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Documento BOE-A-2024-13883

Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la ejecución conjunta del proyecto "Innovaciones para la intensificación sostenible de sistemas agrícolas de regadío resilientes ante el cambio climático en Níger" en el marco de la iniciativa europea DeSIRA.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2024, páginas 84710 a 84717 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-13883

TEXTO ORIGINAL

El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., han suscrito un convenio para la ejecución conjunta del proyecto «Innovaciones para la intensificación sostenible de sistemas agrícolas de regadío resilientes ante el cambio climático en Níger» en el marco de la iniciativa europea DeSIRA, firmado el 10 de agosto de 2022.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la presente resolución.

Madrid, 29 de junio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Primera adenda de modificación del convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la ejecución conjunta del proyecto «Innovaciones para la intensificación sostenible de sistemas agrícolas de regadío resilientes ante el cambio climático en Níger» en el marco de la iniciativa europea DeSIRA, firmado el 10 de agosto de 2022

2 de mayo de 2024.

INTERVIENEN

De una parte, don Antón Leis García, en nombre y representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con domicilio en avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, y NIF Q2812001B, actuando en calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo Rector de la AECID en su reunión de 29 de julio de 2021 (BOE núm. 185), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio, páginas 65217 a 65219).

Y de otra, don Carlos Closa Montero, en su calidad de Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), nombrado por Acuerdo del Consejo Rector del CSIC, en su reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE de 23 de diciembre de 2022, Resolución de la Presidencia del CSIC, de 14 de diciembre de 2022, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación), actuando en nombre y representación de esta institución en virtud de las competencias que tiene delegadas por Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Presidencia del CSIC (BOE de 18 de diciembre de 2023). Organismo con sede central y domicilio institucional en Madrid, calle de Serrano, 117, CP 28006 y NIF Q-2818002-D.

Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación para formalizar la presente adenda y, a tal efecto,

EXPONEN

1. El convenio, suscrito con fecha 10 de agosto de 2022 entre el CSIC y la AECID [publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 221, de 14 de septiembre de 2022, páginas 126741 a 126769 (29 págs.)], entró en vigor con su inscripción en el REOICO con fecha 12 de agosto de 2022.

2. En el exponen octavo del convenio se establece: «Que, de acuerdo con los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio tendrá como objeto determinar la colaboración técnica y económica entre la AECID y CSIC para la implementación del Proyecto (cláusula primera –Objeto del convenio–) en función de la cual la AECID transferirá la cantidad máxima de 366.266 euros (trescientos sesenta y seis mil doscientos sesenta y seis euros) del Proyecto al CSIC (cláusula cuarta –Financiación–), sin que deba entenderse que la aportación se produce a título oneroso. […]».

3. En su cláusula octava, el convenio establece la posibilidad de ser modificado por acuerdo unánime de las partes, a través de la correspondiente adenda modificativa, siguiendo los mismos trámites que para la suscripción de convenios.

4. Desde el comienzo de su vigencia, se han producido cambios que han conducido a una profunda reformulación del proyecto dando un papel de más relevancia al socio local II-RACINES con mayor apoyo técnico del CSIC y, como consecuencia, a una revisión de los términos de este convenio, con ampliación de las actividades a llevar a cabo previstas en su anexo I (Términos de referencia y presupuesto), así como un incremento del importe máximo previsto en su exponen octavo hasta la cantidad de 436.909 euros (cuatrocientos treinta y seis mil novecientos nueve euros).

Por ello, es decisión de las partes suscribir la presente adenda de modificación del convenio de origen, con sujeción a los términos que establecen las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de esta adenda es modificar el convenio suscrito con fecha 10 de agosto de 2022 entre el CSIC y la AECID (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 221, de 14 de septiembre de 2022, páginas 126741 a 126769, 29 págs.), con base en la reformulación del citado proyecto recogida en la 1.ª adenda al Acuerdo de Contribución FOOD/2019/411-732, firmada la Delegación de la Unión Europea en Níger y la AECID el 15 de febrero de 2024, y cuyo documento resultante se adjunta, traducido al español, como anexo a esta adenda.

En particular: La modificación del párrafo segundo y tercero de la cláusula cuarta «Financiación», así como los apartados 2. Participación del CSIC en actividades y tareas del proyecto, 3. Responsabilidades de las partes, y 5. Justificación de recursos necesarios y Presupuesto, del anexo I «Términos de referencia y presupuesto».

