La Consejería de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por orden EDU/37/2021, de 1 de diciembre («Boletín Oficial de Cantabria» del 9), estableció las bases reguladoras y convocó procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por Orden EDU/33/2023, de 2 de octubre («Boletín Oficial de Cantabria» del 9), aprueba el expediente del procedimiento selectivo, declarando aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a los aspirantes seleccionados, nombrados como funcionarios en prácticas por Orden EDU/52/2022, de 19 de septiembre («Boletín Oficial de Cantabria» del 26).
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio).
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Este Ministerio, ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 1 de diciembre de 2021, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del documento nacional de identidad, número de registro personal, turno y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, con fecha de efectos de 1 de septiembre de 2023.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 22 de diciembre de 2023.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
| NRP | Apellidos y nombre | DNI/NIE | Turno | Puntuación |
|---|---|---|---|---|
| Cuerpo: 0510 Inspectores de Educación | ||||
| ******0424 A0510 | BANDRÉS MORO, CRISTINA. | *****5604 | 01 | 8,5583 |
| ******7257 A0510 | HONTAÑÓN TALLEDO, ALBERTO JOSÉ. | *****4172 | 01 | 8,3851 |
| ******5068 A0510 | SAN MIGUEL HARO, SERGIO. | *****9450 | 01 | 7,0106 |
| ******8702 A0510 | TORRALBO QUINTANA, LINO. | *****4087 | 01 | 6,9040 |
| ******2913 A0510 | GARCÍA MACHADO, CARLOS JAVIER. | *****4029 | 01 | 6,2323 |
| ******0924 A0510 | DE COS AHUMADA, CÉSAR. | *****5909 | 01 | 6,1250 |
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