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Documento BOE-A-2024-11661

Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica de hibridación FV Motilla Hybrid, de 58,74 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Motilla, de 51 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación", en la provincia de Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 8 de junio de 2024, páginas 67052 a 67060 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-11661

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 18 de marzo de 2024, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta Solar Fotovoltaica de Hibridación FV Motilla Hybrid, de 58,74 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Motilla, de 51 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación», en los términos municipales de Motilla del Palancar y Alarcón, en la provincia de Cuenca, promovido por Enel Green Power España, SL, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras el análisis realizado, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-Ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto contempla la construcción y puesta en funcionamiento de una planta solar fotovoltaica, que hibridará con el parque eólico Parque Eólico Motilla de 51 MWp, con el que compartirá acceso a la red. La planta híbrida fotovoltaica Motilla Hybrid (PHFV) se proyecta con una potencia de 61,66 MWp/58,74 MWn y una superficie de afección de unas 126,58 ha. La energía producida se evacuará a través de una línea subterránea de interconexión de 33 kV de unos 5.058 m de longitud que parte desde un centro de seccionamiento situado en el interior del vallado hasta la subestación existente «SET Motilla 12/33/132 kV». El resto de la infraestructura de evacuación de la planta, desde la subestación SET Motilla 12/33/132 kV hasta su conexión a la red de transporte, se encuentra en explotación y es compartida con el Parque Eólico Motilla. La PHFV tendrá una longitud de 9.249 m de vallado perimetral.

Los principales elementos del análisis ambiental para determinar las afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

No existe coincidencia territorial del proyecto con Red de Áreas Protegidas de Castilla-La Mancha. El Espacio Natural Protegido más cercano a la zona de estudio es la Microrreserva denominada «Cueva de la Judía», en el término municipal de Las Valeras (Cuenca), a unos 24,2 km dirección noroeste. De acuerdo con Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, por la que se declaran «Árboles y Ejemplares singulares», el árbol singular más próximo es el «Pino Sopla», ubicada en el término municipal de Motilla del Palancar, a unos 5,2 km al noreste del proyecto.

Los terrenos afectados por la planta híbrida fotovoltaica proyectada no afectan a ninguna Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), siendo las más cercanas al emplazamiento: la denominada «Hoces del Cabriel, Guadazaón y ojos de Moya» (ES4230013), ubicada a 22,20 km al noreste. Respecto a las Zonas de Especial Conservación (ZEC), no se verán afectadas al proyectarse las instalaciones de la planta híbrida fuera de ellas, siendo la más cercana la denominada ZEC «Hoces de Alarcón» (ES4230006), situada a 6,29 km al oeste del límite más cercano a dicha ZEC.

El proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún Monte de Utilidad Pública (MUP), localizándose el más cercano a 5,4 km al noreste del emplazamiento de la PHFV, el MUP n.º 233 «El Tallar», propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el término municipal de Gabaldón.

La presencia de Hábitats de Interés Comunitario (HIC) no afecta a la zona de implantación de la PHFV. En relación a la línea de evacuación, último tramo de la evacuación subterránea se encuentra trazada sobre el HIC no prioritario «9340 - Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia», aunque la zanja discurre por caminos de tierra y parcelas agrícolas, no afectando en ningún caso a zonas ocupadas por este tipo formaciones vegetales. Asimismo, tanto los trabajos de campo como las ortofotografías más actuales reflejan una ausencia de afección debido a la presencia de las instalaciones correspondientes con la subestación eléctrica existente «SET Motilla 12/33/132 kV».

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

Para la caracterización vegetal del entorno de las instalaciones fotovoltaicas, se realizan dos jornadas de muestreo durante los periodos de verano y otoño, con el objetivo de caracterizar y analizar la composición y distribución de la vegetación afectada por la implantación del proyecto. Las instalaciones se ubican en terrenos dedicados a la explotación agraria en secano, principalmente de herbáceas. Se caracteriza por la presencia de especies herbáceas y leñosas de bajo porte, tales como Diplotaxis erucoides, Plantago arenaria, Carthamus arborescens, Convolvulus arvensis, Heliotropium europaeum, o Avena fatua, además de brotes dispersos de Helianthus annuus y Vitis vinifera, lo que sugiere un desarrollo del barbecho. Por otro lado, en las parcelas, existen tres zonas definidas por la presencia de algunos ejemplares arbóreos dispersos, uno formado por un individuo seco de almendro (Prunus dulcis) y dos pies próximos entre sí compuestos por cuatro ejemplares de encina (Quercus ilex) y varios individuos jóvenes de almendro que se desarrollan entorno a los anteriores.