Segunda. Modificación del convenio.

Las partes acuerdan las siguientes modificaciones del convenio entre la Agencia Española de Cooperación para el Desarrollo y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas firmado el 10 de agosto de 2022, debido a la reformulación del citado proyecto:

(I) Cláusula cuarta. Financiación.

Apartado primero, segundo párrafo: El importe total aumenta de 366.266 euros (trescientos sesenta y seis mil doscientos sesenta y seis euros) a 436.909 euros (cuatrocientos treinta y seis mil novecientos nueve euros).

Apartado primero, tercer párrafo: Se modifica el texto actual por el siguiente:

«Dicha cantidad se imputará a las aplicaciones presupuestarias que figuran en la siguiente distribución:

– 12.302.04.143A.496.37. Fondo 77: 408.326 euros.

– 12.302.04.143A.496.04: 0,07 * 408.326 = 28.583 euros.

Aplicación presupuestaria

Ejercicio 2022

Euros

Ejercicio 2024

Euros

Ejercicio 2025

Euros

Total

Euros

12.302.04.143A.496.37. Fondo 77. 150.000 150.000 108.326 408.326
12.302.04.143A.496.04 (presupuesto AECID). 0 0 28.583 28.583
  Total. 150.000 150.000 136.909 436.909

El presente incremento procede de la redistribución de tareas resultado del proceso de reformulación, sin que suponga incremento en los importes globales del proyecto ni pueda entenderse como una retribución al CSIC, manteniéndose la naturaleza del convenio original.

Dichos fondos estarán a lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, por lo que no podrán usarse para actividades que no estén relacionadas con el proyecto o que, estando relacionadas, no fueran elegibles.»

(II) Modificación del apartado 2. Participación del CSIC en actividades y tareas del proyecto (anexo I, Términos de referencia y presupuesto).

IIa. Modificación de tareas de Actividad 1.1.5 Formación orientada a la mejora de las capacidades de especialistas I+D+i ya asignadas al CSIC.

Tarea 1.1.5.1 [originalmente Tarea 1.1.5.a)] queda sustituida por Elaboración y validación del programa de formación.

El CSIC colaborará en la elaboración de un programa académico orientado a una formación especializada sobre temáticas específicas, como la diversificación de cultivos en agrosistemas regados, la gestión y conservación de suelos y de aguas, las prácticas agroecológicas, la gestión de recursos hídricos, entre otros.

El CSIC apoyará también la elaboración de los módulos de formación teniendo en cuenta las nuevas tecnologías y avances actuales.

Tarea 1.1.5.3 (originalmente Tarea 1.1.5.b ii; iii) queda sustituida por Acceso a oportunidades y a la formación online:

El CSIC contribuirá, sin contraprestación económica, con contenido técnico para la elaboración de cursos multimedia, como material de apoyo a la formación, en la plataforma de trabajo y difusión del proyecto.

Los indicadores verificables, la fuente de verificación y los riesgos externos son:

Indicadores Fuente de verificación Riesgos externos al CSIC

Programa de formación revisado.

Contenido técnico para los módulos de formación.

Material técnico sobre al menos dos temas a desarrollar en e-curso, como material de apoyo a la formación.

Programa de formación.

Módulos de formación.

– Cancelación o retraso en la organización del taller para la elaboración y validación del programa.

– Retrasos en la validación del programa de formación con la descripción de los módulos prioritarios.

– Retrasos en la definición de material puesta en marcha de material de apoyo en la plataforma.

– Retrasos o mal funcionamiento de la plataforma online.

Al menos una personas/misión por año de personal CSIC. Informes de misiones; Informe anual.

– Riesgo sanitario o por motivos de inseguridad.

– Recursos no disponibles para misiones CSIC.

IIb. Inclusión de la participación del CSIC en tres actividades del proyecto no incluidas con anterioridad en el anexo I, y una nueva desarrollada en la reformulación aprobada por la Delegación de la Unión Europea en Níger.

Actividad 1.2.2 Elaboración de un sistema dinámico de información geográfica de agrosistemas regados en Níger.

Tarea 1.2.2.6 Participación en la revisión de los planes de trabajo y de resultados.

CSIC colaborará en la elaboración de los planes de trabajo para elaborar un sistema dinámico de información geográfica de agrosistemas regados en Níger, y en el análisis de los resultados obtenidos.

