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Documento BOE-A-2023-26459

Real Decreto 1176/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 2023, páginas 172868 a 172873 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Turismo
Referencia:
BOE-A-2023-26459
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/12/27/1176

TEXTO ORIGINAL

La erupción volcánica que se inició 19 de septiembre de 2021 en la isla de La Palma tuvo efectos devastadores en la referida isla, implicando la destrucción de importantes extensiones de terreno, que incluían centenares de viviendas y explotaciones económicas, agrícolas principalmente.

La magnitud de las consecuencias exigió la adopción de sucesivas medidas por parte de las administraciones públicas, a lo largo de estos años, para intentar paliar, en la medida de lo posible, los efectos del referido desastre natural.

El Gobierno de la Nación, con la finalidad de enfrentar la situación existente y paliar sus efectos, promoviendo la recuperación de la zona y su reactivación económica, adoptó numerosas medidas articuladas a través de diversos proyectos normativos, entre las cuales cabe destacar las que se materializaron en al menos seis reales decretos-leyes.

Entre las referidas medidas cabe destacar el Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).

Ese real decreto tenía por objeto la concesión directa de una subvención para financiar actuaciones en la isla de La Palma en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas.

La subvención prevista en el mencionado Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, fue concedida mediante la Orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de 27 de diciembre de 2021.

El programa de actuaciones en materia de promoción de turismo en la isla de La Palma incluyó, de forma cofinanciada con el Gobierno de Canarias, la puesta en marcha de una línea de incentivos especiales para la mejora de la conectividad aérea de La Palma 2022, subvencionando los asientos con destino a La Palma durante ese ejercicio; y una campaña de promoción nacional de la isla como destino turístico que se verá reforzada con la creación de un bono turístico para su consumo exclusivo en la isla de La Palma durante todo el ejercicio 2022.

El programa de actuaciones en materia de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma supuso la puesta en marcha de una línea de ayudas directas al emprendimiento y al crecimiento de las empresas en la isla de La Palma para los tres ejercicios subsiguientes y el apoyo a los gastos de preparación y celebración del festival «Starmus Festival».

No obstante la mejora de la situación, las consecuencias de la erupción volcánica persistían, por lo que a finales de 2022 se procedió a la aprobación del Real Decreto 1042/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).

Entre las medidas adoptadas por dicha norma, en lo referente al bono turístico se procedió a modificar su importe, de 300 a 250 euros, así como a la ampliación de su plazo de ejecución, para posibilitar la implementación de la medida en su totalidad. También se procedió a la ampliación del plazo de ejecución del «Starmus Festival en La Palma». Asimismo, se reguló la posibilidad de que por parte de la Comunidad Autónoma de Canarias se pudiera destinar hasta el 50 por ciento de la línea de apoyo al emprendimiento y a la creación de nuevas empresas, para crear una línea de ayudas directas durante los ejercicios 2022 y 2023, dirigida a compensar las pérdidas soportadas por las PYME y las personas trabajadoras autónomas en la isla de La Palma, con ciertas condiciones.

Actualmente, ante la constatación de la persistencia de las circunstancias fácticas derivadas de devastación del fenómeno volcánico, que impiden que se puedan desarrollar con total normalidad las actividades económicas de las mismas, así como teniendo en cuenta también las dificultades para la tramitación y gestión de las ayudas, derivadas, entre otras cuestiones, de las convocatorias electorales y las reestructuraciones administrativas, se considera necesario mantener el apoyo a la isla de La Palma iniciado mediante el citado Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, tanto en lo referente a la ampliación de plazos como en lo atinente a las cuantías.

Con la finalidad de mantener el apoyo necesario, el presente real decreto tiene por objeto la modificación del mencionado Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, para que, por un lado, se amplíe el plazo de ejecución de la «Campaña promocional nacional e incentivo con bono turístico» hasta el 30 de abril de 2024, en aras de alcanzar el interés general perseguido con dicha medida que no es otro que contribuir a la rápida recuperación económica y social de dicha isla, como elemento incentivador del turismo, actividad esencial en la zona. Adicionalmente, en primer lugar, procede a ampliar el plazo previsto para la ejecución tanto de la Campaña promocional nacional e incentivo con bono turístico, como del festival Starmus. En segundo lugar, se amplía la cuantía de la línea de apoyo al emprendimiento y a la creación de nuevas empresas en 5.000.000 euros. También se modifica la referencia a la habilitación a la Comunidad Autónoma de Canarias para los fondos de esta línea de apoyo, que pasa de ser del 50 por ciento a especificar la cifra de 10.000.000 euros.

