Con fecha 26 de septiembre de 2022, esta Subsecretaría convocó prueba de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Graduado Social en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Graduado Social, «Boletín Oficial del Estado» de 6 de agosto.
Por Resolución de 23 de diciembre de 2022, este centro directivo dispuso la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el mencionado procedimiento, y convocó formalmente los ejercicios integrantes de la prueba de aptitud, quedando admitida a la realización de los mismos una única solicitud.
Con fecha 25 de enero de 2023, antes de la fecha establecida para la celebración de los ejercicios integrantes de la prueba y sin concurrencia a los mismos, ha sido recibida por el cauce legalmente procedente la renuncia formal al derecho a la participación en la prueba de aptitud por parte de la única persona admitida.
Consecuentemente, de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Orden ministerial rectora del procedimiento,
Esta Subsecretaría, resuelve:
Declarar desierta la convocatoria de la prueba de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Graduado Social en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Graduado Social, «Boletín Oficial del Estado» de 6 de agosto.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante esta Subsecretaría, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, o bien, directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa, contados los plazos desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de enero de 2023.–La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social, Gemma del Rey Almansa.
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