Los indicadores verificables, la fuente de verificación y los riesgos externos son:

Indicadores Fuente de verificación Riesgos externos al CSIC

Sugerencias propuestas a los planes de trabajo.

Número de informes técnicos revisados.

Plan de trabajo.

Informes técnicos.

– Cancelación o retraso en la organización del taller para definir el alcance del estudio; retraso en la compilación de información y del diseño del visor.

– Retraso en la elaboración de los informes técnicos.

Al menos una persona/misión por año de personal CSIC. Informes de misiones; Informe anual.

– Riesgo sanitario o por motivos de inseguridad.

– Recursos no disponibles para misiones CSIC.

Actividad 1.2.4 Estudio para la optimización de estructuras de recarga artificial de los acuíferos en dos cuencas agrícolas en Níger.

Tarea 1.2.4.5 Participación en la revisión de los procedimientos y de informes de trabajo.

CSIC colaborará en el diseño de los protocolos de la puesta en marcha del estudio, y de la revisión de los informes de trabajo.

Los indicadores verificables, la fuente de verificación y los riesgos externos son:

Indicadores Fuente de verificación Riesgos externos al CSIC

Sugerencias propuestas a los protocolos.

Número de informes técnicos revisados.

Protocolos de trabajo.

Informes de trabajo.

– Retraso en la selección de cuencas y del establecimiento de red de medidas y recogida de datos.

– Retraso en la elaboración de los informes técnicos.

Al menos dos personas/misión por año de personal CSIC. Informes de misiones; Informe anual.

– Riesgo sanitario o por motivos de inseguridad.

– Recursos no disponibles para misiones CSIC.

Actividad 2.1.5 Establecimiento de centros de demostración de innovaciones.

Tarea 2.1.5.1 Acompañamiento técnico para el establecimiento y funcionamiento de los centros de demostración.

CSIC apoyará a II-RACINES colaborando en la elaboración de protocolos para el establecimiento de los centros de demostración (CD), así como dando apoyo técnico en el seguimiento de las actividades de demostración y de ensayos.

Los indicadores verificables, la fuente de verificación y los riesgos externos son:

Indicadores Fuente de verificación Riesgos externos al CSIC

Número de protocolos revisados.

Programa de actividades de demostración y de ensayos revisado.

Protocolos de trabajo.

Programa de actividades de demostración y de ensayos.

– Cancelación o retraso en el establecimiento de los CD.

– Mal funcionamiento del CD.

Al menos dos personas/misión por año de personal CSIC. Informes de misiones; Informe anual.

– Riesgo sanitario o por motivos de inseguridad.

– Recursos no disponibles para misiones CSIC.

Además, CSIC dará apoyo, sin prestación económica, a la nueva Tarea 1.1.4.4.3 Visites de terrain internationales sur les sites de projets DeSIRA Niger-Burkina Faso establecida en la reformulación. En particular, CSIC actuará de puente con el proyecto DeSIRA IRRINN, liderado por CIRAD, para identificar posibles contactos y visitas en Burkina Faso, a considerar en la agenda del viaje.

Indicadores Fuente de verificación Riesgos externos al CSIC
Número de contactos y posibles actividades de intercambio. Informe. – Inseguridad en Burkina Faso.

(III) Modificación del equipo del personal investigador CSIC descrito en el apartado 3. Responsabilidades de las partes, del anexo I.

Se modifica el primer párrafo debido a cambios en el equipo CSIC, indicándose que:

La supervisión de las tareas del proyecto de las que CSIC es corresponsable será realizada por la investigadora H. G-M.

Para dar apoyo al seguimiento y cumplimiento de las tareas, extendidas en esta adenda, el equipo se refuerza con la colaboración de otros científicos funcionarios del CSIC, en particular:

S. M. R. Doctor en Ciencias Geológicas por la Universidad de Granada y Posgraduado en Hidrología Subterránea por la Universidad Politécnica de Cataluña. Actualmente es Científico Titular del Instituto Geológico y Minero de España (CSIC), labor que compaginó entre 2005 y 2012 con la de Profesor Asociado de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. Es profesor en distintos masters universitarios y actualmente es el coordinador de la Red de Investigación Científica, del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo, «Siembra y Cosecha del Agua en Áreas Naturales Protegidas». Coautor de 41 artículos en revistas de impacto y director de trece Trabajos Fin de Master y diecisiete Trabajos Fin de Grado/Licenciatura. Es Vocal de la Comisión Española de Geodesia y Geofísica en la Sección de Hidrología y de la Asociación Internacional de Hidrogeología (Grupo Español), miembro del Consejo de Participación del Espacio Natural de Sierra Nevada y miembro del grupo de expertos europeos sobre «Nature-based solution for water management under climate change» del EIP-AGRI (European Innovation Partnership for Agricultural productivity and Sustainability) de la Comisión Europea.

