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Documento BOE-A-2024-11507

Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Murcia, para la realización de prácticas académicas externas.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 6 de junio de 2024, páginas 66002 a 66004 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-11507

TEXTO ORIGINAL

El Interventor General de la Administración del Estado y la Vicerrectora de Estudiantes y Empleo de la Universidad de Murcia, han suscrito, con fecha 27 de mayo de 2024, una adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de Murcia y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas suscrito con fecha 25 de enero de 2022.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 28 de mayo de 2024.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.

ANEJO
Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de Murcia y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas suscrito con fecha 25 de enero de 2022

En Madrid, a 27 de mayo de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Pablo Arellano Pardo, en su condición de Interventor General de la Administración del Estado, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 618/2018, de 22 de junio de 2018 (BOE n.º 152, de 23 de junio); que actúa, por delegación en virtud del apartado Séptimo. 2 a) 3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, de otra parte, don José Luján Alcaraz, Rector Magnífico de la Universidad de Murcia, interviene en su nombre y representación, en virtud d las facultades que le autoriza su nombramiento, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de 10 marzo de 2022, publicado en el BORM de 17 de mayo, y de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 42 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, publicado en el BORM, de 6 de septiembre de 2004, y por delegación de firma R-463/2022, de 30 de marzo, doña Alicia María Rubio Bañón, Vicerrectora de Estudiantes y Empleo.

Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,

EXPONEN

I. Con fecha 25 de enero de 2022 (BOE de 3 de febrero del mismo año) se suscribió el Convenio entre la Universidad de Murcia y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.

II. La cláusula décima del citado Convenio establece que la modificación del contenido requerirá acuerdo unánime de las partes.

De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes,

ACUERDAN

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula sexta del Convenio.

Segunda. Modificación de la cláusula sexta del Convenio entre la Universidad de Murcia y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.

La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo:

«La Universidad de Murcia y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.

En relación con las obligaciones derivadas del apartado 4b) de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, las prácticas académicas externas curriculares serán no remuneradas, correspondiendo a la Universidad de Murcia el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.»

Tercera. Eficacia.

La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de Murcia y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta. Condiciones de colaboración.

Mantener el ámbito y alcance de la colaboración en los mismos términos y condiciones excepto lo dispuesto en la cláusula sexta que se modifican mediante la presente Adenda.

De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente adenda al Convenio anteriormente indicado.–Por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), el Interventor General de la Administración del Estado, P. D. [Apartado séptimo.2.a).3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre], Pablo Arellano Pardo.–Por la Universidad de Murcia, la Vicerrectora de Estudiantes y Empleo, por delegación de firma del Rector R-463/2022, de 30 de marzo, Alicia Rubio Bañón.

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