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Documento BOE-A-2024-11465

Resolución de 3 de junio de 2024, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se adapta la delegación de las competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes inmuebles a la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2024, páginas 65612 a 65613 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-11465
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/06/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden de 8 de mayo de 2007, del Ministro de Economía y Hacienda, se delegaron en el titular de la Secretaria de Estado de Defensa y en los titulares de las Subsecretarias de cada uno de los diferentes Ministerios las competencias para resolver los procedimientos de arrendamiento de los bienes inmuebles que cada departamento ministerial precise para el cumplimiento de sus fines, y las relativas a la declaración de prórroga, novación y resolución anticipada de estos contratos de arrendamiento.

En congruencia con la citada delegación, para contribuir a una mayor celeridad y simplificación de estos procedimientos administrativos, la Dirección General de Patrimonio del Estado adoptó la Resolución de 4 de junio de 2007 por la que se delegaron las competencias de tramitación de los procedimientos de gestión patrimonial relativos al arrendamiento de bienes inmuebles en diferentes órganos directivos de los departamentos ministeriales.

Tras la aprobación de la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes por Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, mediante Orden de la Ministra de Hacienda de 29 de mayo de 2024, por la que se adapta la delegación de las competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes inmuebles a la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, se ha procedido a la adaptación de la delegación de las competencias resolutorias de esos procedimientos a la distribución de responsabilidades de gestión patrimonial entre la Subsecretaría del Departamento y la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia que resulta de aquella norma.

Consecuentemente, resulta también necesario adaptar la delegación de las competencias de tramitación de estos expedientes a fin de que responda a la asignación de funciones en el ámbito de dicho Departamento.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa aprobación de la Subsecretaria de Hacienda y del Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, he resuelto:

Primero. Delegación de competencias.

En el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, la delegación realizada por el apartado primero de la Resolución de 4 de junio de 2007 de las competencias que corresponden a esta Dirección General en virtud de los artículos 122.1 y 124.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Publicas, en relación con los procedimientos para la concertación de arrendamientos y para la prórroga, novación y resolución anticipada de estos contratos, se entenderá efectuada en la persona titular de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia cuando dichos procedimientos se refieran a inmuebles afectados al Servicio Público de Justicia así como a las Gerencias Territoriales.

Segundo. Ejercicio de las competencias delegadas.

El ejercicio de las competencias delegadas en virtud de la presente resolución, se sujetará a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el apartado segundo de la Resolución de la Dirección General del Patrimonio del Estado de 4 de junio de 2007.

Tercero. Adaptación de la delegación a reestructuraciones orgánicas.

En los supuestos de modificaciones orgánicas o funcionales, la delegación de las competencias objeto de esta resolución se entenderá hecha a favor del órgano al que se atribuya el ejercicio de las funciones de gestión patrimonial referentes al arrendamiento de bienes inmuebles que corresponden al Servicio Público de Justicia y a las Gerencias Territoriales.

Cuarto. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de junio de 2024.–El Director General del Patrimonio del Estado, Juan Tejedor Carnero.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/06/2024
  • Fecha de publicación: 05/06/2024
  • Fecha de entrada en vigor: 06/06/2024
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General para el Servicio Público de Justicia
  • Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
  • Ministerio de Hacienda
  • Ministerio de la Presidencia Justicia y Relaciones con las Cortes

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