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Documento BOE-A-2024-15398

Resolución de 16 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica la prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la realización de las pruebas de acceso a la profesión de la abogacía y la procura en la lengua cooficial.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 25 de julio de 2024, páginas 95320 a 95321 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-15398

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 11 de julio de 2024 se ha suscrito la prórroga del Convenio entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de las pruebas de acceso a la profesión de la abogacía y la procura en la lengua cooficial.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la prórroga de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 16 de julio de 2024.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.

ANEXO
Acuerdo de prórroga del Convenio entre el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de las pruebas de acceso a la profesión de la abogacía y la procura en lengua cooficial

REUNIDOS

De una parte, el Secretario de Estado de Justicia, señor don Manuel Olmedo Palacios, nombrado mediante Real Decreto 949/2023, de 28 de noviembre, y en uso de las competencias que le corresponden en virtud del artículo 62.2g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, la Consejera de Justicia y Derechos Humanos, señora doña María Jesús Carmen San José López, nombrada mediante el Decreto 34/2024, de 24 de junio, del Lehendakari, de nombramiento de la Consejera de Justicia y Derechos Humanos, en virtud de las facultades que le atribuyen los artículos 33.2 del Estatuto de Autonomía y 8.b) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno.

Ambas partes comparecientes, en la calidad en que cada una interviene, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para suscribir la presente adenda, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Primero.

Que el 14 de julio de 2020 (BOE 11 de agosto de 2020), se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de las pruebas de acceso a la profesión de abogacía y procura en lengua cooficial.

Segundo.

Según la cláusula primera de este convenio su objeto es establecer las bases de colaboración para facultar que la prueba de acceso al ejercicio de las profesiones de la abogacía y procura pueda hacerse, indistintamente, en castellano o en euskera, en función de la libre decisión del aspirante.

Tercero.

Según la cláusula quinta el presente convenio tendrá efectos de cuatro años naturales a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y será prorrogable a su término por igual periodo mediante adenda expresa, que deberá formalizarse con un mes de antelación a la expiración del convenio.

Cuarto.

Las partes manifiestan su interés en el mantenimiento de las actividades que son objeto del convenio, suscrito con fecha 14 de julio de 2020 (BOE 11 de agosto de 2020).

En virtud de lo expuesto el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunidad Autónoma del País Vasco acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a la siguiente

CLÁUSULA

Única. Prórroga del convenio.

El objeto de la adenda es prorrogar por cuatro años la vigencia del Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de las pruebas de acceso a la profesión de la abogacía y la procura en la lengua cooficial. Manteniéndose el resto de lo convenido en todos sus extremos.

La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos a partir del día 12 de agosto de 2024, previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. También será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y de conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los/las firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de prórroga al convenio arriba indicado.–El Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.–La Consejera de Justicia y Derechos Humanos, María Jesús Carmen San José López.

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