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Documento BOE-A-2023-5557

Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Universidad de Valladolid, por la que se modifica la de 7 de julio de 2022, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, Grupo III.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2023, páginas 31492 a 31493 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2023-5557

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de este Rectorado de fecha 7 de julio de 2022 (BOE el 14 de julio de 2022), fue convocado proceso selectivo para ingreso, mediante concurso, de personal laboral fijo en diversas plazas vacantes pertenecientes al Grupo III de personal de administración y servicios, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción del a temporalidad en el empleo público,

En las bases contenidas en la citada resolución, se ha observado un error material, referido a la puntuación máxima que se puede alcanzar en el Concurso por los méritos de «Experiencia profesional», y que resulta al aplicar en sus distintos subapartados, el apartado 1 del baremo de méritos establecido en el Anexo I de la convocatoria.

En su virtud, este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León y de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelve:

Primero.

Modificar la base 5.1 de la convocatoria, así como su Anexo I, en los siguientes términos:

– En la base 5.1 de la convocatoria:

Donde dice:

«[…] Será requisito necesario para optar a cualquiera de las plazas el haber obtenido un mínimo de 330 puntos en la valoración de méritos sobre un total máximo de 1000 puntos, […]».

Debe decir:

«[…] Será requisito necesario para optar a cualquiera de las plazas el haber obtenido un mínimo de 330 puntos en la valoración de méritos sobre un total máximo de 994,59 puntos, […]».

– En el Anexo I de la convocatoria, apartado 1 (Experiencia profesional):

Donde dice:

«[…] Se valorará hasta un máximo de 600 puntos».

Debe decir:

«[…] Se valorará hasta un máximo de 594,59 puntos».

Segundo.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso–administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Valladolid, 15 de febrero de 2023.–El Rector, P. D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), el Gerente, Julio Ignacio García Olea.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/02/2023
  • Fecha de publicación: 02/03/2023
  • 12 plazas.
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