Contido non dispoñible en galego
Vista la instancia de la Notaria de Palma de Mallorca, doña María Jesús Ortuño Rodríguez, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1.h) del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, ha acordado la jubilación voluntaria de la mencionada notaria, por haber cumplido la edad legalmente establecida.
Madrid, 2 de julio de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.
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