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Documento BOE-A-2024-13696

Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de la Policía, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la lista definitiva de admitidos y excluidos del concurso para la provisión de plazas de Facultativos y Técnicos del Cuerpo Nacional de Policía, publicada por Resolución de 26 de enero de 2021.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 5 de julio de 2024, páginas 83492 a 83493 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2024-13696

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 10 de julio de 2019, de la Dirección General de la Policía, se convocó concurso para la provisión de plazas de Facultativos y Técnicos del Cuerpo Nacional de Policía, ofertándose 37 plazas de Facultativo y 60 plazas de Técnico, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» número 182, de 31 de julio de 2019.

Posteriormente, por Resolución de 26 de enero de 2021, del mismo órgano directivo, se publicó la lista definitiva de admitidos y excluidos en el citado proceso, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» número 29, de 3 de febrero de 2021, quedando excluido, por falta de cumplimiento de algunos de los requisitos de participación exigidos en la convocatoria, entre otros, don Antonio Molina Martinez, con DNI **5965**, que había solicitado las plazas T007, T008 y T020.

Mediante sentencia número 223/2024, de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, se acuerda estimar el recurso formulado por don Antonio Molina Martínez con DNI **5965**, anular la mencionada Resolución de 26 de enero de 2021, admitir su participación en el proceso selectivo, convocado por Resolución de 10 de julio de 2019 para la provisión de plazas de Facultativos y Técnicos del Cuerpo Nacional de Policía, y continuar con el mismo.

Consecuentemente con lo anterior, mediante Resolución de este mismo órgano directivo, se acordó la ejecución, en sus propios términos, del fallo de la mencionada sentencia, una vez fue declarada firme.

Subsanada la exclusión del señor Molina Martínez, este Centro Directivo a propuesta del Tribunal calificador y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1995, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (artículos 103 y siguientes) acuerda:

Primero.

Admitir la participación en la convocatoria de 10 de julio de 2019 de don Antonio Molina Martínez con DNI **5965**, en cumplimiento de la sentencia judicial reseñada, procediéndose a realizar las actuaciones pertinentes en relación a la valoración de los méritos de acuerdo con el baremo establecido en el anexo IV de la convocatoria y los criterios de valoración acordados por el Tribunal calificador en la reunión de 11 de enero de 2021, así como las actuaciones posteriores que correspondan de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

Segundo.

Publicar en el «Portal del Aspirante-Procesos Selectivos Facultativos y Técnicos», de la página web de la Dirección General de la Policía (http://www.policia.es) la puntuación de la fase de concurso obtenida por el señor Molina Martínez para cada una de las plazas solicitadas.

Tercero.

Declarar, de conformidad con lo dispuesto en la base octava de la convocatoria, que el señor Molina Martínez no ha resultado seleccionado para participar en la fase del curso selectivo, por haber obtenido menor puntuación que las personas adjudicatarias de las plazas solicitadas, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 83, de 7 de abril de 2021, mediante Resolución de 25 de marzo de 2021, de este centro Directivo, poniendo fin a su participación en el proceso selectivo.

Cuarto.

Contra la presente Resolución y los actos derivados de la misma que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Director General de la Policía, en los términos previstos en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Tribunal correspondiente, según lo dispuesto en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 13 de junio de 2024.–El Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.

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