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Documento BOE-A-2024-14659

Resolución de 10 de julio de 2024, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 17 de julio de 2024, páginas 89662 a 89669 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-14659

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución Rectoral de 24 de julio de 2023 (BOCM de 3 de agosto de 2023) se ordena la publicación de la Oferta de Empleo Público de 2023 en la Universidad Politécnica de Madrid, previa y preceptiva autorización de la Comunidad de Madrid, según Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 24 de mayo de 2023.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 21 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 15 de noviembre), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las necesidades del Personal Técnico de Gestión, Administración y Servicios, este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50.1 de la por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo A, Subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, con sujeción a las siguientes

Bases comunes

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 23 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad Politécnica de Madrid. (En adelante, Bases Generales).

Bases específicas

Primera. Normas generales.

1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de ocho plazas pertenecientes a la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo A, Subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid, para su provisión por los turnos de acceso libre y promoción interna.

El número total de plazas vacantes reservadas al sistema general de promoción interna asciende a tres; y el número total de plazas vacantes reservadas al sistema general de turno libre asciende a cinco.

De las cinco plazas de turno libre, una será de la Especialidad de Archivos y cuatro de la especialidad de Bibliotecas. Los aspirantes sólo podrán optar por una de las dos especialidades.

2. Las plazas indicadas se encuentran vinculadas a la Oferta de Empleo Público de la Universidad Politécnica de Madrid para el año 2023, aprobada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la UPM de 20 de julio de 2023.

3. El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del mes de octubre de 2024.

4. Duración del proceso selectivo: Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación de la relación definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en ningún caso excederá de nueve meses.

Segunda. Interesados.

1. Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base Octava de las Bases Generales, el siguiente requisito:

– Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación, conforme a la regulación que resulte de aplicación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Podrán participar por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de la Universidad Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad Politécnica de Madrid, cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción de los suspensos en firme, y pertenecientes al Cuerpo de Técnico Auxiliar de Biblioteca (subgrupo C1), siempre que se acredite un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo, escala o especialidad. De igual forma, podrán participar por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de la Universidad Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad Politécnica de Madrid, cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción de los suspensos en firme, que pertenezcan a otros cuerpos, escalas o especialidades, del mismo subgrupo (Subgrupo A2) objeto de la convocatoria, siempre que acrediten un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo, escala o especialidad.

No podrán participar ni, por tanto, ser nombrados funcionarios de carrera aquellas personas que ya ostenten la condición de funcionario de carrera del mismo Cuerpo o Escala, esto es, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UPM. El Tribunal se reserva el derecho de comprobar, en cualquier momento, que los candidatos cumplen con los requisitos y que en caso de que no los cumplan, previa audiencia del interesado propondrá al Rector su exclusión.

Todos los requisitos requeridos en las Bases Generales y en estas Bases Específicas deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes en caso de superar el proceso selectivo.

Tercera. Solicitudes.

1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en la base novena de las Bases Generales.

2. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas se encuentra disponible en la página web https://www.upm.es/procselpas/. Una vez cumplimentada deberá presentarse por registro electrónico en la Sede Electrónica de la Universidad Politécnica de Madrid o imprimirse y ser presentada a través de las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para confirmar de forma efectiva su participación.

Se establece el plazo de presentación de instancias del 2 de septiembre al 21 de septiembre de 2024.

3. Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la siguiente documentación:

a) Comprobante bancario original de haber satisfecho los derechos de examen a favor de la Universidad Politécnica de Madrid y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base novena de las Bases Generales.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base novena de las Bases Generales, esto es, rellenando el anexo IV de esta Convocatoria.

Cuarta. Tasas por derecho de examen.

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en la base novena de las Bases Generales.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base novena, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A2 de los que se deriva la formación de lista de espera, y que asciende a 40,37 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 20,18 euros.

En virtud de lo dispuesto en los Presupuestos de la UPM para el ejercicio 2024, los aspirantes por el sistema de acceso de promoción interna tendrán una bonificación en las tasas que asciende al 50 %, por lo que el importe de la tasa a abonar será de 20,18 euros.

Quinta. Tribunal.

El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución del Rector de la Universidad Politécnica de Madrid y, a efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, rigiéndose por lo establecido en la base undécima de las Bases Generales.

Sexta.  Sistema de selección.

El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base duodécima de las Bases Generales, y por el programa que figura como anexo I de la presente convocatoria.

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «N», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública de la Comunidad de Madrid, «por la que se establece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de ingreso que se celebren durante este año» (BOCM de 15 de abril de 2024).

