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Documento BOE-A-2024-14623

Resolución de 5 de julio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se incluye de forma definitiva en el régimen retributivo del sistema gasista a la posición T-08 A y la ERM G-250 de Enagás Transporte, SAU, en el t.m. de Moraleja de Enmedio (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 16 de julio de 2024, páginas 89526 a 89527 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-A-2024-14623

TEXTO ORIGINAL

La Sala de la Supervisión Regulatoria, de acuerdo con la función establecida en el artículo 7.1.bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley 3/2013, así como el artículo 14.1.b) del Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico, previo trámite de audiencia, acuerda lo siguiente:

Primero.

La inclusión definitiva en el régimen retributivo de la instalación propiedad de Enagás Transporte, SAU, denominada T-08.A, en el Semianillo Suroeste de Madrid, de 20 pulgadas de diámetro y una presión autorizada de 80 bar, y una ERM G-250 en el t.m. de Moraleja de Enmedio (Madrid).

Segundo.

Determinar su valor de inversión reconocido en:

En euros Valor Inversión Reconocido
POS.T-08A. 879.581,39
ERM G-250. 365.577,95
 Total. 1.245.159,34
Tercero.

Aprobar la retribución definitiva reconocida para el año natural 2020 y los años de gas 2021 (de 1 de enero a 30 de septiembre de 2021), 2022, 2023, 2024 y 2025 por los costes incurridos en la construcción y operación y mantenimiento de las citadas instalaciones.

Cuarto.

De acuerdo con las metodologías, la retribución pendiente de liquidar se determina sustrayendo de la retribución definitiva la retribución a cuenta, que ya ha sido percibida por el titular, cuyos importes se exponen a continuación:

En euros Retribución reconocida
A cuenta (1) Definitiva (2) A liquidar (3)=(2)-(1)
POS.T-08A
Año natural 2020. 0,00 0,00 0,00
Año gas 2021. 54.469,81 52.483,71 -1.986,10
Año gas 2022. 71.883,36 69.262,31 -2.621,05
Año gas 2023. 70.623,13 68.048,03 -2.575,10
Año gas 2024. 69.426,37 66.894,91 -2.531,46
Año gas 2025. 68.099,21 65.616,15 -2.483,06
 Total. 334.501,88 322.305,11 -12.196,77
ERM G-250
Año natural 2020. 29.058,75 29.058,75 0,00
Año gas 2021. 47.231,04 50.171,75 2.940,71
Año gas 2022. 62.608,06 66.478,23 3.870,17
Año gas 2023. 62.013,84 65.801,73 3.787,89
Año gas 2024. 61.449,55 65.159,29 3.709,74
Año gas 2025. 60.823,78 64.446,86 3.623,08
 Total. 323.185,02 341.116,61 17.931,59
Quinto.

Las retribuciones pendientes de liquidar de los años naturales, o de gas, se liquidarán en la liquidación de cada año, o en su defecto, en la liquidación abierta del año más próximo al año en que se devengó la retribución.

De conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», se publica un extracto de la resolución del día 5 de julio de 2024.

Madrid, 5 de julio de 2024.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.

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