El objetivo no es otro que mantener en el tiempo una serie de medidas que se consideran necesarias para el apoyo a los ciudadanos y las empresas de la isla de La Palma con el objetivo de conseguir y consolidar en el tiempo la recuperación de los efectos sufridos y la reactivación económica de la zona, fomentando que las actividades vuelvan a desarrollarse con normalidad lo antes posible, manteniendo el apoyo en líneas que se considera que son consistentes y que están adecuadamente orientadas a dicho fin.

Este real decreto se ha elaborado conforme a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La norma cumple los principios de necesidad y eficacia, por un lado, al perseguir el fin de interés general consistente en promover las condiciones para la recuperación social y económica de una zona que ha sufrido la devastación de un desastre natural y continúa padeciendo sus consecuencias; y, por otro, al haber identificado y de forma clara los fines perseguidos, como se argumenta en el apartado precedente, considerándose el instrumento más adecuado para su consecución, dado que se trata de mantener en el tiempo ayudas que se consideran procedentes y ajustadas a la necesidad identificada.

La norma es acorde con el principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos mencionados, pues se trata de modificar de forma limitada un real decreto vigente, en lo referente a determinados plazos y cuantías concretas, sin restringir derechos ni imponer obligaciones adicionales.

Se ajusta al principio de seguridad jurídica, pues resulta coherente con el ordenamiento jurídico, al insertarse las modificaciones en un texto vigente, sin impactar en otros ámbitos.

En cuanto al principio de transparencia, hemos de considerar que la nueva norma modifica otra ya publicada y vigente, conocida desde la publicación del real decreto que modifica, y menciona claramente el alcance de dichas modificaciones, quedando identificados todos sus elementos. Asimismo, el texto será objeto de publicación oficial, y tanto el texto como sus documentos están sujetos a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Por último, en relación con el principio de eficiencia, este real decreto no genera nuevas cargas administrativas, considerándose la gestión de los recursos públicos racional y ajustada a las normas de aplicación.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Turismo, previo informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 2023,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).

Se modifica el Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife), en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 1, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención por importe de 22.625.000 euros, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y económico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma ley, y el artículo 67 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.»

Dos. Se modifica la letra b) del artículo 4, que queda redactada en los siguientes términos:

«b) En materia de dinamización de las pequeñas y medianas empresas: 18.000.000 euros.»

Tres. Se introduce un nuevo artículo 5 bis, con el siguiente contenido:

«Artículo 5 bis. Financiación del incremento para 2023.

Para la financiación del incremento de la subvención para el año 2023, se dotará la partida presupuestaria 20.01.421M.750 en el presupuesto del ejercicio de 2023 del Ministerio de Industria y Turismo, mediante un expediente de modificación presupuestaria para la transferencia del crédito desde la aplicación presupuestaria 20.09.422B.773, transferencia que se habilitará tras la aprobación del presente real decreto, de acuerdo con el artículo 67.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.»

Cuatro. Se modifica el apartado 1 b) del anexo, que queda redactado en los siguientes términos:

«b) Campaña promocional nacional e incentivo con bono turístico.

Con objeto de facilitar una rápida recuperación de la demanda turística hacia la isla de La Palma, una vez que finalice el proceso eruptivo, se realizará una campaña de promoción que se reforzará con un incentivo consistente en la generación de un Bono Turístico, que se materializa en la entrega a los beneficiarios de la promoción de una tarjeta de prepago que podrá ser empleada en los establecimientos de alojamiento, restauración y actividades turísticas complementarias, entre las que se incluye actividades de turismo activo y observación de cetáceos, radicadas en la isla de La Palma y adheridas al indicado programa.

El premio de la presente promoción consiste en un Bono Turístico que se articula como tarjeta prepago de carácter personal (nominada) e intransferible, con un importe por valor de 250 euros, y que corresponderá al 100 % del saldo total con que se activará la tarjeta para su uso en bonos turísticos.

Estos bonos turísticos serán distribuidos entre los posibles beneficiarios que se determinen a través de un sorteo ante notario. Esta promoción podrá ejecutarse hasta el 30 de abril de 2024.

Presupuesto:

1.º Campaña de promoción nacional: 500.000 euros.

2.º Creación de un bono turístico para su consumo exclusivo en la isla de La Palma: 2.500.000 euros.

