La Ley 29/2022, de 21 de diciembre, por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior, establece en su artículo 32.1 que el Gobierno podrá crear o suprimir, mediante real decreto y de conformidad con lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, plazas de magistrados de enlace, en los destinos que proceda.
El Real Decreto 242/2019, de 5 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del personal del Ministerio de Justicia que lleva a cabo la acción en el exterior en materia de justicia, establece en su artículo 9 que el plazo máximo de ocupación de un mismo puesto en el exterior para el personal incluido en su ámbito de aplicación será de cinco años desde la ocupación efectiva del puesto. La autoridad competente para el nombramiento podrá prorrogar dicho plazo por resolución motivada hasta un máximo de dos años, atendiendo a razones de especial competencia en el desempeño del puesto, o a la terminación de proyectos en curso.
Por tanto, con base en lo anterior, vista la concurrencia de razones de especial competencia y la conveniencia de la terminación de relevantes proyectos en curso, vengo a acordar la prórroga de don José Miguel García Moreno por tiempo de dos años en la plaza de Magistrado de Enlace ante las autoridades del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con acreditación extendida ante las autoridades competentes de la República de Irlanda.
Madrid, 22 de julio de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.
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