El procedimiento de selección será el de Concurso-Oposición, y se desarrollará en una primera fase de Oposición y una segunda fase de Concurso.

La fase de Concurso en el turno libre sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de Oposición.

La fase de Concurso en el turno de promoción interna se valorará de forma previa a todos los aspirantes que opten por este turno. Para ello, y a efectos de la valoración de esta fase, se expedirá de oficio a todos los aspirantes admitidos al proceso selectivo, certificación en la que consten los méritos. La lista que contenga la valoración provisional de los méritos de la fase de concurso se hará pública mediante Resolución del Rectorado de la Universidad antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.

Fase de Oposición

Turno libre

Estará integrada por tres ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio, siendo necesario superar el anterior para realizar el siguiente. Esta fase se valorará en 20 puntos.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 100 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, y que versará sobre los temas del programa que figura como anexo I de esta convocatoria: Bloques I y II para la especialidad de Biblioteconomía y Documentación, y Bloques I y III para la especialidad de Archivística. Cada respuesta correcta puntuará con un punto. Las respuestas erróneas penalizarán con el 25 por 100 de una correcta. Las preguntas no contestadas y las que tengan respuestas múltiples no recibirán puntuación alguna.

El ejercicio se calificará de 0 a 8 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 4 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio. El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria para superar el ejercicio.

El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de 90 minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, y que versará, para la especialidad de Biblioteconomía y Documentación sobre los supuestos de carácter práctico y aplicado de catalogación bibliográfica (Formato MARC21), búsquedas bibliográficas, atención bibliográfica al usuario e información bibliométrica, y para la especialidad de Archivística sobre supuestos de carácter práctico y aplicado de gestión archivística, ordenación, descripción y valoración según los temas y normativa que figura como anexo I de esta convocatoria, (Bloques I y II para la especialidad de Biblioteconomía y Documentación, y Bloques I y III para la especialidad de Archivística). Cada respuesta correcta puntuará con 1 punto. Las respuestas erróneas penalizarán con el 25 por 100 de una correcta. Las preguntas no contestadas y las que tengan respuestas múltiples no recibirán puntuación alguna.

El ejercicio se calificará de 0 a 8 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 4 puntos para superarlo y acceder al tercer ejercicio. El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria para superar el ejercicio.

El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de 60 minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la traducción directa con diccionario de un texto profesional sobre temas del anexo I (Bloques I y II para la especialidad de Biblioteconomía y Documentación, y Bloques I y III para la especialidad de Archivística), propuesto por el Tribunal en inglés. Los opositores podrán acudir al examen provisto de diccionarios generales y especializados.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 40 minutos.

El ejercicio se calificará de 0 a 4 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 2 puntos para superarlo. El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria para superar el ejercicio.

En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el tribunal fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de cada ejercicio.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.

Promoción interna

Estará integrada por dos ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio, siendo necesario superar el anterior para realizar el siguiente. Esta fase se valorará en 60 puntos.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 75 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, y que versará sobre los temas del programa que figura como anexo I de esta convocatoria, a excepción de los Temas 1, 2, 7, 8, 9 y 10. Cada respuesta correcta puntuará con 1 punto. Las respuestas erróneas penalizarán con el 25 por 100 de una correcta. Las preguntas no contestadas y las que tengan respuestas múltiples no recibirán puntuación alguna.

El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio. El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria para superar el ejercicio.

El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de 90 minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas correcta, y que versará sobre los supuestos de carácter práctico y aplicado de catalogación bibliográfica (Formato MARC21), búsquedas bibliográficas, atención bibliográfica al usuario e información bibliométrica, según los temas y normativa que figura como anexo I de esta convocatoria.

Cada respuesta correcta puntuará con 1 punto. Las respuestas erróneas penalizarán con el 25 por 100 de una correcta. Las preguntas no contestadas y las que tengan respuestas múltiples no recibirán puntuación alguna.

El ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos para superarlo. El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria para superar el ejercicio.

El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de 60 minutos.

En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente: las puntuaciones directas mínimas que el tribunal fije para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos. Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de cada ejercicio.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.

Fase de Concurso

Turno libre

En esta fase se valorarán hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Antigüedad: Hasta un máximo de 9 puntos.

1. Los servicios efectivos prestados a la UPM de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Ayudante de Biblioteca, Grupo A, Subgrupo A2, o Facultativo de Bibliotecas, Grupo A, Subgrupo A1, para la especialidad de Bibliotecas, y de la Escala Ayudante de Archivos, Grupo A, Subgrupo A2, o Facultativo de Archivos, Grupo A, Subgrupo A1 para la especialidad de Archivos, a razón de 0,15 puntos por mes completo.