3.º Gastos de gestión asociados: 300.000 euros.

La Comunidad Autónoma de Canarias aportará 3.300.000 euros.»

Cinco. Se modifica el apartado 2 del anexo, que queda redactado en los siguientes términos:

«2. En materia de compensación de la pérdida de ingresos por las erupciones volcánicas y dinamización de las pequeñas y medianas empresas:

a) Apoyo a la celebración del Starmus Festival en La Palma.

Esta línea consistirá en la subvención de los gastos de preparación y celebración en La Palma del festival Starmus Festival, cuya ejecución deberá realizarse antes del 30 de abril de 2025.

Presupuesto: Hasta 3.000.000 euros.

b) Creación de una línea de apoyo al emprendimiento y a la creación de nuevas empresas: 15.000.000 euros.

La Comunidad Autónoma de Canarias creará una línea de ayudas directas que subvencionará durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024 la creación de nuevas empresas, la ampliación de un establecimiento existente o de la capacidad productiva y la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales, que cumplan las siguientes condiciones:

1.º Que se trate de PYMES, de acuerdo con la definición recogida en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

2.º Que estén o vayan a estar válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro empresarial o, en el caso de empresarios individuales que aporten el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, y que cumplan el requisito de ser trabajador autónomo.

3.º Que cuenten o vayan a contar, en su caso, con un establecimiento operativo en la isla de La Palma.

4.º Que ejerzan una actividad económica que cuente con la capacidad económico-financiera suficiente para afrontar el proyecto de inversión.

5.º Que las inversiones realizadas por el proyecto se mantengan en la isla de La Palma, al menos, durante tres años a contar desde la fecha de la justificación.

6.º Que, en el caso de que se cree empleo con esta financiación, se mantenga en la isla de La Palma durante un periodo de tiempo y con las condiciones, que tendrán en cuenta el tamaño de la empresa, que se determinará en cada convocatoria.

7.º Que acrediten la capacidad económica financiera suficiente para afrontar el proyecto de inversión.

8.º Que los proyectos cuenten con una contribución mínima del beneficiario del 25 % de la inversión subvencionable.

9.º Para aquellos proyectos que constituyan el reinicio de la actividad empresarial o profesional, como consecuencia de haber sido afectados directa o indirectamente por la erupción del volcán de Cumbre Vieja del pasado 19 de septiembre de 2021, acreditar dicha circunstancia mediante la inscripción en el Registro de afectados del Gobierno de Canarias.

Adicionalmente, se podrá financiar el desarrollo de nuevos espacios industriales o empresariales o mejora de los existentes.

c) La Comunidad Autónoma de Canarias podrá destinar hasta 10.000.000 euros de esta línea para crear una línea de ayudas directas durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024 que irá dirigida a compensar las pérdidas soportadas por las pymes y personas trabajadoras autónomas en la isla de La Palma como consecuencia de las erupciones volcánicas, con las siguientes condiciones:

1.º Podrán ser empresas y personas beneficiarias de las subvenciones las personas autónomas (empresarias o profesionales) y empresas que consten inscritas en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

2.º Las empresas y personas beneficiarias deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

i) Estar dadas de alta a 18 de septiembre de 2021, en alguna de las actividades de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE09 que determine el Gobierno de Canarias a través de su Consejería competente en materia de economía.

ii) Que se trate de PYMES, de acuerdo con la definición recogida en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

3.º La actividad económica o profesional desarrollada en los establecimientos permanentes afectados por las erupciones volcánicas debe de encontrarse de forma total y continuada impedida para su normal desarrollo, debido a las circunstancias que impidan totalmente el normal desarrollo de la actividad. Estas circunstancias serán específicamente reguladas por el Gobierno de Canarias.

4.º No podrán obtener la condición de beneficiarias las sociedades mercantiles públicas u otras participadas en su capital o en sus órganos de gobierno mayoritariamente por administraciones públicas o entidades dependientes de estas.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 27 de diciembre de 2023.

FELIPE R.

El Ministro de Industria y Turismo,

JORDI HEREU BOHER

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/12/2023
  • Fecha de publicación: 28/12/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 28/12/2023
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1.1, 4 b), el anexo y AÑADE el art. 5.bis al Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-20879).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20977).
Materias
  • Ayudas
  • Canarias
  • Catástrofes
  • Ministerio de Industria y Turismo
  • Pequeña y Mediana Empresa
  • Subvenciones
  • Turismo

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