En la zona de vallado, los individuos observados corresponden a especies del género Quercus (Q. ilex y Q. coccifera), además de Prunus dulcis y Ulmus minor conformando mosaicos densificados, hileras arbóreas o presencia dispersa.

Respecto a la línea de evacuación, se han identificado ejemplares arbóreos y arbustivos dispersos de Prunus dulcis, Olea europaea, Quercus ilex, Quercus coccifera y Juniperus oxycedrus (normalmente asociados a cultivos de secano) y, en menor medida, Pinus pinea (asociado a una franja arbolada próxima al proyecto «PE Motilla»), Pinus halepensis y Rosa eglanteria (próxima a la carretera CM-3114).

Las especies identificadas durante las prospecciones visuales no se encuentran incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. El área crítica de flora más cercana se encuentra a unos 88,2 km en dirección norte, correspondiéndose con una zona de protección de Atropa baetica localizada en el término municipal de Cuenca.

El estudio anual de la avifauna se lleva a cabo sobre una zona de afección del parque fotovoltaico y un buffer de 5 km alrededor de área de influencia de la planta y línea de evacuación, desde abril de 2022 hasta junio de 2023. En el entorno del proyecto, se citan en bibliografía 112 especies según los registros pertenecientes a las cuadrículas UTM de 10x10 km donde se ubican las instalaciones proyectadas y que figuran en el Inventario Español de Especies Terrestres (IEET) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Asimismo, se ha detectado un total de 93 especies a lo largo de toda la zona de estudio durante el año de seguimiento realizado, frente a las 71 especies recogidas en la búsqueda bibliográfica.

En relación a las aves rapaces, se registran dos especies catalogadas como En peligro de extinción en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), el milano real (Milvus milvus) y águila imperial ibérica (Aquila adalberti). El milano real, también catalogada como Vulnerable en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREACM), se ha observado a lo largo de todo el estudio, centrándose principalmente la gran mayoría de avistamientos durante los meses de invernada. En la zona de implantación y en su buffer de 5 km, no se han encontrado dormideros, zonas de cría y de reproducción. El águila imperial ibérica, considera también por el CREACM como especie En peligro de extinción, se ha registrado durante el estudio en una zona al noroeste de la zona de implantación, no registrándose parejas reproductoras ni nidos. El aguilucho cenizo (Circus pygargus), especie vulnerable en el CEEA y CREACM, se ha detectado de manera escasa en la época reproductora (meses de abril a septiembre) localizándose especialmente en las parcelas donde se implantaría la PHFV.

Otras aves rapaces de interés que han sido registradas en el estudio, caben destacar al cernícalo primilla (Falco naumanni), el aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus) y el águila real (Aquila chrysaetos), especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) y como especies Vulnerables en el CREACM. Los avistamientos del cernícalo primilla se han centrado durante los meses de primavera y verano alrededor de un primillar localizado a 4 km de la PHFV donde se han registrado de 5 a 10 parejas en los años 2022 y 2023. El aguilucho lagunero occidental se ha localizado durante todo el año y con la presencia de parejas reproductoras en las inmediaciones del embalse de Alarcón a 10 km al oeste de la PHFV aunque no se ha confirmado la zona de estudio como reproductora. En relación con el águila real, se ha censado durante todo el año sin detectarse la presencia de zonas de nidificación.

Respecto a las aves esteparias, los censos semanales llevados a cabo durante la época reproductora del sisón (Tetrax tetrax), especie En peligro de extinción según el CEEA y Vulnerable según el CREACM, fueron negativos. Por otra parte, en los censos llevados a cabo dentro del Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) perteneciente al P.E. Motilla con el que hibrida la PHFV Motilla Hybrid, se han localizado posibles leks en a una distancia de 800 a 2.000 m de la futura planta. Del mismo modo, no se ha detectado su presencia en la zona de estudio durante los muestreos realizados de avutarda (Otis tarda), aunque se conoce su presencia en municipios cercanos al área de estudio al norte de la localidad de El Peral, a más de 6 km al este de la zona de implantación de los paneles.

No existen áreas de importancias para las aves (IBA) en la zona de estudio, localizándose la más próxima a 15 km al suroeste de la planta la denominada IBA 185 «San Clemente-Villarrobledo».

