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Documento BOE-A-2023-3137

Decreto de 19 de enero de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se dispone el cese de don Jorge Lucía Morlans como Fiscal Delegado especialista de Criminalidad Informática en la Fiscalía Provincial de Lleida.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 7 de febrero de 2023, páginas 17581 a 17582 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2023-3137

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 10 de noviembre de 2022 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado oficio del Ilmo. Sr. don Jorge Lucía Morlans, Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Lleida, al que acompaña copia del expediente gubernativo número 35/22 seguido en dicha fiscalía e iniciado tras la presentación de su renuncia al cargo de delegado provincial. y en el que, entre otros particulares figura el Decreto de fecha 2 de diciembre de 2022 por el que propone el nombramiento de Fiscal Delegada de Criminalidad Informática.

Hechos

Primero.

Con motivo de su nombramiento como Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Lleida en virtud de Real Decreto 340/2022, de 3 de mayo, don Jorge Lucía Morlans presentó escrito de renuncia a la delegación entendiendo que el cargo de Fiscal Jefe exige una atención constante incompatible con el adecuado desarrollo de la función de fiscal delegado de la especialidad.

Como consecuencia de esta renuncia, ofertó entre todos los fiscales de la plantilla la plaza de fiscal delegado provincial.

La plaza fue solicitada solo por doña Ares Prat Pujol proponiendo el Fiscal Jefe su nombramiento considerando sus conocimientos en la materia y el trabajo desarrollado en procedimientos relacionados con la especialidad de criminalidad informática.

Segundo.

En su escrito de fecha 4 de enero de 2023, la Fiscal de Sala coordinadora de la especialidad emitió informe aceptando la renuncia de don Jorge Lucía Morlans y mostrando su conformidad con la propuesta realizada al compartir el informe de idoneidad y competencia de la candidata propuesta. En el mismo sentido informa el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, será nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal».

En el mismo sentido la Instrucción 5/2008, de la Fiscalía General del Estado, establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Segundo.

Por lo que respecta a la renuncia presentada por don Jorge Lucía Morlans, se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder a su cese.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Cesar a don Jorge Lucía Morlans como Fiscal Delegado especialista de Criminalidad Informática en la Fiscalía Provincial de Lleida.

Publíquese el presente cese en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esa misma ley.

Madrid, 19 de enero de 2023.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortíz.

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