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Documento BOE-A-2023-8288

Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Corvera de Asturias, para la supresión de los pasos a nivel situados en los pp.kk.: 10/230, 12/273 y 13/816 de la línea Villabona-San Juan de Nieva, en Corvera de Asturias (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2023, páginas 48318 a 48321 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2023-8288

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrita el 14 de febrero de 2023 la Adenda modificativa y prórroga del convenio entre el Ayuntamiento de Corvera de Asturias y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la supresión de los pasos a nivel situados en los PP.KK.: 10/230, 12/273 y 13/816 de la línea Villabona-San Juan de Nieva, en el municipio de Corvera de Asturias (Asturias) procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda de convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 17 de febrero de 2023.–La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, María Luisa Domínguez González.

ANEXO
Adenda modificativa y prórroga del convenio entre el Ayuntamiento de Corvera de Asturias y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la supresión de los pasos a nivel situados en los PP.KK.: 10/230, 12/273 y 13/816 de la línea Villabona-San Juan de Nieva, en el municipio de Corvera de Asturias (Asturias)

14 de febrero de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Iván Fernández García, en su condición de Alcalde del Ayuntamiento de Corvera de Asturias, que actúa en virtud de las competencias en materia de ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística, de conformidad con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y especialmente facultado para este acto en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno local de fecha 2 de febrero de 2023, que aprobó el contenido del presente documento.

Y, de otra parte, doña. María Luisa Domínguez González, Presidenta de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en virtud del Real Decreto 670/2021, de 27 de julio, actuando en nombre y representación de ADIF, en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el artículo 23.2.a) del Estatuto para ADIF, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de Diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente Adenda, y en virtud de ello,

EXPONEN

1. El Ayuntamiento de Corvera de Asturias puede promover, para la gestión de sus intereses, toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, ejercitando para ello las oportunas competencias establecidas en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que atribuye a los Municipios las competencias citadas.

2. Que la Entidad Pública Empresarial ADIF es un organismo público adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y goza de personalidad jurídica propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sus normas de desarrollo, en su Estatuto y en la legislación presupuestaria y otras normas de aplicación.

En el ejercicio de sus funciones, ADIF actúa con autonomía de gestión, teniendo en cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del sistema ferroviario.

Entre los elementos que integran las infraestructuras ferroviarias se encuentran los pasos a nivel, que tienen un papel protagonista en la accesibilidad de los ciudadanos usuarios de la red viaria municipal.

Adif realiza actuaciones de mejora continua en la seguridad de los pasos a nivel, en ejercicio de las funciones que tiene encomendadas relativas a la prestación de un servicio tendente a garantizar la eficacia del sistema de seguridad y su plena fiabilidad.

Que ADIF está legitimado para proceder a la suscripción del presente convenio, al amparo de lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, ya citado, que faculta expresamente a esta entidad pública empresarial para poder celebrar convenios con la Administración General del Estado o con otras Administraciones Públicas.

3. Que, el 27 de marzo de 2019, se firmó el convenio entre el ayuntamiento de Corvera de Asturias y el Administrador de infraestructuras ferroviarias (ADIF) para la supresión de los pasos a nivel situados en los PP.KK.: 10/230, 12/273 y 13/816 de la línea Villabona-San Juan de Nieva, en el municipio de Corvera de Asturias (Asturias) entre el Ayuntamiento y ADIF.

4. Que en el término municipal de Corvera de Asturias existían 3 pasos a nivel, todos situados en la línea Villabona a San Juan de Nieva. A saber:

– El situado en el P.K. 13/816, era de uso específico peatonal y de clase P (clase F según normativa anterior) y fue clausurado en el año 2019 mediante la construcción de una pasarela peatonal.

– El situado en el P.K. 10/230, de uso específico de vehículos y de clase A3 (clase C según normativa anterior), ha sido cerrado al tráfico en el año 2020.

– El situado en el P.K. 12/273 de uso específico de vehículos y de clase A3 (clase C según normativa anterior), cuenta con un AxT superior a 1.500, y la supresión de este le corresponde al ADIF.