En los trabajos de campo, se han detectado hasta 6 especies de quirópteros, 4 de ellos incluidos en el LESPRE y dos especies catalogadas como Vulnerables en el CEEA. El murciélago común o enano (Pipistrellus pipistrellus), es la especie más frecuentemente detectada. Para ninguna de las especies censadas se ha detectado la presencia de dormideros de interés, zonas de refugio o puntos de reproducción destacada.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

Respecto a la red hidrográfica del ámbito de estudio, se caracteriza por varios cauces estacionales de baja entidad, encontrándose secos la mayor parte del año, a excepción del Río Valdemembra. Atendiendo a la cartografía mencionada, la línea de evacuación debe realizar un cruzamiento subterráneo con respecto al Río Valdemembra para su conexión en la subestación «SET Motilla», viéndose afectadas, por lo tanto, las diferentes zonificaciones incluidas en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI). Este cruce se haya dentro de un Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), de 2,5 km de distancia, correspondiendo con el tramo del Río Valdemembra desde Almodóvar del Pinar hasta Río Júcar.

El estudio hidrológico-hidráulico identifica zonas en las que pueden existir restricciones por motivos hidráulicos dentro de las parcelas que ocuparán la futura planta fotovoltaica. Si tomamos la velocidad como criterio de zona de inundación peligrosa, los resultados arrojan varios tramos en que esta velocidad es superior a 1,00 m/s durante la avenida de 100 años.

De acuerdo con el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla-La Mancha (PRICAM), en su segunda revisión, aprobada por Orden 165/2020, de 14 de octubre, de la Consejería de Hacienda y AAPP, el término municipal de Motilla del Palancar queda incluido en el anexo V, donde se incluyen aquellos municipios obligados a elaborar el correspondiente PAM (Plan de Actuación Municipal) de riesgo por inundaciones.

Las instalaciones pertenecientes a la planta solar fotovoltaica se encuentran localizadas sobre la Masa de agua subterránea «Mancha Oriental», con código 080.129.

Los vertidos producidos durante la instalación y operación proceden principalmente de las posibles fugas de hidrocarburos y de aceites contenidos en la maquinaria de obra y en los vehículos que transitan el entorno de las instalaciones, además de los posibles vertidos de las aguas residuales provenientes de los aseos químicos de obra. Los derrames de aceites e hidrocarburos ocasionales se generarán debido a la presencia de incidentes y/o al incorrecto mantenimiento de la maquinaria. Por otro lado, no se requerirá de instalaciones de suministro de agua o de canalizaciones de las aguas residuales producidas, optándose por el emplazamiento de aseos químicos con depósitos estancos para su retirada por un gestor autorizado.

4. Afección por generación de residuos

Según el anexo IX «Estudio de gestión de residuos», estima la cantidad de residuos generados en la obra, a partir de las dimensiones del proyecto, en función del peso de materiales integrantes de cada unidad de obra, determinando el peso de los restos de los materiales sobrantes y del embalaje de los productos suministrados. En relación a los residuos peligrosos, se ha estimado un total 0,329 t de peso, correspondiéndose principalmente cables aislados procedentes de la realización de instalaciones eléctricas (LER 17 04 10*) que generarán 0,099 t de peso. En relación con los residuos no peligrosos, se calcula un total de 3.605,27 t de peso, en el que destaca los residuos de eliminación de vegetación afectada procedentes de excedentes de tierras (LER 17 05 04) con 1.111,98 t de peso.

Los materiales provenientes de la construcción serán almacenados de manera temporal en una zona delimitada para ello, la cual contará con una superficie compactada, delimitada mediante cercado y debidamente señalizada. En relación a los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) o asimilables a urbanos, serán almacenados en bolsas de basura o recipientes cerrados para ser transportados a contenedores señalizados y en apropiado estado. Los materiales industriales no peligrosos procedentes de las obras de las instalaciones serán almacenados en zonas provisionales y previamente delimitadas, clasificándose por tipo de residuo, para ser tratados y, posteriormente, transportados a un vertedero autorizado. Finalmente, los residuos peligrosos deberán ser tratados por un Gestor autorizado, debiéndose controlar la generación de los mismos y las consecuencias de su producción, a través de la implantación de correctas medidas preventivas y correctoras.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Uno de los principales recursos requeridos por la instalación de este tipo de proyectos es el suelo debido a la ocupación de grandes superficies para la implantación de instalaciones tanto provisionales como permanentes. Así, de forma permanente se ha estimado 32,50 ha frente a las 6,45 ha temporales.

Los trabajos de construcción van a deteriorar los suelos directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, o bien por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales. La presencia de los módulos fotovoltaicos va a impedir que se mantenga el uso anterior a su instalación.

