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Documento BOE-A-2023-6274

Orden ETD/232/2023, de 24 de febrero, de autorización administrativa a Casualty & General Insurance Company (Europe) Limited, para establecer una sucursal en España.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2023, páginas 35264 a 35264 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-6274

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la entidad Casualty & General Insurance Company (Europe) Limited, domiciliada en el Reino Unido, ha presentado solicitud de autorización administrativa para establecer una sucursal en España al objeto de operar en el ramo de caución.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se concluye que la entidad ha dado cumplimiento a los requisitos previstos en el artículo 61 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, y en el artículo 36 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para el ejercicio de la actividad aseguradora.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar a la entidad Casualty & General Insurance Company (Europe) Limited, en los términos de la solicitud presentada, el establecimiento de una sucursal en España para operar en el ramo de caución, ramo 15 de la clasificación establecida en el Anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio.

Segundo.

Realizar la correspondiente anotación registral en el Registro administrativo previsto en el artículo 40 de la mencionada Ley 20/2015, de 14 de julio.

Tercero.

La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 24 de febrero de 2023.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital. P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre de 2021), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Gonzalo García Andrés.

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