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Documento BOE-A-2024-10566

Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., la Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia y el Grupo Español de Trasplante Hematopoyético y Terapia Celular, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante de progenitores hematopoyéticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 2024, páginas 59849 a 59850 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2024-10566

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 2 de mayo de 2024, Adenda de prórroga del Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., la Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia y el Grupo Español de Trasplante Hematopoyético y Terapia Celular, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante de progenitores hematopoyéticos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 8 de mayo de 2024.–El Secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla Bernáldez.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., la Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia y el Grupo Español de Trasplante Hematopoyético y Terapia Celular, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante de progenitores hematopoyéticos

En Madrid, a 2 de mayo de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Beatriz Domínguez-Gil González, en su condición de Directora de la Organización Nacional de Trasplantes, conforme a lo dispuesto por Real Decreto 501/2017, de 12 de mayo, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 9.2.a) del Estatuto de la Organización, aprobado por Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre.

De otra parte, doña M.ª Victoria Mateos Manteca, en su condición de Presidenta de la Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia, nombrada en la Asamblea General de fecha 8 de octubre de 2022 y conforme a las atribuciones que le confieren los Estatutos de la Sociedad, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: grupo 1.º, sección 1.ª, número nacional 8364.

Y de otra parte, doña Anna Sureda i Balari, en su condición de Presidenta del Grupo Español de Trasplante Hematopoyético y Terapia Celular, nombrada en la Asamblea General de fecha 7 de octubre de 2020 y conforme a las atribuciones que le confieren los Estatutos de la Sociedad, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: grupo 1.º, sección 1.ª, número nacional 590689.

Las partes actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal necesaria para la formalización de la presente adenda y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Con fecha 22 de mayo de 2020, las partes suscribieron un convenio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 5 de junio de 2020, para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante de progenitores hematopoyéticos y la terapia celular.

II. La colaboración instrumentada mediante dicho acuerdo ha funcionado correctamente, desde su firma hasta la actualidad, facilitando la formación de los profesionales en temas relacionados con la donación y el trasplante de progenitores hematopoyéticos y la terapia celular así como en la certificación de calidad de las unidades de trasplante; haciendo posible el asesoramiento y colaboración en la investigación y el desarrollo de observatorios y programas de publicaciones para transmisión, divulgación y gestión del conocimiento sobre donación y trasplante de progenitores hematopoyéticos y terapia celular; y mejorando el análisis de los resultados de los trasplantes de progenitores hematopoyéticos en España.

III. La cláusula séptima del convenio prevé la posibilidad de su prórroga, renovándose de forma expresa, por acuerdo unánime de las partes, por un periodo de cuatro años adicionales.

IV. Las partes coinciden en la conveniencia de seguir colaborando en el desarrollo y la optimización de la donación y el trasplante de progenitores hematopoyéticos y la terapia celular a la luz de los buenos resultados obtenidos durante los cuatro años de vigencia del convenio.

Por lo expuesto, las partes

ACUERDAN

Cláusula primera.

Prorrogar el Convenio para la colaboración técnica, científica y docente en el ámbito de la donación y el trasplante de progenitores hematopoyéticos, en virtud de lo previsto en su cláusula séptima por un periodo de cuatro años adicionales, hasta el 4 de junio de 2028.

Cláusula segunda.

La presente adenda será eficaz a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda de prórroga, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.–Por la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., la Directora General, Beatriz Domínguez-Gil González.–Por la Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia, la Presidenta, M.ª Victoria Mateos Manteca.–Por el Grupo Español de Trasplante Hematopoyético y Terapia Celular, la Presidenta, Anna Sureda i Balari.

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