La superficie total ocupada por la planta es de 126,58 ha. Concretamente, el área ocupada por los paneles fotovoltaicos es de 27,23 ha, medida sobre la proyección del panel en posición horizontal; mientras que las 11 estaciones de potencia existentes en la planta ocuparán un área de 0,0162 ha. La longitud total de vallado en todo el perímetro de la planta es de 9.249 metros.

El desarrollo del proyecto implica labores de movimientos de tierras, tales como creación de accesos y viales internos, apertura de zanjas para el cableado de Media Tensión, la posible ampliación de viales existentes o la explanación del terreno para la delimitación de zonas de acopio, Centro de Seccionamiento, Centros de Transformación o edificio de operación y mantenimiento. Así, se ha estimado la ocupación de 38,96 ha y un volumen de movimientos de tierra de los diferentes elementos de la instalación considerado de 40.209,20 m3. El volumen total de tierra estimado para su relleno es de 39.535,30 m3, produciéndose un excedente de 673,90 m3.

La mayor parte de las tierras generadas serán extendidas en las mismas ubicaciones en la que se han retirado o en las zonas inmediatamente adyacentes, o serán utilizadas durante las labores de relleno. Los excedentes originados provienen principalmente de la excavación de las zanjas necesarias para el cableado del proyecto. En caso de que parte de los excedentes originados no puedan ser reutilizados, estos se gestionarán adecuadamente, a través de su transporte a un vertedero autorizado.

En relación a los datos totales correspondiente a los viales de la planta, se han precisado un total de 4.810,70 m de longitud, estableciéndose una anchura de 4 y 6 m para los viales interiores y de acceso a la planta respectivamente. Para las zanjas de cableados de media tensión de interconexión se ha establecido una longitud de 3.950 m frente a los 5.058 m de línea de evacuación de media tensión.

Se reutilizará la capa superior del terreno procedente tanto de las superficies temporales como permanentes para las operaciones de restauración de zonas afectadas adyacentes una vez descompactadas. Este horizonte orgánico, de unos 30 cm de profundidad, corresponde a la denominada tierra vegetal, conformada por unas características adecuadas para la restauración de suelos afectados y para el establecimiento de una cubierta vegetal. Esta capa será adecuadamente acopiada y será objeto de un correcto mantenimiento, con el objetivo de evitar la pérdida de sus propiedades edáficas.

Durante las obras del proyecto, se utilizará agua proveniente de cubas de empresas externas para llevar a cabo la humectación, cuando sea necesario, de los viales internos utilizados por la maquinaria y los vehículos, con el objetivo de reducir la emisión de polvo derivada de su actividad. Durante los días donde se requiera el riego de caminos interiores, se estima en una utilización 0,3-0,5 m3 de agua. Para el uso de las instalaciones de higiene, se ha considerado un consumo estimado de 3 m3/día de agua, considerando un consumo promedio de 62 litros/persona/día con un total máximo de 50 trabajadores. El agua necesaria será provista mediante un camión cisterna y almacenada en un estanque o depósito habilitado para este fin y se asegurará su potabilidad mediante procesos de cloración.

Por otro lado, durante la fase de operación del proyecto, se utiliza agua principalmente para la limpieza periódica de los módulos fotovoltaicos, con el fin de mantener el rendimiento óptimo de la planta fotovoltaica. En este caso, para el proyecto que nos ocupa no se ha definido la periodicidad ni el tipo de limpieza a utilizar. No obstante, el lavado se llevará a cabo únicamente con agua, sin el uso de productos químicos, y procedente preferiblemente de cubas derivadas de empresas externas. Esta limpieza se recomendará con periodicidad anual, siempre que sea posible, estimándose un uso de 324 m3 de agua.

6. Afección al patrimonio cultural

En referencia al ámbito de estudio de las instalaciones proyectadas, el elemento cultural más cercano a la planta fotovoltaica corresponde con el Ámbito de prevención arqueológica de Motilla del Palancar «El Portijuelo», ubicado a unos 165 metros al norte de la misma. Por otro lado, la línea de evacuación subterránea, la cual aprovecha el trazado de una serie de caminos públicos para su conexión en la «SET Motilla», presenta la figura más cercana a unos 70 metros de distancia, correspondiendo con el «Puente del Río Jacinto», e incluido en el Patrimonio Inmueble, Etnográfico e Industrial del municipio de Motilla del Palancar.

