La Orden IET/458/2015, de 11 de marzo, por la que se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos, modificada por la Orden TED/295/2023, de 23 de marzo (en adelante, la Orden), establece en su artículo 10 el procedimiento de aprobación de la cofinanciación de proyectos de desarrollo local.
Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Que en el artículo 10.1.a) de la Orden se dispone que, durante el primer cuatrimestre de cada año, los municipios presentarán a Enresa las solicitudes de cofinanciación de proyectos de desarrollo local que deseen acometer durante el año siguiente.
Que la Orden TED/295/2023, de 23 de marzo, por la que se modifica la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo, por la que se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares, con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos, ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 29 de marzo de 2023, por lo que el referido plazo de presentación de solicitudes de cofinanciación de proyectos de desarrollo local ha quedado reducido de forma sustancial.
Que en el artículo 10.4 de la Orden se dispone que «Los plazos indicados en el apartado 1 podrán modificarse excepcionalmente por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de forma motivada, si las circunstancias así lo aconsejan».
Que se considera oportuno ampliar el referido plazo para facilitar la presentación por parte de los municipios de solicitudes de cofinanciación de proyectos de desarrollo local.
Esta Dirección General ha resuelto:
Ampliar el plazo que tienen los municipios para la presentación a Enresa de las solicitudes de cofinanciación de proyectos de desarrollo local que deseen acometer durante el año 2024, establecido en el artículo 10.1.a) de la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo, por la que se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos, hasta el 19 de mayo de 2023.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria de Estado de Energía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 30 de marzo de 2023.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
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