Estos dos últimos pasos a nivel están incluidos en el Plan de supresión de pasos a nivel, encontrándose actualmente el proyecto constructivo de supresión de pasos a nivel redactado y con aprobación técnica.

5. Que representantes del Área de Pasos a Nivel de ADIF mantuvieron reunión con el Alcalde y el Arquitecto Municipal del Ayuntamiento Corvera de Asturias, exponiendo las necesidades de financiación adicionales tras la supervisión y aprobación técnica del proyecto constructivo. En dicha reunión se llegó al acuerdo de ampliar la Financiación de las actuaciones restantes objeto del convenio, incrementando la parte gasto asumida por ADIF en lo que respecta a la actuación denominada «CAMINO», según lo recogido en el proyecto constructivo.

6. Que, si bien este convenio suscrito entre ADIF y el Ayuntamiento de Corvera de Asturias finaliza su plazo de vigencia el 10 de mayo de 2023, la finalización de las actuaciones en cuestión se prevé con posterioridad a dicha fecha, lo que conlleva la necesidad de prorrogar el convenio original para mantener su vigencia y así poder dar cumplimiento al objeto del mismo.

Con base a lo anterior, la Comisión de Seguimiento del convenio, en su reunión de 17 de mayo de 2022, acordó proponer la prórroga del convenio por el periodo máximo de cuatro años adicionales que permite la legislación aplicable, así como la modificación de la cláusula de financiación.

En consecuencia, las partes intervinientes, en la coincidencia de objetivos y capacidad de obrar para lograr la mejora de la seguridad, están interesadas en suscribir la presente Adenda al convenio vigente, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente Adenda es la modificación del convenio vigente entre el Ayuntamiento de Corvera de Asturias y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, para la supresión de los pasos a nivel situados en los PP.KK.: 10/230, 12/273 y 13/816 de la línea Villabona-San Juan de Nieva, en el Municipio de Corvera de Asturias (Asturias), suscrito el 27 de marzo de 2019 entre el Ayuntamiento y ADIF para reajustar, por una parte, las anualidades del convenio conforme a las actuaciones pendientes de ejecutar en los próximos ejercicios; incrementar la financiación por parte de ADIF correspondientes a la actuación denominada «CAMINO»; y por último, prorrogar su vigencia por 4 años más.

Segunda. Modificación de la cláusula tercera del convenio.

Es objeto de modificación del convenio:

– Se modifica la cláusula Tercera. Financiación de las actuaciones, quedando redactada como sigue:

«Las aportaciones de ADIF: ADIF financiará las obras en un importe estimado de 1.470.000 euros (IVA incluido) (570.000 euros la Pasarela y 900.000 euros el camino de enlace). La distribución presupuestaria sería: 570.000 euros en 2019, 450.000 euros en 2023 y 450.000 euros en 2024; la distribución presupuestaria es coherente con el importe de cada una de las actuaciones.

Organismo

Totales

Euros

2019

Euros

2023

Euros

2024

Euros

ADIF (PASARELA). 570.000,00 570.000,00 0,00 0,00
ADIF (CAMINO). 900.000,00 0,00 450.000,00 450.000,00
TOTALES. 1.470.000,00 570.000,00 450.000,00 450.000,00

Las aportaciones del Ayto. de Corvera de Asturias: el Ayuntamiento pondrá a disposición los terrenos necesarios para la completa ejecución y finalización de las obras que den cumplimiento a lo especificado en este convenio, siendo el importe estimado de las expropiaciones de 82.200,9 euros (alrededor de 4.890 m² a 16,81 euros/m²)».

Tercera. Prórroga.

Para dar cumplimiento al conjunto de actuaciones recogidas en el convenio, las Partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en el párrafo tercero de la cláusula sexta del convenio, prorrogar su vigencia hasta el 9 de mayo de 2027.

Cuarta. Entrada en vigor de la presente adenda.

La presente Adenda Modificativa se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, debiendo asimismo ser publicado, en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.–Por el Ayuntamiento de Corvera de Asturias, el Alcalde, Iván Fernández García.–Por ADIF, la Presidenta, María Luisa Domínguez González.

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