En agosto de 2023, se realiza una prospección arqueológica previa en las parcelas afectadas por el proyecto para PHFV, y de la línea de evacuación, así como de las áreas de buffer de seguridad, a cargo de gabinete arqueológico especializado. Dicha prospección no arrojó el hallazgo de bienes del patrimonio cultural que pudieran verse afectados por el proyecto, no localizándose ningún resto arqueológico de interés, hallándose solamente restos residuales de fragmentos cerámicos de cronologías contemporáneas, habituales en tierras de cultivo. Debido a su cercanía con el proyecto, se realizó una comprobación en el Área de Prevención Arqueológica del Portijuelo, siendo resultado negativo. Queda pendiente de ser evaluado el Informe correspondiente a dicha prospección arqueológica tramitado ante el Servicio de Cultura de Cuenca a fecha de esta propuesta.

El promotor afirma que no se produciría ninguna afección sobre las vías pecuarias, al situarse la más cercana ubicada a unos 93 metros al sur, la Colada de los Arrieros, y a 570 m al oeste de la PHFV Motilla Hybrid, la Cañada Real de Andalucía.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

Las instalaciones proyectadas afectan a los términos municipales de Motilla del Palancar y Alarcón. El municipio de Motilla del Palancar se caracteriza por un sector primario dedicado principalmente al cultivo de secano de cereal y en menor medida a plantaciones de viñedos, almendros y olivos. La ubicación de Motilla del Palancar ha permitido la ejecución de importantes vías de comunicación fomentando, por lo tanto, el desarrollo del sector industrial y del sector servicios. Asimismo, estas infraestructuras permiten la exportación de productos provenientes de importantes granjas intensivas ubicadas en la localidad.

En el caso del municipio de Alarcón, la principal actividad económica en el sector primario se basa en la producción de cebada y girasol, mientras que la ganadería se concentra en pequeños rebaños ovinos. El sector secundario carece de importante peso económico en el municipio, teniendo el sector terciario un mayor protagonismo, en forma de comercio local de primera necesidad y de hostelería.

La construcción de un proyecto de generación fotovoltaica puede suponer un impacto positivo sobre el factor económico, tanto directo como indirecto, debido a la creación temporal de empleos en los sectores de la construcción o del transporte. Este hecho genera, a su vez, efectos sinérgicos sobre distribuidores y productores de materiales, sobre el alquiler de la maquinaria necesaria o sobre el sector servicios de los municipios próximos.

Durante el funcionamiento de la planta fotovoltaica, se estima igualmente un impacto económico positivo, permitiendo impulsar la creación de empleo debido al seguimiento ambiental y a las labores de operación y mantenimiento requeridos. Estas actuaciones suponen además efectos beneficiosos para el sector servicios de las localidades cercanas al proyecto. Del mismo modo, podrían suponer una importante inyección económica durante toda la vida útil para los propietarios de los terrenos afectados por la ocupación permanente de las instalaciones a través de los contratos de arrendamiento elaborados, así como aquellos generados a los ayuntamientos debido a los pagos correspondientes a licencias requeridas por estos para el desarrollo del proyecto.

Los núcleos poblacionales cercanos podrían verse afectados por las molestias originadas en las obras, en forma de emisiones de polvo, aumento en el tráfico de maquinaria y vehículos y, por lo general, un incremento del ruido. No obstante, no se localizan receptores sensibles en el entorno del proyecto, ubicándose el núcleo poblacional más cercano a casi 3,1 km de distancia, correspondiendo con el municipio de Valhermoso de la Fuente. Según el estudio acústico llevado a cabo, durante la fase de construcción de las instalaciones, las fuentes de ruido se enfocan principalmente en el tránsito y actividad de la maquinaria de obra y vehículos y en el procedimiento de hincado de las estructuras metálicas, pudiendo alcanzar niveles sonoros de 85 dB(A) que disminuirán con la distancia y la presencia de obstáculos y que serán temporales. Los niveles sonoros alcanzados en las obras del proyecto serán similares a los estimados en la fase de desmantelamiento. Los resultados obtenidos muestran que gran parte de las mediciones realizadas del nivel de ruido son inferiores a los límites admisibles establecidos en suelo urbano y urbanizable según el anexo I de la Resolución de 23 de abril de 2002, Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Modelo Tipo de Ordenanza Municipal sobre Normas de Protección Acústica.

