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Documento BOE-A-2024-15349

Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 28 de junio de 2024, por la que se fijan los precios del combustible gas natural del año 2023 a aplicar en la liquidación de dicho ejercicio de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 25 de julio de 2024, páginas 95137 a 95138 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-15349

TEXTO ORIGINAL

Se ha advertido en la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios del combustible gas natural del año 2023 a aplicar en la liquidación de dicho ejercicio de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 8 de julio de 2024 y número 164, un error material aritmético en el precio de la materia prima a partir de los datos publicados en el Mercado Ibérico del Gas (MIBGAS).

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 84845, donde dice:

«Ene-23: 59,266.

Feb-23: 52,269.

Mar-23: 43,549.

Abr-23: 37,821.

May-23: 28,705.»

Debe decir:

«Ene-23: 58,990.

Feb-23: 52,161.

Mar-23: 43,376.

Abr-23: 37,513.

May-23: 28,463.»

En la página 84846, donde dice:

«Jun-23: 30,667.

Jul-23: 30,262.

Ago-23: 33,605.

Sep-23: 36,628.

Oct-23: 42,814.

Nov-23: 38,514.

Dic-23: 34,505.»

Debe decir:

«Jun-23: 30,690.

Jul-23: 30,257.

Ago-23: 33,640.

Sep-23: 36,476.

Oct-23: 42,629.

Nov-23: 38,437.

Dic-23: 34,308.»

Y en la tabla incluida en el resuelve «Primero», donde dice:

  «prc (i,h,j) €/t
CCGT de Son Reus CCGT de Cas Tresorer CCGT de Ibiza
Ene-23. 891,01 896,80 984,02
Feb-23. 790,37 788,05 818,68
Mar-23. 665,89 700,84 796,83
Abr-23. 597,67 599,66 653,17
May-23. 462,17 448,08 503,02
Jun-23. 486,51 477,14 487,93
Jul-23. 471,01 456,31 455,05
Ago-23. 517,01 503,22 505,56
Sep-23. 568,39 546,99 559,48
Oct-23. 651,90 651,22 663,37
Nov-23. 591,69 586,68 674,11
Dic-23. 528,45 518,33 587,59»

Debe decir:

  «prc (i,h,j) €/t
CCGT de Son Reus CCGT de Cas Tresorer CCGT de Ibiza
Ene-23. 886,99 892,79 980,00
Feb-23. 788,80 786,48 817,11
Mar-23. 663,33 698,27 794,24
Abr-23. 593,07 595,06 648,55
May-23. 458,61 444,53 499,46
Jun-23. 486,84 477,47 488,26
Jul-23. 470,94 456,24 454,98
Ago-23. 517,52 503,72 506,06
Sep-23. 566,21 544,81 557,29
Oct-23. 649,19 648,50 660,65
Nov-23. 590,56 585,54 672,97
Dic-23. 525,61 515,49 585,10»

Madrid, 19 de julio de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

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