más afectado por la ejecución y funcionamiento del proyecto es la fauna, y en concreto las aves rapaces. Tanto los resultados del estudio de avifauna del promotor como los informes y alegaciones recibidos confirman la presencia relevante de varias especies catalogadas en la zona de implantación, así como en el entorno más cercano, destacando la existencia de buitre leonado, milano real y alimoche común, la primera por la abundancia de ejemplares que se concentran en la zona de implantación y las otras dos por el grado de amenaza de sus poblaciones, con afección detectada sobre parejas reproductoras (alimoche) y dormideros (milano real). Del mismo modo, se han identificado impactos severos o de alto riesgo de los aerogeneradores sobre otras rapaces, algunas de ellas con nidos cercanos (aguilucho pálido y aguilucho cenizo), así como riesgo de impacto por mortalidad y de fragmentación de hábitats de dos pícidos indicadores de bosques maduros y amenazados: el pito negro y el pico mediano.

Con respecto a los quirópteros, los estudios han detectado presencia de 15 especies o grupos de especies, todas ellas consideradas de interés comunitario por la Directiva Hábitat e incluidas en el LESPRE o en el CEEA del RD 139/2011, estando algunas de ellas consideradas amenazadas en el CREAC. La actividad de estas colonias, ligado a la presencia de zonas de refugio (cuevas y masas de bosque autóctono) y alimentación en el entorno eleva el riesgo de mortalidad por el funcionamiento de aerogeneradores.

La línea de evacuación presenta tramos con afección directa a espacios Red Natura 2000, entre los que se incluye afección a la ZEC Río Pas en dos puntos, así como a la ZEC Sierra del Escudo en un tramo de 488,09 metros. Además de estos espacios, existe afección directa e indirecta a tres hábitats de interés comunitario de componente prioritaria (HIC 6230* Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas montañosas), así como afección directa al «Monte Canales», de importancia por ser una masa forestal sobresaliente del centro-sur de Cantabria. Otros elementos del proyecto, como los viales de acceso y las plataformas de aerogeneradores, pese a no ubicarse en Red Natura 2000, generarán afecciones significativas relevantes sobre hábitats de interés comunitario (hayedos, robledales, brezales higroturbosos, prados de siega, etc.).

La zona de implantación incluye más de 15 paisajes relevantes de Cantabria, 8 de ellos a menos de 10 km del parque, y uno de ellos (paisaje relevante 61 «Monte Canales») atravesado por la línea eléctrica de evacuación.

Finalmente, tal y como señalan diferentes organismos, existe una afección por los aerogeneradores y la línea de evacuación sobre elementos catalogados de valor paisajístico de cabañales y cabañas muy próximos, así como asentamientos con uso residencial que podrían verse afectados por el ruido generado por los aerogeneradores.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el Grupo 3.i) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, resuelve:

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable sobre el proyecto «Parque eólico El Acebo, de 81,76 MW, y su infraestructura de evacuación», por apreciar que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos sobre la biodiversidad, el patrimonio cultural y el paisaje, sin que la selección de alternativa y las medidas de prevención, corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 18 de enero de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados y alegaciones en información pública
Consultados Contestación
A.G.E. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN CANTABRIA.
INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL (IGN).
MINISTERIO DE DEFENSA. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO.
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANTABRIA.
OFICINA ESPAÑOLA DE CAMBIO CLIMÁTICO.
Gobierno de Cantabria. DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS.
SUBDIRECCIÓN DE MEDIO NATURAL (MONTES). No
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL. No
DIRECCIÓN GENERAL DE GANADERÍA. No
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA. No
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS. SERVICIO DE CARRETERAS AUTONÓMICAS.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y MEMORIA HISTÓRICA.
DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO.
PROTECCIÓN CIVIL. DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR.
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA.
CIMA. No
Entidades locales. AYUNTAMIENTO DE SANTIURDE DE TORANZO.
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS. No
AYUNTAMIENTO DE VILLACARRIEDO.
AYUNTAMIENTO DE VILLAFUFRE.
AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL ROMERAL. No
AYUNTAMIENTO DE LUENA. No
AYUNTAMIENTO DE ARENAS DE IGUÑA.
AYUNTAMIENTO DE MOLLEDO.
CONCEJO DE BÁRCENA. No
CONCEJO DE PEDROSO.
CONCEJO DE SAN MARTÍN DE QUEVEDO.
JUNTA VECINAL DE ALOÑOS.
JUNTA VECINAL DE RASILLO.
JUNTA VECINAL DE SANTIBAÑEZ.
JUNTA VECINAL DE TEZANOS.
JUNTA VECINAL DE VEJORÍS.
JUNTA VECINAL DE SAN MARTÍN DE TORANZO.
JUNTA VECINAL DE VEGA DE VILLAFUFRE. No
JUNTA VECINAL DE ENTRAMBASMESTAS. No
JUNTA VECINAL DE SILIÓ. No
JUNTA VECINAL DE ACEREDA. No
AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE DE RIOMIERA.
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN.
AYUNTAMIENTO DE SARO.
AYUNTAMIENTO DE SELAYA.
MANCOMUNIDAD DE LOS VALLES PASIEGOS.
ONG interesadas. GREENPEACE ESPAÑA. No
FUNDACIÓN OSO PARDO.
WWF / ADENA. No
SEO BIRDLIFE-CANTABRIA.
ECOLOGISTAS EN ACCIÓN-CODA. No
SOCIEDAD ESPAÑOLA PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS MURCIÉLAGOS (SECEMU). No
ASOCIACIÓN PARA LA DEFENSA DE LOS RECURSOS NATURALES DE CANTABRIA-ARCA.
FUNDACIÓN NATURALEZA Y HOMBRE.
PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DEL SUR DE CANTABRIA.
Otros interesados. RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA.
TELEFÓNICA.
VIESGO DISTRIBUCIÓN, SL.
Alegaciones recibidas en el trámite de información pública
– AYUNTAMIENTO DE CORVERA DE TORANZO.
– COLEGIO DE GEÓGRAFOS DE CANTABRIA.
– FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DEAN.
– GENERADORA ELÉCTRICA VERDE III.
– GRUPO PSOE Y PP AYUNTAMIENTO DE MOLLEDO.
– TERRITORIO CÁNTABRO.
– 928 ALEGACIONES DE PERSONAS FÍSICAS.

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