La planta fotovoltaica no afecta directamente a caminos públicos que puedan ser utilizados para el acceso a ciertas parcelas agrarias y que la línea de evacuación subterránea aprovecha principalmente las lindes de los caminos existentes, esta se encuentra trazada realizando cruzamientos con respecto a organismos públicos y afectando algunas parcelas privadas, requiriéndose, por lo tanto, de los permisos y servidumbres de paso pertinentes y de las medidas requeridas para su desvío puntual o reposición.

La planta solar fotovoltaica supondría la ocupación del 0,9 % de la superficie cinegética total, valorándose como un impacto compatible con este tipo de actividad.

Según la Gestión de Información Forestal de Castilla-La Mancha (GINFOR), la PHFV Motilla Hybrid se localiza prácticamente en su totalidad sobre zonas catalogadas por riesgo de incendio forestal 1 o bajo, a excepción del último tramo de la línea de evacuación, debido a que la subestación de destino se encuentra ubicada en una zona compuesta principalmente por arbolado ralo.

La zona donde se pretende ubicar la PHFV Motilla Hybrid está clasificada como zona apta para proyectos fotovoltaicos según la Ley 5/2020 de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.

Los terrenos ocupados por la PHFV Motilla Hybrid suman 127,20 ha de la superficie cinegética total de los cotos de caza registrados en los términos municipales de Motilla de Palancar y Alarcón.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

En la actualidad, se encuentran en funcionamiento varias instalaciones de energía renovable en un radio de 15 Km, con respecto a la ubicación del emplazamiento. En concreto, además del P.E. Motilla con el que hibrida la planta fotovoltaica, se localizan un total de 2 parques eólicos en construidos o autorizados, haciendo un total de 70 aerogeneradores y una potencia total de 177 MW. Respecto a los proyectos fotovoltaicos, existe 14 plantas que cuentan con autorización o están ya construidas con una potencia de más de 438 MW y 4 plantas en tramitación, que suman más de 200 MW de potencia. Esto supone, junto con el proyecto PHFV Motilla Hybrid, una superficie fotovoltaica de ocupación aproximada de unas 1.760 ha.

Respecto a las infraestructuras de evacuación (subestaciones y líneas eléctricas) vinculadas a las instalaciones anteriores, existen 17 líneas existentes y 4 subestaciones.

La cuenca visual resultante refleja una alta visibilidad de las instalaciones en el entorno cercano de la planta fotovoltaica (0-1.000 m), un territorio, no obstante, caracterizado por una ausencia de núcleos poblacionales debido a la presencia de amplias zonas de cultivo de secano, no localizándose puntos de observación de interés, a excepción de la línea de Alta Velocidad L.A.V. Albacete – Alicante, la cual divide el proyecto.

En relación a la fauna, la aparición de efectos sinérgicos, principalmente en fase de operación, puede ocasionar molestias de carácter puntual, en el entorno de la subestación «SE Olmedilla». Durante la fase de funcionamiento, pueden desarrollarse incidentes que impliquen la mortalidad de la fauna, debido principalmente a colisiones de la avifauna con respecto a los elementos que conforman las instalaciones, a los atropellos producidos durante las operaciones puntuales de mantenimiento de las mismas, o la eliminación directa y desbroce de la vegetación para la instalación de las infraestructuras fotovoltaicas. El asentamiento del conjunto fotovoltaico en el territorio implica una importante alteración del hábitat, en concreto, una reestructuración de las poblaciones faunísticas.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica de Hibridación FV Motilla Hybrid, de 58,74 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Motilla, de 51 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación», en los términos municipales de Motilla del Palancar y Alarcón, en la provincia de Cuenca, continuase con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la Dirección General de Calidad Ambiental y a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 6 de mayo de 2024, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto Ley 6/22, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por parte del órgano autonómico.

Con fecha 17 de mayo de 2024, la Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha remite informe en el que señala su conformidad al sentido de la propuesta y considera que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica de Hibridación FV Motilla Hybrid, de 58,74 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico Motilla, de 51 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación», en los términos municipales de Motilla del Palancar y Alarcón, en la provincia de Cuenca, debe someterse a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en aras de poder determinar adecuadamente si las citadas afecciones podrían suponer efectos significativos sobre el medio ambiente.

Con fecha 27 de mayo de 2024, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha remite informe que concluye que el proyecto se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el «Planta Solar Fotovoltaica de Hibridación FV Motilla Hybrid, de 58,74 MW de potencia instalada, para su hibridación con el Parque Eólico Motilla, de 51 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación», en los términos municipales de Motilla del Palancar y Alarcón, en la provincia de Cuenca, continúe con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto Ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 29 de mayo de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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