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Documento BOE-A-2024-12311

Resolución de 11 de junio de 2024, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2024, páginas 70659 a 70661 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2024-12311

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como con el artículo 25.1, apartado i), del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.

Esta Agencia, en uso de las facultades conferidas, ha resuelto anunciar para su provisión, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la División de Administración de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, plaza Sagrados Corazones, 7, 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria: AESF-Sede Electrónica, o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Los aspirantes acompañarán el «curriculum vitae», en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto de trabajo que vinieran desempeñando.

Cuarta.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Quinta.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo Órgano que lo ha dictado (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, en el plazo de dos meses [artículos 10.1.i)], 14.1 Segunda y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 11 de junio de 2024.–El Director de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, Pedro María Lekuona García.

ANEXO I

N.º

orden

Denominación del puesto Código puesto Localidad

Nivel

CD

Complemento

específico

Adscripción

TIT.

Experiencia y conocimientos
AD GR Cuerpo
1 COORDINADOR/COORDINADORA. 5725805 MADRID 29 23.021,6 euros AE A1   2A028

− Supervisión de los procesos de autorización de subsistemas estructurales ferroviarios fijos nuevos y modificados.

− Supervisión de las inspecciones llevadas a cabo a los administradores de infraestructuras.

− Supervisión de las evaluaciones de los sistemas de gestión de la seguridad de los administradores de infraestructura; coordinación y dirección de equipos.

− Coordinación y dirección de equipos encargados de la tramitación y gestión de expedientes relativos a procesos de autorización de subsistemas estructurales ferroviarios fijos.

− Coordinación y dirección de equipos encargados de la tramitación y gestión de expedientes relativos a procesos de autorización de nuevas líneas, tramos, estaciones o terminales ferroviarias.

− Participación en grupos de trabajo nacionales y europeos para el desarrollo de normativa técnica aplicable a subsistemas estructurales ferroviarios fijos, a sus procesos de autorización y a la seguridad en el ferrocarril.

− Elaboración de informes, guías y recomendaciones técnicas en relación con aspectos relativos a subsistemas estructurales ferroviarios fijos.

ANEXO II

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