2. Los servicios efectivos prestados a la UPM de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Técnico Auxiliar de Biblioteca, Grupo C, Subgrupo C1, para la especialidad de Bibliotecas, y de la Escala Técnico Auxiliar de Archivos, Grupo C, Subgrupo C1 para la especialidad de Archivos, a razón de 0,06 puntos por mes completo.

3. Los servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Ayudante de Biblioteca, Grupo A, Subgrupo A2, o Facultativo de Bibliotecas, Grupo A, Subgrupo A1, para la especialidad de Bibliotecas, y de la Escala Ayudante de Archivos, Grupo A, Subgrupo A2, o Facultativo de Archivos, Grupo A, Subgrupo A1 para la especialidad de Archivos, a razón de 0,06 puntos por mes completo.

4. Los servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública de los aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de funcionario de carrera o interino de la Escala Técnico Auxiliar de Biblioteca, Grupo C, Subgrupo C1, para la especialidad de Bibliotecas, y de la Escala Técnico Auxiliar de Archivos, Grupo C, Subgrupo C1 para la especialidad de Archivos, a razón de 0,03 puntos por mes completo.

La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante certificación, según el modelo del anexo V de esta convocatoria, expedida por el Servicio de Personal de Administración y Servicios.

b) Titulación académica: Se valorará con 1 punto la posesión de titulación académica superior a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo A2 del artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Tribunal, en el Acuerdo de la publicación definitiva de aprobados de la fase de oposición, abrirá un plazo de diez días hábiles para la presentación de los méritos recogidos en la letra a) y en la letra b), referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Posteriormente, se publicará en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (http://www.upm.es) el Acuerdo que contenga la valoración provisional de los méritos, con indicación de la puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicho Acuerdo, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará un Acuerdo con la valoración definitiva de la fase de concurso. En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar la fase de oposición.

Promoción interna

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 40 puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Antigüedad: la antigüedad del funcionario en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se valorará hasta un máximo de 16 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos los servicios prestados como funcionario de carrera hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, siempre que se trate de servicios no prestados simultáneamente con otros igualmente alegados, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,80 puntos, hasta el límite máximo expuesto.

Serán tenidos en cuenta, asimismo, los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

b) Grado personal: Se valorará el que los aspirantes tengan consolidado a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:

– Hasta el grado 17: 5 puntos.

– Por cada unidad de grado que exceda de 17: 1 puntos más, hasta un máximo de 10 puntos.

c) Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, según la siguiente escala:

– Nivel 17: 5 puntos.

– Por cada unidad de nivel que exceda de 17: 1 puntos más, hasta un máximo de 10 puntos.

d) Titulación académica: Se valorará con 4 puntos la posesión de una o más titulaciones académicas oficiales superiores, a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo A2 del artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Valoración final: tanto para el turno libre como para el turno de promoción interna:

Vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de que consta la fase de oposición.

En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con:

A) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

B) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

C) Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la fase de oposición.

D) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente, de persistir la igualdad.

De persistir el empate, se acudirá para dirimirlo al orden alfabético del primer apellido empezando por la letra señalada en esta base sexta.

Séptima. Lista de aprobados y acreditación del cumplimiento de requisitos.

El Tribunal hará pública, en los términos dispuestos en la base decimotercera de las Bases Generales, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

– Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

– Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

– Calificación final.

En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en la base decimocuarta de las Bases Generales.

Octava. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de las Bases Generales, funcionarios de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo A, Subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid, tomando posesión según lo previsto en la misma base decimoquinta.

Novena. Lista de espera de funcionarios interinos.

A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo A, Subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid, se formarán dos listas de espera que se regulará según lo dispuesto en el Reglamento de funcionamiento de las listas de espera para nombramiento de PAS Funcionario interino en la UPM, una de ellas de la especialidad de Biblioteca y documentación y otra de la especialidad de Archivística.

Para poder formar parte de la lista de espera, será requisito necesario haber superado el primer ejercicio de la fase de oposición.

Las listas de espera resultantes de esta convocatoria dejarán nulas y sin efectos a las anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de funcionarios interinos de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo A, Subgrupo A2, de la Universidad Politécnica de Madrid.

Décima. Recursos.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 10 de julio de 2024.–El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/07/2024
  • Fecha de publicación: 17/07/2024
  • Convocatoria. Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Subgrupo A2. turno libre: 5 plazas. Promoción interna: 3 plazas.

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