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Documento BOE-A-2024-12027

Resolución de 10 de junio de 2024, conjunta de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 24 de marzo de 2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 14 de junio de 2024, páginas 69498 a 69498 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-12027

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 24 de marzo de 2023, conjunta de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE de 15 de abril), se anunció convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo de Consejero/Consejera en varias Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, entre ellos el de Consejero/Consejera en Cuba–La Habana.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, y el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el artículo 56 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y a la vista de las circunstancias puestas de manifiesto en la propuesta conjunta de ambos ministerios elevada a la Comisión Paritaria, una vez emitido informe favorable por parte de la citada comisión, de conformidad con el artículo 2 bis.5.b) del Real Decreto 1052/2015, antes citado,

Estas Subsecretarías acuerdan declarar desierto el puesto de Consejero/Consejera en la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Cuba-La Habana.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 10 de junio de 2024.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, José Ramón del Prado Cortés. La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Cristina Asacia Navarro Enterría.

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