M. G. V. Ingeniera Agrónoma con Doctorado en Producción y Protección Vegetal por la Universidad de Córdoba. Investigadora del Departamento de Agronomía del Instituto de Agricultura Sostenible del CSIC, Córdoba, donde su línea de trabajo es la gestión sostenible y conservación del agua en los agroecosistemas, combinando el uso de modelos de cultivo con otras metodología y herramientas bajo las condiciones climáticas actuales y proyectadas para el futuro. Ha participado en catorce proyectos internacionales de investigación y de investigación para el desarrollo en el Sur y Centro de Asia, África Subsahariana, Latinoamérica y el Caribe, y la región MENA. Autora de veintiocho artículos en revistas indexadas y siete libros o capítulos de libros. Es miembro del «Core Group» del modelo de productividad del agua de la FAO, AquaCrop, y es co-coordinadora del «Waterlogging Group» de la iniciativa internacional AgMIP-Wheat. Ha prestado servicios de apoyo tecnológico como consultora en varios organismos de Naciones Unidas como la FAO, la IAEA y The World Bank.

J. A. J. B. Doctor Ingeniero Agrónomo y Científico Titular del Instituto de Agricultura Sostenible del CSIC en Córdoba, donde su línea de trabajo es el desarrollo de nuevas tecnologías aplicadas al manejo del riego y la investigación agronómica. Cuenta con más de veinte años de experiencia trabajando con datos espaciales, desde imágenes satélite, hasta plataformas robóticas equipadas con sensores LiDAR e Hyperespectral. En 2006, durante su doctorado, publicó algunos de los primeros trabajos sobre el uso de drones en agricultura. Es un firme defensor de la filosofía Open-Source y ha desarrollado diferentes herramientas de código abierto para la obtención y procesado de datos geomáticos y de redes de sensores. https://github.com/OpenAgriTech/.

F. J. V. Ingeniero Agrónomo con Doctorado en Ingeniería Agronómica (Univ. de Córdoba, España). Postdoctoral en Michigan State University. Catedrático de Agronomía de la Universidad de Córdoba. Investigador vinculado del IAS-CSIC, Córdoba. Investigador Principal grupo de investigación AGR-119 «Relaciones Suelo-Agua-Planta». Editor-in-Chief European Journal of Agronomy durante diez años. Autor de ochenta y un artículos científicos en revistas indexadas y sesenta y cuatro capítulos de libro. Ha dirigido once tesis de doctorado y diez proyectos de investigación competitivos, sobre modelización de los cultivos, necesidades de riego y respuesta al déficit hídrico.

(IV) Modificación del apartado 5. Justificación de recursos necesarios y Presupuesto, del anexo I.

La tabla establecida en el convenio de origen en el apartado 5) «Justificación de recursos necesarios y presupuesto», se modifica por la indicada a continuación, que contempla:

(i) Ligeras modificaciones presupuestarias en las actividades 1.1.5.1 y 2.1.3.5;

(ii) la incorporación de la contraprestación presupuestaria de las Actividades 1.2.2.6, 1.2.4.5 y 2.1.5.1.

Asimismo, en la tabla se incluye la nueva nomenclatura de acuerdo con la reformulación del proyecto aprobada por la DUE en Níger.

Presupuesto por tareas (en euros)

