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Documento BOE-A-2023-47

Orden ICT/1350/2022, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar créditos para gastos y se delegan competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 2 de enero de 2023, páginas 226 a 227 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2023-47
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2022/12/27/ict1350

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias en el ámbito del Departamento, se aprueban por la Ministra la delegación por los titulares de la Secretaría de Estado de Comercio y de la Secretaría de Estado de Turismo en el titular de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo, las siguientes competencias:

«1. La competencia de nombramiento y separación de los Subdirectores Generales y asimilados a propuesta del titular de cada Secretaría de Estado.

2. Las facultades de contratación que no estén atribuidas a la Junta de Contratación del departamento y no hayan sido objeto de delegación específica, cuyo valor estimado sea igual o superior a 150.000 euros.

3. La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso, el reconocimiento y la propuesta de pago de tales obligaciones y la expedición y firma de los documentos contables correspondientes a los mismos, salvo delegación específica, cuyo importe sea igual o superior a 150.000 euros.

4. La resolución de los expedientes de revisión de actos en vía administrativa, tanto en los supuestos de revisión de oficio, declaración de lesividad y revocación de actos administrativos a los que se refieren los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; como en los casos de recursos administrativos, regulados en los artículos 112 y siguientes de la mencionada ley, que se inicien o interpongan contra actos dictados por los órganos directivos que dependan de cada Secretaría de Estado, así como los conflictos de atribuciones que se susciten entre dichos órganos».

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 8 que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en ésta u otras leyes.

Asimismo, dispone en el artículo 9 que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes. Igualmente, en el ámbito de la Administración General del Estado, la delegación de competencias deberá ser aprobada previamente por el órgano ministerial de quien dependa el órgano delegante. Cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente será necesaria la aprobación previa del superior común si ambos pertenecen al mismo Ministerio. Además, se determina que la delegación de competencias será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido.

De acuerdo con lo anterior, corresponde a la Ministra de este Departamento modificar la aprobación de la delegación de competencias efectuada por los titulares de la Secretaria de Estado de Comercio y de la Secretaría de Estado de Turismo, en la Subsecretaría del Departamento mediante Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero.

Ha emitido informe favorable la Abogacía del Estado con fecha 23 de diciembre de 2022.

Por ello y, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, resuelvo:

Artículo único. Modificación de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias.

El artículo 11 de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias, queda redactado como sigue:

«Aprobación por la Ministra de delegaciones de competencias de los titulares de la Secretaría de Estado de Comercio y de la Secretaría de Estado de Turismo en el titular de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo.

Se aprueba la delegación por los titulares de la Secretaría de Estado de Comercio y de la Secretaría de Estado de Turismo en el titular de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo, de las siguientes competencias:

1. La competencia de nombramiento y separación de los Subdirectores Generales y asimilados a propuesta del titular de cada Secretaría de Estado.

2. Las facultades de contratación que no estén atribuidas a la Junta de Contratación del departamento y no hayan sido objeto de delegación específica, cuyo valor estimado sea igual o superior a 150.000 euros.

3. La resolución de los expedientes de revisión de actos en vía administrativa, tanto en los supuestos de revisión de oficio, declaración de lesividad y revocación de actos administrativos a los que se refieren los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; como en los casos de recursos administrativos, regulados en los artículos 112 y siguientes de la mencionada ley, que se inicien o interpongan contra actos dictados por los órganos directivos que dependan de cada Secretaría de Estado, así como los conflictos de atribuciones que se susciten entre dichos órganos».

Disposición final única. Eficacia.

Esta orden surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de diciembre de 2022.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo, María Reyes Maroto Illera.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/12/2022
  • Fecha de publicación: 02/01/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 02/01/2023
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 11 de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-2021-2020).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Industria Comercio y Turismo
  • Secretaría de Estado de Comercio
  • Secretaría de Estado de Turismo
  • Subsecretaría del Ministerio de Industria Comercio y Turismo

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