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Documento BOE-A-2024-14807

Resolución de 28 de junio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 18 de julio de 2024, páginas 90411 a 90411 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2024-14807
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/06/28/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en su sesión celebrada el día 25 de junio de 2024, acordó las siguientes delegaciones de funciones del Consejo de Administración en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares:

– En relación al punto 6 del Orden del día «Propuesta de resolución del concurso público para la explotación en régimen de concesión administrativa, de la lonja de pescado en el Contramuelle Mollet del Puerto de Palma (ref.: CC-C-P0004)»:

«2. Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la resolución de este concurso público para la explotación, en régimen de concesión administrativa, de la lonja de pescado en el Contramuelle Mollet del puerto de Palma (CC-C-P-0004), y el otorgamiento de la correspondiente concesión administrativa, si, una vez finalizada su tramitación, no se derivan de ella modificaciones sustanciales respecto a la solución inicialmente elegida.

3. Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la aprobación del Proyecto Constructivo que desarrolle el Proyecto Básico presentado por el licitador a este concurso público para la explotación, en régimen de concesión administrativa, de la lonja de pescado en el Contramuelle Mollet del puerto de Palma (CC-C-P-0004).»

– En relación al punto 8 del Orden del día «Propuesta de aprobación del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Baleares y la empresa Club de Mar Mallorca (0212-COP: "construcción y la explotación de una dársena deportiva, con usos complementarios (varadero, estación de servicios de combustible, locales comerciales, bares, cafeterías, restaurante, salas de reuniones y para acontecimientos, locales de diversión y entretenimiento, edificio social, etc.)" en materia de buenas prácticas ambientales, para regular el acceso a las bonificaciones en la tasa de actividad»:

«2.º Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la introducción de aquellas modificaciones formales, no substanciales, que en su caso, se consideren necesarias para su firma.

3.º Facultar al Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares para la firma del Convenio definitivo en su caso.»

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Palma, 28 de junio de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, José Javier Sanz Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/06/2024
  • Fecha de publicación: 18/07/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Autoridades Portuarias
  • Baleares
  • Delegación de atribuciones

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