Nomenclatura adenda. 1.1.1.5 1.1.1.6 1.1.2.1 1.1.3.1 1.1.3.2 1.1.3.3 1.1.3.5 1.1.5.1 1.2.2.6
Anterior nomenclatura convenio. 1.1.1 e 1.1.1 f 1.1.2 1.1.3 a 1.1.3 b 1.1.3 c 1.1.3 e 1.1.5 a  
Persona-mes por tarea. 3,5 3,0 13,0 3,0 4,4 5,5 5,0 1,3 1,7
A. Costes directos-personal. 19.470 17.700 63.835 14.160 21.240 24.781 21.240 5.310 9.027
B. Otros costes directos. 3.163 3.163 11.165 3.163 3.163 3.163 3.163 6.745 3.163
Viajes y alojamiento. 3.163 3.163 11.165 3.163 3.163 3.163 3.163 6.745 3.163
Equipamiento.                  
Consumibles.                  
Other direct costs.                  
Total Costes directos. 22.633 20.863 75.000 17.323 24.403 27.944 24.403 12.055 12.190
F. Coste indirectos (7 %). 1.584 1.460 5.250 1.213 1.708 1.956 1.708 844 853
H. Total. 24.217 22.323 80.250 18.536 26.111 29.900 26.111 12.899 13.043
Nomenclatura adenda. 1.2.4.5 2.1.2.1 2.1.2.3 2.1.2.4 2.1.3.1 2.1.3.2 2.1.3.5 2.1.3.6 2.1.5.1 Total
Anterior nomenclatura convenio.   2.1.2 a 2.1.2 d 2.1.2 f 2.1.3 a 2.1.3 b 2.1.3 d 2.1.3 e    
Persona-mes por tarea. 2,0 1,5 3,0 2,0 2,5 1,5 6,0 3,9 2,0 64,8
A. Costes directos - personal. 15.000 7.080 14.160 10.620 10.620 7.080 31.861 17.700 15.000 325.884
B. Otros costes directos. 10.002 3.163 3.163 3.163 3.163 3.163 3.409 3.163 10.002 82.442
Viajes y alojamiento. 10.002 3.163 3.163 3.163 3.163 3.163 3.409 3.163 10.002 82.442
Equipamiento.                   0
Consumibles.                   0
Other direct costs.                   0
Total Costes directos. 25.002 10.243 17.323 13.783 13.783 10.243 35.270 20.863 25.002 408.326
F. Coste indirectos (7 %). 1.750 717 1.213 965 965 717 2.469 1.460 1.750 28.583
H. Total. 26.752 10.960 18.536 14.748 14.748 10.960 37.739 22.323 26.752 436.909
Tercera. Invariabilidad del resto del clausulado.

Para todo lo no previsto en la presente adenda serán de aplicación las cláusulas establecidas en el convenio de referencia. En consecuencia, esta adenda se integra en el mismo como parte inseparable.

Cuarta. Régimen jurídico y vigencia.

La presente adenda tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta a lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, queda sujeta a lo dispuesto en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley y, en virtud de ello, surtirá efectos con su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO), debiendo publicarse a continuación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda, constando como fecha de suscripción la correspondiente a la de la última firma realizada.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Carlos Closa Montero.

ANEXO
1.ª adenda al Acuerdo de Contribución FOOD/2019/411-732

Adenda n.º 1 Unión Europea Convenio de Contribución FOOD/2019/411-732

La Unión Europea, representada por la Comisión Europea (en lo sucesivo, el órgano de contratación), de una parte, y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), organismo de Derecho público, el Presidente de la AECID, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la AECID (nombrado por el Consejo Rector de la AECID el 6 de julio de 2018), firma P. D. (Resolución de 9 de diciembre de 2009), el Coordinador General de la Cooperación Española en Níger, avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid (España) CIF Q2812001B (en lo sucesivo, la organización), de otra parte (en lo sucesivo, individualmente, una Parte y, colectivamente, las Partes), han convenido en lo siguiente:

Por la presente adenda se sustituyen o completan como se indica a continuación las siguientes disposiciones de la acción «Innovaciones para la intensificación sostenible de sistemas agrícolas de riego resilientes frente al cambio climático en Níger n. 2019/411-732», firmada entre el órgano de contratación y la organización el 16 de diciembre de 2019 (en lo sucesivo, la acción).

Condiciones particulares

Cláusula 2. Entrada en vigor y periodo de aplicación.

Periodo de aplicación.

2.3 El periodo de ejecución de la acción será de sesenta meses.

Cláusula 6. Anexos.
ANEXO I
Descripción de la acción modificada

Se adjunta a la presente adenda la nueva versión del anexo I, Descripción de la acción, incluido el marco lógico modificado.

ANEXO III
Presupuesto modificado

Se adjunta a la presente adenda la nueva versión del anexo III, Presupuesto de la acción.

Todas las demás disposiciones del mencionado convenio se mantienen sin cambios.

La presente adenda entrará en vigor en la fecha en que la suscriba la última de las Partes.

Hecho en francés en dos (2) ejemplares originales, uno para el órgano de contratación y otro para la organización.

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